Módulo III Nociones de Seguridad Social

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Transcripción de la presentación:

Módulo III Nociones de Seguridad Social Clase 9 REGÍMENES PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y LOS RESTANTES SUBSISTEMAS (1ra parte) Docente Horacio Giordano

1. Régimen para Pequeños Contribuyentes MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) Índice Clase 9 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes 2. Los restantes Subsistemas 2.1. Asignaciones Familiares 2.2. Desempleo

1. Régimen para Pequeños Contribuyentes MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes

Impuesto a las Ganancias, MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Definición Se establece para los pequeños contribuyentes, un régimen tributario simplificado e integrado relativo al: Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado, Sistema Previsional

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Definición Es un régimen simplificado porque no requiere de demasiadas formalidades a efectos de la incorporación de los contribuyentes. Es un régimen integrado porque con una cuota fija mensual, el sujeto abona lo que correspondería a los impuestos a las ganancias y al valor agregado del Régimen General. Asimismo, los sujetos que no estén taxativamente eximidos deben ingresar la “cotización previsional fija”.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Definición Sistema por el cual un sujeto obligado a tributar Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado y/u obligado a cotizar al Sistema de Seguridad Social por su trabajo independiente, sustituye sus obligaciones por una cotización única integrada e indivisible (impuesto integrado), más un componente de Seguridad Social, y con mínimas obligaciones formales.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Opción al Régimen El Monotributo es una opción que, de no ser ejercida por parte de los contribuyentes, obliga a éstos con el Régimen General impositivo y previsional. Entonces, los sujetos que lo deseen y, siempre que cumplan con todos los requisitos que estable el RS, podrán optar por adherir al mismo.

Componente previsional MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Cotizaciones Categoría Impuesto Servicios Impuesto Ventas Componente previsional Obra Social O.S. adherente B 39 39 110 70 70 C 75 75 110 70 70 D 128 118 110 70 70 E 210 194 110 70 70 F 400 310 110 70 70 G 550 405 110 70 70 H 700 505 110 70 70 I 1600 1240 110 70 70 J -------- 2000 110 70 70 K -------- 2350 110 70 70 L -------- 2700 110 70 70

Pequeño Contribuyente MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Pequeño Contribuyente Personas físicas que realicen: Venta de cosas muebles (incluye: a) actividad primaria y b) actividad de fabricación); Locación y/o prestación de servicios (incluye: a) directivos e integrantes de cuerpo de fiscalización de mutuales y b) trabajadores de servicio doméstico no encuadrados en el Régimen Ley 25.239); Locación de obra;

Pequeño Contribuyente MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Pequeño Contribuyente Personas físicas que realicen: Locación de bienes muebles e inmuebles; Integrantes de cooperativas de trabajo; Sucesiones indivisas, continuadoras de las mencionadas personas físicas, hasta la finalización del mes en que se dicte la declaratoria de herederos o se apruebe el testamento que cumpla la misma finalidad, salvo que con anterioridad medie alguna causal de exclusión;

Pequeño Contribuyente MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Pequeño Contribuyente Personas jurídicas: Sociedades de hecho (con un máximo de tres socios), Sociedades comerciales irregulares (con un máximo de tres socios), Incompatibilidad Resulta incompatible la condición de pequeño contribuyente con el desarrollo de alguna actividad por la cual el sujeto conserve su carácter de responsable inscripto.

Categorías 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Categorías Hasta $45.000 Hasta 20.000 Hasta 200 Hasta $200.000 I Hasta $36.000 Hasta $144.000 H Hasta 27.000 Hasta 16.500 Hasta 150 Hasta $120.000 G Hasta 13.000 Hasta 110 Hasta $96.000 F Hasta 18.000 Hasta 10.000 Hasta 85 Hasta $72.000 E Hasta 6.700 Hasta 60 Hasta $48.000 D Hasta 9.000 Hasta 5.000 Hasta 45 C Hasta 3.300 Hasta 30 Hasta $ 24.000 B Monto de alquileres devengados (anuales) Energía eléctrica consumida en kW (anual) Superficie afectada en m2 Ingresos Brutos (anuales) Categorías

Venta de cosas muebles o fabricación MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Categorías Venta de cosas muebles o fabricación 3 2 1 Cantidad Mínima de Empleados Hasta $45.000 Hasta 20.000 Hasta 200 Hasta $300.000 L Hasta $270.000 K Hasta $235.000 J Monto de alquileres devengados (anuales) Energía eléctrica consumida en kW (anual) Superficie afectada en m2 Ingresos Brutos (anuales) Categorías

Régimen de Seguridad Social MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Régimen de Seguridad Social El pequeño contribuyente queda encuadrado en el SIPA y debe ingresar las siguientes cotizaciones fijas: Obligatorio Voluntario Observaciones SIPA $110.- RNOS $70.- (*) $70.- (*) Por cada integrante SNSS (*) 10% al FSR TOTAL $180.-

Régimen de Seguridad Social MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Régimen de Seguridad Social Por los períodos en que el pequeño contribuyente haya efectuado las “cotizaciones” tendrá derecho a las siguientes prestaciones: Prestación Básica Universal (PBU) Retiro por invalidez o pensión por fallecimiento, calculados en función de la PBU. Prestaciones del Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS). Cobertura del INSSJP (jubilado / pensionado).

Régimen de Seguridad Social MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Régimen de Seguridad Social Sin perjuicio de lo dispuesto resulta de plena aplicación el art. 125 de la Ley 24.241, el cual garantiza a los beneficiarios del SIPA la percepción del haber mínimo establecido (actual $895,15). Por su parte el Estado Nacional deberá aportar el los fondos necesarios para mantener el nivel de financiamiento del mencionado sistema y sus prestaciones.

Régimen de Seguridad Social MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Régimen de Seguridad Social Para acceder a dichas prestaciones, el contribuyente debe estar al día con los aportes que establece el régimen. La obra social podrá desafiliar al pequeño contribuyente ante la falta de pago de tres (3) aportes mensuales consecutivos y/o cinco (5) alternados.

Régimen de Seguridad Social MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 1. Régimen para Pequeños Contribuyentes Régimen de Seguridad Social En el momento de optar por el RS, el sujeto podrá elegir cualquiera de las obras sociales individualizadas en el art. 1º de la Ley 23.660, que le efectuará las prestaciones, según Decreto Nº 504/98. Los agentes del seguro de salud que se encuentren en situación de crisis no podrán ser receptores de pequeños contribuyentes, salvo en el supuesto de unificación de aportes.

2. Los restantes Subsistemas MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2. Los restantes Subsistemas

2.1. Asignaciones Familiares MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares

Naturaleza y Antecedentes MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Naturaleza y Antecedentes Las asignaciones familiares constituyen una institución destinada a la protección familiar. La contingencia social a proteger es la falta de medios suficientes para sustentar económica-mente a la familia. En cuanto a su naturaleza, se trata de una ayuda social vinculada, en algunos casos, al hecho del trabajo.

Naturaleza y Antecedentes MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Naturaleza y Antecedentes Por Decreto Nº 2284/91 se dispuso la disolución de las Cajas y la transferencia de sus funciones al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS) dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Régimen General El régimen general de asignaciones familiares fue instituido por Ley 24.714 con la finalidad de mejorar la redistribución de los recursos destinados a cubrir las prestaciones del sistema. A tal efecto fijó un límite para la percepción de los beneficios a fin de atender la posición de los trabajadores en situación salarial menos favorable.

Coexistencia de regímenes MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Coexistencia de regímenes Régimen Contributivo: Fundado en el criterio de reparto, incluye como beneficiarios a todos los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada, beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo y del seguro de desempleo. Régimen NO Contributivo: Aplicable a los beneficiarios del SIPA y de pensiones no contributivas. Se financia con fondos del SIPA

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Exclusiones y Topes El Subsistema excluye a los trabajadores del servicio doméstico y establece un tope para la percepción de asignaciones familiares al excluir a quienes perciban remuneraciones superiores a $4.800.- mensuales, con excepción de las asignaciones por maternidad y por ayuda escolar anual para hijo con discapacidad, cuyo cobro corresponde a todos los beneficiarios (cf. Decreto Nº 1591/08).

Prestaciones Actividad Privada 2.1. Asignaciones Familiares MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones Asignación por hijo Asignación por hijo con discapacidad Prenatal Actividad Privada Ayuda escolar anual Por Maternidad Por Nacimiento Por Adopción Por Matrimonio

Beneficiarios del SIPA MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones Asignación por hijo Asignación por hijo con discapacidad Beneficiarios del SIPA Ayuda escolar anual Por cónyuge a cargo del beneficiario y afectado de invalidez absoluta, total y permanente

Prestaciones. Condiciones para su percepción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por hijo Se percibe mensualmente por cada hijo menor de 18 años a cargo del beneficiario. Su monto se establece en tres (3) distintas gradaciones, según la remuneración que se perciba, estableciéndose la base a partir del promedio remuneratorio de los últimos seis (6) meses.

Prestaciones. Condiciones para su percepción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por hijo con discapacidad Se percibe mensualmente por cada hijo discapacitado, sin límite de edad. Su cobro también es mensual.

Prestaciones. Condiciones para su percepción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación universal por hijo para la protección social Destinada a niños, niñas y adolescentes que no tengan otra asignación familiar y que pertenezcan a grupos familiares desocupados o que se desempeñen en economía informal. Su cobro es mensual en la proporción del 80%, y anual en la del 20%, siempre que se acredite –hasta los 5 años– el cumplimiento de controles sanitarios, y también escolares a partir de esa edad.

Prestaciones. Condiciones para su percepción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación prenatal Se percibe mensualmente desde el momento de la concepción hasta el nacimiento. Su cobro exige una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) años. Debe acreditarse entre el tercero y el cuarto mes de embarazo mediante certificación médica.

Prestaciones. Condiciones para su percepción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Ayuda escolar anual Se percibe una sola vez al año (mes de Marzo) por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal. No existe límite de edad del hijo si éste concurre a establecimientos oficiales o privados de educación diferenciada.

Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por maternidad MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por maternidad Se percibe una suma igual a la que hubiera percibido en su empleo, durante el período legal de licencia. Exige contar con una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres meses, aunque se pueden contabilizar empleos inmediatos anteriores. Su percepción procede incluso en caso de interrupción del embarazo, siempre que la gestación hubiere llegado a los 180 días.

Prestaciones. Condiciones para su percepción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por nacimiento de hijo Corresponde su percepción en el mes en que se acredite el nacimiento, aun en el caso que el alumbramiento se haya producido sin vida. Exige contar con una antigüedad mínima en el empleo de seis (6) meses.

Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por adopción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por adopción Se aplican los mismos criterios que en el caso de la asignación por nacimiento de hijo.

Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por matrimonio MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Asignación por matrimonio Se abona el mismo mes en que se acredite tal circunstancia, para lo que se requiere una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses. Se abona a los dos cónyuges.

Prestaciones. Condiciones para su percepción Situación de pluriempleo MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Prestaciones. Condiciones para su percepción Situación de pluriempleo Las asignaciones se cobran únicamente en el empleo en que se cuente con mayor antigüedad, salvo la de matrimonio, que es percibida por cada uno de ellos.

Sistema de Fondo Compensador. MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Sistemas de pago Sistema de Fondo Compensador. Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) [Res. (ANSES) Nº 641/03].

Sistema de Fondo Compensador MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Sistema de Fondo Compensador Las asignaciones son abonadas por el empleador y compensadas por éste de las contribuciones efectuadas al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), al Fondo Nacional de Empleo (FNE) y del propio Sistema de Asignaciones Familiares.

Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) Las asignaciones son abonadas directamente por la ANSES al trabajador.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) Obligaciones a cargo del trabajador El trabajador debe presentar ante la ANSES la documentación requerida para el cobro de cada asignación familiar. Debe elegir el lugar donde decida percibir las asignaciones familiares a través de una declaración jurada.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.1. Asignaciones Familiares Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) Obligaciones a cargo del trabajador El empleador debe realizar la elección del Banco / Sucursal de Correo donde serán derivadas las liquidaciones de asignaciones familiares y notificar al trabajador dentro de los 10 días desde su ingreso al SUAF, en caso que el trabajador no haya realizado dicha elección.

2.2. Desempleo MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Clases de Desempleo a) Friccional: surge como consecuencia de la movilidad del empleo y está representado por el tiempo que transcurre entre el momento en que se deja uno y se encuentra otro. b) Estacional: es el que provoca el trabajo de temporada.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Clases de Desempleo c) Estructural: es el provocado por el desarrollo de la economía del país que no alcanza a producir la cantidad de empleos necesarios para cubrir los requerimientos de la población activa. d) Tecnológico: es un efecto de la adopción de mejoras en la actividad productiva por la introducción de nuevas técnicas de producción.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Clases de Desempleo e) Cíclico: es el que se produce por los llamados ciclos de depresión económica. No todos ellos reciben protección de la legislación dictada para proveer ayuda frente a la contingencia. En nuestro país, sólo en las últimas dos décadas se ha establecido cierto nivel de protección generalizada a los trabajadores desempleados.

Contingencia Social Cubierta MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Contingencia Social Cubierta Situación que determina que una persona potencialmente integrante de la fuerza de trabajo, involuntariamente y durante lapsos prolongados, carezca de empleo en forma total o por una cantidad de horas significativas para atender a sus necesidades primarias.

“Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo” MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Régimen General Ley 24.013 – Ley de Empleo (aplicable desde el 26/12/91) Título IV “De la Protección de los Trabajadores Desempleados” Capítulo Único “Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo”

Destinatarios y Excluidos MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Destinatarios y Excluidos La prestación está destinada a: a) Los trabajadores cuyo contrato laboral se rija por la LCT; Se encuentran excluidos: a) Trabajadores agrarios; b) Trabajadores de servicio doméstico; c) Empleados públicos.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Requisitos 1) Situación legal de desempleo o ininten-cionalidad en la acción del trabajador; 2) Aptitud para el trabajo; 3) Preexistencia de trabajo subordinado.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Requisitos El desocupado cuenta con un plazo de petición de noventa (90) días desde el cese laboral. De ser la solicitud posterior se le descuenta el importe correspondiente al exceso de aquel lapso. Cese Laboral 31/07/09 Vto. Plazo 29/10/09

Prestación. Extensión temporal MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Prestación. Extensión temporal El lapso de percepción de la prestación económica -luego de un plazo de carencia de 60 días que puede extenderse a 120 de haber mediado gratificación abonada por el empleador en exceso de la indemnización legal- varía en función de los meses de cotización. Vto. Carencia 29/09/09 Cese Laboral 31/07/09 Vto. Plazo 29/10/09

Períodos de cotización Períodos de prestaciones MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Prestación. Extensión temporal Períodos de cotización Períodos de prestaciones De 6 a 11 meses 2 meses De 12 a 23 meses 4 meses De 24 a 35 meses 8 meses 36 meses 12 meses

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Prestación. Cuantía La cuantía de la prestación se calcula como un porcentaje del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Prestación. Cuantía El porcentaje aplicable durante los primeros cuatro (4) meses de la prestación es fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Del quinto al octavo mes es equivalente al 85% de la prestación de los primeros 4 meses. Del noveno al duodécimo mes la prestación es equivalente al 70% de la prestación de los primeros cuatro meses.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Prestación. Cuantía El monto mínimo de la prestación mensual por desempleo asciende en la actualidad a $250.-, y el máximo a $400.- (Decreto N° 267/06).

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Financiamiento Para el financiamiento del Sistema está dispuesta una contribución del 1,5% sobre nómina salarial por parte del empleador, importe que asciende al 3% en caso de empresas de servicios eventuales.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo para los Trabajadores Rurales SIPRED

Características Generales del SIPRED MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Características Generales del SIPRED La Ley 25.191, que instituyó el SIPRED, establece como requisito para el acceso a las prestaciones que establece, la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).

Financiamiento del SIPRED MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Financiamiento del SIPRED Los empleadores rurales deben abonar una contribución mensual con destino al RENATRE del 1,5% del total de la remuneración abonada a cada trabajador rural. Dicha contribución reemplaza a la del Régimen General de la Ley 24.013.

Régimen de la Construcción MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) Régimen de la Construcción

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Fondo de Cese Laboral El empleador debe hacer el aporte obligatorio sobre el salario en una cuenta a nombre del trabajador (12% durante el primer año y 8% con posterioridad), constituyendo un salario diferido o indemnización sustitutiva, que se percibe en el momento en que se produce la extinción del contrato laboral, cualquiera sea la parte que lo hubiera dispuesto, y aunque el mismo día de la extinción del contrato de trabajo consiga una nueva ocupación.

Exclusión del Régimen General MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Exclusión del Régimen General Habida cuenta de la naturaleza de indemnización sustitutiva del referido fondo, la exclusión original del Régimen General de la Ley 24.013 para los trabajadores de la construcción careció de toda lógica.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Fondo de Desempleo La Ley 25.371 crea el Sistema Integrado de Prestaciones por Desempleo para los trabajadores de la construcción, aunque con adecuaciones respecto del Régimen General, como resultado de la coexistencia del régimen de la Ley 22.250.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Diferencias entre el Régimen General y el Fondo de Desempleo de la Construcción a) En caso de haber percibido el trabajador el Fondo de Cese Laboral de la Ley 22.250, se accede a la prestación por desempleo si no logra insertarse en el mercado laboral dentro de los sesenta (60) días de operado el distracto, por lo que debe esperar el transcurso de ese lapso para tramitar la prestación. b) Los lapsos fijados para la percepción de las prestaciones y para la exigencia de la cotización resultan inferiores.

MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) 2.2. Desempleo Diferencias entre el Régimen General y el Fondo de Desempleo de la Construcción Sin perjuicio de las apuntadas diferencias, el art. 16 de la Ley 25.371 (Fondo de Desempleo de la Construcción) determina la aplicación supletoria de la Ley 24.013.

Muchas Gracias MODULO III - CLASE 9 Regímenes para Pequeños Contribuyentes y los restantes Subsistemas (1ra parte) Muchas Gracias