Lex Mercatoria INTRODUCCION Alejandro Martínez Grupo 1 Ambato, 2011

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES
Advertisements

Arbitraje internacional como instancia para resolver las controversias derivadas de los contratos internacionales 9 de julio de 2009 Karin Helmlinger,
DERECHO INTERNACIONAL
TESIS VI: DERECHO COMERCIAL
TESIS III: DERECHO PRIVADO
Cadena Segura del Comercio Exterior Mexicano
TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO
CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN COMERCIAL
LOS MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL Julio 2006
OPERATIVA CARTA DE CREDITO
Centro Estatal de Desarrollo Municipal
     INCOTERMS 2000: Son reglas que definen las obligaciones recíprocas entre vendedor y comprador relativas al desplazamiento de la mercadería, en lo.
NORMAS QUE RIGEN EL COMERCIO INTERNACIONAL
Javier Gallego Piñera Madrid, 3 de junio Auditorio 1: de 16:00 a 17:30
LAS NIC Y NIIF.
Relación del derecho turístico con otras ramas del derecho
INTRODUCCION AL DERECHO
Procesos jurisdiccionales
LOS CONTRATOS MERCANTILES
LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL Oswaldo Alvarado Septiembre 2006.
PRINCÍPIOS GERAIS DE DIREITO PÚBLICO E PRIVADO
DERECHO PROCESAL.
«Derecho mercantil» Definición, origen y característica del derecho mercantil. Profesora: Candelaria Beatriz Arroyo Denis.
Journées de Rencontre Maroco-Espagnoles des 8, 9 et 10 Novembre 2006 Por Javier Díaz-Gálvez Socio de Roca Junyent 8 de Noviembre de 2006.
1 DERECHO DE TRANSPORTES TEMA N° 01: INTRODUCCIÓN AL COMERCIO INTERNACIONAL Profesor: Enrique Becerra Medina.
Por : Mercedes Alvarez Isla
Antecedentes históricos de la empresa y la contabilidad
1. Introducción al Derecho del Comercio Internacional
1 ELEMENTOS DE SEGURIDAD JURÍDICA OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME Bogotá D.C., Abril de 2007.
Cátedra: CONTABILIDAD IV
LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL
Exposición de Investigación Documental
Reglamento Interior de Trabajo
ELEMENTOS DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Sesión 9 Jueves, 12 de agosto 2010 Dr. Xavier Pons Rafols Catedrático de Derecho Internacional Público Universitat.
Índice Definición. Tipos de derecho. Características.
LA COSTUMBRE Observancia repetida constante e inveterada de una regla de conducta, por la generalidad de miembros de una sociedad con la convicción de.
Acuerdo arbitral.
UNIDAD 1: GENERALIDADES Erika Castillo Núñez
FUENTES DEL DERECHO.
Sujetos del Comercio Exterior: Estados y Empresas
LOS MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE COMERCIO EXTERIOR
Derecho Mercantil Alumna: Luisa Yarenis Herrera Pacheco
MEDIOS DE PAGO INTERNACIONAL
Dirección General de Educación Superior Tecnológica
PRESENTADO POR: SARA NATALIA LEON SCARPETA.
1. INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO MERCANTIL
COMERCIO Es la actividad socioeconómica consistente en la compra y venta de mercancías, bienes y servicios, ya sea para su uso, para su venta o transformación.
UNIDAD: 1. GENERALIDADES
ANGIE GUTIERREZ Y LAURA GÓMEZ
INCOTERMS 2000 y 2010 y fijación de precios de exportación
INCOTERMS-2010 Versión 2010: Publicación 715 de la CCI.
COMERCIO Es la actividad socioeconómica consistente en la compra y venta de mercancías, bienes y servicios, ya sea para su uso, para su venta o transformación.
Atributos del Derecho.
HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ IVÁN
Tema 1: Introducción al Derecho Mercantil.
Contratos de Compra y Venta Internacional
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
Crédito y cobranza internacional
UNIDAD 5 FINANCIACIÓN DE OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.
Créditos y cobranzas internacionales
CONTRATOS INTERNACIONALES
INCOTERMS Docente: Carlos Fernando Acevedo S. Abogado Universidad Pontificia
¿Qué es el Derecho? Introducción.
DERECHO PENAL INTERNACIONAL
 Las últimas décadas han conocido a nivel mundial importantes modificaciones en el volumen y en las características del comercio internacional.  Gracias.
Fernández de la Gándara y Calvo Baca lo definen como el conjunto de normas del ordenamiento jurídico que regulan los problemas específicos del trafico.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
Taller de Trabajo “Herramientas Jurídicas para el Comercio Exterior Expositora: Dra. Elsa Álvarez Rúa Directora Académica de ECADI
La modernización del Derecho de contratos a partir de la Convención sobre Compraventa Internacional de Mercaderías JORGE OVIEDO ALBÁN 2018.
Transcripción de la presentación:

Lex Mercatoria INTRODUCCION Alejandro Martínez Grupo 1 Ambato, 2011

INDICE Orígenes Nociones Generales La Nueva Lex Mercatoria Alcance al procedimiento Arbitral ¿Por qué? Manifestaciones de la Lex Mercatoria Usos y costumbres del Comercio Internacional Contratos tipo Los INCOTERMS tratan sobre: La LEX MERCATORIA regula:

Son todas las reglas que gobiernan las transacciones comerciales internacionales. Cuerpo jurídico autónomo creado por la comunidad internacional de los comerciantes. La existencia de la lex mercatoria en el derecho sustantivo está generalmente aceptada. En la práctica del arbitraje internacional, se observa que la importancia de la lex mercatoria vas más allá. Johannes Pitsch

ORIGENES En la Alta Edad Media, hubo regresión económica en la vertiente occidental de Europa. La situación cambió en los Siglos XI y XIII (se intensificaron las relaciones comerciales internacionales). Ante la internacionalización de la actividad mercantil se produjo un derecho autónomo (auto-regulado). Un Derecho Privado de origen consuetudinario empleado en las transacciones comerciales transfronterizas .

La “lex mercatoria”, formada por las prácticas y usos, reglas de conducta y normas operativas en la modalidad del tráfico comercial internacional utilizadas por los operadores económicos actuantes, facilita y dinamiza las transacciones exteriores.

NOCIONES GENERALES La Lex Mercatoria tuvo su origen en la Edad Media. Como una contrapartida de los “Señores feudales” (plenos de privilegios). Surgió en las Ferias. Regía las relaciones entre comerciantes de manera uniforme, con aplicación obligatoria de usos y costumbres comerciales.

Constituía el derecho de los contratos aplicado independientemente de la ley del lugar y de la ley de los partícipes. “Los mercaderes no están obligados por nuestras leyes, sino que deben ser juzgados de acuerdo con la ley natural, a la cual llamamos Lex Mercatoria, que es universal” Chancellor de Inglaterra, 1475.

Su uso comenzó a declinar en el momento de las grandes codificaciones. En la actualidad emerge una nueva Lex Mercatoria. Un cuerpo de leyes jurídicas escritas o no, aún incompleto. Rige las relaciones internacionales de comercio, como un ordenamiento independiente del derecho positivo de los estados.

LA NUEVA LEX MERCATORIA El derecho moderno ha pasado de la diferenciación territorial a la diferenciación sectorial, esto porque la sociedad transnacional genera una demanda de normas reguladoras que no pueden ser satisfechas por las organizaciones estatales ni por las internacionales; por esta razón diversas instituciones privadas están creando un Derecho autónomo con pretensión de validez global.G

Alcance al procedimiento arbitral La armonización y la globalización del arbitraje han provocado la creación de un ordenamiento transnacional que rige el procedimiento arbitral: La lex mercatoria arbitralis (expresión creada por Hans Smit, „Proper Choice of Law and the Lex Mercatoria Arbitralis“, 1989)

No sólo existe una lex mercatoria sustancial, sino que se está creando también una lex mercatoria arbitralis.   Existe la necesidad práctica de establecer reglas transnacionales para aumentar la confianza de los interesados en el arbitraje internacional

¿POR QUÉ? Para el comercio internacional la utilización del método “conflictual” para la solución de litigios presenta características inaceptables para su dinámica: inseguridad e imprevisibilidad.

Manifestaciones de la Lex Mercatoria Usos y costumbres del Comercio Internacional. Contratos tipo. Condiciones generales de venta. Principio de autonomía de la voluntad en materia contractual. Decisiones arbitrales.

Usos y costumbres del Comercio Internacional.- Repetición de actos idénticos, comisivos u omisivos, a través del consentimiento tácito de las personas que admitan su fuerza o valor como norma a seguir. Esta conducta es respetada como ley y se conserva sin escribirse por una larga tradición. En la práctica comercial se ve sobre todo en la interpretación de los contratos realizada según la tradición de los comerciantes.

Contratos tipo.- Fórmulas contractuales, suelen ser elaboradas por organismos que se ocupan del comercio internacional, y aún cuando su utilización es facultativa constituyen un verdadero derecho plasmado en los formularios, conteniendo precisas reglas materiales y también normas sobre su interpretación. Ejemplo: “INCOTERMS”, normas de la OMC que establecen los derechos y obligaciones del comprador y vendedor, su responsabilidad.

LOS INCOTERMS TRATAN SOBRE: Derechos y obligaciones del vendedor y comprador, de acuerdo a la cláusula de venta escogida. Determinan quién asume los gastos y riesgos, hasta el momento de la entrega de la mercancía, si el vendedor o el comprador. Fijan el momento y lugar en que se producirá la entrega de la mercancía. Reglamentan la obligación de pago del comprador.

Organismos internacionales de la LEX MERCATORIA Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT). UNCITRAL (Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional). CCI (Cámara de Comercio Internacional)

La LEX MERCATORIA regula: Los INCOTERMS. Las Reglas uniformes relativas a los cobros observadas por los bancos. Las Reglas y Usos Uniformes relativos a los créditos documentarios. Los modelos de Contratos tipos.

¿Qué no es la Lex Mercatoria? No es un Derecho cuya fuente sea el derecho internacional público refrendado por los Estados, ni tampoco el derecho privado internacional que remite a los ordenamientos nacionales según los elementos del contrato o las situaciones que puedan apelar el principio de territorialidad. Tampoco es un derecho creado por un legislador global (tipo la ONU) sino que está creado por la práctica de la nueva societas mercatorum privada de la era de la globalización.