Sector Uniones de Crédito Puntos de interés 24 de febrero 2015 Junta de Asociados de CONUNIÓN Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas.

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Transcripción de la presentación:

Sector Uniones de Crédito Puntos de interés 24 de febrero 2015 Junta de Asociados de CONUNIÓN Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares Dirección General de Supervisión de Uniones de Crédito

Estructura Temas de interés para el sector Principales motivos de observación Regulación Prudencial Contenido

3 Organigrama y distribución de la supervisión de las Uniones de Crédito

Estructura Temas de interés para el sector Principales motivos de observación Regulación Prudencial Contenido

5 Derivado de la función de supervisión ejercida por esta Comisión, existen algunos cuestionamientos específicos por parte del Sector: El Reglamento de Supervisión de la CNBV, en su capítulo II “Del procedimiento de la Visita” (Artículo 19 y al 42) señala cuáles son los procedimientos que debemos observar los supervisores para realizar ya sea una visita ordinaria, especial o de investigación. Metodología de revisión in-situ Forma de conocer a las entidades quién es el supervisor encargado de la entidad En el oficio de notificación de visita, de acuerdo al artículo 20 del Reglamento de Supervisión, se indica el personal que intervendrá en la visita y el nombre del coordinador o encargado.

6 Las normas se derivaron de la 10ma. modificación a las Disposiciones que entraron en vigor a principios de Los objetivos principales son que las Uniones de crédito puedan: Objetivo de implementación de normas de Control Interno Establecer mecanismos de operación para minimizar riesgos. Delimitar funciones y responsabilidades, a fin de procurar eficiencia y eficacia en las operaciones. Contar con información oportuna y de calidad, para contribuir a la adecuada toma de decisiones. Dar cumplimiento al marco normativo. Establecer mecanismos de control que permitan conocer, medir y minimizar las deficiencias detectadas.

7 Fechas compromiso en materia de Control Interno Marzo de 2016 Informe anual del Director General respecto al desempeño de sus actividades y el funcionamiento de SICOI. Envío a la CNBV del Programa Anual de Auditoría Interna a más tardar en el primer trimestre del año de aplicación.

Estructura Temas de interés para el sector Principales motivos de observación Regulación Prudencial Contenido

9 Falta de constitución del Comité de Auditoría. Cumplimiento parcial a los requisitos para ser Consejero, Directivo o Comisario. Falta de Consejeros independientes. Inadecuada integración del Consejo de Administración. Los órganos colegiados no sesionan periódicamente conforme a la Ley o a sus propios Estatutos (Asamblea y Consejo). Estructura orgánica deficiente o limitada. Efectúan operaciones previo a la autorización del ingreso del socio. Falta de calidad o consistencia en la información contenida en reportes regulatorios. Falta de formalización de políticas y procedimientos por parte del Consejo. Autorizaciones de operaciones crediticias o de inversión en exceso de facultades. Expedientes incompletos en materia de principales funcionarios. Falta de constitución del Comité de Auditoría. Cumplimiento parcial a los requisitos para ser Consejero, Directivo o Comisario. Falta de Consejeros independientes. Inadecuada integración del Consejo de Administración. Los órganos colegiados no sesionan periódicamente conforme a la Ley o a sus propios Estatutos (Asamblea y Consejo). Estructura orgánica deficiente o limitada. Efectúan operaciones previo a la autorización del ingreso del socio. Falta de calidad o consistencia en la información contenida en reportes regulatorios. Falta de formalización de políticas y procedimientos por parte del Consejo. Autorizaciones de operaciones crediticias o de inversión en exceso de facultades. Expedientes incompletos en materia de principales funcionarios. Deficiencias en Gobierno corporativo y control interno Principales motivos de observación

10 Principales motivos de observación Cartera vencida registrada como vigente (Reestructuras y/o renovaciones). Excesos del límite de diversificación de responsabilidades por acreditado y falta de control de grupos de riesgo común. Incumplimientos del límite de créditos relacionados. Inadecuada documentación de garantías o falta de su formalización. Falta de constitución de estimaciones sobre Bienes Adjudicados que exceden el plazo de su venta y con pocas expectativas de realización. Cartera vencida registrada como vigente (Reestructuras y/o renovaciones). Excesos del límite de diversificación de responsabilidades por acreditado y falta de control de grupos de riesgo común. Incumplimientos del límite de créditos relacionados. Inadecuada documentación de garantías o falta de su formalización. Falta de constitución de estimaciones sobre Bienes Adjudicados que exceden el plazo de su venta y con pocas expectativas de realización. Proceso crediticio

11 Principales motivos de observación Faltantes de Capital Contable y/o Neto. Excesos en tenencia accionaria. Realización de operaciones con no socios y/o con socios que no cubren la aportación mínima de 2,500 unidades de inversión. Transmisiones o suscripción de acciones sin autorización de del Consejo de Administración y, en su caso, la CNBV. Falta de emisión de títulos accionarios o canje de certificados provisionales. Faltantes de Capital Contable y/o Neto. Excesos en tenencia accionaria. Realización de operaciones con no socios y/o con socios que no cubren la aportación mínima de 2,500 unidades de inversión. Transmisiones o suscripción de acciones sin autorización de del Consejo de Administración y, en su caso, la CNBV. Falta de emisión de títulos accionarios o canje de certificados provisionales. CapitalCapital

12 Integración de Principales observaciones 8% 37% 55%

Estructura Temas de interés para el sector Principales motivos de observación Regulación Prudencial Contenido

14 Para dar sustento a la LUC, en coordinación con el área de Regulación Prudencial, se ha desarrollado un plan de trabajo para emitir las disposiciones correspondientes de los siguientes temas: 1.Proceso crediticio e integración de expedientes (artículos 46 y 51, quinto párrafo de LUC). 2.Diversificación de riesgos (arts. 47 de LUC). 3.Administración integral de riesgos (art. 46 de LUC). 4.Relación e información de las personas que directa o indirectamente pretendan mantener una participación en el capital social de la unión que pretenda obtener autorización para efectuar una fusión (art. 37, fracción I, inciso b) de LUC). 5.Términos en los que habrá de presentarse a la Comisión, el acuerdo en el que conste la aprobación del consejo sobre las operaciones con personas relacionadas (art. 62, primer párrafo de LUC). 6.Capital neto en relación con los riesgos de mercado, de crédito y otros en que incurran en su operación; parte básica y complementaria del capital neto y procedimiento para el cálculo del índice de capitalización (art. 48, primero, segundo y tercer párrafos de LUC). 7.Coeficiente de liquidez (art. 46 de LUC).

15 8.Documentación e información adicional para la solicitud de autorización (art. 17, fracción VI de LUC). 9.Requisitos que deberán reunir el director general, los directivos que ocupen el cargo con la jerarquía inmediata inferior a la de éste y los comisarios (arts. 32 y 35 de LUC). 10.Requisitos que deban satisfacer las sociedades que les presten servicios complementarios o auxiliares en su administración, o en la realización de su objeto, así como de sociedades inmobiliarias que sean propietarias o administradoras de bienes destinados a sus oficinas (arts. 40, fracción XVIII y 49, fracción I de LUC). 11.Montos de los créditos, préstamos y financiamientos en los que el pago de los intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por períodos vencidos (art. 50 de LUC). 12.Valuación de valores e instrumentos financieros (art. 74 de LUC). 13.Calificación de cartera (art. 46 de LUC). 14.Contratación con terceros la prestación de servicios o comisiones y requisitos del programa de regularización de los terceros contratados (art. 94, primer y tercer párrafos de LUC). Requiere de aprobación de la Junta de Gobierno.

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