“Seminario sobre Control y Verificación de los Certificados de Origen”

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Transcripción de la presentación:

“Seminario sobre Control y Verificación de los Certificados de Origen” Comunidad Andina-Unión Europea “Experiencia mexicana en la verificación de reglas de origen” Lima, Perú 2006

C.P. José Alberto Ortúzar Cárcova Administrador de Auditoría Fiscal Internacional Servicio de Administración Tributaria mailto: jose.ortuzar@sat.gob.mx Tels.(52) 55 9157 2728 (52) 55 9157 2752

Antecedentes en México Proceso de apertura década de los noventa Conciencia sobre la repercusión del tema del origen: 1.- Planta productiva nacional 2.- Recaudación de aranceles Voluntad política Recursos humanos y materiales

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO CELEBRADOS POR MÉXICO ASOCIANTE ASOCIADOS APORTA BIENES Y SERVICIOS UTILIDADES Y PERDIDAS DE LA NEGOCIACION MERCANTIL

Certificado de origen Es el documento a través del cual el exportador o productor certifica que los bienes cumplen con las reglas de origen y con los demás requisitos aplicables de un Tratado. Para que un importador pueda gozar de trato arancelario preferencial deberá contar con un certificado de origen válido.

Certificado de origen México ha convivido con diferentes mecanismos de certificación: Auto certificación por exportadores y/o productores extranjeros (aumenta riesgo) Validación por entidades públicas o privadas (disminuye riesgo)

Certificado de origen El certificado de origen puede amparar: Una sola importación de uno o más bienes. Varias importaciones de bienes idénticos durante un plazo Cuando el exportador no sea el productor del bien, llenará y firmará el certificado con base en: Su conocimiento respecto a que el bien califica como originario. La declaración de origen que ampare el bien objeto de exportación.

Criterios básicos para determinar el origen Productos totalmente obtenidos o producidos, Productos que incorporan insumos extranjeros y que sufren una transformación sustancial que da lugar a un salto arancelario o al cumplimiento de un valor de contenido regional.

Análisis de riesgos Tipo de Producto Forma de la transacción comercial Para llevar a cabo una adecuada planeación y selección de casos susceptibles de revisión, se procede a efectuar un análisis de riesgos ponderando lo siguiente: Tipo de Producto Forma de la transacción comercial Características del Contribuyente

Denuncia ¿Procede o no procede? ¿Quién la presenta? Persona Física. Persona Moral (Asociaciones) ¿Qué tanto afecta a la Industria? ¿En qué se fundamenta la denuncia? ¿Qué importe representa? Relación del Costo-Beneficio

Información interna Fuentes de Información: Cuota Compensatoria Internet Sistema Automatizado Aduanero Integral Prensa Información Estadística de los últimos 3 años (Importaciones VS Exportaciones) Visitas a plantas Información de otras dependencias Cuota Compensatoria Arancel Sensibilidad de la mercancía

Verificación del origen Las importaciones a México de bienes originarios, por las que se aplicó trato arancelario preferencial al amparo de certificados de origen, facultan a las autoridades aduaneras del país importador para verificar que los exportadores y/o productores en el país exportador hayan cumplido con las reglas de origen y demás procedimientos que estipulan los Tratados.

PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE ORIGEN ETAPA NACIONAL (Artículo 42, 46-A, 48 y 50 CFF) FACTURA PEDIMENTO C.O. MEDIOS DE IMPUGNACION REQUERIMIENTO AL IMPORTADOR OFICIO DE OBSERVACIONES LIQUIDACIÓN PROPUESTA DE VISITA O CUESTIONARIO AL EXPORTADOR ETAPA EXTRANJERA INTENTO DE NEGACIÓN RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Visitas de verificación Notificación con 30 días de anticipación al exportador y/o productor. Notificación a la autoridad aduanera extranjera. Consentimiento del exportador y/o productor.

Visitas de verificación Inicio de la visita. Designación de testigos. Verificación cumplimiento de reglas de origen y demás requisitos que estipulan los Tratados. Durante el transcurso de la visita se lleva a cabo un análisis exhaustivo a los registros y documentos proporcionados por el visitado. Se hacen constar hechos y circunstancias relevantes durante el transcurso de la visita de verificación. Una vez efectuados todos los procedimientos de auditoría, se lleva a cabo una junta de cierre con el visitado. Se emite la resolución de origen con los fundamentos de hecho encontrados.

Cuestionarios Notificación del cuestionario al exportador y/o productor, con un plazo de 30 días para contestar. Verificación de la información entregada. Emisión de cuestionario subsecuente con intento de negar Trato Arancelario Preferencial, resolución definitiva o propuesta de visita de verificación. Se emite la resolución de origen con los fundamentos de hecho encontrados.

Confidencialidad Cada una de las partes mantendrá de conformidad con lo establecido en su legislación, la confidencialidad de la información y la protegerá de toda divulgación. La información obtenida solo podrá darse a conocer a las autoridades encargadas de la administración y aplicación de resoluciones de origen.

Revisión e Impugnación Cada una de las partes otorgará los mismos derechos de revisión e impugnación previstos para los importadores de su territorio, a los exportadores y productores a quienes se les haya emitido una resolución de origen.

Precedentes legales La Suprema Corte de Justicia confirmó el criterio en el sentido de que si a requerimiento de la autoridad el importador no proporciona el Certificado de Origen, se procederá a negar el trato arancelario preferencial.

Precedentes legales El Productor es el único que puede acreditar el origen de los bienes. El exportador no productor debe acreditar las razones o motivos que tuvo para emitir el certificado de origen.

Precedentes legales El importador no puede controvertir el procedimiento de verificación de origen instaurado con productores/exportadores. La validez del certificado de origen debe ser acreditado por el productor/exportador.

Precedentes legales La no intervención del importador en el procedimiento de verificación no viola su garantía de audiencia. No se violan las garantías de legalidad y audiencia del importador al no revelar información confidencial que obtenga en un procedimiento de verificación de origen.

Precedentes legales El productor/exportador extranjero puede impugnar la determinación de origen ante autoridades administrativas o judiciales. El resultado de la determinación de origen debe impactar al importador quien es responsable por el uso de un certificado de origen no válido.

Precedentes legales No existe extraterritorialidad en las verificaciones de origen Los Tratados de Libre Comercio permiten que se lleven a cabo las verificaciones. Tesis de la Suprema Corte donde se reconoce la legalidad de estos procesos de verificación

Experiencias particulares Visitas de verificación de origen: Negación a aceptación de la visita. Negación a proporcionar los registros. Confidencialidad. Alteración de Certificados de Origen . Cuestionarios: No dan respuesta a los cuestionarios. Proporcionan información incompleta. Productores y exportadores no localizables. Solicitudes de prórrogas.

Medición de resultados Cada año se establece la evaluación de resultados en función al número de revisiones a realizar tanto en México como en el extranjero. Comparación de revisiones realizadas con las estimadas. Revisiones con observaciones. Índices de medición por persona, por área, por sector, por cifras cobradas o liquidadas.

Desafíos Desarrollo del personal encargado de los procesos de verificación nacionales e internacionales. Recursos financieros destinados a la materia de verificaciones de origen. Investigaciones más rápidas y precisas. Minimizar riesgos.

Desafíos Calidad total y control en la manera de conformar equipos de trabajo, de llevar a cabo la ejecución de las auditorías, desde la programación, la planeación, las resoluciones, el seguimiento de las etapas de impugnación, la coordinación y cooperación interna.

Desafíos Coordinación en el acceso y manipulación de bases de datos, cuidado en el contacto con los sectores y empresas afectadas. Desarrollar mayor sensibilidad ante los problemas que manifiesten dichas empresas, para que las verificaciones puedan realmente beneficiar a la industria nacional.