MODOS ANORMALES DE TERMINACION DEL PROCESO- I

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TERCERO EN EL PROCESO CIVIL
Advertisements

MEDIOS Acto Adm. propiamente dicho.
UNIDAD V – PUNTO 3 ACTO ADMINISTRATIVO
Dra. Rosario Acevedo Kenchau
EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
LA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES Soledad Ruiz de la Cuesta Fernández
RECURSO DE REPOSICIÓN. CARACTERÍSTICAS Estas son fundamentales: 1.- Se interpone ante el Tribunal que dictó la resolución para que lo resuelva él mismo.
EL PROCESO LABORAL Dra. Cynthia Anuch Dra. Laura Pinsault
El trabajo en las Mesas de Entradas
Juicio de Amparo en materia Agraria
Sobre el instrumento. Ursula Rodríguez.
El Proceso Contencioso Administrativo Actuaciones en el Proceso
FUENTES DEL DERECHO NO CONTENIDAS EN EL ARTICULO 38
Fin del Procedimiento Richard Martin Tirado.
“CONVENIO ARBITRAL, RECURSOS IMPUGNATORIOS SOBRE EL LAUDO ARBITRAL Y LA EJECUCIÓN DEL LAUDO EN VÍA LA JUCIAL.” ALUMNA: María Alejandra Tantaleàn Mesta.
DERECHO PROCESAL CIVIL I
Formas especiales de conclusión del proceso
LA SOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES
GARANTÍAS DE LOS DDFF.
EJERCICIO DE LA ACCIÓN EJERCICIO DE LA ACCIÓN. INSTANCIA DEL DEMANDADO (REACCION).OTRAS POSIBLES ACTITUDES DEL DEMANDADO;INACCIÓN:RECONVENCIÓN.
CAPITULO VIII : FIN DEL PROCEDIMIENTO LEY N° 27444
ENUNCIACIÓN Y DEFINICIÓN
Prof. Dr. José María Breuer Planas
LA ACUMULACION DE PRETENSIONES
LA ACUMULACION DE PRETENSIONES
INTRODUCCION AL DERECHO
ACTO ADMINISTRATIVO.
MODOS ANORMALES DE TERMINACION DEL PROCESO- II
Procesos jurisdiccionales
SUNARP – Zona Registral Nº IV Sede Iquitos
El Recurso de Inconformidad
EL ACTO ADMINISTRATIVO
MODOS ANORMALES DE TERMINACION DEL PROCESO- III
 LLIUYACC LLANCARI MARLENS  MORALES VELASQUEZ KATY  YSUHUAYLAS MANTARI WILLY  LLIUYACC LLANCARI MARLENS  MORALES VELASQUEZ KATY  YSUHUAYLAS MANTARI.
LITIGIO Y MEDIOS DE SOLUCIÓN
Dret processal Administratiu
JUICIO DE LESIVIDAD Lic. Ma. Teresa Hernández Alvarado.
LECCIÓN I Proceso.
LECCIÓN 11 El principio de la inmutabilidad de la Sentencia. La cosa juzgada en el Derecho Civil. Cosa juzgada formal. Cosa Juzgada material. La acción.
- Definición - Requisitos - Eficacia - Extinción
ALUMNO: JUAN LORENCES DICIEMBRE/2013
DISPOSICIONES GENERALES en la Nueva Ley Procesal del Trabajo
1 CONVENIO MULTILATERAL – APLICACIÓN DEL PROTOCOLO ADICIONAL RG Comisión Arbitral N° 1/2007 (Título IV) RG Comisión Arbitral N° 3/2007 BO: 10/10/2007.
LA ORALIZACION DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
MEDIOS DE DEFENSA Los medios de defensa pueden definirse como los mecanismo jurídicos de carácter procesal con los que cuenta el demandado durante el.
PRUEBA PRUEBA: Concepto: Es la verificación judicial, por los modos que la ley establece, de la verdad de un hecho controvertido del cual depende el derecho.
RECURSO de APELACION (Arts.186 y sgtes.CPC)
Son modos de extinción de un contrato válido RESCISION.
DRES: Armando Magallón y Ricardo Chicolino 1 RECURSO DE REVISION Y APELACION LIMITADA (ART. 192) Contribuyente o sancionado D.G.I. : Obligación de Apelar.
LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS
MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
GARANTÍAS ORGÁNICAS Defensor del pueblo
Art La firma electrónica en un mensaje de datos Este articulo nos explica que si se fija una firma electrónica, aquélla deberá enviarse como parte.
CONTESTACION DE DEMANDA Y EXCEPCIONES.
MEDIOS DE IMPUGNACION..
Para el derecho internacional privado, la sentencia o laudo arbitral cuando debe surtir efecto en el extranjero. En las resoluciones de condena que deben.
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
“Recursos Administrativos y Declaración de Nulidad del Acto Administrativo” Dr. Juan Carlos Rivera Veliz.
-DILIGENCIAS FINALES- (Sólo en juicio ordinario) Arts. 435 y 436 LEC
DE LOS ACTOS PROCESALES:
La Nueva Ley Procesal del Trabajo Ley N° 29497
TRIBUNAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Unilaterales Bilaterales Onerosos Gratuitos Inter Vivos Mortis Causa Interviene la voluntad sólo de una de las partes. Es obligatorio para ambas partes.
RECURSOS DERECHO PROCESAL DE FAMILIA. CONCEPTO Es la acción que concede la ley al interesado en un juicio o en otro procedimiento para reclamar contra.
Procedimiento Monitorio Prof. Claudio Palavecino.
Juicio sumario Prof. Edinson Lara. Campo de aplicación 1.- Se aplica, en defecto de otra regla especial, a los casos en que la acción deducida requiera,
Actos y Procedimientos Administrativos
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
Transcripción de la presentación:

MODOS ANORMALES DE TERMINACION DEL PROCESO- I

DESISTIMIENTO Una forma de renuncia o abdicación DEL PROCESO (art.308 CPCC) DESISTIMIENTO DEL DERECHO (art.309 CPCC)

DESISTIMIENTO DEL PROCESO ES SINONIMO DE DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN? ES SINONIMO DE ABANDONO DE LA PRETENSIÓN? ES SINONIMO DE RENUNCIA A LA DEMANDA ?

Desistimiento: Manifestación de voluntad inequívoca del actor tendiente a poner fin a la relación procesal sin una sentencia de fondo (Chiovenda). Proceso: conjunto de actos ordenados en una serie o secuencia lógica que se desenvuelven progresivamente entre dos sujetos antagónicos que debaten en pie de igualdad ante una autoridad , con el objeto de que ésta resuelva dicho litigio mediante una sentencia (Couture-Alvarado Velloso) ACCIÓN DINÁMICA PRETENSIÓN ESTÁTICA

Desistimiento corolario Es voluntad de: renunciar al ejercicio del derecho de acción/ al derecho de instar a la jurisdicción / renuncia a continuar el proceso equivalente corolario D. de la ACCION Desistimiento del proceso D. de la DEMANDA No equivalente D. de la PRETENSIÓN

Mecanismo del desistimiento del proceso Antes de notificar demanda Unilateral del actor No requiere consentimiento de la contraria Unilateral del actor Después de notificar demanda Requiere consentimiento Expreso o Tácito Notificación personal o por cédula Oposición: continúa el proceso

Mecanismo del desistimiento del proceso Bilateral (acuerdo de partes) Antes de la sentencia Debe ser EXPRESO En todas las hipótesis (art.310 CPCC)

Revocación del desistimiento (art.310 CPCC) RETRACTACIÓN Unilateral sin traslado Antes de que el juez se pronuncie Bilateral jurisprudencia Antes de quedar firme resolución Unilateral con traslado Antes de que acepte el contradictor Si hubo consentimiento (expreso o tácito) Se requiere su anuencia para proseguir el proceso

Desistimiento de Actos procesales Abdicación ex -ante (antes de realizar acto) RENUNCIA Facultad procesal no ejercitada DESISTIMIENTO Abdicación ex –post facto (actuación ya cumplida) Facultad procesal ya ejercitada Requiere manifestación expresa Se funda en la autonomía de voluntad insita en el sist. Dispositivo

Desistimiento del Derecho (art.309 CPCC) Figura del DERECHO MATERIAL Modo de Extinción de las obligaciones (art.868 y ss. C.C) RENUNCIA Abdicación a Derechos Reales (servidumbres art.3047 C.C hipoteca art.3193 C.C Requiere consentimiento del deudor Funciona fuera del proceso

LA RENUNCIA EN EL PLANO PROCESAL Abdicación del derecho material DENTRO DEL PROCESO DESISTIMIENTO DEL DERECHO No requiere consentimiento del demandado Juez solo verifica procedencia seg. naturaleza del derecho Produce la EXTINCION del derecho material No puede volver a promoverse otro proceso por el mismo objeto y causa (309 CPCC)

En el desistimiento del derecho se renuncia a la facultad de ejercitar la acción procesal con un contenido pretensional fundado en el mismo derecho material que se abdica, y tal renuncia se refiere tanto al proceso en que se desiste, como a cualquier proceso futuro (Areal-Fenochietto). arg. art.19 C.C (podrán renunciarse los derechos reconocidos por las leyes, en tanto miren al interés individual y no se prohíba su renuncia)

OPORTUNIDAD Idem al desistimiento del proceso la sentencia definitiva firme HASTA Desde la admisión de la demanda acogimiento de la pretensión (total o parcial) Instancias recursivas ordinarias y extraordinarias Sentencia definitiva firme titular del derecho reconocido puede hacer RENUNCIA (art.868 y ss. C.C)

DESISTIMIENTO DEL DERECHO Juez dicta SENTENCIA HOMOLOGATORIA (art.165 CPCC) Positiva: PROVIDENCIA SIMPLE Negativa: SENTENCIA INTERLOCUTORIA