Instituto Superior De Educación Dr. Raúl Peña Materia: Derecho Constitucional PROF: ESTEFANIA SALINAS.

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Transcripción de la presentación:

Instituto Superior De Educación Dr. Raúl Peña Materia: Derecho Constitucional PROF: ESTEFANIA SALINAS

DERECHO CONSTITUCIONAL PARAGUAYO DERECHO CONSTITUCIONAL

DERECHO CONSTITUCIONAL PARAGUAYO DERECHO CONSTITUCIONAL La rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado se conoce como derecho constitucional. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos. Más concretamente aún podemos determinar que el derecho constitucional se encarga de llevar a cabo el estudio de lo que es la teoría de los derechos humanos, la del poder, la de la Constitución y finalmente la del Estado. El poder político está formado por las instituciones a las cuales la sociedad les ha otorgado el monopolio del uso de la violencia. Es decir, el poder político tiene la capacidad de coerción para obligar a cumplir sus mandatos imperativos a través de la violencia legítima, siempre y cuando este uso sea necesario.

DERECHO CONSTITUCIONAL PARAGUAYO El derecho constitucional, que pertenece al derecho público, se sustenta en la Constitución, un texto jurídico-político que fundamenta el ordenamiento del poder político. La Constitución es la norma suprema de un país, por lo que prevalece sobre cualquier otra normativa o ley. La Constitución se caracteriza por su rigidez, ya que sólo puede ser modificada bajo ciertas condiciones excepcionales que se encuentran recogidas en su propio texto. La estructura constitucional contempla un preámbulo, una parte dogmática (con los derechos fundamentales procesales y sustantivos) y una parte orgánica (con la creación de los poderes constituidos). En el caso, por ejemplo, de la Constitución Española, que data del año 1978, está conformada por un preámbulo, una parte dogmática que está conformada por el título preliminar y por el título primero, así como por una parte orgánica que va desde el título segundo hasta el título décimo, y finalmente por un conjunto de disposiciones (cuatro adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final).

DERECHO CONSTITUCIONAL PARAGUAYO