XII.CONTRATO DE COMPRAVENTA (CONTINUACION).  (1) Régimen de indemnidad: indemnizar violaciones a las representaciones y garantías y otros incumplimientos.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Sustentabilidad financiera en contexto actual. Tabla de Contenido Condicionamientos a las empresas por los receptores de prestaciones. Accionistas Clientes.
Advertisements

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS ALCANCES Y PROCEDIMIENTOS
FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD EN MATERIA DE INVERSIÓN TURÍSTICA
Herramientas de Control de Gestión PYME
Fusiones y Adquisiciones en Argentina Jorge Pérez Alati – Diego Serrano Redonnet – Santiago Daireaux 26 de Octubre 2005 PEREZ ALATI, GRONDONA, BENITES,
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia 08 de febrero de 2012 NORMATIVA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA CONCENTRACIONES ECONÓMICAS.
4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
FINANCIAMIENTO AL COMERCIO INTERNACIONAL
Asesores del primer parque eólico del Uruguay Precursores en el mercado …
SECTOR DE INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIO
Marco Jurídico de Fondos de Inversión en Honduras
GARANTIZAR S.G.R. Primera S.G.R. en Argentina Se constituye en el año 1997 Opera con autorización de la Autoridad de Aplicación. Se encuentra inscripta.
FLUJOS DE FONDOS.
CONTROL INTERNO DE ACTIVOS
VI. TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO (CONTINUACION).
Cheques de Pago Diferido
Herramientas de financiamiento bursátil. Por qué pensar en la Bolsa?
BASE LEGAL DEL SISTEMA BANCARIO, FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz.
El régimen de concentraciones en Ecuador A LA LUZ DE LA LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL PODER DE MERCADO.
Cierre Fiscal 2011 Alternativas y Oportunidades Febrero 10, 2012.
DRAWBACK BASE LEGAL: Ley General de Aduanas, aprobado por D. Leg. 809 – D. Leg. 951 (TUO D.S EF) ( ) Arts. 76 al 77. Reglamento de la Ley.
Mauricio Subero Mujica.  Es una noción que incorporó el RLCP  Deben realizarse en todas las modalidades de selección de contratistas.  Deben aplicarse.
TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO
Las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) son sociedades comerciales que tienen por objeto facilitar el acceso al crédito a las pequeñas y medianas empresas.
Pasos para implementar un plan de pensiones en una empresa.
CONCENTRACIONES DE EMPRESAS FUSIONES
TEMA 10 CONTRATOS PÚBLICOS.
Armando Cáceres Valderrama
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Integrantes: Rodrigo Cabrera Grace Guerra.  Son montos de dinero que otorga el Banco a empresas de diverso tamaño para satisfacer necesidades de Capital.
IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL FIDEICOMISO Dra. Mónica Benites M.
PROCESO ARBITRAL. CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES FUTUROS CREDITOS PERU SA.
SISTEMA FINANCIERO MEXICANO.
INGRESOS Es todo hecho económico que sea susceptible de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su ocurrencia. El origen de los Ingresos.
GARANTIAS EN LA CONTRATACION PUBLICA
Condiciones generales de Vida Individual. .La póliza, solicitud, cláusulas adicionales y endosos aprobados por la C.N.S.F. que se agreguen constituyen.
Curso de Administración Financiera
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
Mercado de Capitales para el Desarrollo Mercado de Capitales para el Desarrollo Rol de los Inversores Institucionales, Marco Regulatorio Marco Regulatorio.
A R C O Derechos ARCO Acceso Rectificación Cancelación Oposición
IMPUESTO A LAS GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS
CONTRATOS PÚBLICOS DE OBRAS
Normativa COD. DE COMERCIO (ART 217 A 355)
La operación de FIRA con Uniones de Crédito
EJECUCION CONTRACTUAL
LOS MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
Capítulo: 13 Capital Contable.
ASPECTOS LEGALES DE LA COMPRA VENTA DE EMPRESAS Cámara Argentina de Cementerios Parque Privados Tito Livio Venturini 28 de noviembre de 2008.
Aspectos Legales y Prácticos de su utilización
Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Ley Entidades Aseguradoras Superintendencia de Seguros de la Nación Prof. CP Gabriel F. Pérez.
CONTRATOS Y GARANTÍAS EN LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO 1ra. Sesión
MODOS DE GARANTIZAR ACUERDOS PREVENTIVOS DANIEL ROQUE VÍTOLO © Vítolo Abogados S.A.
GARANTIAS.
Contratos de Compra y Venta Internacional
“TRANSFORMACIÓN DE SOFOM A S. A. O S. A. P. I
Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes 9 de octubre de 2015.
Hahn Ceara.
RESERVA CAPITALIZACIÓN RESERVA NIVELACIÓN
Las Representaciones y Aseveraciones en los Contratos de Compraventa de Acciones y su relación con las cláusulas de Indemnidad Rafael Boisset.
BLANQUEO -PROYECTO RED DE CONTADORES PUBLICOS. Régimen excepcional de regularización impositiva Tributos y recursos de la seguridad social Reducción de.
Sector Uniones de Crédito Puntos de interés 24 de febrero 2015 Junta de Asociados de CONUNIÓN Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas.
Preparándose para la Prueba de Acreditación Departamento de Formación – Área Desarrollo y Satisfacción de Compradores Rossana García-Karina van Oosterwyk.
EXPERIENCIAS DEL FIDEICOMISO EN ARGENTINA NUEVO INSTRUMENTO PARA LA FINANCIACIÓN DE EMPRESAS Y PROYECTOS DESAYUNO DE TRABAJO MONTEVIDEO, AGOSTO 2003 Dr.
Aspectos formales y aplicación práctica del Registro de Ventas Rocío Valdivia Montes de Oca.
La Minera Estado de Resultados Año 2 En miles de dólares Ventas 6,250
REGULACION Y SUPERVISION DE LOS MICROSEGUROS EN EL PERÚ Armando Cáceres Valderrama Foromic 2009 Arequipa, Perú.
•El descuento bancario es el que se utiliza en todas las operaciones comerciales y, por ello, al hablar de descuento, se entiende que es el descuento.
DERECHOS REALES DE GARANTIA
Explotación de la innovación: de la licencia y los servicios a la spin-off Ignasi Costas Barcelona, 23 de junio de 2006.
CUMPLIMIENTO DE LAS SOFOM ENR ANTE CONDUSEF. Cumplimiento de las SOFOM E.N.R. Con motivo de la Reforma Financiera, diversas entidades financieras, entre.
Transcripción de la presentación:

XII.CONTRATO DE COMPRAVENTA (CONTINUACION).  (1) Régimen de indemnidad: indemnizar violaciones a las representaciones y garantías y otros incumplimientos.  (2) Cláusulas limitativas de la responsabilidad del vendedor: (a) plazo (indefinido, prescripción, diferenciado por materia); (b) basket o franquicia; (c) deducibles por evento; (d) monto máximo de responsabilidad; (e) reducción del monto indemnizable por seguros o deducciones impositivas.  (3) Defensa de reclamos: notificación al vendedor y control de la defensa.

XIII. GARANTIAS.  (1) Finalidad y características: (a) asegurar el cobro de indemnización en caso de incumplimiento; (b) generalmente otorgadas por el vendedor (excepcionalmente, también por el comprador).  (2) Escrow o fideicomiso: (a) depósito de una parte del precio de compra; (b) elección del agente o fiduciario; (c) plazo; (d) procedimiento para disponer de los fondos.  (3) Prenda: utilizada en algunos casos en los que se compra menos del 100%.

XIV.CONVENIOS DE ACCIONISTAS.  (1) Finalidad y características: (a) operaciones de compra venta parcial; (b) regular las relaciones entre los socios; (c) no oponibles a terceros.  (2) Cláusulas típicas: (a) distribución de cargos; (b) supermayorías (aumento y reducción de capital, aprobación de los estados contables, distribución de dividendos, cambio en el objeto social, fusión y escisión, operaciones con accionistas o sociedades vinculadas, endeudamiento, honorarios de directores, designación de auditores, presentación en concurso); (c) adquisición preferente, tag along y drag along; (d) ruleta rusa.

Indice  (A)ENCUADRE GENERAL.  (B)PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACION.  (C)ASPECTOS REGULATORIOS.

Índice  (A)ENCUADRE GENERAL.  (B)PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACION.  (C)ASPECTOS REGULATORIOS. ASPECTOS REGULATORIOS.

XV.DEFENSA DE LA COMPETENCIA.  (1) Autorización de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia si la operación involucra empresas (compradora, comprada y sus respectivas controladas) que durante el último ejercicio hubiesen tenido ventas de productos y/o prestaciones de servicios que, netos de impuestos y descuentos sobre ventas, superen en conjunto la suma de Ar$ 200 millones.  (2) Excepciones: (a) adquisición de una empresa por parte de una empresa extranjera que no tenía previamente actividad en el país; y (b) ni el precio de compra ni los activos que se transfieren superan los Ar$ 20 millones, siempre que no se hubiesen llevado a cabo operaciones que en los 12 meses anteriores superen dicho importe o en los 36 meses anteriores superen los Ar$ 60 millones.

XVI.DEFENSA DE LA COMPETENCIA (CONTINUACION).  (1) Notificación: antes de la celebración del acuerdo o dentro de los 7 días siguientes (permite suscribir el contrato antes de notificar).  (2) Resultados posibles: (a) autorización expresa; (b) autorización tácita (45 días); (c) denegación (recurrible); (d) autorización con condicionamientos (recurrible).  (3) Falta de notificación o autorización: (a) multas de hasta Ar$ 1 millón por día; (b) la operación no produce efectos entre las partes ni ante terceros.

Av. Córdoba 652 Pº 5 (1054) Buenos Aires, Argentina. Tel.: (54-11) Tel./ Fax.: (54-11)