Febrero de 2015. Es la iniciativa del Gobierno de la República para brindar a las personas que hoy trabajan en la informalidad los diferentes beneficios.

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Transcripción de la presentación:

Febrero de 2015

Es la iniciativa del Gobierno de la República para brindar a las personas que hoy trabajan en la informalidad los diferentes beneficios que permite el ser formal.

Los beneficios sociales del programa Crezcamos Juntos están dirigidos a todas las personas que se integren a la formalidad en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Ingresos no mayores a dos millones de pesos anuales. Realicen actividades empresariales, enajenación de mercancías o prestación de servicios, que no requieran título profesional. Se podrán obtener ingresos por sueldos o salarios o por intereses. En caso de obtener ingresos por comisión, agencia, mediación, consignación, no deben exceder el 30% del total de los ingresos. Sujetos y requisitos

Salud y Seguridad Social Financiamiento para tu empresa Crédito al consumo Reducción en el pago de impuestos Crédito de vivienda

Solicitar créditos al INFONAVIT para adquirir una vivienda nueva o usada o, incluso, refinanciar el crédito de la vivienda. Para ello, se deberán realizar aportaciones bimestrales:  4 bimestres si se cuenta con un patrón  7 bimestres si no existe relación laboral.

Cuotas de aportación  El solicitante elige cuota  Periodos completos  Cuota Bimestral  Una modificación por bimestre

Sociedad Hipotecaria Federal  Créditos de acuerdo a la capacidad de pago.  Condonación de una mensualidad, una vez al año durante la vida del crédito.

Tipo de prestaciónTrabajador Patrón o autoempleado Atención médica, hospitalaria, farmacéutica y rehabilitación para el asegurado y su familia. Ahorro para el retiro. Guardería para el cuidado de sus hijos. Prestaciones sociales (actividades recreativas y centros vacacionales). Pensiones en caso de invalidez o fallecimiento. Las prestaciones del IMSS son:

Descuentos en el pago de las cuotas por hasta 10 años:

Ejemplo: Pago al IMSS: Patrón o autoempleado  Pago anual anticipado $ 7,  Pago bimestral $ 7, *50% / 6$ SIN BENEFICIO CON BENEFICIO

Reducción del Impuesto Sobre la Renta a pagar Año %  No paga ISR durante el primer año.  No presenta declaración anual.

DECRETO por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal 10 de septiembre de 2014 DECRETO por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal 10 de septiembre de 2014 En vigor a partir del 1 de enero de

Beneficios fiscales 8 Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal: Supuestos (Ingresos anuales) Beneficios Ventas o servicios con público en general de hasta $100,000 NO PAGAS IVA ni en su caso IEPS Ventas o servicios con público en general mayores a $100,000 Reducción del pago IVA y/o IEPS de acuerdo a porcentajes Ventas o servicios con público en general y facturadas que en su conjunto sean de hasta $100,000 -NO PAGAS IVA ni en su caso IEPS por ventas con público en general -Pagas IVA y/o IEPS por ventas facturadas Ventas o servicios con público en general y facturadas que en su conjunto sean mayores a $100,000 -Reducción del pago IVA y/o IEPS de acuerdo a porcentajes por ventas con público en general -Pagas IVA y/o IEPS por ventas facturadas

Beneficios fiscales 8  Determinación de IVA  Determinación de IEPS Se aplican los porcentajes de acuerdo al giro o actividad a la que te dediques. Se aplican los porcentajes de acuerdo al tipo de producto o servicio que vendas.

Beneficios fiscales 8 ADICIONALMENTE: Al IVA y/o IEPS determinados se les aplicará la reducción, conforme al número de años que tengas tributando en el RIF. Reducción del impuesto Año %

1 Inscripción en el RFC Realiza la inscripción al RFC y obtén tu contraseña 2 Emisión de factura electrónica en ”Mis cuentas*” Por Ingresos: Globales, por ventas con público en general de forma diaria, semanal, mensual o bimestral, o bien individuales cuando te las soliciten.Por Ingresos Por Nómina: En caso de tener trabajadores se realiza la retención por pago de salarios y se generará la factura de manera semanal o quincenal.Por Nómina 3 Registro de gastos en “Mis cuentas*” Si recibes una factura ya no registras los gastos 4 Presentar declaración bimestral *Herramienta electrónica gratuita que el SAT pone a tu disposición en la página

Inscripción en el RFC Cédula de Identificación Fiscal Contraseña (clave de ocho dígitos)

Factura Fácil es deducible Factura Electrónica 2

18 Nómina Con la generación de tu factura electrónica de nómina a través de Mis cuentas podrás: 2  Llevar el control de la nómina de forma simplificada.  Realizar el cálculo automático del Impuesto sobre la Renta (ISR) que debes retener a tus trabajadores, o en su caso, el subsidio para el empleo que les corresponde.  Determinar automáticamente las cuotas al IMSS y las aportaciones al INFONAVIT.  Realizar consultas y reportes de los conceptos que integran tu nómina.

18 XML Representación impresa de la factura 2 Nómina

3 Registro de gastos en “Mis cuentas” Podrás seguir con el registro de gastos en la libreta y al término del bimestre se capturan los que no te hayan entregado factura electrónica señalando los datos que identifiquen a tu proveedor.

18 Bimestre Fecha de presentación Enero y FebreroDurante Marzo Marzo y AbrilDurante Mayo Mayo y JunioDurante Julio Julio y AgostoDurante Septiembre Septiembre y OctubreDurante Noviembre Noviembre y DiciembreDurante Enero Presentación de la Declaración Bimestral para

Más información: Portal de Internet: Atención telefónica en: FORMAL 1 Atención vía twitter Información relevante en: Facebook.com/CrezcamosJuntosMx