“EL AGUA COMO UN DERECHO HUMANO”

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Transcripción de la presentación:

“EL AGUA COMO UN DERECHO HUMANO” RONALD R. JORGE VELIZ COMISION DE DERECHO AMBIENTAL - LIDEMA

IMPORTANCIA DEL AGUA El agua es vida para la gente y para el planeta. Seguimos afirmando que el agua es esencial para el bienestar humano, un factor esencial para el desarrollo económico y un elemento imprescindible para el funcionamiento adecuado de los ecosistemas en el planeta.

Cada año aproximadamente unos 2 Cada año aproximadamente unos 2.000 millones de personas contraen algún tipo de enfermedad cuya causa está relacionada con el agua. Según datos de la OMS, este conjunto de enfermedades lleva a la muerte cada año a unos cinco millones de seres humanos.

2.400 millones de personas no cuentan con ningún tipo de saneamiento, datos cobran una siniestra perspectiva ante la constatación de que cada año aproximadamente unos 2.000 millones de personas contraen algún tipo de enfermedad cuya causa está relacionada con el agua.

PROBLEMAS SOBRE EL AGUA Habitamos el planeta 6.000 millones de personas: En el año 2004, 1.150 millones de personas no tenían acceso al agua. En la década 1990 – 2000: - En África aumento de 293 a 309 millones el número de personas sin acceso al agua. - En AL paso de 86 a 92 millones. - En Asia disminuyo de 800 a 695 millones

3.4 millones de niños mueren cada año por consumir agua “contaminada” y por la falta de condiciones higiénicas y sanitarias. Sin embargo, dentro de los “Objetivos del Milenio” las NNUU, se han propuesto reducir a la mitad, en el año 2015, el Nº de personas que no tienen acceso al agua.

EL DERECHO AL AGUA El reconocimiento del derecho al agua como un derecho humano no asegura en absoluto (en muchos casos …) la solución de los problemas y el fin de la catástrofe humanitaria. Pero probablemente facilitaría que los gobiernos nacionales hicieran un esfuerzo más intenso por resolver las carencias de sus poblaciones.

“El derecho al agua consiste en un aprovisionamiento suficiente, físicamente accesible y a un costo asequible, de agua potable y de calidad aceptable para los usos personales y domésticos de la persona. Una cantidad adecuada de agua limpia es necesaria para prevenir la mortalidad debida a la deshidratación y para reducir el riesgo de transmisión de enfermedades de origen hídrico, así como para el consumo, la preparación de alimentos y la higiene personal de la casa”.

ANTECEDENTES DEL AGUA COMO DERECHO HUMANO

ENFOQUE DE LA ONU A finales de 2002 en la ONU «El agua es un recurso natural limitado y un bien público; es esencial para la vida y para la salud.  El derecho al agua es indispensable para llevar una vida digna.  Es una condición para la realización del resto de los derechos humanos.

Consejo Económico y Social, Comité de los DESC, El derecho al agua (Arts 11 y 12 del PIDESC, Observación General No. 15 (2002) E/C.12/2002/11).  La noción de abastecimiento de agua adecuada debe ser interpretada de una manera compatible con la dignidad humana, y no de un modo restringido, haciendo simplemente referencia a criterios de volumen y a aspectos técnicos.  El agua debería ser considerada como un bien social y cultural y no esencialmente como un bien económico.  El derecho al agua debe también ser ejercido en las condiciones de sustentabilidad, de modo que las generaciones actuales y futuras puedan aprovechar de éste líquido vital. »

QUIENES DESEAN EL AGUA COMO DDHH Alemania y España se esfuerzan más por hacer reconocer agua como DH. En noviembre 2006, Alemania y España preguntaban al nuevo Consejo de Derechos Humanos que dejen hacer un estudio comprensible sobre el reconocimiento del agua potable como derecho humano.

QUIENES SE OPONEN AL DERECHO AL AGUA Brasil y EE.UU. bloquean declaración del agua como "derecho humano" Estados Unidos, Brasil, Francia y Turquía se opusieron a que el Foro Mundial del Agua (FMA) reconozca en su declaración ministerial que el agua es un "derecho humano“ "No hay documentos vinculantes de la ONU que reconozcan el derecho humano al agua"

RECONOCIMIENTO DEL AGUA COMO DERECHO HUMANO El V Foro Mundial del Agua culminó con la firma de la declaración ministerial, en cuyo documento principal no fue posible incluir la definición del agua como un derecho humano. Sin embargo, y a propuesta de Bolivia, 25 estados decidieron reconocer al agua como DH, y firmaron un documento paralelo. Países que firmaron este instrumento son Paraguay, Bolivia, Chile, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, Panamá, Uruguay y Venezuela. Suscribieron el texto las representaciones de España y Suiza, ambas de Europa; Benin, Camerún, Chad, Etiopía, Marruecos, Namibia, Niger, Nigeria, Senegal y Sudáfrica, todos países de Africa; así como Bangladesh, Emiratos Arabes Unidos y Sri Lanka, de Asia.

ANTECEDENTES DEL DERECHO HUMANO AL AGUA EN BOLIVIA

LA GUERRA POR EL AGUA EN COCHABAMBA Todo empezo con la suscripcion de un contrato aparentemente simple pero que con el tiempo fue considerado como atentatorioy perjudicial para los intereses de la poblacion de Cochabamba y de la region y es que el Consorcio Aguas del Tunari tenian abiertas las puertas para hacer unas copiosas ganancias

LA DIGNIDAD HUMANA COMO FUNDAMENTO DE LOS DDHH “La dignidad y la libertad de la persona son inviolables y protegerlas es deber primordial del Estado” (CONSTITUCIÒN POLITICA DEL ESTADO art. 22)

“el derecho al agua es un derecho fundamental cuando está destinado para el uso de las personas, en cuanto contribuye a la vida, la salud y la salubridad pública, y que, por el contrario, no es un derecho fundamental, cuando se destina a otro tipo de necesidades, tales como la explotación agropecuaria o a terrenos deshabitados. Así por ejemplo, en la sentencia T-578 de 1992, se dijo: En principio, el agua constituye fuente de vida y la falta del servicio atenta directamente con el derecho fundamental a la vida de las personas. Así pues, el servicio público domiciliario de acueducto y alcantarillado en tanto que afecte la vida de las personas (CP art. 11), la salubridad pública (CP arts. 365 y 366) o la salud (CP art. 49), es un derecho constitucional fundamental y como tal ser objeto de protección a través de la acción de tutela”.

La NCPE constitución reconoce en casi 100 artículos los derechos de los grupos sociales del país, incorporando un lenguaje de género que iguala en condiciones a bolivianas y bolivianos. Entre las novedades, establece como servicios básicos el agua potable, alcantarillado … Convierte el acceso al agua y el alcantarillado en derechos humanos, siendo estos servicios que no serán objeto de privatización o concesión.

EL DERECHO AL AGUA EN LA CPE El agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud. El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. El derecho al agua también está indisolublemente asociado al derecho al más alto nivel posible de salud.

Bolivia logra que el agua sea declarada como DH en Foro Mundial El año 2006 Bolivia y cuatro países latinoamericanos firmaron un manifiesto donde se establecía la necesidad de declarar al agua como un derecho humano que fue planteado a los 150 países que asistieron al V Foro para que se declare al elemento vital como un derecho, para promover su cuidado, buen uso y comprometer la cooperación para realizar acciones conjuntas sobre el tema

Declaración firmada en Estambul - Turquía. "Los ministros reunidos en el V Foro Mundial del Agua declaramos ante los participantes del foro, la comunidad internacional y los pueblos del mundo que reconocemos el acceso al agua y saneamiento como un “derecho humano”. Nos comprometemos a encarar las acciones necesarias para la implementación progresiva de este derecho“. 2006-v FORO.

La inclusión de los ricos recursos hídricos del país en la nueva CPE representa un paso decisivo para la población y el acceso a este recurso vital. "En el pasado el agua fue vista como mercancía, como un elemento sujeto a la oferta y demanda, y actualmente el agua es un bien público y propiedad del Estado, lo que ya está garantizado

La necesidad de consumo de agua en la población se considera una prioridad "porque el derecho humano que tiene la gente a acceder al agua es vital, por ello en ningún caso puede ingresar este recurso en el libre mercado".

El agua potable es un recurso vital para el ser humano y el derecho al agua potable y al saneamiento forma parte integrante de los derechos humanos oficialmente reconocidos en los diferentes eventos internacionales. Nunca se ha considerado el agua como lo que realmente es: un bien común universal, patrimonio vital de la humanidad. El acceso al agua debe ser considerado como un derecho básico, individual y colectivamente inalienable.

RECONOCIMIENTO DEL AGUA COMO UN DDHH Con frecuencia, en los debates internacionales se ha señalado que el reconocimiento del agua como derecho humano, podría constituir el paso más importante para abordar, el desafío de brindar a la población el elemento más básico de la vida. Un tema recurrente en el debate sobre el agua como derecho humano, ha sido el reconocimiento de que contar con ésta es una precondición indispensable para alcanzar todos los demás derechos humanos.

RECONOCIMIENTO DEL AGUA COMO UN DDHH Se sostiene que sin el acceso equitativo a un requerimiento mínimo de agua potable, serían inalcanzables otros derechos establecidos, como el derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y para el bienestar, así como los derechos civiles y políticos.

EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO DE RIEGO “…para vivir bien” “Agua para Todos”, es una política de Estado que lleva adelante el actual Gobierno; donde el acceso al agua es un derecho humano, legítimo, fundamental y de todos los seres vivos, “Agua para Todos” nos acerca al “Vivir Bien”, que es el paradigma por alcanzar en el proceso de implementación del Plan Nacional de Desarrollo –PND.

EL AGUA UN DEECHO PARA LA VIDA Este concepto ha sido incorporado en el nuevo texto constitucional bajo el principio de que este recurso es indispensable para la supervivencia y el desarrollo humano. Art. 20 I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo de los servicios básicos de agua potable, alcantarillado (…)

Art. 373 I El agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado promoverá el uso y acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.

ALGUNAS CONCLUSIONES Se debe optar por una nueva cultura del desarrollo sostenible en materia de aguas. El agua potable es esencial e imprescindible para que la vida misma sea posible sobre la faz de la tierra, es mucho más que un bien, que un recurso, que una mercancía, el agua potable es concretamente un derecho humano de primer orden y un elemento esencial de la propia soberanía nacional ya que, muy probablemente, quien controle el agua controlará la economía y toda la vida en un futuro no tan lejano.

Los esfuerzos del hombre por mejorar el medio ambiente en el que habita y elevar su calidad de vida, dependen entonces, de la disponibilidad de agua, existiendo una estrecha correlación esencial entre la calidad del agua y la salud pública, entre la posibilidad de acceder al agua y el nivel de higiene y entre la abundancia del agua y el crecimiento económico y turístico.

Las medidas dirigidas a ampliar y mejorar los sistemas públicos de prestación del servicio de agua potable, contribuyen a una reducción de la mortalidad, relacionada con las enfermedades, porque dichas enfermedades, están asociadas directa o indirectamente con el abastecimiento de aguas deficientes o provisión escasa de agua.

Por lo tanto … el trabajo que se viene es una tarea a nivel global y hace falta un gran pacto mundial por el agua y el respeto a la vida!!!

GRACIAS…