Maria Gallotti EMP/STRAT

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Transcripción de la presentación:

La igualdad de género y los principales Convenios de la OIT en la materia Maria Gallotti EMP/STRAT Seminario Sindical sobre Trabajadoras Domésticas Migrantes Montevideo 5-9 de Diciembre de 2005

Evolución histórica de los objetivos generales de las normas de la OIT en materia de género Desde un enfoque sobre la protección de la mujeres... Medidas destinadas a proteger la capacidad reproductoras Medidas que apunta a proteger en general la mujeres debido a su sexo …al enfoque sobre promoción de la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo

Los Convenios Fundamentales de la OIT Libertad sindical: Convenio sobre libertad sindical y las protección del derecho de sindicalización, 1948 (No. 87) Convenio sobre el derecho de sindicalización y negociación colectiva, 1949 (No 98) Abolición del trabajo forzoso Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (No 29) Convenio sobre abolición del trabajo forzoso, 1957 (No 105) Igualdad Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación) 1958 (No 111) Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (No 100) Eliminación del trabajo infantil Convenio sobre la edad mínima, 1973 (No.138) Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (No 182)

Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo Abarca 4 áreas: Libertad de asociación y la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva; Eliminación del trabajo forzoso u obligatorio; Abolición del trabajo infantil, y; Eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Mecanismos de Seguimiento a la Declaración Memorias Informes globales Cooperación técnica

Convenio No. 100 (1951) Sobre igualdad de remuneración Igualdad de remuneración por trabajo de igual valor Se aplica a salarios/sueldos básicos y a otros emolumentos (suplementos, primas, prestaciones, etc), pagados directa o indirectamente al trabajador/a en dinero o en especie, como resultados de su trabajo Promueve la evaluación objetiva del empleo sobre la base del trabajo que éste entrañe y reconoce diferencias de remuneración sobre esta base. Promueve la cooperación de los Estados con las organizaciones de empleadores y trabajadores en la aplicación práctica del Convenio

Convenio No 111 Sobre discriminación en el Empleo y Ocupación Define el concepto de discriminación y sus principales motivos (entre ellos el sexo) con respeto a la formación profesional, al acceso al empleo y a los términos y condiciones de empleo. Admite distinciones, exclusiones o preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un empleo; Deben modificarse todas las leyes y instrucciones administrativas que no sea compatibles con esa política. Admite la discriminación positiva donde se reconozca la necesidad de protección o asistencia especial.

Convenio No 156 (1981) Sobre Trabajadores con Responsabilidades Familiares Establece la igualdad de oportunidades y de trato para las/os trabajadoras/es que tienen responsabilidades familiares que limiten sus posibilidades de prepararse para la actividad económica y de ingresar, participar y progresar en ella. Se aplica a toda rama de actividad y a todas categoría de trabajadores. Prevé la adopción de políticas nacionales para que esas personas no sea objeto de discriminación, y sin conflictos entre sus responsabilidades familiares y profesionales. Prevé la adopción de medidas apropiadas respecto a: Libre elección del empleo Consideración de sus necesidades en cuanto a condiciones de trabajo y seguridad social (Art4) La planificación de las comunidades y el desarrollo de servicios comunitarios, tales como los de asistencia a la infancia y de asistencia familiar (Art. 5) La información y educación La organización de la orientación y la formación profesional Las responsabilidades familiares no deben constituir por sí mismas una razón válida para poner fin a la relación de trabajo de una persona

Convenio No 183 (2000) Sobre la Protección de la Maternidad Se aplica a todas mujeres empleadas, incluidas las que desempeñan formas atípicas de trabajo (pero prevé una cláusula de exclusión) Impone la adopción de medidas impedir el desempeño de trabajos prejudiciales para la salud de la mujer embarazadas o lactantes o de su hijo/a . Otorga el derecho a la licencia de maternidad de al menos 14 semanas (6 semanas obligatorias post parto) Establece el derecho a licencia en caso de enfermedad o de complicaciones Impone la creación de un sistema de prestaciones pecuniarias a través del sistema de seguridad social u otros medios y detalla criterios para fijar el monto de tales prestaciones. Prohíbe el despido durante o después del embarazo excepto por motivos no relacionados al embarazo. (carga de la prueba incumben al empleador) Garantiza la reintegración al mismo puesto de trabajo o equivalente, con la misma retribución. Prohíbe los exámenes de embarazo. Establece el derecho a interrupciones o reducciones del tiempo de trabajo para lactancia

Otros convenios relevantes Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, No 87 (1948) Convenio sobre el derecho de asociación colectiva y de negociación colectiva, No 98 (1949) Convenio sobre la política del empleo, No 122, (1964) y recomendaciones No 122 (1964) y No 169 (1984) Convenio sobre desarrollo de recursos humanos, No 142, 1975 Convenio sobre terminación de la relación de trabajo, No 158, 1982 Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial, No 175, 1994 Convenio sobre trabajo a domicilio, No 177, 1996

Resolución de la Conferencia Internacional de Trabajo sobre trabajadoras domesticas, 1965 Reconocía la necesidad urgente de establecer normas mínimas para vivir, compatibles con el auto respeto y la dignidad humana, los cuales son fundamentales para la justicia social

Ratificaciones de los Convenios en las Americas País Conv. 100 Con. 111 Conv. 103 Conv. 183 Conv 156 Antigua y Barbuda 2003 1983 Argentina 1956 1968 1988 Bahamas 2001 Barbados 1974 Belice 1999 2000 Bolivia 1973 1977 1998 Brasil 1957 1965 Canadá 1972 1964 Chile 1971 1994 Colombia 1963 1969 Costa Rica 1960 1962 Cuba 1954 01 :06 :2004 Dominica Ecuador El Salvador 1995 Estados Unidos   Granada

Guatemala 1961 1960 1989 1994 Guyana 1975 Haití 1958 1976 Honduras 1956 Jamaica México 1952 Nicaragua 1967 Panamá 1966 Paraguay 1964 Perú 1970 1986 República Dominicana 1953 Saint Kitts y Nevis 2000 San Vicente y las Granadinas 2001 Santa Lucía 1983 Suriname   Trinidad y Tabago 1997 Uruguay 1954 República Bolivariana de Venezuela 1982 1971 1984