11 Medida: Supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.

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Transcripción de la presentación:

11 Medida: Supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.

22 PLAN DE ESTIMULO ECONÓMICO DEL GOBIERNO: - Como medida adicional tributaria, con efectos económicos en 2009, aunque en relación con la declaración del ejercicio 2008, se ha incluido en la Ley 4/2008, de 23 de diciembre (BOE de 25 de diciembre) la supresión del gravamen Impuesto sobre el Patrimonio. - La supresión del gravamen afecta, tanto al pago del tributo, como a las obligaciones formales relativas al mismo.

3 Se suprime cualquier gravamen por el Impuesto sobre el Patrimonio, con efectos desde el 1 de enero de De este modo, en 2009 no se soportará la cuota del impuesto ni se presentará la declaración del impuesto. Se elimina, tanto el coste económico –coste directo-, que se estima que alcanza unos millones de euros, como el formal –conocido como coste fiscal indirecto-, dado que no habrá que presentar declaración ni los no residentes tendrán que nombrar representante en España. Se suprime cualquier gravamen por el Impuesto sobre el Patrimonio, con efectos desde el 1 de enero de De este modo, en 2009 no se soportará la cuota del impuesto ni se presentará la declaración del impuesto. Se elimina, tanto el coste económico –coste directo-, que se estima que alcanza unos millones de euros, como el formal –conocido como coste fiscal indirecto-, dado que no habrá que presentar declaración ni los no residentes tendrán que nombrar representante en España. Supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio

4 Se materializa mediante una bonificación general del 100% de la cuota del impuesto para todo los sujetos, tanto residentes como no residentes. Al no derogarse la Ley del impuesto sus reglas de valoración y otras normas seguirán vigentes para su utilización por otros impuestos del sistema tributario–IRPF, ISD, etc.- Los contribuyentes se ahorrarán millones de euros, dando continuidad al esfuerzo del Plan de Estímulo Económico del Gobierno. Los no residentes dejarán de pagar por este impuesto por sus segundas residencias, sin que tengan que nombrar representante en España, lo que incentivará las inversiones de extranjeros en nuestro país. Se materializa mediante una bonificación general del 100% de la cuota del impuesto para todo los sujetos, tanto residentes como no residentes. Al no derogarse la Ley del impuesto sus reglas de valoración y otras normas seguirán vigentes para su utilización por otros impuestos del sistema tributario–IRPF, ISD, etc.- Los contribuyentes se ahorrarán millones de euros, dando continuidad al esfuerzo del Plan de Estímulo Económico del Gobierno. Los no residentes dejarán de pagar por este impuesto por sus segundas residencias, sin que tengan que nombrar representante en España, lo que incentivará las inversiones de extranjeros en nuestro país. Supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.