EL DERECHO DE PROPIEDAD

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Transcripción de la presentación:

EL DERECHO DE PROPIEDAD TEMA Nº 5 EL DERECHO DE PROPIEDAD

TEMA Nº 5 EL DERECHO REAL DE PROPIEDAD CONTENIDO TEMATICO Conceptos Evolución histórica del derecho de propiedad Imperio Romano Edad Media Edad Contemporánea Características Elementos de la propiedad o prerrogativas Función social de la propiedad La propiedad en la Constitución Política del Estado Diferencia conceptual entre dominio y propiedad Pérdida del derecho de propiedad Desde el punto de vista del objeto Desde el punto de vista del sujeto

COMPETENCIAS LOGRADAS CON LA UNIDAD TEMATICA Asume los elementos de la propiedad, proponiendo formas de establecerla y protegerla. Tiene capacidad de redacción cuando se le plantea la práctica de la unidad temática. Conoce de la conciliación como forma de solución de conflictos, en los casos prácticos desarrollados.

LA PROPIEDAD “EL DERECHO DE USAR, CODIGO CIVIL GOZAR Y DISPONER DEFINICIONES EVOLUCION HISTORICA “EL DERECHO DE USAR, GOZAR Y DISPONER DE UN BIEN DE ACUERDO A LOS REQUERIMIENTOS DE UNO, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTOS NO SEAN INCOMPATIBLES CON EL BIENESTAR SOCIAL O BIENESTAR DE LA COLECTIVIDAD” CODIGO CIVIL IMPERIO ROMANO OSSORIO EDAD MEDIA MESSINEO MORALES GUILLEN PERIODO CONTEMPO- RANEO DERECHO ROMANO

LA PROPIEDAD FUNCION SOCIAL ILIMITACION GOZAR PROP. CONDICIONAL USAR CARACTERISTICAS ELEMENTOS ILIMITACION DOMINIO PROPIEDAD GOZAR PROP. CONDICIONAL PARA MUEBLES E INMUEBLES USAR NO SOLO COSAS SINO TAMBIEN DERECHOS EXCLUSIVIDAD DISPONER PERPETUIDAD POSEER

CODIGO CIVIL BOLIVIANO Art. 105: “La propiedad es un poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, y debe ejercerse en forma compatible con el interés colectivo, dentro de los límites y con las obligaciones que establece el ordenamiento jurídico”

MORALES GUILLEN La propiedad es el sistema más satisfactorio para organizar la distribución de la riqueza material, en las necesidades cuya vida económica está organizada sobre la base familiar y en las cuales la simple familia u hogar constituyen la unidad normal de la actividad económica”

OSSORIO La propiedad es la facultad legitima de gozar y disponer de una cosa con exclusión del arbitrio ajeno, y de reclamar su devolución cuando se encuentra indebidamente en poder de otro.

La estabilidad o consolidación de la posesión exclusiva de los bienes. MESSINEO La estabilidad o consolidación de la posesión exclusiva de los bienes.

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD ILIMITACION EXCLUSIVIDAD PERPETUIDAD PROPIEDAD CONDICIONAL

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD ILIMITACION El propietario puede ejercer los poderes más amplios sobre la cosa que es objeto de derecho, pudiendo extraer de ella toda la utilidad económica que contiene.

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD EXCLUSIVIDAD El derecho de propiedad es exclusivo en el sentido de que sólo el propietario se beneficia con la totalidad de las prerrogativas inherentes a aquel.

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD PERPETUIDAD No se le asigna duración alguna, dura tanto como su objeto.

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD PROPIEDAD CONDICIONAL Sólo puede citarse a la condición como modalidad usual de los derechos reales.

ELEMENTOS DE LA PROPIEDAD DERECHO DE USAR DERECHO DE GOZAR DERECHO DE DISPONER DEL BIEN DERECHO DE POSEER

FUNCION SOCIAL DE LA PROPIEDAD “Supone que la propiedad cumple también una finalidad social”, obliga al propietario a ejercer su derecho en interés de todos, o al menos, sin que pueda ir contra el interés general.

DIFERENCIA ENTRE DOMINIO Y PROPIEDAD Titularidad sobre un objeto corporal, que va conectado con una cuestión jurídica. El mismo se reserva para las cosas muebles e inmuebles. En sentido técnico para designar el señorio sobre las cosas corporales; se refiere a cosas y derechos, plena o limitada, pero siempre referida a cosas corporales. Se refiere a una cuestión jurídica, la cual toma una significación más amplia, ya que comprende también los derecho no sólo las cosas, todos los derechos suceptibles de apreciación pecuaniaria.

LA PROPIEDAD Y LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO Artículo 56. I. Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social. II. Se garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo. III. Se garantiza el derecho a la sucesión hereditaria. Artículo 57. La expropiación se impondrá por causa de necesidad o utilidad pública, calificada conforme con la ley y previa indemnización justa. La propiedad inmueble urbana no está sujeta a reversión.

PERDIDA DEL DERECHO DE PROPIEDAD Cesación de la actividad jurídica entre las personas y la cosa, puede darse por un acto de la voluntad del titular o por causas totalmente ajenas a ella. Desde el punto de vista del objeto, se presenta la destrucción material y la destrucción jurídica. Desde el punto de vista del sujeto, se tiene la cesación voluntaria y la cesación involuntaria.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD PERIODO ARCAICO En este periodo es la familia o Gens la que tenía la titularidad sobre un primitivo derecho sobre el suelo, teniendo al frente de ella al PATER FAMILIAS, quien era el que tenia la potestad, la plenitud de sus derechos civiles. Por lo tanto, hubo una propiedad colectiva, pero privada y no pública en el primer caso, una propiedad individual en el segundo. La propiedad individual es más un “poder" que una propiedad, en el moderno sentido del término.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD Importancia en la historia de la humanidad. La posesión como antecedente de la propiedad. La propiedad como derecho subjetivo. Los 3 elementos de la propiedad en Roma (glosadores): jus utendi, jus fruendi y jus abutendi. La propiedad de tierras en la época feudal. Las ideas francesas de la función social de la propiedad.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD EDAD CONTEMPORÁNEA Es durante el siglo XIX, que surge la tesis de la propiedad como función social, la que rompería con el carácter "sagrado e imprescriptible" que pretendió darle el Liberalismo a la propiedad. Es decir, a partir de este momento el derecho sirve como freno a las facultades del propietario. Esta orientación es recogida por numerosas legislaciones, señalándose "Que la propiedad obliga a usar los bienes en armonía con el interés social" o en armonía con el bien común conforme a los dictados de la Constitución Política del Estado.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD PERIODO ARCAICO Desde el principio de la República, Roma ve crecer sus dominios a merced de las conquistas, lo cual permitirá confiscar las tierras y dárselas a particulares, contra el pago de una tasa anual. Esta situación de hecho, se denomina POSSESIO, poco a poco atribuye un verdadero derecho a quien consigue la ocupación, de forma que cada vez mas el derecho de propiedad del Estado se dibuja como un señorío teórico, un dominio eminente.

DERECHO ROMANO La propiedad consiste en la suma de derechos, los cuales son el derecho de usar, el derecho de percibir los frutos, el derecho de enajenar la cosa, derecho de abusar de la cosa, derecho de disponer de la cosa y el derecho de reivindicar la cosa.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD PERIODO CLASICO En primer lugar, podemos señalar la denominada "Propiedad Quiritaria" o plena propiedad romana, donde los únicos que la ejercían eran los ciudadanos romanos. En segundo lugar, podemos señalar la aparición de la denominada propiedad provincial, pretoria o peregrina. El pretor (magistrado romano cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de cónsul, hoy juez menor), considera que existían propiedades que no se hallaban bajo la propiedad quiritaria y debían ser protegidas; las condiciones de su protección son fijadas por el magistrado, gracias a éste las relaciones de hecho producen consecuencias jurídicas cada vez mas importantes.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD PERIODO CLASICO La posesión se considera como una relación de hecho, pero adaptada a las necesidades, la práctica y asimilada unas veces a la posesión material y otras al derecho de poseer.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD BAJO IMPERIO Encontramos aquí que la única propiedad existente es la reconocida por el derecho civil romano. En esta época la propiedad pretoria, peregrina y provincial son sólo un recuerdo. En esta época la posesión adquiere su mayor evolución, al señalarse que la posesión por excelencia es el POSSESIO CIVILES o posesión del propietario o del que cree serlo, en virtud, de un justo título de adquisición, para lo cual debía demostrar buena fe, justo título y duración.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD EDAD MEDIA Después de la caída del Imperio, la autoridad de los grandes propietarios se convierte en más de hecho que de derecho, la crisis del Estado convierte al gran propietario en un dueño todo poderoso y hace de su propiedad una "dominación". El número de pequeños propietarios libres disminuye quedan sujetos a la Ley "Potens" o bien a solicitar la protección de un establecimiento eclesiástico. Un carácter esencial de la época es la confusión entre los vínculos personales y los vínculos reales. Las relaciones jurídicas son relaciones de fuerza: "Tener" una cosa no significa ser su propietarios, es muy difícil hablar de propiedad y propietario, sería mejor poner de relieve el hecho de que sobre una misma tierra se superponen distintos derechos reales.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD EDAD MEDIA La aparición de los señoríos marca la aparición de una especie de "Jefes Rurales" que gozan de casi total autonomía, llevándolos a confundir soberanía y propiedad. Los "Potens" convierten los tributos del poder público en el objeto de su propiedad privada, adquieren derechos señoriales que son un signo de su poder, la propiedad se convierte en objeto de su soberanía. Es así que el régimen de los feudos interesa más al derecho privado que al público. Se convierte así en un régimen concreto de propiedad que subsistiría hasta 1,789.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROPIEDAD EDAD MEDIA La Revolución Francesa pondría fin radicalmente al feudalismo. Fue la Revolución, que a través de varias leyes, suprimió los títulos nobiliarios, las deudas contraídas con los nobles y los juicios nacidos por delitos cometidos contra ellos, pero quizás la Ley mas importante fue la de exigir a los nobles la presentación de sus títulos de propiedad sobre la tierra para poder conservarla o rescatarla, lo que en la práctica fue una abrogación pura y simple, a favor de los burgueses. Es la declaración de 1789 la que daría a la propiedad un carácter inviolable y sagrado que se reflejaría en el Código Francés de 1804.

TAREA EXTRACLASE Realizar un ensayo de 5 hojas: “La función social como carácter evolucionado del derecho de propiedad y contextualizado a las condiciones actuales de nuestro país.”

ACTIVIDAD INTRACLASE En Roma: absoluta, exclusiva y perpetua. ¿Podemos aceptar las mismas características en nuestro país hoy? La adaptación de las características del derecho real de propiedad a las condiciones actuales. METODO: Discusión por grupos y plenaria