Licenciatura en Administración Pública Asignatura: Instituciones Políticas y Gobernabilidad Tipo Actividad: Actividad para el portafolio Nombre Actividad:

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Transcripción de la presentación:

Licenciatura en Administración Pública Asignatura: Instituciones Políticas y Gobernabilidad Tipo Actividad: Actividad para el portafolio Nombre Actividad: 15_1 LAPC302: Facultades Presidenciales Sesión: Sesión 15 Actividad Independiente 3: Facultades Presidenciales Alumna: Mirna Elizabeth Alvarez Moreno Grado: III Cuatrimestre 1

Facultades del ejecutivo Federal por Ordenamiento Constitucional Descripción 1. Facultades administrativas.La Constitución contiene diversas disposiciones que se traducen en otras tantas facultades de carácter administrativo a cargo del presidente. Entre ellas se pueden mencionar las facultades de nombramiento o de propuesta para nombramiento (artículo 89, fracciones II, III, IV, V, IX, XVIII de la Constitución). También de carácter administrativo son las facultades de disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente para la seguridad interior y la defensa exterior de la Federación (artículo 89, fracción VI), disponer de la guardia nacional para los mismos efectos (artículo 89, fracción VII), declarar la guerra, previa ley del Congreso de la Unión (artículo 89, fracción VIII), habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, así como establecer su ubicación (artículo 89, fracción XIII). 2. Facultades de creación normativa.El presidente tiene muy diversas facultades en materia de creación normativa, ya sea para el efecto de dictar directamente normas jurídicas, o bien, para el efecto de concurrir a procedimientos de creación normativa que llevan a cabo otros poderes (particularmente el Poder Legislativo). Se destaca la facultad de emitir reglamentos (artículo 89, fracción I), la fracción XVI del artículo 73 (en relación con el Consejo General de Salubridad) y en el párrafo 2 del artículo Facultades jurisdiccionales.Las facultades del presidente en materia jurisdiccional tienen diversas expresiones en el texto constitucional. El presidente interviene en el procedimiento de nombramiento y selección de los ministros de la Suprema Corte (artículos 89, fracción XVIII; 96 y 98 constitucionales), nombra a un consejero de la Judicatura Federal (articulo 100, párrafo 2), presta su auxilio para el ejercicio expedito de las funciones del Poder Judicial (artículo 89 fracción XII) y puede otorgar indultos (artículo 89, fracción XIV). Además, tiene bajo su estructura orgánica a diversos tribunales de carácter administrativo, como por ejemplo lo que ejercen la jurisdicción laboral o los que conocen de los procedimientos contencioso-administrativos. 4. Facultades de gobierno.Dentro de las facultades de gobierno se pueden mencionar todas aquellas que no han quedado comprendidas en los anteriores apartados y que tienen que ver con el desempeño de lo que la doctrina italiana llama el indirizzo político. Entre ellas se pueden mencionar la dirección de la política exterior (artículo 89, fracción X) y la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, derivado del mandato constitucional que dispone el establecimiento de un sistema de planeación democrático par el desarrollo nacional (artículo 26)”. Si bien la clasificación anterior, toma en cuenta otros artículos constitucionales, en gran medida logra agrupar a grandes rasgos los diversos y principales tipos de facultades con que cuenta el Ejecutivo en la Normatividad vigente 2 Clasificación de las Facultades Presidenciales

Facultades del ejecutivo Federal Articulo 89 Constitucional Descripción y Metas Constitucionales actuales ( Como dirección política económica y social del País) I. Facultades para la promulgación y ejecución de leyes.Son las que establece la fracción I, y consisten en: a) Promulgar las leyes expedidas por el Congreso de la Unión. La promulgación es el reconocimiento que el Ejecutivo hace de la existencia de una ley y la orden de que se cumpla, después de haber sido publicada, y b) Ejecutar leyes, o sea, convertir los mandamientos legislativos en realidades de todo orden: económico, social, político cultural, etcétera. Para llevar a cabo esta labor se le atribuye la facultad de expedir reglamentos, que son disposiciones que facilitan el cumplimiento de las leyes elaboradas por el Legislativo II. Facultades para extender nombramientosPrevistas en las fracciones II, III, IV, V, XVI y XVIII. Las que ejerce: a) Libremente, al designar secretarios del despacho muy otros altos funcionarios, pues como se trata de sus colaboradores inmediatos y él es el responsable de la política interna y externa, así como de la administración pública, lógico resulta que pueda seleccionarlos sin estar sometido a ninguna limitación. b) con aprobación del Senado: procurador general de la República, agentes diplomáticos, ministros y cónsules generales, coroneles y demás oficiales superiores del Ejercito, la Armada y la Fuerza Aérea. c) De acuerdo con la ley reglamentaria, puesto que las designaciones de oficiales del Ejercito, no comprendidas en la fracción IV está obligado a hacerlas en los términos establecidos por las disposiciones aplicables (fracción V). III. Facultades en materia de seguridad interior o exterior de la nación.La seguridad de México requiere que existan fuerzas bajo un solo mando, y éste la Constitución lo otorga al jefe del Estado mexicano, porque él tiene la obligación de velar por la paz y el orden dentro del territorio nacional y de organizar su defensa frente a cualquier agresión extranjera. Por eso las fracciones VI y VII le atribuyen el derecho a disponer del Ejercito, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea y la guardia Nacionales. IV. Facultades en materia de política internacional.El presidente de la República representa ante las demás naciones al Estado mexicano y dirige las relaciones internacionales. A el le corresponde asignar con aprobación del Senado, a los embajadores, ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales acreditados en otros países o ante organismos internacionales. Así mismo recibe las “cartas credenciales”, es decir, los nombramientos de los representantes diplomáticos extranjeros pro sus jefes del Estado. V. Otras facultades del Ejecutivo son:a) Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, con fundamento en un acuerdo de la Comisión Permanente; por este hecho se establece una relación de equilibrio entre ambos órganos (fracción XI); prestar ayuda al Poder Judicial para que se de cumplimiento a las sentencias ý órdenes de los jueces...”. 3 Clasificación de las Facultades Presidenciales