II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA

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Transcripción de la presentación:

II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA DERECHO TRIBUTARIO Rama del Derecho Financiero que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan el nacimiento, determinación y aplicación de los tributos, los derechos y obligaciones que nacen tanto para el sujeto obligado como para el Estado acreedor Características: Es una prestación en dinero Es exigido forzadamente por el Estado La imposición de un tributo se rige por el principio de legalidad La imposición de un tributo nace del imperio del Estado Los destinatarios de los tributos son las personas naturales, jurídicas y otras entidades que causan impuestos

DERECHO TRIBUTARIO Los Tributos: “son prestaciones en dinero que el Estado en ejercicio de su poder de imperio exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines” Clasificación de los tributos Impuestos: “es la prestación en dinero que el Estado exige de ciertos sujetos económicos, coactivamente, sin contraprestación y de acuerdo a reglas fijas para financiar los servicios públicos que satisfacen necesidades colectivas de carácter indivisibles” Tasas: “Es la prestación pecuniaria a la que es obligado el contribuyente por la prestación efectiva o potencial de una determinada actividad o servicio público. En las tasas la obligación del pago surge cuando el servicio es puesto a disposición del contribuyente, aunque éste no lo utilice.” Contribuciones: “La contribución es el tributo que afecta al propietario de un bien inmueble y que deriva del aumento del valor de dicha propiedad por la realización de obras públicas. La definición corresponde a las denominadas “contribuciones de mejoras” y su fundamento se encuentra precisamente en el mayor valor de los inmuebles por la ejecución de obras públicas o infraestructura”.

DERECHO TRIBUTARIO Principios del Derecho Tributario (y tributos) Legalidad: no puede establecerse ningún tributo o carga impositiva sino por medio de una ley (en sentido estricto) (art. 19 nº 20 CPR) Fundamento: la necesidad de proteger el derecho de propiedad de los contribuyentes y el consagrar un grado mínimo de seguridad jurídica. Proporcionalidad: la carga tributaria que afecta a cada contribuyente debe ser adecuada y razonable. Se trata de asegurar que los tributos no sean expropiatorios

DERECHO TRIBUTARIO Igualdad: Se refiere a la equitativa distribución de la carga impositiva.(art. 19 nº 20 CPR) Fundamento: Al ser todas las personas iguales, se debe distribuir la carga impositiva equitativamente conforme a situaciones análogas. Estas situaciones análogas deben verse reflejadas además en la CAPACIDAD ECONOMICA del sujeto de impuesto. Se puede reducir a la no existencia de situaciones arbitrarias y discriminatorias.

DERECHO TRIBUTARIO Fuentes del Derecho Tributario CPR: La que establece la organización del Estado, la forma de gobierno, las atribuciones de los poderes públicos y los derechos y garantías individuales. Son de gran importancia los arts.60 n°14, 62 n°1, art.19 n°20 y art.19 n°24, de los que derivan los principios tributarios constitucionales recién señalados. La ley D.L.824 Ley de Impuesto a la Renta, D.L.825 Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L.830 Código Tributario, Ley 17.235 Ley de Impuesto Territorial, D.L.3475 Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas, Ley 16.271 Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones D.L.3063 Ley de rentas Municipales

DERECHO TRIBUTARIO Tratados internacionales: Principalmente relativos a tributación internacional. Reglamentos y decretos del PdlR. Reglamentos: emanan del Presidente de la República y son una colección ordenada y metódica de disposiciones que regulan ciertas materias que no son propias del dominio legal o que son dictadas para el cumplimiento o ejecución de las leyes. Decretos: son normas de carácter particular que regulan una situación determinada. Instrucciones y regulaciones de Servicio: Las instrucciones son normas dictadas por superiores jerárquicos a sus subordinados para la correcta ejecución de las leyes, reglamentos o para cumplir en mejor forma la administración del Estado. Están contenidas en circulares (de carácter general) u oficios (de carácter particular). Las resoluciones son simples decretos que emanan de otras autoridades distintas del Presidente de la República.

DERECHO TRIBUTARIO Interpretación de la ley tributaria: Interpretación jurídica: determinar el sentido y alcance de una norma jurídica o ley (en sentido amplio) Clases de interpretación: Privada: : Es aquella realizada por particulares, en tratados y revistas jurídicas y obviamente no es obligatoria pero en algunos casos tiene influencia en generación de la interpretación pública o de autoridad.

DERECHO TRIBUTARIO Legal: Proviene de otra ley que fija el sentido de otra. (efecto erga omnes) Judicial: Es la que realizan los tribunales de justicia (efecto relativo) Administrativa: Es aquella que emana del Director del Servicio (SII) en uso de la facultad que le confiere el art.6 letra A nº1 del C.T