SISTEMA LEGAL CHILENO, ANTES Y DESPUÉS DE LAS REFORMAS LUIS BATES “Cada día creo más en que las reformas o salen del tuétano del alma y asoman hacia fuera firmes como el cuerno del testuz del toro, o bien se hacen en el exterior como cuernecillos falsos pegados con almidón”. (Gabriela Mistral) “Una gran justicia debe ser progresiva o pronto dejará de ser una gran justicia”. LUIS BATES bates.luis@gmail.com Abogado – Profesor de Derecho Abogado integrante, Corte Suprema de Justicia. Ministro de Justicia 2003-2006 02 AGOSTO 2010
La reforma a la justicia penal de Chile hay que apreciarla en su relación con los aspectos o componentes mas relevantes de un sistema de justicia penal (polígono) (*) Políticos Legales Institucionales Interrelacionados (*) Culturales Generacionales 02 AGOSTO 2010
AMBITO POLÍTICO (*) Período dictadura 1973 – 1990. Derechos Humanos y Poder Judicial. Restablecimiento de la democracia 1990. Insatisfacción ciudadana con el estado de la justicia y concenso sobre necesidad de su reforma sustancial, no meramente legal. Generación de apoyos compartidos Política y Justicia (*) Agenda política Comunidad jurídica Sociedad civil Apoyo internacional 10 años Jueces (Eric From “ ser o tener”) Aporte académico (*) 02 AGOSTO 2010
Otros elementos según fuentes internacionales. Recursos económicos. 10 años de proceso legislativo: necesidad del concurso del tiempo. Estabilidad política. Crecimiento económico sostenido Mercado estable Conducción responsable de la economía con indicadores macroeconómicos sólidos Inflación acotada Altos niveles de libertad económica, desarrollo democrático y libertades civiles Buena evaluación clasificación riesgo-país Altas reservas internacionales Baja deuda pública Bajos niveles de corrupción Clima razonable de seguridad y confianza Apego a la legalidad (*) (*) 02 AGOSTO 2010
AMBITO LEGAL Marco normativo (El poder de los jueces. Que piensan los jueces que piensan. Daniel Herrendorf. Abeledo Perrot) Tratados y convenciones internacionales Constitución Política de la República, artículo 1º Código Orgánico de Tribunales Código Penal y leyes penales especiales control social y delincuencia Código Procesal Penal (*) (*) 02 AGOSTO 2010
AMBITO INSTITUCIONAL (implementación y aplicación de las normas) (“enforcement”) Tribunales de Justicia Ministerio Público Defensoría Penal Pública US$550 millones mas gasto corriente anual. Órganos Auxiliares Recursos humanos: Academia Judicial Componente informal: Los medios de comunicación social. Difusión correcta de la reforma y percepción ciudadana. (*) Policías civil y uniformada Servicio Medico Legal Superintendencia de Quiebras Gendarmería de Chile Servicio Nacional de Menores Servicio de Registro Civil Abogados (*) (*) (*) (*) 02 AGOSTO 2010
Código Procedimiento Penal (1906) Código Procesal Penal (2005) SISTEMA ANTIGUO Y NUEVO: VISIÓN COMPARADA Código Procedimiento Penal (1906) Código Procesal Penal (2005) Sistema Antiguo Sistema Nuevo Escrito Oral Secreto Público y transparente (se “vé como se hace” la justicia). Intermediarios Inmediación Dispersión de audiencias Concentración Juez – investigador Ministerio Público – investigación y persecución de delitos Lentitud (Herrendorf, El Poder Celeridad Justicia en lapsos razonables. El rol de los de los jueces, pág. 71) abogados Víctimas reemplazadas por Protagonismo de la víctima: victimología. el Estado Gestión – Administración Independiente de la jurisdicción Legalidad - Justicia restaurativa o reparatoria - A.D.R. o R.A.C. - Mediación Penal Corrupción y justicia Acceso al sistema (*) (*) (*) Justicia de los Acuerdos (*) (*) 02 AGOSTO 2010
¡Centro de Formación Ciudadana! Acceso a la Justicia: modalidades Derecho Preventivo (“salud legal “de las personas””) Causas de interés público Educación legal clínica Asistencia legal Judicial (pública – privada) Administrativa “probono” Reformas legales Servicios legales en base a seguros (“prepaid legal services”) Tribunales vecinales Paraprofesionales Solución alternativa de conflictos Educación legal popular o comprensión pública del derecho y la justicia: el lenguaje jurídico. (*) (*) Nacional Internacional (*) (*) (*) Aspecto Cultural (*) (*) ¡Centro de Formación Ciudadana! (*) 02 AGOSTO 2010
Aspecto cultural de la reforma (“cultural changing”) ¡¡Formación ciudadana o comprensión pública del derecho y la justicia.!! El lenguaje jurídico (intelectualidad y ciudadanía) Solución alternativa de conflictos !!Futuro del derecho y la justicia!! Cultura legal “interna” Cultura legal “externa” o ciudadana Leyes Resoluciones judiciales Órganos públicos y usuarios Democracia siglo 21 Sector privado Negociación Conciliación combinaciones Mediación Arbitraje 02 AGOSTO 2010
(Dos vertientes que coexisten simultáneamente) POLÍTICAS PÚBLICAS Avanzar y profundizar lo que se ha venido haciendo en relación con el Sistema Adversarial de solución de conflictos: Reformas a la Justicia. 1 (Dos vertientes que coexisten simultáneamente) Impulsar la “Justicia de Los Acuerdos” 1 Ejemplo, Reforma Procesal Penal La Mediación Penal: Gladys Álvarez Victimología. Programa Americano “Victim-Offender Reconciliation program, A.B.A. 02 AGOSTO 2010
Justicia de los Acuerdos Solución no impuesta, sino construida por las partes Cambio de lógica del conflicto: de ganar o perder a ganancias mutuas (“yo gano, tú ganas”) Rol del abogado: Unir a las partes (Gandhi) Servir por encima del interés propio “Service above self” Solucionador de problemas Informalidad Empoderamiento, democracia de base Necesidad de mantener relaciones futuras (socio, vecino, familiares, clientes) Resuelve problemas que no necesariamente trata el sistema legal, ejemplo, convivencia vecinal – Cuba: tribunales populares. Carácter pedagógico – educacional Favorece a las personas de menores recursos Soluciones flexibles para las diversas tipologías de conflictos (*) 02 AGOSTO 2010
Transparencia, claridad y eficiencia Mayor satisfacción Más rapidez Menores costos Transparencia, claridad y eficiencia El rol de las universidades y de los abogados. Mediación: tema mas cultural que legal. Formación, capacitación, Manejo emociones Escuchar Ponerse en el lugar del otro Creatividad Confianza La mediación como medio de acercar las culturas jurídicas “interna” y “externa”. 02 AGOSTO 2010
MEDIACIÓN Los participantes junto con la ayuda de personas naturales, aíslan sistemáticamente los problemas en disputa con el objetivo de encontrar opciones, considerar alternativas y llegar a un acuerdo mutuo que se ajuste a sus necesidades. Es la mas versátil y la menos coercitiva de las R.A.C., dependiendo fuertemente de la personalidad, conocimientos y destrezas del mediador. El conflicto pertenece a los disputantes. Se busca separar lo esencial, los intereses reales de lo superfluo Principios: Voluntariedad Consentimiento informado Auto-gestión y empoderamiento Imparcialidad Neutralidad Confidencialidad (secreto profesional) Modelos La mediación en materia penal (*) (*) (*) 02 AGOSTO 2010
MEDIACIÓN Importancia de la elección del Mediador según la naturaleza del caso Abogado, no abogado, cierta clase de abogado (juez retirado) Experto en algún campo cuando se trata de asuntos técnicos especializados No abogado: neutral con aura de autoridad Destrezas comunicacionales e interpersonales 02 AGOSTO 2010
Experiencias y Modelos (*) (*) U.S.A. Harvard. A.B.A.. Leyes federales Facultades de Derecho Roger Fisher, William Ury, Talleres de Negociación. Sander: causas de la insatisfacción ciudadana con la justicia. Tribunal “multipuertas” Victim – Offender Reconciliation Program Asheville, Carolina del Norte ‘VORP’ Argentina Brasil, M. Justicia Ecuador New Zeland, Duniden (Facultad de Derecho Universidad de Otago) China: Mediación popular Experiencias europeas England. Centre for effective dispute resolution C.E.D.R. Chile R.A.C. R.P.C. Experiencias y Modelos (*) 02 AGOSTO 2010