MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL GESTIÓN 2012 PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES DE.

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Transcripción de la presentación:

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL GESTIÓN 2012 PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES DE LOS MIGRANTES ANDINO Y LA TRATA DE PERSONAS

En los años recientes la migración de bolivianas y bolivianos al exterior se ha incrementado. Este flujo migratorio tiene como principal característica, hacia los países vecinos en una lógica Sur- Sur. Por otro lado, el factor mas importante de emigración en el caso de Bolivia, es incrementar las capacidades adquisitivas de las familias de los migrantes. Otra característica, es la presencia de migración informal asociada a la trata de personas. Ante esta problemática el Estado Plurinacional de Bolivia ha desarrollado un marco institucional de política pública para defender los derechos de los migrantes reflejado en el Plan Nacional de Desarrollo.

Información proporcionada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, estima que más del 20% de la población boliviana se encuentra fuera del país, lo cual abarcaría aproximadamente a de bolivianas y bolivianos que se encuentran radicando en el extranjero.

La Dirección General de Migraciones para el año 2010, la cantidad de bolivianas y bolivianos que salieron por los puestos fronterizos, tiene como destino preferente a los países de España ( personas), Estado Unidos (9.892 personas) y Chile (6.509 personas). En el caso concreto de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, registra a personas con destino a Colombia y personas hacia el Perú en el año 2010.

De acuerdo con los datos Instituto Nacional de Estadística del Perú, en el periodo el 30.7% del total de sus emigrantes con destino a los países de la Comunidad Andina de Naciones, tuvieron como destino Bolivia.

En el caso de la República de Colombia, las y los ciudadanos emigrantes de este país con destino al Estado Plurinacional de Bolivia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), para el último Censo del año 2005, representa el 0.1% de total de emigrantes.

Datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) del Ecuador, señalan para el año 2010, que Bolivia no es una prioridad para los emigrantes ecuatorianos en una escala países de destino del 1 al 15. El cuadro muestra que los países de Perú y Colombia representan alrededor del 29% del total de emigrantes ecuatorianos que eligen estos países de destino.

Según el Banco Central de Bolivia, el envío de remesas a Bolivia por bolivianos en el extranjero tuvo un comportamiento vertiginoso entre los años de 2007 y 2011, para el año de 2008 alcanzo a millones de dólares, y se redujo a millones de dólares el 2011, El principal país de origen de las remesas es España, que cubre el 40%, seguido por Argentina (23%) y Estados Unidos (21%).

El actual gobierno, introdujo en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) "Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática Para Vivir Bien la temática migratoria como parte del desarrollo del país. El PND introduce como política y estrategia: la atención del Estado al emigrante boliviano en el exterior, estableciendo la regularización de su situación migratoria. Se estableció acciones de protección de los migrantes entre las entidades del Órgano Ejecutivo, con la participación de Comando General de la Policía; Agencia de Desarrollo para las Macro regiones Fronterizas (ADEMAF); Aduana Nacional de Bolivia; Autoridad de Tierras y Bosques (ATB); Ministerio Público; Ministerio de Minería, Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; INTERPOL.

Representantes del Órgano Ejecutivo, del Órgano Legislativo, Órgano Judicial, Corte Nacional Electoral, Defensoría del Pueblo, Organismos Internacionales y representantes de la sociedad civil firmaron el "Acuerdo Nacional por el Boliviano en el Exterior para proteger y garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas migrantes. Las políticas públicas en materia migratoria que se pretende institucionalizar contemplan dos niveles: 1.En lo nacional, se generará consensos con la sociedad civil y los actores públicos involucrados en la temática a través del Mecanismo de Coordinación Interinstitucional para las Migraciones. 2.A nivel externo, en las actuaciones con los Estados a nivel internacional a través de los consulados bolivianos en el exterior.

Se ha planteado los siguientes objetivos: Implementar un Plan de Retorno para las y los bolivianos que se encuentran fuera del país. Promover la participación política, la integración y la participación cultural de las y los bolivianos en el exterior. Diseñar e implementar programas de acompañamiento social, jurídico y productivo, dirigidos a los miembros de familias con experiencia migratoria. Generar reflexión y debate crítico sobre los modelos de con-desarrollo y el aprovechamiento productivo de las remesas. Diseñar políticas sobre los procesos de migración laboral.

Por otro lado, a nivel de gobiernos municipales, se han instalado una Plataforma de Servicios de Atención para Migrantes. Los servicios que presta esta plataforma son: Oficina de Atención al Emprendedor.- Brinda asesoramiento en oficina, en línea y mediante correo electrónico personalizado en gestión, producción, comercialización y finanzas. Capacitación y Acompañamiento a potenciales emprendedores.- Imparte cursos de motivación y emprendimiento, identificación de idea de negocio y la elaboración de un Plan empresarial. Capacitación y acompañamiento a micro y pequeños empresarios.- Que brinda los servicios de capacitación, dialogo en gestión empresarial y asistencia técnica.

En el marco de las acciones del Capitulo Boliviano de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, en Bolivia se presenta las modalidades de trata internacional como país de origen, de tránsito y destino. Acciones realizadas contra la Trata y Tráfico de personas en Bolivia. Promulgación de la Ley 3325 contra la trata y tráfico de seres humanos y otros delitos relacionados. Creación de la División de Trata y Tráfico de seres humanos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, Policía Nacional. Creación del Consejo Nacional de Lucha contra la Trata y Tráfico de Seres Humanos.

El 2003, la Comunidad Andina de naciones emitió el instrumento Andino de Migración Laboral, el cual tiene por objetivo el establecimiento de normas que permitan de manera progresiva la libre circulación y permanencia de los nacionales andinos en la subregión con fines laborales bajo relación de dependencia, entre los avances institucionales para su implementación esta: El decreto Supremo Nº elimina el Carnet Laboral para extranjeros en Bolivia, y prevé que los ciudadanos extranjeros solo deben hacer visar su contrato de laboral en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. La nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPEPB), respecto al derecho al trabajo y el empleo reconoce los derechos a las personas que revistan la calidad de trabajador(a) (Art. 46) La Ley contra el Racismo y toda forma de discriminación 045, prohíbe formas de discriminación basadas en nacionalidad, ciudadanía e idioma. El Decreto Nº referido a la Estructura del Órgano Ejecutivo establece que dentro de las competencias del Ministerio de Gobierno esta el de formular, dirigir las políticas del ámbito migratorio e inmigratorio.

El Decreto Nº establece que dentro de las competencias del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social esta la formulación, diseño de una política migratoria laboral. El Art. 218 de la CPEPB faculta a la Defensoría del Pueblo promocionar y defender los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, de las comunidades urbanas e interculturales, y de los bolivianas(os) en el exterior. La decisión 545 de la CAN contempla en su Art. Nº 17 la creación de Oficinas de Migración Laboral dependientes de los Ministerio de Trabajo, en caso de Bolivia en su actual estructura ha implementado el área de Políticas de Empleo y Migración laboral que tiene por actividades el diseño de políticas y programas para los migrantes en condición de retorno.

La Ley General de Trabajo en su artículo Nº 3, prevé que un ninguna empresa o establecimiento el número de trabajadores extranjeros podrá exceder el 15% del total y comprenderá exclusivamente a técnicos, es importante considerar que la Nueva Ley del Trabajo aun no esta en proceso de elaboración y consenso. Respecto a la Reglamentación de la Decisión 545, es importante considerar a todos los sectores involucrados con aplicación de la Decisión 545, los cuales deben estar debidamente informados sobres sus alcances y que eso implicaba un tiempo prudencial de difusión y reacciones.

La decisión 526 contempla acciones de promoción y cooperación en áreas de interés común, en particular en lo concerniente al libre tránsito de personas por razones de turismo, que contribuyan a establecer una identidad comunitaria entre los Países Miembros de la Comunidad Andina a través de la instalación de Ventanillas especiales de Entrada en Aeropuertos para nacionales y para Extranjeros. Las ventanillas de entrada se instalarán, inicialmente y de manera gradual, en los siguientes aeropuertos de los Países Miembros, en el caso de Bolivia en los En La Paz, Aeropuerto Internacional de El Alto; en Santa Cruz de la Sierra, Aeropuerto Internacional de Viru –Viru.