Eduar Gómez Gómez Liliana Beròn Cardona. ASPECTOS HISTORICOS NIVEL INTERNACIONAL- ORGANIZACIONES QUE TRABAJAN CON DESPLAZADOS ACNUR- ACR –OIM-FUNDESO-

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Transcripción de la presentación:

Eduar Gómez Gómez Liliana Beròn Cardona

ASPECTOS HISTORICOS NIVEL INTERNACIONAL- ORGANIZACIONES QUE TRABAJAN CON DESPLAZADOS ACNUR- ACR –OIM-FUNDESO-

Los ataques a la población civil son una consecuencia de la guerra y no un producto casual del conflicto. Las agresiones deliberadas a la población buscan despoblar territorio con el fin de expandir el control de los grupos armados, reducir la capacidad combativa del enemigo y extraer las rentas del territorio.

1.- Despojo de tierras de las haciendas a finales del siglo IXX 2.- Ley 200 de Contratos de aparcería ley 100 de Preludio de la violencia 4.- Ley 135 de Alianza para el Progreso. 5.- Ley 1ª. De 1968 Incora – Anuc 6.- Decreto 3398 de 1965 ( Autodefensas nacionales) Derrota econó mica del campo ISI 7.-Pacto de Chicoral 1972 ( Hdo Duran D- Cornelio Reyes) 8.-Década de los 80 y 90 Apertura económica- Narcotráfico Apropiación extorsiva – despojo- desplazamiento

Trujillo: (352) Henry Loaiza Diego Montoya San José de Apartadó: 1994 Mapiripan julio 1997 (49) Hernán Orozco- Jaime Humberto Uzcategui - Lino Sánchez Oviedo H.H El Salado- Carmen de Bolívar 2000 (61) Mancuso - Jorge 40 Granja- Aro - Ituango 1996 Valle del Cauca.

El acceso a la tierra es una característica común de la mayoría de los desplazados- Origen de la migración Muchos hogares tienen jefatura femenina con bajos niveles educativos y una alta dependencia económica es de hecho una población altamente vulnerable Población marginal en ciudades capitales, barrios subnormales- alto desempleo- niños sin educación ni servicios de salud.

CONTEXTO: DE LAS POLITICAS DE DESPLAZAMIENTO Artículos y 18 del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra sobre DD II HH- Ley 171 de 1994 Decreto 2303 de 1989 Relacionado con el abandono de la tierra, para que no pueda ser objeto de posesión, ocupación, prescripción o venta obligada Artículo 39 de la Convección sobre los derechos de los niños Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, ratificado por Colombia el 5 de agosto de victimas infantiles del conflicto armado. C P C : Art.1-10 Art. 49 Art. 67 Ley 100/93 Ley 1122 /2007 Ley 115

1.- Conpes 2804 de Sept Conferencia episcopal colombiana- Mininterior-DNP- Consejería Presidencial para DDHH –Plan de Desarro llo – Salto Social Sanción de ley aprobatoria de protocolo adicional a la convención de Ginebra sobre DD II HH Diciembre 1994 Censo: Familias Conpes 2924 de 1997 Sistema Nacional de atención a población desplazada Programa y Plan Nacional de atención a población desplazada Consejo Nacional de atención a la población desplazada Consejería- Presidencia – dirige el sistema e integración territorial- Funciones de Unidad especial administrativa. Red nacional de sistema de información. Atención integral - Violencia – En el marco del retorno voluntario o eventual reasentamiento logre la reincorporación a la sociedad Neutralización de procesos de violencia que causan desplazamiento y mitigación de los efectos sobre la población. Integración de esfuerzos públicos y privados para garantizar un manejo eficiente de los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos para la Prevenciòn del desplazamiento y su atención. El centro de la política es Prevenciòn y retorno voluntario,

Neutralización de procesos de violencia que causan desplazamiento y mitigación de los efectos sobre la población. Integración de esfuerzos públicos y privados para garantizar un manejo eficiente de los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos para la Prevenciòn del desplazamiento y su atención. El centro de la política es Prevenciòn y retorno voluntario,

Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas: Conflicto armado- Violaciones masivas al DD II HH El Gobierno Nacional promoverá la creación de los comités municipales, distritales y departamentales para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, encargados de prestar apoyo y brindar colaboración al Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia - Responsables Recursos-

Fondo nacional de calamidades: Asistencia social- Desplazamiento por la violencia es un desastre multifacético. Fin último :es necesario promover el desarrollo integral de las zonas expulsoras y receptoras de población desplazada, para lo cual se requiere la definición y desarrollo de acciones de prevención, protección, atención humanitaria de emergencia y acceso a los programas sociales del gobierno, Conpes 3057 de 1999 Decreto 489 de 1999 Responsable: Red de Solidaridad Social - ACNUR -utc

172, 173 y 174 diseño e implementación de programas de prevención, asistencia, protección y reparación integral a las víctimas del conflicto armado Ley de victimas y restitución de tierras, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las victimas del conflicto armado interno y se dictan disposiciones en sus artículos 172, 173 y 174 define la competencias de las entidades territoriales en lo correspondiente al diseño e implementación de programas de prevención, asistencia, protección y reparación integral a las víctimas del conflicto armado, los cuales deberán ceñirse a los lineamientos establecidos en el Plan Nacional para la Atención Reparación Integral a las Víctimas en sus respectivos territorios. VIGENCIA DE LA LEY: 1º de enero de Restitución 1º enero de 1991

asistencia, atención y reparación integra artículo 3° de la Ley 1448 “el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones interdisciplinarias diseñados por el Ministerio de Salud y Protección Social para la atención integral en salud y atención psicosocial. Podrán desarrollarse a nivel individual o colectivo y en todo caso orientadas a superar las afectaciones en salud y psicosociales relacionadas con el hecho victimizantes” El cual tiene por objeto establecer los mecanismos para la adecuada implementación de las medidas de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas de que trata el artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, para la materialización de sus derechos constitucionales en el artículo 164 define el Programa de Atención psicosocial y salud integral a víctimas como “el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones interdisciplinarias diseñados por el Ministerio de Salud y Protección Social para la atención integral en salud y atención psicosocial. Podrán desarrollarse a nivel individual o colectivo y en todo caso orientadas a superar las afectaciones en salud y psicosociales relacionadas con el hecho victimizantes”,

DECRETO 4633: Población indígena DECRETO 4635: Población afro descendiente DECRETO 4801 DE 2011 Unidad de Restitución de victimas

Decreto 790 de 2012 Por el cual se trasladan las funciones del Sistema Nacional de atención integral a la población desplazada por la violencia SNAPID al Sistema Nacional de atención y Reparación integral a las victimas y del Consejo Nacional de atención integral a la población desplazada CNAIPD al Comité Ejecutivo para la Reparación Integral de las víctimas

VICTIMAS ( A quién se considera victima ) 1.- Victimas de atentado terrorista- atentado combate 2.-Amenaza 3.- Delito contra la identidad sexual en desarrollo del conflicto armado 4.-Desaparición forzada 5.- Desplazamiento forzado 6.- Homicidios –masacres 7.- Minas antipersonales, artefactos sin explotar y artefacto explosivo improvisado 8.- Secuestro 9.- Tortura 10.- Vinculación de niños, niñas, adolescentes a actividades relacionadas con grupos armados 11.- Despojo y abandono forzado de tierras Derechos: Participar en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, atención y reparación integral.

HECHOSPERSONAS Abandono o Despojo Forzado de Tierras Acto terrorista Amenaza Delitos contra la libertad y la integridad sexual Desaparición forzada Desplazamiento Homicidio Minas Antipersonal Perdida de Bienes Muebles o Inmuebles Secuestro Sin información9.075 Tortura9.474 Vinculación de Niños Niñas y Adolescentes : Fuente: 31 de agosto de 2013 ESTADISTICAS HECHOEVENTOS Abandono Forzado de Tierras Acto terrorista Amenaza Integridad sexual.211 Desaparición forzada Desplazamiento Homicidio Minas Antipersonal Perdida Bienes Muebles o Inm Secuestro Tortura9.514 Vinculación Niños(as) y Adole Otros0 Sin Información9.078 TOTAL

Desplazados : Desagregado por departamentos 1.- Antioquia: Bolívar : Magdalena Nariño Cesar Choco Cauca Valle del Cauca Caquetá Boyacá San Andrés 63 Fuente: -

ESTADISTICA DE MASACRES: MASACRES: 1982 PARAMILITARES % Guerrilla % Fuerza Pública % VIOLENCIA SEXUAL 1754 EXPLOSION DE MINAS Fuente: CNMH

GARANTIZAR EL GOCE EFECTIVO DE DERECHOS Prevención y protección Atención integral Verdad, justicia y reparación integral. Vida, integridad, libertad y seguridad, protección de bienes y tierras Vivienda Ingresos Tierras Restitución Indemnización Rehabilitación Garantías de no repetición Medidas de satisfaciòn

RESPONSABLES: UAO -Unidad de victimas -Unidad de restitución -(Min agricultura- Incoder- Agustín Codazi) -Ministerio de salud- Entes territoriales y Municipales -Men - Ministerio Público -Fiscalía -SENA -ICBF -REGISTRADURIA DEL SERVICIO CIVIL -FUERZA PUBLICA

Unidad De Victimas

Declaración: Unidades de atención y orientación UAO Personería- Defensoría del Pueblo Procuraduría Registro en base de datos: La entidad donde rindió la declaración debe remitir el documento a Acción Social, entidad que tiene un plazo de 15 días hábiles para definir si la declaración es aceptada o no, y el declarante y su grupo familiar queda incluido en Registro Único de Desplazados RUPD Aseguramiento SALUD EDUCACION

AUTOS: Corte Constitucional.

Choc ó Con estas capturas ya son ocho las personas detenidas por el homicidio del l í der reclamante de tierras y su hijo. Un juez de control de garant í as de Apartad ó (Antioquia) profiri ó medida de aseguramiento de detenci ó n en centro de reclusi ó n en contra de cuatro personas que fueron capturadas en Apartad ó, por el Cuerpo T é cnico de Investigaci ó n (CTI). Por solicitud de la Unidad Nacional contra la Desaparici ó n y Desplazamiento Forzado, el juez de Apartad ó impuso medida de aseguramiento a Wilington Valencia Ortega, Jorge Wilson G ó ez Ruiz, G é rles Alfonso Manco Vargaspor los cargos de concierto para delinquir, desaparici ó n forzada, tortura y homicidio agravado, mientras que a Alfa Nelly Pe ñ a Ruiz, por concierto para delinquir. Manuel Antonio Ruiz y su hijo Samir de Jes ú s Ruiz fueron asesinados en marzo del a ñ o pasado en Mutatá y sus cuerpos fueron encontrados con signos de tortura. Manuel Antonio Ruiz era un campesino que lideraba la reclamaci ó n de tierras de por lo menos personas que fueron desplazadas de Curvarad ó y Jiguamiand ó, en el departamento del Chocó. Cuatro nuevas capturas por crimen de reclamante de tierras de Chocó Con estas capturas ya son ocho las personas detenidas por el homicidio del líder reclamante de tierras y su hijo. Un juez de control de garantías de Apartadó (Antioquia) profirió medida de aseguramiento de detención en centro de reclusión en contra de cuatro personas que fueron capturadas en Apartadó, por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI). Por solicitud de la Unidad Nacional contra la Desaparición y Desplazamiento Forzado, el juez de Apartadó impuso medida de aseguramiento a Wilington Valencia Ortega, Jorge Wilson Góez Ruiz, Gérles Alfonso Manco Vargaspor los cargos de concierto para delinquir, desaparición forzada, tortura y homicidio agravado, mientras que a Alfa Nelly Peña Ruiz, por concierto para delinquir. Manuel Antonio Ruiz y su hijo Samir de Jesús Ruiz fueron asesinados en marzo del año pasado en Mutatá y sus cuerpos fueron encontrados con signos de tortura. Manuel Antonio Ruiz era un campesino que lideraba la reclamación de tierras de por lo menos personas que fueron desplazadas de Curvaradó y Jiguamiandó, en el departamento del Chocó. Con estas cuatro capturas ya son ocho las personas detenidas y aseguradas por el homicidio del líder reclamante de tierras y su hijo, los primeros ya se encuentran en etapa de juicio. Por: Elespectador.com

Ever Veloza H.H. Bloque Bananero Bloque Calima 3000/2000 muertos confesados en versión libre 300 muertos en Buenaventura

Con la aplicación de la ley de victimas, Colombia aplica un modelo asistencial sin generar reparación integral a las victimas La aplicación de la ley ha tenido inconvenientes por la falta de articulación entre las entidades estatales responsables, y se evidencia en una respuesta lenta frente al gran numero de población desplazada que hay actualmente. No hay garantía de seguridad para los reclamantes en el tema de la restituciòn de tierras, el proceso enfrenta un álgido debate por los resultados obtenidos De acuerdo con la opinión de expertos internacionales, la ley es inaplicable por el contexto nacional actual