DIVISIÓN y PARTICIÓN DE INMUEBLES

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Transcripción de la presentación:

DIVISIÓN y PARTICIÓN DE INMUEBLES Bruno Ortiz Ferretto

División y Partición de inmuebles EXTINCIÓN DE LA COPROPIEDAD INMOBILIARIA POR DIVISION Y PARTICION

División y Partición de inmuebles Copropiedad: Hay copropiedad cuando un bien pertenece por cuotas ideales a dos o más personas. Art. 969 C.C. Teorías: * Diversos derechos de propiedad sobre el bien. * Un solo derecho de propiedad dividido por cuotas ideales entre los condóminos. * Cada copropietario es titular de la integridad del bien; la colisión de su derecho con el de los demás se resuelve reduciendo la efectividad del de cada uno.

División y Partición de inmuebles Presunción de igualdad de cuotas: Las cuotas de los copropietarios se presumen iguales, salvo prueba en contrario. Los beneficios y cargas esta en proporción a sus cuotas respectivas. Art. 970 C.C. Los bienes adquiridos por Sucesión están sujetos a las reglas de la Copropiedad. Arts. 816, 818, 822, 844, 845 y 853 del Código Civil.

División y Partición de inmuebles Decisión sobre el bien común: Las decisiones sobre el bien común se adoptaran: a) Unanimidad: Para disponer, gravar, arrendar o dar en comodato o introducir modificaciones en él. B) Mayoría absoluta: Para actos de administración ordinaria. Art. 969 C.C.

División y Partición de inmuebles Partición: Por la partición permutan los copropietarios, cediendo cada uno el derecho que tiene sobre los bienes que no se le adjudican, a cambio del derecho que le ceden en los que se le adjudican. Art. 983 del C.C. Extinción de Copropiedad por D y P. Art. 992 Inc. 1° del C.C.

División y Partición de inmuebles Permuta: Por la permuta los permutantes se obligan transferirse recíprocamente la propiedad de bienes. Art. 1602° del C.C. Reglas: La permuta se rige por las disposiciones sobre la compraventa, en lo que sean aplicables. Art. 1603° del C.C.

Inscripción de División y Partición de inmuebles Extinción de la Copropiedad Inmobiliaria por División y Partición. CASOS:

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 1 Inmuebles en Copropiedad: A, B y C : Hnos. copropietarios por Sucesión Dpto. 1 Dpto. 2 Dpto. 3 V = S/. 30 V = S/. 30 V = S/. 30 * La cuota ideal de cada copropietario es del 33.33 % aprox. sobre cada inmueble. El Valor total de los bienes materia de D y P es de S/. 90 mil; correspondiendo 1/3 a cada copropietario.

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 1 Adjudicación por D y P : Los Hnos. A, B y C deciden de mutuo acuerdo extinguir la copropiedad por D y P adjudicándose un Dpto. c/u. Dpto. 1 Dpto. 2 Dpto. 3 V = S/. 30 V = S/. 30 V = S/. 30 B y C permutan su cuota ideal sobre el Dpto. 1 a favor de A; quien recíprocamente cede a favor de B y C su cuota ideal sobre los Dptos. 2 y 3. (3 actos) Producto de las tres permutas, sus cuotas ideales se materializan en la totalidad de c/u de los Dptos.

Inscripcion de División y Partición de inmuebles: Caso 1 Adjudicación por D y P: A, B y C se adjudicaron recíprocamente un inmueble c/u de ellos. Dpto. 1 Dpto. 2 Dpto. 3 V = S/. 30 V = S/. 30 V = S/. 30 Como consecuencia de la D y P cada copropietario se adjudica el 100% de un inmueble de igual valor. Se extingue la copropiedad. A B C

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 1 Inscripción de la D y P : Escritura Pública otorgada por A, B y C Dtp. 1 Dpto. 2 Dpto. 3 V = S/. 30 V = S/. 30 V = S/. 30 En la partida registral de cada inmueble se inscribirá la Adjudicación del predio como consecuencia de la D y P, a favor de su respectivo propietario. - C A B

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 2 Inmuebles en Copropiedad: A y B: Copropietarios por Anticipo de Legitima Casa 1 Casa 2 La Molina Breña V = S/. 150 V = S/. 30 * La cuota ideal de cada copropietario es del 50 % sobre cada inmueble. (S/. 90 para c/condómino). * El valor total de los bienes materia de D y P es de S/. 180 mil; correspondiendo 1/2 a cada copropietario.

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 2 Adjudicación por D y P : A, B y C convienen de mutuo acuerdo extinguir la copropiedad por D y P adjudicándose un predio c/u. Predio 1 Predio 2 La Molina Breña V = S/. 150 V = S/. 30 * Al tener los bienes valores distintos, la permuta de sus cuotas ideales pueden efectuarla de dos formas. Dependerá de ellos que exista o no equivalencia.

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 2 Adjudicación por D y P (sin equiv): A se adjudica el predio de L M (+ valioso) y B el de Breña (- valioso) A obtiene un plus S/. 60; B pierde S/. 60 en su patrim. Predio 1 Predio 2 La Molina Breña V = S/. 150 V = S/. 30 * Si los contratantes están de acuerdo ( x diversos motivos) la permuta resultará con ventaja para un copropietario sobre el otro. A B

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 2 Adjudicación por D y P (con equiv.): A se adjudica el predio de L M (+ valioso) y B el de Breña (- valioso); A compensa con S/. 60 a B por la diferencia de valores Predio 1 Predio 2 La Molina Breña V = S/. 150 (- S/. 60) V = S/. 30 (+S/.60) Si los contratantes están de acuerdo, la permuta resultará equitativa para ambos. Si A no paga los S/.60 genera Hipoteca Legal a/f de B. A B

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 2 Inscripción de la D y P : Art. 59 RIP. Escritura Pública otorgada por A y B Predio 1 Predio 2 La Molina Breña V = S/. 150 (Hip. Leg.) V = S/. 30 En la partida registral de cada predio se inscribirá la adjudicación como consecuencia de la D y P, a favor de su respectivo propietario. (Si A quedara adeudando la suma de S/. 60, sobre su predio se genera una H.L. a/f de B.) B A

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 3 Inmueble en Copropiedad por Sucesión: A = 62.5% Predio: Lote 1 Mz. J - Área: 1,000 m2. B = 12.5% C = 12.5% D = 12.5% Valor de la cuota ideal de 12.5% = S/. 25,000 El copropietario D solicita la partición para que se le adjudique la parte correspondiente a su cuota ideal. - Los copropietarios deben tramitar la Subdivisión del predio. Arts. 41° y 42° del RIP; Arts. 28 y 30 del D.S. N° 024-2008-Vivienda (Reglamento Ley N° 29090)

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 3 Inmuebles en Copropiedad por Sucesión: * Predio: Lote 1 Mz. J - área original: 1,000 m2. A = 62.5% B = 12.5% C = 12.5% D = 12.5% Obtenida la Subdivisión, el predio matriz se subdivide e independiza los dos Sublotes a/f de ellos mismos, las cuotas ideales sobre los Sublotes se mantienen iguales: Sub-Lote 1-A con área de 875 m2. Sub-Lote 1-B con área de 125 m2. 1-A 875 m2 1-B 125 m2

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 3 Adjudicación de inmuebles por D y P : (Incompleta) --------------- * Predio matriz = Lote 1 Mz. J A = 62.5% B = 12.5% C = 12.5% D = 12.5% Comúnmente, los demás condóminos se conforman con adjudicarle al solicitante (D) el sublote (1-B) que equivale a su cuota ideal. De tal forma que la D y P se celebra en forma incompleta. No existe reciprocidad en la adjudicación de las cuotas. 1-A 875 m2 1-B 125 m2.

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 3 Adjudicación de inmuebles por D y P : (Incompleta) --------------- * Predio matriz = Lote 1 Mz. J A = 62.5% B = 12.5% C = 12.5% D = 12.5% Producto de la D y P incompleta se genera incongruencias: * Sub-Lote 1-A = A, B , C y D con las mismas cuotas. * Sub-Lote 1-B = El 100% del dominio para D. A pesar de la adjudicación, D aún sigue apareciendo como copropietario en el Sublote 1-A A = 62.5 % B = 12.5 % C = 12.5 % D = 12.5 % D 100 %

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 3 Adjudicación de inmuebles por D y P : (Completa) --------------- * Predio matriz = Lote 1 Mz. J A = 66.67% B = 16.66% C = 16.66% D = 100% Lo correcto es la D y P completa, donde A, B y C ceden sus derechos sobre el Sublote 1-B a/f de D; a su vez, D debe ceder sus derechos sobre el Sublote 1-A a/f de A, B y C. (Permuta: cesión recíproca de derechos). Por tanto, sus cuotas ideales se recomponen sobre cada inmueble. 1-A 875 m2. A = 66.67& B = 16.66% C = 16.66 % 1-B 125 m2 D =100 %

Inscripción de División y Partición de inmuebles: Caso 3 Adjudicación de inmuebles por D y P : (Completa) --------------- * Predio matriz = Lote 1 Mz. J A = 66.67% B = 16.66% C = 16.66% D = 100% La inscripción de las respectivas adjudicaciones por D y P se efectuara en las partidas de cada predio, con las precisiones correspondientes, las que deben aparecer en forma expresa del instrumento público respectivo.- 1-A 875 m2. A = 66.67& B = 16.66% C = 16.66 % 1-B 125 m2 D =100 %

Precedente XVII PLENO Sesión ordinaria realizada los días 20 y 21 de abril de 2006. Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 23 de mayo de 2006. 2.- TRASLADO DE GRAVÁMENES EN LA DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE UN BIEN “Los gravámenes que afectan la cuota ideal de uno de los copropietarios de un bien deben trasladarse a todas las partidas registrales resultantes de la división y partición de dicho bien.” - Criterio adoptado en las Resoluciones N° 133-2002-SUNARP- TR-L del 21 de noviembre de 2002 y N° 262-2006-SUNARP-TR- L del 28 de abril de 2006.