Derecho ambiental.

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Transcripción de la presentación:

Derecho ambiental

Conceptos basicos ECOLOGÍA: Del griego: oikos = casa o lugar donde se vive; logos = tratado o ciencia. Laecología es la ciencia que estudia las relaciones entre los seres vivos y su ambiente. AMBIENTE: Del latín: ambiens, ambientis = rodear, estar a ambos lados. Son las condiciones físicas y biológicas del lugar donde se vive, que influyen directamente en la vida de los organismos. La Ciencia Ambiental es el estudio interdisciplinario de los complejos e interconectados principios de población, recursos y contaminación. BIOSFERA: Compuesta por: Litósfera (suelo); Hidrósfera (agua); Atmósfera (aire); Tecnósfera (cultura).

RECURSOS NATURALES: Es todo componente de la naturaleza susceptible de ser aprovechado económicamente. CONTAMINACIÓN AMBIENTAL: Es la presencia en el ambiente de sustancias extrañas de origen humano que ocasiona alteraciones en la estructura y el funcionamiento del ecosistemas. DEGRADACION AMBIENTAL: Es el conjunto de procesos que deterioran o impiden la utilización de un determinado recurso (agua, aire, suelo, flora, fauna, paisaje etc.) RESILIENCIA AMBIENTAL: Es la capacidad de los sistemas naturales de recuperarse del efecto adverso producido por la acción del hombre o de la misma naturaleza.

RECURSOS NATURALES: Es todo componente de la naturaleza susceptible de ser aprovechado económicamente. CONTAMINACIÓN AMBIENTAL: Es la presencia en el ambiente de sustancias extrañas de origen humano que ocasiona alteraciones en la estructura y el funcionamiento del ecosistemas. DEGRADACION AMBIENTAL: Es el conjunto de procesos que deterioran o impiden la utilización de un determinado recurso (agua, aire, suelo, flora, fauna, paisaje etc.) RESILIENCIA AMBIENTAL: Es la capacidad de los sistemas naturales de recuperarse del efecto adverso producido por la acción del hombre o de la misma naturaleza

IMPACTO AMBIENTAL: Es el efecto que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente en sus distintos aspectos. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: Es el análisis de las consecuencias predecibles de una acción sobre el medio ambiente, para manejar, mitigar y compensar sus impactos negativos. Esta se realiza de acuerdo al marco legal establecido. LA HUELLA ECOLÓGICA: Es un índice ambiental de carácter integrador del impacto ejercido por una comunidad humana, ciudad, región o país sobre su entorno.

EL AMBIENTE El AMBIENTE es el mundo exterior que rodea a todo ser viviente y que determina su existencia. Todos los seres vivos, inclusive los humanos, son parte del ambiente y lo necesitan para vivir. El ambiente se suele denominar también como entorno o naturaleza. En el ambiente encontramos seres muy distintos, que podemos agrupar en dos categorías: no vivos y vivos. Energía solar El aire El clima Factores Ambientales Los montañas Las plantas El suelo BIENESTAR DEL SER HUMANO Los animales El agua El ser humano

Relaciones entre organismos FACTORES AMBIENTALES Sidéricos FACTORES ABIÓTICOS: · Los factores sidéricos  · Los factores ecogeográfícos  · Los factores físico – químicos  FACTORES BIÓTICOS: · Las relaciones entre los organismos, relaciones intraespecíficas y relaciones interespecíficas · La vegetación · La densidad poblacional · Los seres humanos Geográficos Físicos Químicos Relaciones entre organismos Vegetación Densidad poblacional Actividades humanas

ECOSISTEMA Es la unidad natural de partes bióticas y abióticas, con interacciones mutuas que producen un sistema estable con intercambio constante de materia y energía, que conduce a: · Una estructura de dependencia alimenticia o trófica: cadenas y redes tróficas. · Una diversidad de seres vivos o biótica: diversidad y variabilidad de especies. · Ciclos de intercambio de materiales entre las partes vivas: Compartimiento biótico y compartimiento físico.

NITRÓGENO 78.06% OXIGENO 20.95% ARGON 0.93% OTROS Vapor de agua Dióxido de Carbono Neón Helio Metano Hidrogeno Oxido Nitroso Monóxido de Carbono Ozono Dióxido de Nitrógeno Dióxido de Azufre 0.04%

CICLO NATURAL DEL AGUA

DISTRIBUCION DEL AGUA Capas de hielo y glaciares 68.7% JFGU

EL SUELO La meteorización La erosión El transporte La sedimentación Perdida de cobertura vegetal Contaminación

ECOREGION Una ECORREGIÓN es un área geográfica que se caracteriza por condiciones bastante homogéneas en lo referente al clima, a los suelos, a la hidrología, a la flora y a la fauna, y donde los diferentes factores actúan en estrecha interdependencia.

ECOREGIONES DEL PERU 11 ECOREGIONES

DESARROLLO SOSTENIBLE: Es el que satisface las necesidades de la generación presente, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras, para satisfacer sus propias necesidades. Requiere de: Un sistema político democrático que asegure a sus ciudadanos un participación en la toma de decisiones; Un sistema económico capaz de crear excedentes y conocimiento técnico sobre una base autónoma y constante; Un sistema social que evite las tensiones provocadas por un desarrollo desequilibrado; Un sistema de producción que cumpla con preservar el ambiente.

DIMENSIONES DEL DESARROLLO SOSTENIBLE

DERECHO AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas, que pueden influir de manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de organismos vivos y no vivos con su ambiente, mediante la generación de efectos de los se esperan una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos (Raúl Brañez) Es el conjunto de normas y principios de acatamiento imperativo, elaborados con la finalidad de regular las conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del hombre y el ambiente al que pertenece, en el marco de un modelo de desarrollo sostenible (Carlos Andaluz)

FUENTES DEL DERECHO MATERIALES: 1. Realidad/Problemas; 2. Respuestas/Iniciativas FORMALES: 1. Ley 2. Tratados, Convenios, Acuerdos, Recomendaciones, Declaraciones 3. Costumbre 4. Legislación comparada 5. Doctrina 6. Jurisprudencia 7. Contractual

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO AMBIENTAL Es holística y sistémica Tiene sustento ecológico Tiene el propósito de regular las conductas humanas Es de naturaleza esencialmente social y de interés publico Propicia el uso sostenible de los recursos renovables y no renovables Es internacionalista

LEGISLACION AMBIENTAL Se encuentra constituida por el conjunto de normas jurídicas aprobadas por el órgano competente, según su competencia, función y jurisdicción, que regulan las conductas humanas. Es de cumplimiento obligatorio TIPOS: Legislación propiamente ambiental; Legislación sectorial de relevancia ambiental; Legislación de relevancia ambiental casual. PROBLEMAS DE LA LEGISLACION AMBIENTAL: EFICACIA: Es el grado de acatamiento de una norma jurídica por quienes son sus destinatarios. EFICIENCIA: Es el grado de idoneidad que posee una norma jurídica para satisfacer la necesidad que se tuvo en cuenta, al expedirla.

ESTRUCTURA JERARQUICA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO TRATADOS y/o CONVENIOS INTERNACIONALES: RANGO CONSTITUCIONAL; RANGO DE LEY LEYES: LEY ORGANICA; RESOLUCION LEGISLATIVA; LEY; DECRETO LEGISLATIVO; DECRETO LEY DECRETOS: DE URGENCIA; SUPREMOS RESOLUCIONES: SUPREMAS; MINISTERIALES;  VICE MINISTERIALES; DIRECTORALES, JEFATURALES; DIVISIONALES; ZONALES NORMAS EMITIDAS POR ORGANISMOS AUTÓNOMOS y DESCENTRALIZADOS: RESOLUCIONES; DIRECTIVAS; DECRETOS NORMAS EMITIDAS POR GOBIERNOS REGIONALES y LOCALES: ORDENANZAS; ACUERDOS; RESOLUCIONES; EDICTOS; DECRETOS (De ámbito restringido)

ANTINOMIAS JURIDICAS La antinomia jurídica es la presencia de dos o más normas incompatibles entre sí (debido a que una prohíbe, pero otra permite) pertenecientes a un mismo ordenamiento y a un mismo ámbito de validez. Principios para solucionar las antinomias: + La nueva norma prevalece sobre la antigua; + Prevalece siempre la norma de mayor rango; + Prima la norma especial sobre la general; + Prevalece la norma permisiva sobre la prohibitiva; + La antinomia entre dos leyes penales se resuelve aplicando la que es más favorable al reo; + Prevalece el interés público sobre el particular.

CLASES DE INTERPRETACION a). La Interpretación Doctrinal: Es la interpretación practicada por los doctrinarios, por los teóricos, por los jurista, por los tratadistas, por los estudiosos del derecho, y en general por quienes se dedican a la ciencia del derecho; de ahí que también se le conozca a esta Interpretación como “científica”. b). La Interpretación Judicial: Es la practicada por los jueces y tribunales para emitir sus decisiones (sentencias y demás resoluciones motivadas jurídicamente) en las cuales esta interpretación queda plasmada. En la medida que provenga de instancias más elevadas la interpretación judicial, sentada en los precedentes, tenderá a influenciar con mayor autoridad y frecuencia.

c). La Interpretación Auténtica: Es la realizada por el propio autor de la norma, mejor dicho, por el Poder Legislativo, en el entendimiento de que éste es el autor de la norma y de allí que a esta interpretación se le denomine también “interpretación legislativa”. d). La Interpretación Común: Es la efectuada por el común de las personas. Esta clase de interpretación se sustenta en el hecho que siendo las normas legales de aplicación general, los particulares que no tienen la calidad de abogados se ven en la necesidad de interpretarlas con la finalidad de poder desarrollar actividades ordinarias; sin embargo, esta clase de interpretación por su carácter no profesional, está sujeta a corrección por los operadores del derecho.

IMPORTANCIA DE LA INTERPRETACION La Interpretación Jurídica es de vital importancia, pues el Derecho sólo puede ser aplicado tras ser interpretado. Por tanto, no puede haber Derecho sin Interpretación. La Interpretación Jurídica no sólo permite la aplicación del Derecho, sino que además va más allá: descubre su mensaje correcta o incorrectamente; le da su verdadero significado, alcance y sentido o se lo quita; lo acerca a la Justicia o a la Injusticia. La interpretación de la norma demuestra que nunca termina se por descubrir, ni totalmente y de manera inequívoca ni satisfactoriamente, el mensaje expresado en la norma; sólo aspiramos a aproximarnos lo más posible a esta meta.