NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO

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Transcripción de la presentación:

NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Instituto de Seguridad Social NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO Impuesto a la Renta a la personas físicas. Impactos en Contribuciones Especiales Seguridad Social. Dirección Empresarial – Mayo 2007

DECRETO REGLAMENTARIO (IRPF): N° 148/007 NORMATIVA LEY N° : 18.083 18 de enero de 2007 DECRETO REGLAMENTARIO (IRPF): N° 148/007 26 de abril de 2007

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS CONTENIDO Impuesto a la renta de las personas físicas: del Capital (Categoría I) – no corresponde a BPS del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS Monotributo Unificación de Aportes Patronales Derogación de exoneraciones

IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: IRPF IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Naturaleza Impuesto anual (anticipos mensuales) Anticipo por: Persona / Empresa / Aportación. De carácter personal y directo Rentas obtenidas por personas físicas residentes Grava las rentas provenientes de actividades realizadas en el país.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Características Tiene una base imponible propia. Incluye partidas que no están gravadas por CESS. Tasas: escalas progresionales. Habilita a los contribuyentes a deducir determinadas partidas.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Principio Principio de lo devengado Excepciones: Los montos correspondientes a aguinaldo y salario vacacional se imputan en el mes en el cual deban pagarse conforme a la normativa vigente en la materia.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Roles Trabajador: es el contribuyente. Empresa: es el responsable sustituto, que debe liquidar y pagar el impuesto en sustitución del contribuyente. BPS: a través de ATYR, colabora con DGI en la recaudación del Impuesto.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Que tienen que hacer los trabajadores Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS presentar en su empresa la declaración por deducciones en tiempo y forma Si fuera su única fuente de ingresos no debe hacer nada más Si tiene más de una fuente de ingresos deberá presentar la liquidación anual ante DGI

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Que tiene que hacer la empresa Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS recepcionar de sus trabajadores las declaraciones por deducciones retener el anticipo correspondiente de las remuneraciones que le liquide sus trabajadores presentar la información de las deducciones que le hayan declarado sus trabajadores presentar la nómina con los montos imponibles correspondientes a CESS e IRPF (ATYRO) Efectuar los pagos correspondiente a los anticipos de acuerdo a los importes que se hayan calculado.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Forma de pago Anticipos mensuales BPS Ajuste anual al cierre de ejercicio Liquidación final en caso de corresponder DGI

Rentas del Trabajo Excepciones: Las que se obtienen dentro o fuera de la relación de dependencia Los subsidios de inactividad compensada (servidas por Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales) Las jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad de similar naturaleza Excepciones: Seguro por desempleo, enfermedad, maternidad servidas por el BPS Indemnización temporal por accidentes laborales (BSE) Asignaciones Familiares

La materia gravada del IRPF es mayor que la de CESS. Ingreso regular o extraordinario en dinero o en especie de los dependientes y los sueldos de dueños o socios, reales o fictos: Ejemplos: Ticket alimentación, transporte Gratificaciones no regulares indemnizaciones por despido (si es > al mín. legal) Propina, vivienda y viáticos (ídem CESS) Salario vacacional La materia gravada del IRPF es mayor que la de CESS.

Declaración se realiza a través de ATYRO, nuevo software para presentar declaración de nóminas, rectificativas y deducciones. De uso obligatorio para empresas con 5 o más personas. Se crean dos nuevos conceptos Concepto 5 – Materia gravada adicional a efectos del IRPF Concepto 6 – Retroactividades de la materia gravada adicional a efectos del IRPF

Declaración y Facturación La presentación de la declaración es responsabilidad de la empresa empleadora. La fecha de presentación de la declaración será en los vencimientos fijados para la liquidación de los aportes a la Seguridad Social según la aportación. Se emiten 2 facturas, una con los aportes a CESS y otra para IRPF. El pago de los anticipos podrá realizar en: BPS, DGI o Red de cobranza de ambos organismos.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Deducciones La empresa se hará cargo de recepcionar las declaraciones de deducciones de trabajadores (formulario a proporcionar por DGI) y de declarar las mismas ante BPS (Internet, medio magnético o formulario a proporcionar por el BPS).

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Deducciones Conceptos Deducibles: Aportes personales al BPS. Aportes personales jubilatorios a otras cajas. Aportes al fondo del Sistema Notarial de Salud. Aportes personales a las Cajas de Auxilio y Seguros Convencionales. Prestación destinada al fondo de solidaridad. Atención médica por cada hijo, o persona bajo régimen de tutela o curatela, menor de edad a cargo del contribuyente Esta deducción se duplica en caso de hijos declarados incapaces.

Deducciones Aportes personales BPS (Montepio, Seg por Enf, FRL). 15% + 3% + 0,125% Declaradas por el trabajador Atención médica de menores a cargo.Incapacitados 6,5 BPC anuales 13 BPC anuales Aportes CJP Categorías 1 a 10 Fondo de solidaridad 1/2, 1 o 5/3, BPC Adicional Fondo de Solidaridad Si o No

Hasta Mínimo no Imponible General (MNIG) = 60 BPC* Escala de Tasas para IRPF Renta Anual Renta Mensual Tasa Hasta Mínimo no Imponible General (MNIG) = 60 BPC* $ 98.160 Hasta $ 8.180 Exento de 60 BPC* a 120 BPC* $ 196.320 Hasta $ 16.360 10% de 121 BPC* a 180 BPC* $ 294.480 Hasta $ 24.540 15% de 181 BPC* a 600 BPC* $981.600 Hasta $ 81.800 20% de 601 BPC* a 1200 BPC* $ 1.963.200 Hasta $ 163.600 22% de 1201 BPC* en adelante Más $ 163.600 25% BPC*PLUS : Importe que fijará el PE especialmente para anticipos.

Hasta Mínimo no Imponible General (MNIG) = 60 BPC* Escala de tasas para deducciones Renta Anual Renta Mensual Tasa Hasta Mínimo no Imponible General (MNIG) = 60 BPC* $ 98.160 Hasta $ 8.180 10% de 60 BPC* a 120 BPC* $ 196.320 Hasta $ 16.360 15% de 121 BPC* a 540 BPC* $ 883.440 Hasta $ 73.620 20% de 540 BPC* a 1140 BPC* $ 1.865.040 Hasta $ 155.420 22% Más de 1140 BPC* $ 1.865.041 Más $ 155.421 25% BPC* PLUS: Importe que fijará el PE especialmente para anticipos.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Anticipo Calculo: Se realizará por persona/empresa/aportación, es decir de forma independiente de los ingresos que el trabajador pueda tener en otra/s empresa/s. Pasos: Determinar monto imponible de IRPF Aplicar la escala mensual progresional de tasas = IRPF Determinar monto total pasible de deducción. Aplicar la escala mensual progresional = IRPF sobre deducciones IRPF a pagar = IRPF – IRPF s/ deducciones

Ejemplo de anticipo $ 3.562 $ 9.894 Partidas percibidas $ 28.503 Materia Gravada CESS $ 28.503 Materia Gravada IRPF $ 37.503 Sueldo Básico $ 25.000 Antigüedad $ 500 Vivienda $ 3.003 Ticket alimentación $ 2.500 Prima por matrimonio $ 4.500 Ticket transporte $ 2.000 Total Retribución $ 37.503 Aportes personales Jubilatorio $ 4.275 Disse $ 855 FRL $36 Aporte personal $ 5.166 Escala Progresional 1) 0 a $ 8.180 0% $ 0 2) $ 8.181 a $ 16.360 10% $ 818 3) $ 16.361 a $ 24.540 15% $ 1.227 4) $ 24.541 a $ 81.800 20% $ 2.592 IRPF s/ MG $ 4.637 Deducciones Monto deducible $ 9.894 ANTICIPO IRPF A PAGAR: $ 3.562 Cuotas mutuales 2 hijos $ 1.728 Aporte Caja Profesional $ 3.000 Aporte personal BPS $ 5.166 Total de deducciones $ 9.894 Escala Progresional 1) 0 a $ 8.180 10% $818 2) $ 8.181 a $ 16.360 15% $ 257 IRPF s/ deducciones $ 1.075

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Ajuste Anual Fecha de realización: Último mes del ejercicio fiscal (mes cargo: diciembre) Atyr: se realizará el ajuste anual sobre los trabajadores incluidos en la nómina del mes de Diciembre. Se realizará por persona/empresa/aportación, es decir de forma independiente de los ingresos que el trabajador pueda tener en otra/s empresa/s.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Cálculo del Ajuste Anual Calculo de impuesto anual (A): Sumar el ingreso total del año (12 meses) Aplicar la escala anual, considerando el promedio de la BPC vigente en el período Calculo de deducción anual (B): Sumar el total de deducciones del año (12 meses) Aplicar la escala anual, considerando el promedio de la BPC vigente en el período Ajuste anual de IRPF = (A)–(B)–Anticipos liquidados (11 meses)

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Cálculo del Ajuste Anual Resultado del ajuste: Si es positivo: significa que el trabajador deberá abonar los aportes por intermedio de la empresa Si es negativo: significa que el trabajador tiene crédito y podrá solicitarlo ante la DGI. (Créditos y débitos en una empresa por 2 trabajadores no se compensan) Cero: no se realiza nada

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Multi ingreso Si el trabajador supera mediante la suma de sus ingresos el mínimo no imponible mensualizado (5 BPC = $ 8.180) deberá optar por la empresa en la que no será aplicable dicho mínimo La empresa por la que opta tendrá en cuenta la declaración del trabajador a los efectos de realizar retención.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Liquidación anual DGI Si el trabajador: Obtiene sus rentas de un único responsable sustituto, el impuesto retenido tiene carácter definitivo. Libera de presentación de declaración jurada ante DGI Obtiene otras rentas gravadas (multi ingreso), el impuesto retenido es considerado como anticipo. Debe presentar declaración jurada ante la DGI.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS CONTENIDO Impuesto a la renta de las personas físicas: del Capital (Categoría I) – no corresponde a BPS del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS Monotributo Unificación de Aportes Patronales Derogación de exoneraciones

(Sujeto a Reglamentación) Ley 18.083 2) MONOTRIBUTO (Sujeto a Reglamentación)

Prestación tributaria unificada (BPS + DGI): Definición Prestación tributaria unificada (BPS + DGI): Incluye las contribuciones especiales a la seguridad social + los impuestos nacionales (excepto los que gravan la importación).

Alcance Comprende a: Empresas unipersonales y su cónyuge o concubino, con hasta un dependiente. Sociedades de Hecho; máximo de 2 socios y sin dependientes. Sociedades de Hecho Familiares; máximo de 3 socios y sin dependientes. Empresas de reducida dimensión económica, que desarrollan actividad en la vía pública o espacios públicos, así como pequeños locales.

Condiciones: Requisitos: Ingresos: unipersonales:no superen el 60% del límite del Literal E Art. 52 Título 4 ($ 285.600) Sociedades de Hecho: no superen el 100% ($ 476.000). Reducida dimensión económica: no más de un puesto o un pequeño local, simultáneamente. Única actividad patronal: salvo productores rurales. Venta de bienes y servicios exclusivamente a consumidores finales (venta a crédito).

Adecuación: Los que tributan por el régimen general de tributación: si cumplen las condiciones podrán solicitar la inclusión en Monotributo dentro del plazo que establezca el Poder Ejecutivo. Los que tributan por Monotributo (Ley N° 17.296): dispondrán de un plazo de 90 días para adecuar su estructura y operativa para quedar incluidos en el nuevo régimen. Vencido el plazo: se regirán por el régimen general.

Compatibilidad: Habilita a quienes perciban jubilación por Industria y Comercio si cumplen las siguientes condiciones: Jubilación menor o igual a 3 BPC. Integren hogares en los que el ingreso promedio para cada integrante sea igual o inferior a 3 BPC. Se excluyen como ingresos: Ingreso Ciudadano Asignaciones Familiares Seguro por Desempleo (si es por despido).

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Derechos: Derechos del sistema de seguridad social: subsidio por enfermedad derecho a lentes comunes, bifocales, prótesis, sillas de ruedas, bastones, etc. Podrán optar por ingresar a la Mutualista que elijan. (sólo para unipersonales)

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Ejemplo de Aportación Unipersonal Aporte Sin cónyuge Sin cuota mutual $471 Con cuota mutual $1.294 Con cónyuge Con cuota mutual uno de ellos $ 1.768

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Productores Rurales Artesanales Comprende: actividades de transformación artesanal de reducida dimensión económica sobre bienes agropecuarios de su propia producción. Requisitos: cumplir las condiciones subjetivas (unipersonal o sociedad de hecho) Ingresos de actividad agropecuaria y artesanal (excluidos el IVA) no supere limite que establezca el Poder Ejecutivo Ser contribuyente de IMEBA por los ingresos de producción agropecuaria.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Productores Rurales Artesanales Quienes cumplan estas condiciones quedan incluidos en: Régimen de Aportación Rural para Seguridad Social Y podrán optar por: Liquidar IRAE e IVA Exonerar el IRAE y tributar IVA mínimo (art. 30 Título 10) conjuntamente con los aportes rurales al BPS.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS CONTENIDO Impuesto a la renta de las personas físicas: del Capital (Categoría I) – no corresponde a BPS del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS Monotributo Unificación de Aportes Patronales Derogación de exoneraciones

3) UNIFICACION DE APORTES JUBILATORIOS PATRONALES Ley 18.083 3) UNIFICACION DE APORTES JUBILATORIOS PATRONALES (Sujeto a Reglamentación)

Tasa única Aporte jubilatorio patronal para industria y comercio: 7,5% Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Tasa única Aporte jubilatorio patronal para industria y comercio: 7,5% Excepciones: civil, salvo los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado. El Poder Ejecutivo adecuará las tasas: aporte unificado de la construcción contribución patronal rural No se modifica la contribución especial por servicios bonificados

Casos Especiales Radioemisoras del Interior del país y prensa escrita: Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Casos Especiales Radioemisoras del Interior del país y prensa escrita: Se adecuará a la tasa del 7,5% de acuerdo al siguiente incremento gradual: Desde 01 de julio de 2007...................2.5% Desde 01 de enero de 2008.................5,0% Desde 01 de enero de 2009.................7,5%

Casos Especiales Intendencia Municipal de Montevideo: Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Casos Especiales Intendencia Municipal de Montevideo: Se reduce 1% por año hasta llegar al 16,5%: Desde 01 de julio de 2007..................18,5% Desde 01 de enero de 2008................17,5% Desde 01 de enero de 2009................16,5%

Casos Especiales Industria Manufacturera: Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Casos Especiales Industria Manufacturera: Con ingresos por exportación superior al 90% del total de ingresos del ejercicio (antes del 01-07-07) Se adecuará a la tasa del 7,5% de acuerdo a la siguiente incremento gradual: Desde 01 de julio de 2007..................4,0% Desde 01 de enero de 2009................7,5%

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS CONTENIDO Impuesto a la renta de las personas físicas: del Capital (Categoría I) – no corresponde a BPS del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS Monotributo Unificación de Aportes Patronales Derogación de exoneraciones

Ley 18.083 4) DEROGACION DE EXONERACIONES (Sujeto a Reglamentación) Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Ley 18.083 4) DEROGACION DE EXONERACIONES (Sujeto a Reglamentación)

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Derogaciones Se derogan TODAS LAS EXONERACIONES y reducciones de alícuotas de aportes patronales de Contribuciones Especiales de Seguridad Social (CESS).

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Excepciones: Instituciones comprendidas en el art. 5° y 69° de la Constitución (Enseñanza,Instituciones Religiosas) Establecidas por tratados internacionales, celebrados por la República establecidas por normas legales. Sociedades Cooperativas Sociedades de Fomento Rural (Art. 253 Ley N° 16.462) Transporte Colectivo urbano y suburbano de pasajeros. Sociedades de Asistencia Médica sin fines de lucro.

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Materia gravada Constituyen materia gravada sólo para los aportes patronales jubilatorios las partidas exentas (transporte, alimentación, seguro de vida y cobertura). Se aplicará la escala gradual: hasta el 31-12-2008.......................... 0% Desde el 01-01-2009......................... 2,5% Desde el 01-01-2010......................... 5,0% Desde el 01-01-2011......................... 7,5%

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS No está gravado Ropa de trabajo y herramientas. Complementos a subsidios casos de: maternidad enfermedad accidente

Información sobre IRPF Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Información sobre IRPF Página web: www.uruguayavanza.gub.uy www.bps.gub.uy Consultas IRPF: 0800 47 73 Consultas por ATYRO: Locales: ATYR Montevideo, Sucursales y Agencias del interior del país. Teléfono: 0800 – 2001 (gratuito) e-mail: atyro@bps.gub.uy

Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Cronograma A partir de Junio: se recomienda utilizar ATYRO. En Julio: presentar ante ATYR la información de las deducciones declaradas por los trabajadores.

Muchas Gracias Dirección Empresarial – Mayo 2007. Asesoría Tributaria y Recaudación PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS Instituto de Seguridad Social Muchas Gracias Dirección Empresarial – Mayo 2007.