LIC. COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS

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Transcripción de la presentación:

LIC. COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS MATERIA: Administración de Empresas Exportadoras 10º. C. Lic. Ishback Noriega Tema: Proceso de Exportacion Alumno: Rafael Martinez Quiñones

Exportación La exportación consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado o limitado.

Datos Generales Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento… (Articulo 36 primer párrafo, fracción II de la Ley Aduanera) El Pedimento de exportación es el documento oficial que contiene información de la empresa exportadora mediante el cual declara ante la SHCP la mercancía que va a exportar para efectos de devolución o acreditamiento de contribuciones.

Documentos Basicos a) Factura comercial. b) Certificado de origen: Es el documento que estimula mediante cumplimiento de requisitos previos que el producto es originario de México, indica el grado de integración regional de las mercancías (es decir si cumple con las reglas de origen establecidas por los acuerdos). Si el producto cuenta con preferencias arancelarias por parte de los países con los que México ha firmado tratados o acuerdos comerciales, es requisito indispensable presentar el certificado de origen para poder gozar de dichas preferencias arancelarias. c) Se deberá anexar los documentos que amparen el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias del país de destino.

Marco Legal Ley de Comercio Exterior El objeto de la ley de comercio exterior es el de: • Regular y promover el C.E. • Incrementar la competitividad de la economía nacional. • Proporcionar el uso eficiente de los recursos productivos del país. • Integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional. • Contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Ley Aduanera El objetivo fundamental de la Ley Aduanera (LA) consiste en correspondencia con otras leyes como son las de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y las demás leyes y ordenamientos aplicables, regulan para efectos del territorio nacional. • La entrada. • La salida. • Los hechos o actos que deriven. De mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero de mercancías.

Los sujetos obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones serán quienes introduzcan mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean: • Sus propietarios. • Poseedores. • Destinatarios. • Remitentes. • Apoderados, agentes aduanales; o, • Cualesquiera personas.

El artículo 51 de la LA, menciona que se causarán los impuestos al comercio exterior: I. General de importación. II. General de exportación. Ambos impuestos se calcularán tomando en consideración la tarifa de los impuestos generales de importación y de exportación

REGIMENES ADUANEROS Pero para que estos impuestos se causen, previamente las mercancías que se exporten o importen deben ser destinadas a cualquiera de los regímenes aduanales siguientes (artículo 90 LA): A. Definitivos: I. De importación. II. De exportación.

B. Temporales: I. De importación: a) Para retornar al extranjero en el mismo estado. b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación. II. De exportación: a) Para retornar al país en el mismo estado. b) Para elaboración, transformación o reparación.

C. Depósito fiscal. D. Tránsito de mercancías: I. Interno. II C. Depósito fiscal. D. Tránsito de mercancías: I. Interno. II. Internacional. E. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado. F. Recinto fiscalizado estratégico.

Para ello, los agentes y apoderados aduanales señalarán en el pedimento el régimen aduanero destinado que solicitan para las mercancías y manifestarán bajo protesta de decir verdad el cumplimiento de las obligaciones y formalidades inherentes al mismo, incluyendo el pago de las cuotas compensatorias (artículo 91 LA).

Régimen de exportación temporal El artículo 113 de la citada ley, señala que la exportación temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas se sujetará a lo siguiente I. No se pagarán los impuestos al comercia exterior. II. Se cumplirán las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

Qué se debe entender por régimen de exportación temporal Se entiende por régimen de exportación temporal para retornar al país en el mismo estado, la salida de las mercancías nacionales o nacionalizadas para permanecer en el extranjero por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen del extranjero sin modificación alguna (artículo 115 LA).

Al respecto el artículo 116 del citado ordenamiento menciona que se autoriza la salida del territorio nacional de las mercancías bajo el régimen a que se refiere el artículo 115 de esta Ley por los siguientes plazos: I. Hasta por tres meses, las de remolques y semirremolques, incluyendo aquéllos diseñados y utilizados exclusivamente para el transporte de contenedores.

II. Hasta por seis meses, en los siguientes casos: a) Las de envases de mercancías. b) Las que realicen los residentes en México sin establecimiento permanente en el extranjero. e) Las de muestras y muestrarios destinados a dar a conocer mercancías. d) Las de enseres, utilería, y demás equipo necesario para la filmación, siempre que se utilicen en la industria cinematográfica y su exportación se efectúe por residentes en el país.

III. Hasta por un año, las que se destinen a exposiciones, convenciones, congresos internacionales o eventos culturales o deportivos. IV. Por el período que mediante reglas determine la Secretaría de Economía y por las mercancías que en las mismas se señalen, cuando las circunstancias económicas así lo ameriten, previa opinión de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

PROGRAMAS DE APOYO EMPRESARIAL Con el objetivo de impulsar la economía del país el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía ha creado diversos programas que facilitan la entrada y salida de mercancías del país los cuales a continuación se mencionan así como su descripción, cuyo fundamento lo encontramos en la Ley de Comercio Exterior, que como ya se dijo, entre sus objetivos se encuentra el fomento del comercio exterior.

Empresas de Comercio Exterior-ECEX El registro de Empresas de Comercio Exterior es un instrumento de promoción a las exportaciones, mediante el cual las empresas comercializadoras podrán acceder a los mercados internacionales con facilidades administrativas y apoyos financieros de la banca de desarrollo.

Empresas Altamente Exportadoras-ALTEX El registro ALTEX permite la devolución de saldos a favor del IVA de manera expedita, acceso al Sistema de Información Comercial administrado por la Secretaría de Economía, así como simplificación administrativa en las aduanas.

Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores-DRAWBACK La DRAWBACK, otorga la devolución del impuesto general de importación pagado por los bienes que se incorporan a mercancías de exportación, o por las mercancías que se retornan en el mismo estado y que hayan sido sometidas a proceso de reparación o alteración.

Programa Maquila de Exportación Brinda la posibilidad de poder importar temporalmente bienes utilizados en procesos industriales sin cubrir el pago de IVA, las cuotas compensatorias aplicables a las importaciones definitivas y el impuesto general de importación, al momento de la importación y sólo estará obligado al pago de estas contribuciones transcurridos 60 días de realizada la exportación o retorno.

TRANSPORTE :RECIBE, CRUZA ADUANA, ENTREGA ALMACEN DIAGRAMA DE FLUJO GENERA INFORMACIION TRANSMITE A.A.USA REVISION Y PROCESO ENTREGA TRANSMITE A.A.MEXICO TRANSPORTE :RECIBE, CRUZA ADUANA, ENTREGA ALMACEN CLIENTE AGENCIA ADUANAL EXTERIOR ADUANAS

DIAGRAMA DE FLUJO 2 CLIENTE GENERA INFORMACION MODULO PROCESA INF. GENERACION DE DOC. USA/MEXICO SALIDA A TRANSPORTE CRUZA ADUANAS ENTREGA ALMACEN