DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO:

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Transcripción de la presentación:

DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO: CÉSAR A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ; PhD

Cómo establecer una empresa www.proinversion.gob.pe

Decidir la modalidad empresarial Las leyes del Perú reconocen diversas formas empresariales, entre las que se destacan la sociedad anónima, la sociedad comercial de responsabilidad limitada, la sucursal, la asociación en participación, el consorcio, entre otras.

LA SOCIEDAD ANONIMA La sociedad anónima es una de las formas societarias que confieren a sus socios la limitación de su responsabilidad hasta el límite de su aporte. El capital social está representado por acciones, teniendo los socios la calidad de accionistas. a. Denominación b. Capital c. Accionistas d. Constitución d.1 Constitución Simultánea d.2 Constitución por Oferta a Terceros

LA SOCIEDAD ANONIMA e. Costos de Organización Los Gastos derivados de la constitución de la empresa son los siguientes: Gastos Notariales, están referenciados por el monto de capital y por la extensión de la Escritura Pública. Gastos Registrales, la tasa a pagar es el 3/1000 del capital social. Otros gastos, comprende la inscripción del nombramiento de Directores, pago de honorarios de abogado, notario, etc. f. Duración de la Sociedad Anónima g. Aportes de los Accionistas h. Órganos de la Sociedad h.1 Junta General de Accionistas h.2 Directorio h.3 Gerencia

SOCIEDAD ANÓNIMA Artículo 51 LGS , los accionistas no responden personalmente de las deudas sociales. Artículo 31 LGS El patrimonio social responde por las obligaciones de la sociedad

SOCIEDAD ANÒNIMA Capital Aporte de bienes o dinero Dinero ,insertarse depósito. Título valor A cargo del aportante, debe ser pagado A cargo de tercero, constancia de transferencia. Bienes registrados inscripción previa Bienes muebles no inscritos, certificación del gerente de recepción Bienes inmuebles no inscritos, indicación en la escritura.

SOCIEDAD ANÒNIMA El capital se divide en acciones ACCIÒN CAPITAL Título valor nominativo Se inscribe en la matrícula de acciones Transferencia no es acto inscribible. CAPITAL El capital social y el valor nominal de las acciones deben estar expresados en moneda nacional RRS.

SOCIEDAD ANÒNIMA Denominación social Libertad de elección No son inscribibles denominaciones iguales preexistentes en el índice. También existe igualdad, en las variaciones de matices de escasa significación tales como el uso de las mismas palabras con la adición o supresión de artículos, espacios, preposiciones, conjunciones, acentos, guiones o signos de puntuación; el uso de las mismas palabras en diferente orden, así como del singular y plural.

SOCIEDAD ANÒNIMA Ley General de Sociedades. No se puede adoptar una razón social o una denominación, completa o abreviada, igual o semejante a aquella que esté gozando del derecho de reserva de preferencia registral.

SOCIEDAD ANÒNIMA OBJETO SOCIAL. La sociedad circunscribe sus actividades a aquellos negocios u operaciones lícitos cuya descripción detallada constituye su objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto.

SOCIEDAD ANÒNIMA ORGANOS SOCIETARIOS Junta de accionistas. Directorio Integrado por personas naturales. Mínimo tres personas Gerencia general . Puede ser una persona jurídica En caso de haber varios gerentes debe indicarse cual de ellos es el Gerente General.

Sociedad anónima cerrada. Su capital está dividido en acciones Número máximo 20 socios No lista acciones en bolsa. Se reconoce el derecho de adquisición preferente. Representación del accionista limitada en junta.

Sociedad anónima cerrada. Puede prescindir del directorio. Convocatoria a junta de socios por esquela o por otro medio que permita contar con cargo de recepción. juntas de socios no presenciales.

SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Su capital está dividido en participaciones Las participaciones no son títulos valores Las participaciones se transmiten por EP e inscripción regisral. Los socios no pueden ser más de 20. Responsabilidad de los socios limitada a sus aportes. La voluntad social no requiere ser expresada en junta.

SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Órganos societarios Junta de socios Gerente general. No puede tener directorio. Tiene denominación social.

LA SUCURSAL Las empresas, domiciliadas o no en el país, pueden libremente establecer sucursales en el Perú, debiendo inscribirlas en el Registro Mercantil de la Oficina Registral del lugar de su funcionamiento. La sucursal carece de personería jurídica independiente de su principal. Está dotada de representación legal permanente y goza de autonomía de gestión en el ámbito de las actividades que la sociedad principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a sus representantes.

LOS CONTRATOS ASOCIATIVOS Los contratos asociativos crean y regulan la participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes. Este tipo de contrato, no genera una persona jurídica, deberá constar por escrito y no está sujeto a inscripción en el Registro. Existen 3 formas de contratos asociativos: el contrato de Asociación en Participación, el Consorcio y el Joint Venture.