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Publicada porSara Victoria Campos Duarte Modificado hace 9 años
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Curso – MEC. Introducción al uso educativo de Internet. Trabajo colaborativo. Segunda tarea. Modulo cinco. Zelmar Sosa
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La promoción de la participación Infantil en Internet como norte. Trabajo colaborativo.
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«Nosotros no somos la fuente de los problemas; somos los recursos necesarios para resolverlos» Mensaje del Foro de la Infancia, Sesión Especial en Favor de la Infancia de las Naciones Unidas, 2002
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La Convención de los Derechos Del Niño lleva 21 años de vigencia. e-derechos En función de los cambios procesados con la irrupción de la Tecnologías de Información y Comunicación se deben integran los e-derechos de los niños y niñas.
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Infancia e Internet. Vemos que generalmente se hace referencia a los peligros vinculados a contenidos nocivos, acecho sexual de adultos, ciberbullying, publicidad engañosa, exposición a juegos de azar y apuestas, solicitud indebida de datos personales. Se ha buscado el filtrado y etiquetado de contenidos nocivos. Pero en la Web 2.0 ello es más difícil ya que los usuarios se han constituido en creadores profusos e independientes de contenidos. Los contenidos son actualmente mucho más audiovisuales (ello implica que no son evaluables automáticamente para filtrarlos). Pero no hay muchas referencias sobre los derechos a la participación de niños niñas y adolescentes en Internet y en el uso de las TICs. Las TICs surgen como oportunidad de promoción y participación. Los nuevos usos sociales de la TIC permiten empezar a hablar del“ poder de la infancia en Red”.
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Unicef establece en 2004 un decálogo de e- derechos de los niños y las niñas. Los e – derechos son puestos en relación con la Convención Internacional de los Derechos de los Derechos Del Niño: Derecho al acceso a la información y la tecnología, sin discriminación por motivo de sexo, edad, recursos económicos, nacionalidad, etnia, lugar de residencia, etc. En especial este derecho al acceso se aplicará a los niños y niñas discapacitados. Derecho a la libre expresión y asociación. A buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo por medio de la Red. Estos derechos sólo podrán ser restringidos para garantizar la protección de los niños y niñas de informaciones y materiales perjudiciales para su bienestar, desarrollo e integridad; y para garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad, los derechos y la reputación de otras personas. Derecho de los niños y niñas a ser consultados y a dar su opinión cuando se apliquen leyes o normas a Internet que les afecten, como restricciones de contenidos, lucha contra los abusos, limitaciones de acceso, etc.
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4. Derecho a la protección contra la explotación, el comercio ilegal, los abusos y la violencia de todo tipo que se produzcan utilizando Internet. Los niños y niñas tendrán el derecho de utilizar Internet para protegerse de esos abusos, para dar a conocer y defender sus derechos. 5. Derecho al desarrollo personal y a la educación, y a todas las oportunidades que las nuevas tecnologías como Internet puedan aportar para mejorar su formación. Los contenidos educativos dirigidos a niños y niñas deben ser adecuados para ellos y promover su bienestar, desarrollar sus capacidades, inculcar el respeto a los derechos humanos y al medio ambiente y prepararlos para ser ciudadanos responsables en una sociedad libre. e- derechos
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6. Derecho a la intimidad de las comunicaciones por medios electrónicos. Derecho a no proporcionar datos personales por la Red, a preservar su identidad y su imagen de posibles usos ilícitos. 7. Derecho al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego, también mediante Internet y otras nuevas tecnologías. Derecho a que los juegos y las propuestas de ocio en Internet no contengan violencia gratuita, ni mensajes racistas, sexistas o denigrantes y respeten los derechos y la imagen de los niños y niñas y otras personas. e- derechos
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8. Los padres y madres tendrán el derecho y la responsabilidad de orientar, educar y acordar con sus hijos e hijas un uso responsable de Internet: establecer tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o información que no deben proporcionar para protegerles de mensajes y situaciones peligrosas, etc. Para ello los padres y madres también deben poder formarse en el uso de Internet e informarse de sus contenidos. 9. Los gobiernos de los países desarrollados deben comprometerse a cooperar con otros países para facilitar el acceso de éstos y sus ciudadanos, y en especial de los niños y niñas, a Internet y otras tecnologías de la información para promover su desarrollo y evitar la creación de una nueva barrera entre los países ricos y los pobres. 10. Derecho a beneficiarse y a utilizar en su favor las nuevas tecnologías para avanzar hacia un mundo más saludable, más pacífico, más solidario, más justo y más respetuoso con el medio ambiente, en el que se respeten los derechos de todos los niños y niñas. e- derechos
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Participación La participación se define en relación ”con los procesos de compartir las decisiones, que afectan la vida propia y la vida de la comunidad en la cual se vive. Es el medio por el cual se construye una democracia y es un criterio con el cual se deben juzgar las democracias. La participación es el derecho fundamental de la ciudadanía” Hart, A. R Crowley define la participación infantil como: “Un principio director clave, un derecho ‘facilitador’, es decir que su cumplimiento contribuye a asegurar el cumplimiento de todos los demás derechos. No es solamente un medio para lograr un fin, ni tampoco simplemente un ‘proceso’: es un derecho civil y político básico para todos los niños y, por lo tanto, es también un fin en sí mismo.”.
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Derechos - participación y compromiso. En la Convención sobre los derechos del Niño encontramos artículos como el 12 y 13 que consagran los derechos de los niños a formarse su propio juicio y expresar libremente su opinión en todos los asuntos que los afecten. También el artículo 15 establece el derecho a asociarse libremente y celebrar reuniones pacíficas. Por otra parte podemos integrar en consonancia los e – derechos plantados por UNICEF sobre el acceso a la información y la tecnología, sin discriminación. El derecho a la libre expresión y asociación. A buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo por medio de la Red. También es clara la posición sobre el derecho de los niños y niñas a ser consultados y a dar su opinión cuando se apliquen leyes o normas a Internet que les afecten, como restricciones de contenidos, lucha contra los abusos, limitaciones de acceso, etc. Esto se complementa con los derechos al desarrollo personal y a la educación, y a todas las oportunidades que las nuevas tecnologías como Internet puedan aportar para mejorar su formación.
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Internet puede ser utilizado como medio para propiciar la participación niños, niñas y adolescentes, en el diseño, implementación y validación de proyectos asociados al uso de las TICs. Para ello debemos tener en cuenta que la participación debe ser de carácter voluntario y que puede constituirse como medio y como fin. Es un fin en sí misma, en tanto derecho fundamental que representa, y debido a que se integra como objetivo principal de la educación ciudadana y como principio básico en la construcción de una cultura democrática. Todo ello nos conmina a comprometernos ética – políticamente con la participación infantil también en el campo de las TICs A su vez es un medio, que permite al sujeto tomar parte en la vida social de una comunidad, adquirir aprendizajes y garantizar el ejercicio de otros derechos.
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CRITERIOS O FACTORES MODULADORES DE LA PARTICIPACIÓN (Trilla y Novella) IMPLICACIÓN: El grado en que los participantes se sienten personalmente afectados por el asunto de que se trate. MODULACIÓN / CONCIENCIA: Se trata del nivel de conciencia que tienen los sujetos sobre el sentido y las finalidades del proyecto, y de la calidad y la cantidad de la información que disponen sobre el objeto o contenido del mismo. CAPACIDAD DE DECISIÓN: Tiene dos significados diferentes aunque relacionados; desde las competencias del individuo y los factores del entorno que intervienen. Situación del colectivo o el individuo de tener libertad y firmeza al optar por una alternativa. COMPROMISO / RESPONSABILIDAD: subyace en el hecho de que toda participación éticamente defendible exige también un cierto compromiso previo con el asunto de que se trate. NIVEL DE CONCIENCIA: El conocimiento que tenemos de un fenómeno o actividad. LA CALIDAD DE LA ACCIÓN: Conjunto de actividades y proyectos en los que participan los miembros de la organización infantil.
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¿Qué participación promover?
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La participación protagónica supone colocar al sujeto como actor social. No apunta sólo a una concientización, sino a la construcción de verdaderos actores sociales. La participación protagónica, en tanto ejercicio de poder y como parte de las dinámicas sociales “constituye un eje articulante y de reproducción de formas nuevas de establecer las relaciones sociales entre los humanos y entre éstos y su entorno.” Cussiánovich A. En el ejercicio de una participación protagónica cada sujeto se relaciona con otros actores sociales, lo cual hace suponer que dicha práctica en varias oportunidades sea conflictiva. La participación representa dificultades y es compleja en cuanto concepto que vincula a los sujetos nos remite a las relaciones humanas. Alejandro Cussiánovich nos habla de la participación protagónica.
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Educador - tutor brinda …. de acceso…
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Educador – tutor Educador – Tutor ha debe buscar que la participación en el uso de Internet pueda configurar un medio o experiencia que, contribuya a la formación y al desarrollo de actitudes, habilidades y competencias para el ejercicio de la ciudadanía y la actoría social. Planifica herramientas tecnológicas adecuadas para una interactividad fluida. También es necesario apuntar a la diversidad en la actividad intelectual combinando tareas individuales (ensayos, diarios/blogs) con otras colectivas (wikis, glosarios, evaluación compartida) El entorno y la actividades deberán estar planificadas para el desarrollo de mejores niveles de seguridad, autonomía, dominio de habilidades para el uso de las TIC y el desarrollo de las capacidades de expresión. El planteo claro de dinámicas y trabajos colaborativos debe fomentar la integración de modo de potenciar la capacidad de interrelación personal, el manejo de conflictos, la elaboración de propuestas, la percepción de su realidad y el sentido crítico. Una propuesta participativa debe contribuir a reforzar los niveles de integración social de los niños, niñas y adolescentes para alentar su actoría, reforzar los valores de solidaridad y desarrollo de habilidades para asumir responsabilidades. La participación retroalimenta todos lo derecho y promueve que los niños, niñas y adolescentes obtengan un mayor conocimiento de los mismos.
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Educador - tutor Busca generar actividades diferenciadas de las lógicas que operan en el mercado para que los niños niñas y adolescentes no se visualicen como meros consumidores sino como productores de conocimiento. Construye un entorno con contenidos accesibles pero además incorpora la posibilidad de modificación o construcción de otros nuevos con la participación activa de los educandos. Incorpora contenidos locales vinculados a las necesidades e intereses de los niños niñas y adolescentes. Configura estrategias en la gestión del tiempo que permitan la particularización de la propuesta en el marco del proceso de enseñanza aprendizaje. Gestiona de la comunicación sincrónica y asincrónica.
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Por ejemplo las distintas áreas de la función de un tutor en un Aula Virtual - Pedagógica - Técnica -Organizativa -Social Pueden ser pensadas desde una perspectiva del derecho de participación. Es necesario generar propuestas que promuevan las TICs integrando un enfoque en derechos.
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Creemos que es necesario no solo pensar la temática de Internet y la infancia en el marco de la seguridad y protección sino también de la promoción de la participación protagónica. Además de ser una práctica deseable, es un proceso que implica aprender a participar participando.
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son buenos para la democracia”. Se trata no sólo de entender que la democracia es buena para nuestros niños sino también, como nos recuerda García Méndez, los niños niñas y adolescentes “son buenos para la democracia”. ¿ Podemos pensar de la misma manera a cerca de Internet y las TICs?
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Recursos consultados. Cussiánivich, A., Márquez, A.M. Hacia una participación protagónica de los niños niñas y adolescentes. Save the Children. (2002) Lima. Buenas Prácticas de e-learning PARTE I - Tendencias en materia de E-Learning. http://www.buenaspracticas-elearning.com/buenas-practicas-de-e-learning.html Buenas Prácticas de e-learningPARTE I - Tendencias en materia de E-Learning. http://www.buenaspracticas-elearning.com/buenas-practicas-de-e-learning.html EL AULA VIRTUAL COMO AMBIENTE DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE. http://aulavirtual.mec.gub.uy/file.php/14/EL_AULA_VIRTUAL_COMO_AMBIENTE_DE_ENSENANZA_Y_ APRENDIZAJE.pdf http://aulavirtual.mec.gub.uy/file.php/14/EL_AULA_VIRTUAL_COMO_AMBIENTE_DE_ENSENANZA_Y_ APRENDIZAJE.pdf Carina S. González. Tutorización, evaluación y aprendizaje colaborativo en el aula virtual:un enfoque práctico. Universidad de La Laguna. http://tecnologiaedu.us.es/moodlemoot/pdf/cgonzalez.pdfhttp://tecnologiaedu.us.es/moodlemoot/pdf/cgonzalez.pdf Jaume Trilla y Novella en Fundación Colombiana de Tiempo Libre y Recreación - FUNLIBRE © 1988 – 2006.http://www.funlibre.org/documentos/ludotecas/evaluacion.htm Ana Laura Rivoir. La Sociedad de la Información y el Conocimiento: hacia un paradigma complejo Las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el aula. Plan CEIBAL - MEC – Uruguay http://aulavirtual.mec.gub.uy/mod/resource/view.php?id=1464 Save the Children. Programación de los Derechos del Niño. (2005) Lima.
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