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Publicada porMarina Maldonado García Modificado hace 9 años
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Reforma Tributaria Aspectos de Tributación Internacional Roberto Carlos Rivas PwC Chile www.pwc.cl Junio, 2014
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Limitación temporal a la deducción de gastos del exterior 1
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PwC 3 Postergación a la deducción de gastos del exterior Art. 31, inc. 3, LIR Respecto de las cantidades a que se refiere el artículo 59, cuando se originen en actos o contratos celebrados con partes directa o indirectamente relacionadas de la entidad local respectiva en los términos del artículo 41 E, sólo procederá su deducción como gasto en el año calendario o comercial de su pago, abono en cuenta o puesta a disposición. Se requiere para que proceda su deducción, que se haya declarado y pagado el respectivo impuesto adicional, salvo que tales cantidades se encuentren exentas o no gravadas con el citado tributo, ya sea por ley o por aplicación un convenio para evitar la doble tributación internacional. Adicionalmente, para que sea procedente su deducción deberán cumplir con los requisitos que establece este artículo, en cuanto sean aplicables. Lo dispuesto en este inciso, no obsta a la aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 41 E.
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PwC 4 Postergación a la deducción de gastos del exterior Vigencia: 1 de enero 2017 (luego de nuevas indicaciones) Medida anti-elusión – evitar la erosión de la RLI – postergación de impuestos en Chile No obsta la aplicación del 41-E (Precios de Transferencia) Clarificar qué transacciones quedan afuera (importación de bienes?) Revisar actuales estructuras – ineficiencia tributaria (CFC?)
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Régimen de créditos de impuestos pagados en el exterior 2
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PwC 6 Doble tributación internacional – uso de créditos Qué ocurre hoy con rentas de fuente chilena que se sujetan a retención en país de la fuente? Ejemplo: Servicios de asistencia técnica prestados en Chile y pagados desde Argentina Respuesta: Oficio 2768 de 2004 señala que no se permite dar como crédito dichos impuestos ya que sólo se puede otorgar créditos respecto de rentas de fuente extranjera
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PwC 7 Doble tributación internacional – uso de créditos Reforma tributaria: Inciso primero del artículo 41 A reemplaza la expresión “rentas del exterior” y lo reemplaza por expresión “rentas” Interpretaciones: Se permitiría acreditar rentas de fuente chilena sujetas a retención en la fuente? Artículo 41 A letra D sigue utilizando expresión “rentas de fuente extranjera”. Sugerencia: Aclarar esta materia Si existe Convenio ?
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PwC 8 Situación de excedentes de crédito de Primera Categoría Situación antes de 2014: En mayoría de los casos no era posible arrastrar créditos de Primera Categoría cuando se estaba en situación de pérdida; Ley 20.727 de 2014: Se puede arrastrar créditos de Primera Categoría en situación de pérdida y usarse contra rentas de fuente chilena o extranjera; Reforma: Créditos arrastrados sólo pueden usarse contra rentas de fuente extranjera.
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PwC 9 Situación de excedentes de crédito de Primera Categoría Sugerencia: Evitar reformas y contrarreformas. Seguirá pasando a futuro?
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PwC 10 CFC – Rentas pasivas – créditos en Chile – doble tributación Norma actual: Artículo 41 A, B y C establecen 2 tipos de Renfe (con y sin Tratado). Topes del 32% y 35% respectivamente. Reforma: Artículo 41 A letra B) establece el cálculo de “Rentas Pasivas Consolidadas”, netas de gastos. Impuestos Pagados o Adeudados (?) en el exterior. No se pueden deducir pérdidas de la CFC. Injusto.
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Régimen de Entidades Controladas – Nueva “lista” de Paraísos (?) Arts. 41 G y 41 H 3
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PwC 12 ¿Qué está ocurriendo en el contexto internacional? Normas sobre Entidades Controladas: Práctica muy extendida. Standard Gran parte de los países G20 de OCDE la tienen. Algunos países que la han adoptado hace años (EE.UU, España, Perú, Nueva Zelanda, Reino Unido). Importante medida anti-elusiva, junto a Precios de Transferencia BEPS: Plan de acción N°3: Fortalecer CFC Sept. 2015 Otros movimientos: FATCA Acuerdos específicos de intercambio de información OCDE define standard sobre intercambio automático de información financiera Convención Multilateral de Asistencia Administrativa en materias tributarias
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PwC 13 Sociedad Operativa con Inv. en el Exterior Regla General (artículo 12 LIR): Renta de fuente extranjera se grava sobre base percibida. Regla CFC: Renta pasiva devengada o percibida por Entidad Controlada se grava en Chile sobre base devengada (renta, no pérdida) al cierre del ejercicio. Vigencia: 1 de enero de 2015 Holding Operativa Entidad Controladora CFC Chile Exterior
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PwC 14 Régimen Entidad Controlada en el Exterior Entidad Controlada a)Directa/indirectamente derecho a: (i) elegir mayoría de directores o administradores; o (ii) facultad para modificar estatutos b)Posea directa/ indirectamente 50% o más de: (i) capital: o (ii) derecho a utilidades o (iii) derecho a voto. c)Cuando exista opción de compra en iguales términos. d)Presunción (salvo prueba en contrario) residente en el país de baja o nula tributación Tributación efectiva menor a 17,5% No esté vigente Convenio Intercambio de Información (o DTT) Jurisdicción no permita fiscalizar PT Calificados como régimen preferencial por OCDE/ONU Jurisdicción que prohíben a la autoridad tributaria entregar información de contribuyentes a otros países. Cuando solo gravan en la fuente Holding Operativa Entidad Controladora CFC Chile Exterior
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PwC 15 Régimen Entidad Controlada en el Exterior Renta Pasiva: 1.Dividendos, retiros, cualquier forma de distribución o devengo de utilidades. Salvo: Utilidades de EC desde otra entidad controlada operativa (giro o act. principal no es obtención rentas pasivas) 2. Intereses y demás rentas capitales mob.) Salvo: Entidad bancaria o financiera regulada (no ubicadas en países de nula tributación) 3. Cesión por marcas, patentes, programas computacionales y otras prestaciones similares, que consistan en regalías o cualquier forma de remuneración. 4.Ganancias de capital que generen renta pasiva (incluyendo inmuebles, salvo del giro) 5. Cesión de estos derechos. 6. Rentas de operaciones con entidades chilenas si (i) relacionadas, (ii) gasto deducible o amortizable en Chile; y (iii) renta chilena gravada con tasa menor a 35% art. 59. (Pasivas NO Pasivas) Holding Operativa Entidad Controladora CFC Chile Exterior Rentas Pasivas
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PwC 16 Régimen Entidad Controlada en el Exterior Cómo se reconoce renta en Chile: (i)En proporción a participación directa/indirecta (art. 14- facultad SII) (ii)Determinación conforme a Normas de Ley de la Renta Chilena (RLI) (iii)Aplicación de Gastos Rechazados Art. 21 (iv)Reconoce utilidad en Chile al término ejercicio, pero no pérdidas. (v)Menor a 2400 UF, no considerar rentas devengadas Presunciones: (i)Toda renta de país de nula o baja tributación es pasiva (salvo prueba en contrario). (ii)En país de nula o baja tributación, renta pasiva es a lo menos igual a tasa interés sobre valor adquisición o patrimonial (salvo prueba en contrario). (iii)Si 80% o más son rentas pasivas, se presume que es el 100%. Holding Operativa Entidad Controladora CFC Chile Exterior Rentas Pasivas
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PwC 17 Régimen Entidad Controlada en el Exterior ¿Cómo tributa en Chile?: Entidad Con troladora CFC Holding A Chile País 1 (i)Derecho a crédito solo por impuestos pagados (adeudados? Niveles?); (ii)Monto consolidado de rentas pasivas; (iii)Crédito solo contra Imp. Primera Categoría; (iv)Remanente: Deducible de retención 74, N°8 Si persiste: no imputación ni devolución: Gasto (v) No permite devolución de Imp. Primera Categoría (vi) No da derecho a crédito impuestos pagados en tercera jurisdicción. Operativa B País 2 Comentarios (i)Holding A: Renta pasiva? Crédito? (ii)Holding C: Renta pasiva? Crédito? (iii)Cual es CFC, C y/ó D? implicancias Sub-holding D Operativa E CFC Holding C
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PwC 18 Algunas Ineficiencias tributarias por CFC (y otras) Entidad Con troladora CFC renta pasiva Chile País A País 2 Cobro Regalías, Intereses, venta activo fijo, etc. Entidad relacionada Comentarios -Combinación 31 inciso 3 y 41-G -Costo futuro venta de acciones de CFC? -Dividendos futuros recibidos desde CFC?
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Otros aspectos de interés – Precios de Transferencia Arts. 41 E 4
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PwC 20 Artículo 41-E Artículo 21: Impuesto Único del 40% (multa 5%): 1-1-17 ….”Reorganizaciones o reestructuraciones empresariales o de negocios efectuadas por contribuyentes domiciliados, residentes o establecidos en Chile, cuando en virtud de ellas, se haya producido a cualquier título o sin título alguno, el traslado de bienes o actividades susceptibles de generar rentas gravadas en el país, desde Chile al exterior”…. Se refiere a relacionadas? Vigencia 1-1-15 Según SII, 27-9-12 (Circular 29/13) Capítulo IX de las Guías de PT OCDE, “Business Restructurings” Ajustes de PT derivados de la transferencia de activos, funciones y riesgos, con potencialidad de generar renta gravada previo a su traspaso Determinación de los valores “arm´s length” antes y despúes de la reestructuración “Exit Tax” en otras jurisdicciones. Obligaciones de reporte: F-1907
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PwC 21 Artículo 41-E Ejemplos: Cesión de contratos con clientes o proveedores Término de contratos intercompañía sin cláusula indemnizatoria Transformación de un distribuidor complejo a uno de naturaleza simple o de bajo riesgo, o agente de venta Empresa manufacturera compleja – entidad que presta servicios de manufactura o que fabrica solo en respuesta a órdenes de facturación Generalidad: a mayores activos, riesgos, funciones – mayor potencial de rentabilidad
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