La organización política. España

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Transcripción de la presentación:

La organización política. España

1. La organización política de las sociedades 1.1 Sistemas democráticos Derechos humanos, libertades pluripartidismo la división de los tres poderes Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y deberes y son iguales ante la ley, esto es el estado de derecho el poder fundamental en la toma de las decisiones políticas lo tiene el parlamento elegido por sufragio universal El parlamento elige al presidente del Gobierno parlamento supone un órgano de control del gobierno El parlamento aprueba las leyes del país La Constitución es la garantía de los derechos básicos de un país, y es considerada «ley de leyes»

Las principales ideologías políticas El Liberalismo libertad individual, la libre iniciativa económica y la limitación del poder del estado Adam Smith neoliberalismo, que defiende limitar el gasto público, reducir el estado del bienestar, privatizar empresas y servicios públicos El Socialismo orígenes en la revolución industrial socialismo utópico -socialismo científico (Marx-Engels) necesario transformar la realidad hasta conseguir una sociedad justa e igualitaria

El Comunismo: Socialdemocracia es la etapa final del socialismo y propugna una sociedad sin clases sociales URSS a partir de la revolución bolchevique de 1917 nacionalización de los medios de producción y la eliminación de la propiedad privada “dictadura del proletariado”. Socialdemocracia surgió a fines del siglo XIX unión del movimiento socialista y de la aceptación de participar en los modelos democráticos. mantenimiento y la mejora del estado del bienestar, la igualdad de oportunidades, la lucha contar el paro, la fuerte inversión pública a diferencia del liberalismo, no quiere la limitación del poder del estado

Democracia cristiana: Surgió después de la Primera Guerra Mundial, y su origen estaría en la aparición de las primeras doctrinas sociales de la Iglesia católica conciliar el liberalismo con el cristianismo . partidos de la democracia cristiana no son confesionales papel bastante importante en la creación de la actual Unión Europea Nacionalismo tiene sus orígenes en el siglo XIX y reivindica, para una nación, su derecho al autogobierno Surgió frente a la tendencia uniformizadora de los grandes estados nación propuestas: la descentralización administrativa, la defensa de los valores culturales e históricos propios y la potenciación de la Europa de las regiones. Desde el punto de vista ideológico. los partidos nacionalistas se pueden definir como liberales, socialdemócratas o demócrata cristianos, entre otras ideologías.

Anarquismo Fascismo feminismo máxima libertad para la persona mediante la supresión del Estado y de los medios de producción llegar a una sociedad sin clases sociales. Esta sociedad anarquista se iría formando de abajo a arriba. Fascismo ideología totalitaria creada en Italia en 1919 por Mussolini Por extensión, también define a los regímenes surgidos en los años treinta del siglo XX, que se caracterizaron por una lucha contra la democracia, los partidos y las organizaciones de izquierdas y el movimiento obrero. fe ciega en el líder y una anulación total de la persona feminismo origen está Inglaterra como movimiento que reivindicaba el derecho al voto de la mujer conseguir una total igualdad de la mujer respecto al hombre en todos los ámbitos de la vida

Pacifismo Ecologismo: década de los sesenta del siglo XX con motivo del choque ideológico y económico que existía entre las dos grandes potencias Contra la carrera de armamentos - diálogo Ecologismo: Surgió en los años sesenta por los desequilibrios que se estaban comenzando a dar en el Planeta por los abusos que cometían los países ricos

Regímenes dictatoriales Muchos de ellos cuentan con constituciones que proclaman la democracia como forma de gobierno, pero, en la práctica, otorgan poderes a una persona que los ejerce de forma autoritaria inexistencia de la separación de poderes El aparato del Estado, como la policía y el ejército, actúa sin respetar derechos individuales, y prácticas como la tortura, la detención ilegal, la imposibilidad de una defensa justa, l la prohibición de la libertad de expresión y de asociación, etc., pasan a ser frecuentes. La violencia es empleada para tomar el poder (golpe de Estado) o para eliminar a la oposición). El ejército pasa a ser, en estos casos, un apoyo imprescindible para el dictador, con el ejercicio de un uso ilimitado e ilegal de la violencia. La prensa opositora es prohibida, y se limita el contacto informativo con el exterior fórmulas «populistas» : toman el poder con la justificación de apoyar a las clases más desfavorecidas, por lo que, inicialmente, pueden recibir el apoyo de algunos sectores sociales discurso “demagógico”, instrumento de freno a una situación de crisis social o económica

2. Problemas actuales de las democracias Escasa participación en las elecciones de las personas con derecho a voto partidos políticos están desprestigiados , alejados de los problemas reales o vistos como simples organizaciones que buscan el beneficio propio. Los casos de corrupción contribuyen a este desprestigio la falta de cultura política de una parte de los ciudadanos provoca la percepción de que todos los partidos tienen las mismas ideas políticas Dificultades para la supervivencia de los pequeños partidos políticos – financiación Los medios de comunicación tratan de forma muy sesgada las informaciones políticas, de acuerdo a sus líneas editoriales los poderes económicos, pueden condicionar con su apoyo o rechazo a un determinado partido político

Democracias occidentales Áreas geopolíticas Democracias occidentales monarquías parlamentarias Repúblicas Las nuevas democracias Regímenes dictatoriales

El ordenamiento político y territorial de España La Constitución de 1978 España es un Estado democrático Constitución ratificada mayoritariamente por referéndum el 6 de diciembre de 1978. Previamente aprobada por las Cortes el 31 de octubre del mismo año. Se ponía así fin a un largo periodo dictatorial. principal característica de la Constitución es su capacidad de consenso La Constitución consta de 11 títulos que se desarrollan en 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales y nueve transitorias.

Bases del sistema democrático Estado social y democrático de Derecho, que se basa en la soberanía nacional y cuya forma política es la de una monarquía -Parlamentaria, donde el rey reina, pero no gobierna. nación indisoluble, aunque reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran reconoce los derechos individuales de los españoles: a la dignidad, a la vida y a la integridad física y moral, a la libertad, igualdad ante la ley, libertad ideológica y religiosa, a la intimidad, etc. La monarquía parlamentaria rey - la jefatura del Estado. carácter simbólico como guardián de la unidad y permanencia del Estado, papel de árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones. El monarca más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.

El sistema político español se basa en la división de poderes: Poder legislativo- Las Cortes Generales representan al pueblo español, son bicamerales (Congreso y Senado) y se eligen por sufragio universal cada cuatro años. Poder ejecutivo- El Gobierno tiene funciones propiamente de gobierno dirigiendo. la política interior y exterior del país y administrativas, dirigiendo la Administración civil y militar y la defensa del Estado El poder judicial- recae en los tribunales de justicia

Caracteres y estructura de la Constitución de 1978 La Constitución española de 1978, en tanto que Constitución escrita, se caracteriza por los rasgos generales: Es una Constitución rígida. Es una Constitución consensuada. Es una Constitución de origen popular. Está inspirada en los principios del liberalismo, el socialismo democrático y del humanismo cristiano. La Constitución de 1978 consta de tres partes: Parte dogmática, se establecen los principios básicos, los derechos fundamentales, los principios de política social y económica, las garantías de los derechos y los mecanismos de su suspensión; en la segunda, Parte orgánica, se desarrollan las funciones y los mecanismos de los poderes fundamentales (legislativo, ejecutivo y judicial), junto a las cuestiones fiscales, de organización territorial del Estado y del Tribunal Constitucional; la última parte- La reforma constitucional.

Organización territorial. La Constitución declara que España está integrada por diversas nacionalidades y regiones con capacidad para tomar decisiones políticas (17) y 2 ciudades autónomas. El Gobierno Central se reserva en exclusiva las competencias sobre Relaciones Internacionales, Defensa, Fuerzas Armadas, sistema monetario y Hacienda. Para salvaguardar el principio de solidaridad entre las diferentes Comunidades Autónomas la Constitución establece un Fondo de Compensación económica.

Proceso histórico la época romana se fue fraguando la idea de España como unidad política con su propia división interna “Hispania” en la Edad Media está el origen de la aparición de regiones históricas Durante la Edad Moderna se inicia un proceso de unificación política, pero se mantuvo la diversidad administrativa y fiscal En el siglo XVIII se produce el primer intento unificador y centralizador bajo la monarquía absolutista de los Borbones En el siglo XIX el naciente Estado liberal nunca renunció a la organización centralista del Estado Se reorganizó la estructura provincial en 1833 por el entonces ministro de Fomento Javier de Burgos, que dividía el territorio en 49 provincias agrupadas en 15 regiones. A lo largo del siglo XIX se inician movimientos regionalistas que están en la base de los nacionalismos que empezaron a pedir para sus regiones autogobierno

En la Constitución se distingue entre: Las comunidades históricas, que habían tenido autogobierno durante la Segunda República (Cataluña, País Vasco y Galicia) y podían acceder a su autonomía por una vía rápida (151)aprobando por referéndum el proyecto de Estatuto Las autonomías no históricas la Constitución preveía un procesó más lento (143)para asumir de forma progresiva competencias sin necesidad de someter a referéndum su Estatuto. Cada Comunidad cuenta con su Estatuto de Autonomía aprobado por las Cortes en el que se recoge denominación, límites territoriales, organización, competencias, etc.

Las competencias delegadas de las Comunidades Autónomas son: Las normas legislativas de las Comunidades Autónomas, dictadas por autorización de leyes-marco o por delegación de las leyes de bases del Estado. Las leyes regionales que complementan, integran o desarrollan principios y directrices de aplicación directa de las leyes-marco estatales. Las facultades transferidas por el Estado a las Comunidades Autónomas.

La financiación La financiación de las comunidades autónomas gira en torno a un concepto clave: el principio de solidaridad recogido en la Constitución española. Dos modelos de financiación autonómica: el régimen foral, que se aplica al Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra, y el régimen común, que regula el resto de comunidades españolas. casos especiales de la Comunidad Autónoma Canaria y las ciudades de Ceuta y Melilla. Los recursos de financiación tributos que han sido totalmente cedidos a las comunidades autónomas : patrimonio, las transmisiones patrimoniales, las sucesiones y donaciones, y el juego, ventas minoristas de determinados hidrocarburos, ciertos medios de transporte y la electricidad. impuestos compartidos en los que el Estado cede solamente parte de los ingresos. IRPF, el IVA y los impuestos especiales sobre el vino, la cerveza, el alcohol, las labores del tabaco, los productos especiales y los hidrocarburos

Fondo de Suficiencia, que es una financiación adicional que tiene por objeto cubrir la diferencia entre las necesidades de gasto de cada comunidad autónoma y su capacidad fiscal . El sistema de régimen común integró por primera vez los tres bloques de competencias: el tradicional de competencias comunes —que incluye la Educación— y, además, la asistencia sanitaria y los servicios sociales de la Seguridad Social. Se completa también con diversos mecanismos de solidaridad para equiparar los distintos territorios, que van desde las denominadas 'Asignaciones de Nivelación' —para asegurar que todas las comunidades dispongan de similares servicios básicos— los 'Fondos de Compensación Interterritorial' al fondo de renta relativa (para compensar la menor riqueza relativa de la comunidad autónoma correspondiente), o el fondo para paliar la escasa densidad de población, entre otros.

El régimen foral, por su parte, contempla los derechos históricos de los territorios forales del País Vasco y Navarra recaudan directamente todos los impuestos (salvo los derechos de importación y gravámenes a la importación en los impuestos especiales y el IVA). contribuye a la financiación de las cargas generales del Estado con el llamado cupo o aportación.