Aspectos Legales en APH: Deberes y Derechos

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Transcripción de la presentación:

Aspectos Legales en APH: Deberes y Derechos Dr. Richard Peña Médico Especialista en Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres LOS DEBERES Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres LOS DERECHOS... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Disposiciones Generales Articulo 21. “Todas las personas son iguales ante la Ley...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Derechos Civiles Artículo 43. “El derecho a la vida es inviolable....” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Órganos de Seguridad Ciudadana Articulo 332. “...son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Derechos Sociales y de las Familias Artículo 83. “La salud es un derecho social fundamental... Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Ley de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Disposiciones Generales: Finalidad Art. 5.- Los Cuerpos de Bomberos... tienen por finalidad: Salvaguardar la vida y los bienes de la ciudadanía...atendiendo... directa y permanentemente las emergencias... Realizar la Atención Prehospitalaria a los afectados... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Disposiciones Generales: Finalidad Atención Prehospitalaria Art. 6: “... La realización de actos encaminados a proteger la vida de personas...en el lugar de ocurrencia de la emergencia hasta su llegada al centro de asistencia médica.” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Ley del Ejercicio de la Medicina Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Disposiciones Generales Art. 3.- Los profesionales legalmente autorizados para el ejercicio de la Medicina son los Doctores en Ciencias Médicas y los Médicos Cirujanos... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

De las infracciones y del ejercicio ilegal de la medicina Art. 114.- Ejercen ilegalmente: “... miembros de otras profesiones y oficios relacionados con la atención médica ... que prescriban drogas o preparados medicinales y otros medios auxiliares o de terapéutica, ..., o que sin haber recibido las instrucciones de un médico tratante o sin su supervisión, asuman el tratamiento de personas que ... deban estar bajo atención médica”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

De las infracciones y del ejercicio ilegal de la medicina Art. 114.- ...se exceptúan: 2) “Las personas no autorizadas por esta Ley que en situaciones de urgencia, realicen ... actos encaminados a proteger la vida de una persona ...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

De las infracciones y del ejercicio ilegal de la medicina Art. 114.- ...se exceptúan: 3) La práctica o actuación del personal auxiliar, técnico sanitario o paramédico dentro de los limites de sus funciones, de conformidad con las instrucciones del médico ...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Del Secreto Médico Art. 46.-”... El Secreto Médico es inviolable y el profesional está en la obligación de guardarlo. Igual obligación en las mismas condiciones se impone a los estudiantes de medicina y a los miembros de profesiones y oficios paramédicos y auxiliares de la medicina”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.:Disposiciones Generales Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: Que garanticen todos los elementos del saneamiento Básico Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: Que presten toda la protección y seguridad a la salud y a la vida de los trabajadores contra los riesgos de trabajo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... en consecuencia: ...Disfrute de un estado de salud físico y mental normales... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: Que garanticen el auxilio inmediato al trabajador lesionado o enfermo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: ...disponibilidad de tiempo libre y comodidades necesarias para alimentación, descanso, esparcimiento..., así como para la capacitación técnica y profesional Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.: Capítulo II: Ambito de Aplicación Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.P.C.M.A.: Capítulo II: Ambito de Aplicación Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Ley Orgánica del Trabajo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.T.: Título IV: De las Condiciones de Trabajo Artículo 185: El trabajo deberá prestarse en condiciones que: a) Permitan a los trabajadores su desarrollo físico y psíquico normal; b) Les dejen tiempo libre suficiente para el descanso y cultivo intelectual y para la recreación y expansión lícita; c) Presten suficiente protección a la salud y a la vida contra enfermedades y accidentes; y d) Mantengan el ambiente en condiciones satisfactorias. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.T.:Capitulo II: De la Jornada de Trabajo Artículo 195: “… la jornada diurna no podrá exceder de 8 horas diarias, ni 44 semanales; la jornada nocturna no podrá exceder de 7 horas diarias, 40 semanales… Se considera jornada diurna entre las 5:00 a.m. y las 7:00 p.m. y jornada nocturna entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m.” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.T.: Capitulo II: De la Jornada de Trabajo Artículo 199:”…prolongar la duración normal del trabajo en…: b) Trabajos que por razones técnicas no pueden interrumpirse a voluntad…” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

L.O.T.: Capitulo II: De la Jornada de Trabajo Artículo 201: Cuando el trabajo sea necesariamente continuo y se efectúe por turnos, su duración podrá exceder de los límites diarios y semanal siempre que el total de horas trabajadas por cada trabajador en un período de ocho (8) semanas, no exceda de dichos límites. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Proyecto de Ley de Salud y del Sistema Público Nacional de Salud Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Red de Emergencias Artículo 27.”…La Red de Emergencias está conformada por la atención primaria en urgencias, atención prehospitalaria móvil, los centros ambulatorios de urgencias no hospitalarios, las puertas hospitalarias de urgencias y las camas de terapia intensiva e intermedias…” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Trabajadores de la Salud Artículo 37…se entiende por trabajadores de la salud a obreros, empleados, técnicos, y profesionales que laboran en instituciones, órganos y establecimientos prestadores y ejecutores de programas de salud del Sistema Público Nacional de Salud.                                                                    Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sistema de Referencia y Contrarreferencia Artículo 26. Cada centro de atención médica … debe asegurar el proceso de referencia y contrarreferencia … por medio de las centrales de regulación y con los documentos médicos correspondientes. El mismo debe incluir una clara asignación de responsabilidades a un trabajador de la salud. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Recertificación de los Profesionales y Técnicos de la salud Artículo 74. Todos los profesionales y técnicos de la salud están obligados a actualizar periódicamente sus conocimientos y competencias... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Información legal para los Profesionales y Técnicos de la salud Artículo 40. Todos los trabajadores de la salud deben conocer los códigos, leyes, y demás normas que rigen la materia, para lo cual las instituciones del Sistema Público Nacional de Salud programarán y dictarán cursos especiales sobre estas materias dentro de sus planes de capacitación y adiestramiento.                                                                    Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Utilización de Fármacos en APH: Están Autorizados? Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Fármacos en APH Cristaloides Vasoactivos Analgesicos Esteroides Antiemeticos Antiespasmódicos Material Quirurgico Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Fármacos en APH: Aspectos Legales Ley del Ejercicio de la Medicina Art 3.Los profesionales legalmente autorizados para el ejercicio de la medicina son los Doctores en Ciencias Médicas y los Médicos Cirujanos Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Fármacos en APH: Aspectos Legales Ley del Ejercicio de la Medicina Art 114.Se exceptúan: “…en situaciones de urgencia realicen actos para proteger la vida mientras llegare un profesional autorizado…” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Fármacos en APH: Aspectos Legales Ley del Ejercicio de la Medicina Art 114.Se exceptúan: “…actuación del personal auxiliar, técnico sanitario o paramédico …, de conformidad con las intrucciones del médico…” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres ¿Cómo resolver los inconvenientes que con mayor frecuencia se presentan durante la Atención Prehospitalaria ? Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Situaciones en Atención Prehospitalaria Traslado de Paciente desde la escena hasta el Hospital sin la evaluación y autorización de un Médico. Ley del Ejercicio de la Medicina. Art 114. Excepciones: ptos 2) y 3)”. Traslado de Paciente desde la escena hasta el Hospital en Ambulancias sin los equipos necesarios. Soporte Básico de Vida Traslado al Centro Asistencial Ley del Ejercicio de la Medicina. Art 114. Excepciones: ptos 2) y 3)”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Situaciones en Atención Prehospitalaria Traslados Inter - Institucionales. Garantía de Recepción por parte del Médico Tratante. Obligatorio medidas de Soporte Avanzado de Vida y estabilidad del paciente. Médico a bordo responsable del paciente. Sin Médico a bordo: El Médico tratante es responsable durante el traslado Ley de Salud. Art 26. Ley del Ejercicio de la Medicina. Art. 3 Ley del Ejercicio de la Medicina. Art 114. Excepciones: ptos 2) y 3)”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Situaciones en Atención Prehospitalaria Durante la realización del Traslado el paciente Fallece. Traslado APH: El Médico en el Hospital certifica la ausencia de signos vitales. Traslado Inter - Institucional Médico a Bordo: Responsabilidad individual Sin Médico a bordo: Interrupción del Traslado Ley del Ejercicio de la Medicina. Art. 3, Art. 114 Código de Deontología Médica. Art 77 Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Situaciones en Atención Prehospitalaria Politraumatizado con Pantalón Antishock. El Médico en la Emergencia obliga al técnico a retirarlo. EL PANTALON ANTISHOCK NO DEBE SER RETIRADO ANTES DE TOMAR LAS MEDIDAS PERTINENTES Código de Instrucción Mëdico Forense. Art. 67 Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Situaciones en Atención Prehospitalaria ME DEJARON PEGADO EN UNA GUARDIA TENGO GUARDIA PERO AL MEDIODIA PERO ME VOY A MI CASA A COMER Ley Orgánica del Trabajo. Art. 199 Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Situaciones en Atención Prehospitalaria DEJEN LA FLOJERA, AQUI NO SE VIENE A DESCANSAR. USTEDES PUEDEN HACER 2 DIAS CONTINUOS DE GUARDIA Ley Orgánica del Trabajo. Art. 199, Art 185, Art. 195 Ley Orgánica de Prevención, condiciones y Medio Ambiente del Trabajo. Art. 6 Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Denominaciones. T.E.M. T.U.M. PARAMEDICO AUXILIAR DE PARAMEDICO TECNICO PARAMEDICO Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Dirección de Defensa Civil y Ciudadana No existen estas denominaciones TECNICO EN EMERGENCIAS PREHOSPITALARIAS Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Ministerio de Salud y Desarrollo Social: Mesa de Trabajo Denominación de TECNICO EN EMERGENCIAS PREHOSPITALARIAS (T.E.P.H.) Denominación del TSU en EMERGENCIAS PREHOSPITALARIAS Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Ministerio de Salud y Desarrollo Social: Mesa de Trabajo Acreditación por el MSDS (Dirección de Defensa Civil y Ciudadana del MSDS) Revisión del Pensum de Estudios para la Formación del T.E.P.H. (Aprobación por parte del MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES). Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Ministerio de Salud y Desarrollo Social.: Mesa de Trabajo PENSUM UNICO NACIONAL PARA LA FORMACIÓN DEL T.E.P.H. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Certificación del T.R.E.P.H. Vigencia Bianual Actualización Académica y Científica Registro de Profesionales Desempeño oportuno y de Alta Calidad Permanencia Laboral Actualización Salarial Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Certificación del T.R.E.P.H. Requisitos: Cédula de Identidad Título de Bachiller Constancia que lo Acredite como T.E.P.H. o Paramédico (Mínimo 900 horas de formación). Programa de Estudios Certificado por la Institución Constancias de Cursos de Actualización realizados Arancel Aprobar el Examen de Certificación Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres Creación de Asociación para la representación del Técnico en Emergencias Prehospitalarias bajo el auspicio y la orientación de la Sociedad Científica correspondiente. ASONATREPH Asociación Nacional de Técnicos en Rescate y Emergencias Prehospitalarias de la República Bolivariana de Venezuela Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Aspectos Legales: Conclusiones Calidad de Atención Calidad de Formación Trabajo en Equipo Multidisciplinario Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Aspectos Legales: Conclusiones Interdisciplinario Beneficio Común Evitar el Protagonismo Visión: Sistema Nacional de Emergencias Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres www.svmed.org.ve asonatreph@hotmail.com richardoctor@cantv.net Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres