Los Derechos Sociales y el Principio de Igualdad..

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Transcripción de la presentación:

Los Derechos Sociales y el Principio de Igualdad.

Nacimiento del Principio de Igualdad Primera ola del Constitucionalismo S. XVIII: Independencia EUA y Revoluci ó n Francesa. Primera ola del Constitucionalismo S. XVIII: Independencia EUA y Revoluci ó n Francesa. Reacci ó n frente a sociedad de privilegios y castas medieval que impide a la burgues í a desarrollar su potencial econ ó mico. Reacci ó n frente a sociedad de privilegios y castas medieval que impide a la burgues í a desarrollar su potencial econ ó mico. Principio de igualdad como clave. Todos los seres humanos libres e iguales. Principio de igualdad como clave. Todos los seres humanos libres e iguales.

Ideario Liberal Todas las personas con igual capacidad para participar en el mercado. Todas las personas con igual capacidad para participar en el mercado. Intercambio voluntario de mercanc í as. Intercambio voluntario de mercanc í as. Mercado como mecanismo eficiente de asignaci ó n de factores econ ó micos y generaci ó n de riqueza. Mercado como mecanismo eficiente de asignaci ó n de factores econ ó micos y generaci ó n de riqueza. Igualdad formal ante la ley. Igualdad formal ante la ley.

Igualdad Formal (equiparaci ó n) Igualdad ante la ley: Igualdad ante la ley: 1) Igualdad en el contenido de la ley (legislador) 1) Igualdad en el contenido de la ley (legislador) 2) Igualdad en la aplicaci ó n de la ley (Jueces y administraci ó n) 2) Igualdad en la aplicaci ó n de la ley (Jueces y administraci ó n) Derecho a ser tratado sin establecer diferencias. Derecho a ser tratado sin establecer diferencias. Deber de los poderes de no diferenciar. Deber de los poderes de no diferenciar.

Consolidaci ó n del mercado y del modo de producci ó n capitalista 1789 Revoluci ó n Francesa 1789 Revoluci ó n Francesa Consolidaci ó n de Estado liberal. Consolidaci ó n de Estado liberal Revoluci ó n Industrial (C ó digos Mercantiles) 1850 Revoluci ó n Industrial (C ó digos Mercantiles) Crecimiento exponencial de las ciudades (burgos), industria, tecnolog í a, finanzas. Crecimiento exponencial de las ciudades (burgos), industria, tecnolog í a, finanzas. Acumulaci ó n de riqueza. Acumulaci ó n de riqueza.

Organizaci ó n de nueva clase social. Migraci ó n del campo a la ciudad. Migraci ó n del campo a la ciudad. Aparici ó n de clase trabajadora. Aparici ó n de clase trabajadora. Explotaci ó n de clase trabajadora. Sin derechos. Explotaci ó n de clase trabajadora. Sin derechos. Organizaci ó n de clase trabajadora (Sindicatos, Partidos). Organizaci ó n de clase trabajadora (Sindicatos, Partidos). Exigencias de clase trabajadora. Transformaci ó n del sistema de explotaci ó n. Exigencias de clase trabajadora. Transformaci ó n del sistema de explotaci ó n.

Debates y demandas de los trabajadores Marx vs Bakunin: ¿Tomar o no tomar el poder? Marx vs Bakunin: ¿Tomar o no tomar el poder? Lenin vs Bernstein: ¿C ó mo tomar el poder, Revoluci ó n o Reforma? Lenin vs Bernstein: ¿C ó mo tomar el poder, Revoluci ó n o Reforma? Revoluci ó n: Lucha armada de trabajadores para destruir la propiedad privada y el capitalismo. Revoluci ó n: Lucha armada de trabajadores para destruir la propiedad privada y el capitalismo. Reforma: lucha pol í tica para transformar al Capitalismo. Reforma: lucha pol í tica para transformar al Capitalismo.

Desarrollo hist ó rico de ambos modelos. Revoluci ó n: M é xico 1917, Rusia Revoluci ó n: M é xico 1917, Rusia Reforma: Pa í ses N ó rdicos, Francia, Inglaterra. Reforma: Pa í ses N ó rdicos, Francia, Inglaterra. 1 º s Reivindicaciones de derechos sociales como mecanismos de compensaci ó n. 1 º s Reivindicaciones de derechos sociales como mecanismos de compensaci ó n. ¿ Alemania, Espa ñ a Italia? ¿ Alemania, Espa ñ a Italia? 1 º y 2 º Guerra Mundial 1 º y 2 º Guerra Mundial

Derechos sociales, Estado Social e Igualdad material Reconocimiento de derechos como v í a para la negociaci ó n entre Capital y Trabajo. Reconocimiento de derechos como v í a para la negociaci ó n entre Capital y Trabajo. Surgimiento de Estado Social y Democr á tico de Derecho: Surgimiento de Estado Social y Democr á tico de Derecho: –Estado Social Liberal: EUA, Inglaterra –Estado Social Coorporativo: Espa ñ a, Francia, Italia. –Estado Socialdem ó crata: Holanda, Suecia, Suiza.

Igualdad Material (compensaci ó n) Reconocimiento de la necesaria intervenci ó n del Estado para compensar desigualdades. Reconocimiento de la necesaria intervenci ó n del Estado para compensar desigualdades. Derecho a ser tratado de forma desigual (Derecho a Huelga, salud, educaci ó n, vivienda). Derecho a ser tratado de forma desigual (Derecho a Huelga, salud, educaci ó n, vivienda). Deber de dar trato desigual. Deber de dar trato desigual.

Estado Social Tradicional. Selectivo (s ó lo a trabajadores). Selectivo (s ó lo a trabajadores). Discriminatorio (mujeres, ind í genas, personas con discapacidad fuera de su esfera de protecci ó n). Discriminatorio (mujeres, ind í genas, personas con discapacidad fuera de su esfera de protecci ó n). Clientelar. Clientelar. Derechos Sociales como derechos program á ticos: l í neas pol í ticas, orientaci ó n de pol í ticas p ú blicas. Derechos Sociales como derechos program á ticos: l í neas pol í ticas, orientaci ó n de pol í ticas p ú blicas. Derechos sin garant í a. Derechos sin garant í a.

Recomposici ó n de la teor í a liberal Tatcher, Reagan 1980 Tatcher, Reagan 1980 Desmovilizaci ó n clase trabajadora. Desmovilizaci ó n clase trabajadora. Caida del Muro de Berl í n. Caida del Muro de Berl í n. Regreso al Libre Mercado. Regreso al Libre Mercado. Flexibilizaci ó n laboral. Flexibilizaci ó n laboral. Reducci ó n de salarios. Reducci ó n de salarios. Desmontar pol í ticas sociales. Desmontar pol í ticas sociales.

Estado social y constitucional de derecho. Fortalecimiento de los Derechos sociales y construcci ó n de sus garant í as. Fortalecimiento de los Derechos sociales y construcci ó n de sus garant í as. Utilizaci ó n del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Utilizaci ó n del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Derechos fundamentales frente a particulares. Derechos fundamentales frente a particulares. Igualdad como reconocimiento de diferencias. Igualdad como reconocimiento de diferencias.

Igualdad como valoraci ó n de las diferencias. Hoy compensaci ó n econ ó mica y reconocimiento de diferencias. Hoy compensaci ó n econ ó mica y reconocimiento de diferencias. Ind í genas, mujeres, personas con discapacidad, personas con preferencias sexuales distintas. Ind í genas, mujeres, personas con discapacidad, personas con preferencias sexuales distintas. No discriminaci ó n (incluyendo derechos sociales) No discriminaci ó n (incluyendo derechos sociales) Construcci ó n de Estado Pluricultural. Construcci ó n de Estado Pluricultural. Rainbow State. Rainbow State.

Derechos Sociales en el Estado Social Constitucional Principios: Principios: “Todos los derechos son universales, indivisibles, interdependientes y est á n relacionados entre s í. ” “Todos los derechos son universales, indivisibles, interdependientes y est á n relacionados entre s í. ” Apartado 1.5 de la Declaraci ó n y Programa d Acci ó n de Viena, aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (ONU) 25 de junio de Apartado 1.5 de la Declaraci ó n y Programa d Acci ó n de Viena, aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (ONU) 25 de junio de 1993.

. Argumentos utilizados para distinguir derechos civiles de políticos con el objetivo de sobreponer los primeros sobre los segundos. Argumentos utilizados para distinguir derechos civiles de políticos con el objetivo de sobreponer los primeros sobre los segundos.

1)Argumento Generaciones de Derechos. Narraci ó n pedag ó gica de aparici ó n secuenciada Narraci ó n pedag ó gica de aparici ó n secuenciada Los civiles aparecen primero con el Edo Moderno. Los civiles aparecen primero con el Edo Moderno. Se convierte en herramienta argumentativa. Se convierte en herramienta argumentativa. Reconstrucci ó n lineal de Historia Reconstrucci ó n lineal de Historia

1a) Generaci ó n de derechos contraargumento. Muchas reivindicaciones igualitarias y solidarias desde Roma, medioevo,Inglaterra. Muchas reivindicaciones igualitarias y solidarias desde Roma, medioevo,Inglaterra. Diseñados para atender pobreza y compensar a grupos excluidos de los sistemas econ ó micos. Diseñados para atender pobreza y compensar a grupos excluidos de los sistemas econ ó micos. Irrupci ó n contundente 1850 Irrupci ó n contundente 1850 Antes, en Constituciones liberales: Instrucci ó n p ú blica, socorros p ú blicos, distribuci ó n de tierras Antes, en Constituciones liberales: Instrucci ó n p ú blica, socorros p ú blicos, distribuci ó n de tierras

2) Argumento Superposición axiológica Fundamentaci ó n axiol ó gica. Fundamentaci ó n axiol ó gica. Vida digna Vida digna Los Derecos civiles se vinculan de forma directa con bienes que se consideran m á s relevantes para vida digna: expresi ó n, integridad f í sica, libre culto, debido proceso, libertad de empresa, propiedad. Los Derecos civiles se vinculan de forma directa con bienes que se consideran m á s relevantes para vida digna: expresi ó n, integridad f í sica, libre culto, debido proceso, libertad de empresa, propiedad.

Principio de Dignidad Dignidad: rebeli ó n contra la imposici ó n de condiciones opresivas o humillantes de vida es elemento central en la justificaci ó n moderna de los derechos Dignidad: rebeli ó n contra la imposici ó n de condiciones opresivas o humillantes de vida es elemento central en la justificaci ó n moderna de los derechos En t é rminos normativos, vida digna se relaciona con elementos negativos y positivos. En t é rminos normativos, vida digna se relaciona con elementos negativos y positivos.

Perspectiva del Utilitarismo negativo Utilitarismo negativo: la idea de dignidad vinculada a condiciones que permitan preservar integridad fisica y ps í quica y minimizar malestar, da ñ o u opresi ó n. Utilitarismo negativo: la idea de dignidad vinculada a condiciones que permitan preservar integridad fisica y ps í quica y minimizar malestar, da ñ o u opresi ó n.

Perspectiva constructivista La dignidad ligada a la maximizaci ó n de autonom í a y libre desarrollo de la personalidad. Desde esta perspectiva el principio de dignidad est á conectado a la satisfacci ó n de aquellas necesidades que permitan perseguir libremente fines y planes de vida propios y participar en la construcci ó n de la vida social. La dignidad ligada a la maximizaci ó n de autonom í a y libre desarrollo de la personalidad. Desde esta perspectiva el principio de dignidad est á conectado a la satisfacci ó n de aquellas necesidades que permitan perseguir libremente fines y planes de vida propios y participar en la construcci ó n de la vida social.

Justificaciones complementarias Si la remoci ó n del da ñ o y la opresi ó n tienen un valor normativo relevante es, entre otras razones, porque son precondiciones para el libre desarrollo de la propia personalidad y la participaci ó n en los asuntos p ú blicos. Si la remoci ó n del da ñ o y la opresi ó n tienen un valor normativo relevante es, entre otras razones, porque son precondiciones para el libre desarrollo de la propia personalidad y la participaci ó n en los asuntos p ú blicos.

2a) Contraargumento¿cómo pueden existir los primeros sin los segundos? Derecho a la vida- alimentaci ó n, agua, salud. Derecho a la vida- alimentaci ó n, agua, salud. Derecho a la intimidad o desarrollo de personalidad- acceso a vivienda adecuada Derecho a la intimidad o desarrollo de personalidad- acceso a vivienda adecuada Derecho a la expresi ó n, voto- derecho a la educaci ó n. Derecho a la expresi ó n, voto- derecho a la educaci ó n.

3) Argumento de Diferencias estructurales Los civiles tienen contenidos claramente definidos, obligaciones negativas (no hacer) que no costosas. Los civiles tienen contenidos claramente definidos, obligaciones negativas (no hacer) que no costosas. Los sociales son vagos, obligaciones positivas (hacer) que son costosas. Los sociales son vagos, obligaciones positivas (hacer) que son costosas.

3a) ¿Diferencias estructurales? Contra argumento Si se analiza a detalle se descubre falta de argumentaci ó n s ó lida con apariencia ideol ó gica. Si se analiza a detalle se descubre falta de argumentaci ó n s ó lida con apariencia ideol ó gica. Contenidos vagos de DESC? Ver observaciones Grales. PIDESC, Jurisprudencia, Teor í a. Contenidos vagos de DESC? Ver observaciones Grales. PIDESC, Jurisprudencia, Teor í a. Indefinici ó n de Civiles: Informaci ó n, vida, libre culto, libertad, propiedad intenso debate Indefinici ó n de Civiles: Informaci ó n, vida, libre culto, libertad, propiedad intenso debate

3b)¿Obligaciones negativas y no costosas de civiles? ¿Civiles no hacer, no costosos? Derecho al voto: IFE, Trife Financiaci ó n de Partidos Propiedad: registros, tribunales, polic í a Informaci ó n: IFAI ¿ Sociales hacer, costosos? Vivienda- No Desalojo Alimentaci ó n-

Conclusi ó n Los derechos sociales son, al igual que los derechos civiles y político, derechos fundamentales cuyo fundamento axiológico es… “la igual satisfacción de las necesidades básicas de todas las personas y, con ello, en su igual dignidad, libertad, seguridad y diversidad.” Todos son universales, imprescriptibles, inalienables y coexisten en una relación de interdependencia e indivisibilidad con todos los demás derechos. Los derechos sociales son, al igual que los derechos civiles y político, derechos fundamentales cuyo fundamento axiológico es… “la igual satisfacción de las necesidades básicas de todas las personas y, con ello, en su igual dignidad, libertad, seguridad y diversidad.” Todos son universales, imprescriptibles, inalienables y coexisten en una relación de interdependencia e indivisibilidad con todos los demás derechos.

Teoría crítica de las obligaciones Por tanto las obligaciones del Estado frente a todos los derechos no pueden dividirse en cajones separados sino que conviven en un continum. Por tanto las obligaciones del Estado frente a todos los derechos no pueden dividirse en cajones separados sino que conviven en un continum. Frente a todos los derechos el Estado tiene obligaciones de: Frente a todos los derechos el Estado tiene obligaciones de: Respetar Respetar Proteger Proteger Garantizar (promover) Garantizar (promover) Estas obligaciones pueden ser halladas en cualquier derecho. Estas obligaciones pueden ser halladas en cualquier derecho.

Obligación de respetar El Estado no debe intervenir en la actividad de los ciudadanos protegida por el derecho. Ejemplo: El Estado no debe intervenir en la actividad de los ciudadanos protegida por el derecho. Ejemplo: No puede impedir que me reúna con otros ciudadanos (reunión). No puede impedir que me reúna con otros ciudadanos (reunión). No puede desalojarme por la fuerza del lugar en donde vivo (vivienda). No puede desalojarme por la fuerza del lugar en donde vivo (vivienda). El Estado no puede expropiar tierra a las poblaciones para las cuales el acceso a ese recurso constituye la principal forma de alimentación (alimentación). El Estado no puede expropiar tierra a las poblaciones para las cuales el acceso a ese recurso constituye la principal forma de alimentación (alimentación).

Obligación de proteger Se refiere al deber de prevenir que las personas resulten de una u otra forma afectadas, en el interés o necesidad protegido por el derecho, por terceros. Ejemplo: El estado debe proteger a personas en situación de escasez de alimentos cuando corporaciones privadas amenacen con privarlas de tierra, agua, trabajo. El estado debe proteger a personas en situación de escasez de alimentos cuando corporaciones privadas amenacen con privarlas de tierra, agua, trabajo.

Obligación de cumplir (facilitar, promover, garantizar) El Estado debe adoptar medidas en el caso de que existan personas que por razones diversas no puedan proveerse a si mismas con el recurso o la necesidad protegida por el derecho. El Estado debe adoptar medidas en el caso de que existan personas que por razones diversas no puedan proveerse a si mismas con el recurso o la necesidad protegida por el derecho. Ejemplo: Solicitar ayuda humanitaria en caso de hambruna, producir una reforma en materia agraria para mejorar la producción y distribución de alimentos. Estas obligaciones están sujetas a los recursos con los que cuente el Estado pero incurrirá en una violación cuando el Estado se limite a hacer nada. Ejemplo: Solicitar ayuda humanitaria en caso de hambruna, producir una reforma en materia agraria para mejorar la producción y distribución de alimentos. Estas obligaciones están sujetas a los recursos con los que cuente el Estado pero incurrirá en una violación cuando el Estado se limite a hacer nada. PIDESC divide entre facilitar = promover y hacer efectivo = garantizar PIDESC divide entre facilitar = promover y hacer efectivo = garantizar

Perspectiva Garantista: Universalidad Universalidad Interdependencia Interdependencia Exigibilidad Exigibilidad

Obstáculos en la protección de los DESC 1) Autorrestricción del Poder Judicial: Miedo a invalidar decisiones que suelen calificarse como políticas o técnicas. Miedo a invalidar decisiones que suelen calificarse como políticas o técnicas. No existen definiciones absolutas sobre el carácter político o técnico de una cuestión. No existen definiciones absolutas sobre el carácter político o técnico de una cuestión. No todas las obligaciones estatales en materia DESC tienen un carácter político o técnico. No todas las obligaciones estatales en materia DESC tienen un carácter político o técnico.

2) Ausencia de garantías y mecanismos procesales adecuados para proteger los DESC. Las acciones judiciales construidas por el ordenamiento (heredero de una tradición individualista y patrimonialista) están diseñadas para la protección de los derechos civiles y la resolución de conflictos individuales. Class Action. Class Action. Acción Civil Pública. Acción Civil Pública.

3) Escasa tradición de control Judicial en la Materia. Obstáculo cultural: Obstáculo cultural: Falta de percepción por las propias víctimas de que su conflicto supone violación a DESC. Falta de percepción por las propias víctimas de que su conflicto supone violación a DESC. Falta de cultura garantista en la materia por parte de operadores jurídicos: abogados jueces. No utilización de Tratados Internacionales. Falta de cultura garantista en la materia por parte de operadores jurídicos: abogados jueces. No utilización de Tratados Internacionales.

4) Teorización de los DESC como Líneas programáticas. 1a Generación: Derechos Civiles y Políticos Obligaciones negativas, No hacer, No costosas 2a Generación: DESC Obligaciones positivas, Hacer Costosas

Las diferencias entre Derechos Civiles y DESC son de grado más que de sustancia Las diferencias entre Derechos Civiles y DESC son de grado más que de sustancia A todos los derechos corresponden obligaciones de hacer y no hacer. A todos los derechos corresponden obligaciones de hacer y no hacer. Las obligaciones de los derechos Civiles también son costosas Las obligaciones de los derechos Civiles también son costosas Algunos derecho considerados tradicionalmente como de libertad han adquirido carácter social: Libertad de expresión-derecho a la información Algunos derecho considerados tradicionalmente como de libertad han adquirido carácter social: Libertad de expresión-derecho a la información Los derecho de huelga y de participación son difíciles de encerrar en nociones tradicionales de derechos civiles por su carácter colectivo. Los derecho de huelga y de participación son difíciles de encerrar en nociones tradicionales de derechos civiles por su carácter colectivo. Teoría crítica de las generaciones.

Obligaciones Genéricas que se desprenden del PIDESC a) Obligación de adoptar medidas inmediatas. b) Obligación de garantizar niveles esenciales de los DESC c) Obligación de progresividad y prohibición de regresividad

a) Medias Inmediatas El PIDESC obliga al Estado a instrumentar en un plazo breve actos concretos, deliberados y orientados a satisfacer las obligaciones (PIDESC 2.1 y OG, no.3 punto 2). El PIDESC obliga al Estado a instrumentar en un plazo breve actos concretos, deliberados y orientados a satisfacer las obligaciones (PIDESC 2.1 y OG, no.3 punto 2). Esto significa que el Estado está obligado a comenzar a dar pasos inmediatos hacia metas establecidas y en caso de que no lo haga deberá justificar porque no ha ido en esta dirección, porque lo ha hecho lentamente o porqué ha retrocedido. Esto significa que el Estado está obligado a comenzar a dar pasos inmediatos hacia metas establecidas y en caso de que no lo haga deberá justificar porque no ha ido en esta dirección, porque lo ha hecho lentamente o porqué ha retrocedido.

a) Medidas inmediatas: A.1) Garantizar que los DESC se ejercerán sin discriminación. A.1) Garantizar que los DESC se ejercerán sin discriminación. El artículo 2.2 del PPIDESC señala que los Estados Parte “…se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos sin discriminación alguna por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”. El artículo 2.2 del PPIDESC señala que los Estados Parte “…se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos sin discriminación alguna por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”. A.2) Adoptar medidas: Adecuación del marco legal, relevamiento de información, provisión de recursos efectivos.

b) Obligación de garantizar niveles esenciales de los derechos b) Obligación de garantizar niveles esenciales de los derechos Existe la obligación de que el Estado asegure la satisfacción de los niveles esenciales de cada derecho (Limburgo 25 y OG no.3 punto 10). Existe la obligación de que el Estado asegure la satisfacción de los niveles esenciales de cada derecho (Limburgo 25 y OG no.3 punto 10). Es verdad que el cumplimiento de estas obligaciones debe tomar en cuenta la limitación de recursos; sin embargo el Estado debe probar que ha realizado todos los esfuerzos para satisfacer esas obligaciones mínimas, por lo menos a los más desprotegidos. Es verdad que el cumplimiento de estas obligaciones debe tomar en cuenta la limitación de recursos; sin embargo el Estado debe probar que ha realizado todos los esfuerzos para satisfacer esas obligaciones mínimas, por lo menos a los más desprotegidos.

c) Obligación de progresividad y prohibición de regresividad Progresividad significa: Progresividad significa: Gradualidad: el derecho debe garantizarse en un periodo de tiempo Gradualidad: el derecho debe garantizarse en un periodo de tiempo Progreso: es obligación del Estado mejorar las condiciones de goce y ejercicio de los derechos. Progreso: es obligación del Estado mejorar las condiciones de goce y ejercicio de los derechos.

Habilidad en el planteamiento Conseguir que los DESC sean protegidos depende en gran medida de la capacidad de los actores de relacionar los derechos y describir como se encuentran entrelazadas las violaciones de obligaciones positivas y negativas. Así mismo es importante poder demostrar las consecuencias de dicha violación. Conseguir que los DESC sean protegidos depende en gran medida de la capacidad de los actores de relacionar los derechos y describir como se encuentran entrelazadas las violaciones de obligaciones positivas y negativas. Así mismo es importante poder demostrar las consecuencias de dicha violación.

Se pueden proteger DESC a través de obligaciones de derechos civiles A) No discriminación. B) Debido proceso. C) Obligaciones positivas de derechos civiles. D) DESC como límites a al ejercicio de derechos civiles

Derecho a la alimentación. Contenido mínimo. (artículo 11, OG 12) Acceso físico y económico a la alimentación adecuada o a los medios para obtenerla. Acceso físico y económico a la alimentación adecuada o a los medios para obtenerla. Dos conceptos clave para comprender las obligaciones Dos conceptos clave para comprender las obligaciones Adecuación: para poder determinar si ciertas formas de alimentos o regímenes son las adecuadas (elementos nutritivos). Adecuación: para poder determinar si ciertas formas de alimentos o regímenes son las adecuadas (elementos nutritivos). Sostenibilidad: disponibilidad y accesibilidad en el presente y en el futuro. Sostenibilidad: disponibilidad y accesibilidad en el presente y en el futuro.

Derecho a la alimentación II El contenido básico del derecho comprende: El contenido básico del derecho comprende: Disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer necesidades alimentarias, sin sustancias nocivas y aceptables para una cultura determinada Disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer necesidades alimentarias, sin sustancias nocivas y aceptables para una cultura determinada Accesibilidad en forma sostenible y sin dificultar el goce de otros derechos Accesibilidad en forma sostenible y sin dificultar el goce de otros derechos

Derecho a la alimentación III Disponibilidad: garantizar las posibilidades del individuo de alimentarse directamente o mediante sistemas de distribución. Disponibilidad: garantizar las posibilidades del individuo de alimentarse directamente o mediante sistemas de distribución. Necesidades alimentarias: obliga al Estado a garantizar una combinación de productos nutritivos para crecimiento físico y mental y el desarrollo y la actividad física de las personas Necesidades alimentarias: obliga al Estado a garantizar una combinación de productos nutritivos para crecimiento físico y mental y el desarrollo y la actividad física de las personas Sin sustancias nocivas: obligación de instrumentar medidas de protección para evitar contaminación por mala higiene, adulteración Sin sustancias nocivas: obligación de instrumentar medidas de protección para evitar contaminación por mala higiene, adulteración Accesibilidad económica y física: Capacidad de adquirir los productos sin afectar otros derechos, programas especiales para personas en situación de vulnerabilidad. Accesibilidad económica y física: Capacidad de adquirir los productos sin afectar otros derechos, programas especiales para personas en situación de vulnerabilidad.

Alimentación Obligaciones inmediatas No adoptar medidas regresivas. No adoptar medidas regresivas. Deber de adoptar medidas legislativas y administrativas dirigidas a cumplir con lo señalado en el PIDESC. Deber de adoptar medidas legislativas y administrativas dirigidas a cumplir con lo señalado en el PIDESC. El deber de adoptar las medidas en un tiempo razonable El deber de adoptar las medidas en un tiempo razonable Deber de desplegar todos los esfuerzos posibles y recurrir al máximo de recursos humanos. Deber de desplegar todos los esfuerzos posibles y recurrir al máximo de recursos humanos. Deber de garantizar el ejercicio de los derechos alimentarios sin discriminación. Deber de garantizar el ejercicio de los derechos alimentarios sin discriminación. Deber de prioridad en su actuación a grupos más vulnerables o con necesidades más urgentes. Deber de prioridad en su actuación a grupos más vulnerables o con necesidades más urgentes. Deber de garantizar en situaciones de crisis el contenido mínimo para quienes carezcan de alimento Deber de garantizar en situaciones de crisis el contenido mínimo para quienes carezcan de alimento

Alimentación Obligaciones genéricas I De respeto: De respeto: No desalojar productores de autoconsumo. No desalojar productores de autoconsumo. Que el ejército no ocupe tierras productivas. Que el ejército no ocupe tierras productivas. No aprobar leyes que permitan la compraventa de tierras comunales protegidas. No aprobar leyes que permitan la compraventa de tierras comunales protegidas. Evitar la destrucción de recursos productivos por compañías gubernamentales Evitar la destrucción de recursos productivos por compañías gubernamentales Ofrecer sistemas de justicia para denunciar la violación del derecho. Ofrecer sistemas de justicia para denunciar la violación del derecho. No favorecer políticas de importación de productos con menor valor nutricional No favorecer políticas de importación de productos con menor valor nutricional No instrumentar programas de ajuste estructuralque provocan desnutrición generalizada No instrumentar programas de ajuste estructuralque provocan desnutrición generalizada

Alimentación Obligaciones genéricas II De Protección: De Protección: No protección frente a desalojos de teceros. No protección frente a desalojos de teceros. Falta de información frente a desinformación nutricional de coorporaciones. Falta de información frente a desinformación nutricional de coorporaciones. Permitir que particulares ocupen territorios indebidamente provocando desabasto. Permitir que particulares ocupen territorios indebidamente provocando desabasto. Permitir ayuda alimentaria de baja calidad. Permitir ayuda alimentaria de baja calidad. Permitir la contaminación de aguas y alimentos por particulares. Permitir la contaminación de aguas y alimentos por particulares. De Satisfacción: De Satisfacción: Elaborar sistema de abasto eficientes. Elaborar sistema de abasto eficientes. Crear medidas de emergencia adecuadas por hambruna. Crear medidas de emergencia adecuadas por hambruna. Otorgamiento de despensas humanitarias Otorgamiento de despensas humanitarias Otorgar subsidios para alimentos básicos Otorgar subsidios para alimentos básicos

Derecho a la vivienda Contenido mínimo Concepto clave para contenido mínimo: Adecuación. Concepto clave para contenido mínimo: Adecuación. Seguridad Jurídica de la tenencia Seguridad Jurídica de la tenencia Disponibilidad de servicios materiales Disponibilidad de servicios materiales Gastos soportables Gastos soportables Habitabilidad Habitabilidad Asequibilidad Asequibilidad Lugar Lugar Adecuacuaci ó n cultural Adecuacuaci ó n cultural

Vivienda Obligaciones inmediatas No adoptar medidas regresivas. No adoptar medidas regresivas. Deber de adoptar medidas legislativas y administrativas dirigidas a cumplir con lo señalado en el PIDESC. Deber de adoptar medidas legislativas y administrativas dirigidas a cumplir con lo señalado en el PIDESC. El deber de adoptar las medidas en un tiempo razonable El deber de adoptar las medidas en un tiempo razonable Deber de desplegar todos los esfuerzos posibles y recurrir al máximo de recursos humanos. Deber de desplegar todos los esfuerzos posibles y recurrir al máximo de recursos humanos. Deber de garantizar el ejercicio de los derechos alimentarios sin discriminación. Deber de garantizar el ejercicio de los derechos alimentarios sin discriminación. Deber de prioridad en su actuación a grupos más vulnerables o con necesidades más urgentes. Deber de prioridad en su actuación a grupos más vulnerables o con necesidades más urgentes. Deber de garantizar en situaciones de crisis el contenido mínimo para quienes carezcan de alimento Deber de garantizar en situaciones de crisis el contenido mínimo para quienes carezcan de alimento

Vivienda Obligaciones I De respeto: De respeto: 1) Deber de deferencia frente a la autotutela para la construcción de vivienda e incluso en ocasiones frente a ocupación pacífica en un contexto de especulación generalizada y falta de exigibilidad. 1) Deber de deferencia frente a la autotutela para la construcción de vivienda e incluso en ocasiones frente a ocupación pacífica en un contexto de especulación generalizada y falta de exigibilidad. 2) Prohibición de impulsar, promover o consentir desalojos o demoliciones. En caso de que estos puedan resultar justificados el Estado debe: 2) Prohibición de impulsar, promover o consentir desalojos o demoliciones. En caso de que estos puedan resultar justificados el Estado debe: Realizar estudios previos de impacto Realizar estudios previos de impacto Notificar con antelación en tiempo razonable Notificar con antelación en tiempo razonable Otorgar a ciudadanos toda información relevante y el derecho a ser consultados para proponer alternativas Otorgar a ciudadanos toda información relevante y el derecho a ser consultados para proponer alternativas Deber de compensar. Deber de compensar. Deber e impedir que una persona quede sin techo Deber e impedir que una persona quede sin techo Deber de proporcionar asistencia jurídica así como mecanismos jurisdiccionales o administrativos de reclamo. Deber de proporcionar asistencia jurídica así como mecanismos jurisdiccionales o administrativos de reclamo. 3) Prohibición de regresividad. 3) Prohibición de regresividad.

Vivienda Obligaciones II De protección: De protección: Medidas encaminadas a impedir especulación. Medidas encaminadas a impedir especulación. Gravar fiscalmente la adquisición de segundas viviendas. Gravar fiscalmente la adquisición de segundas viviendas. Impedir que los privados participen en desalojos. Impedir que los privados participen en desalojos. Adoptar medidas que obliguen a promotoras a respetar estándares ecológicos y sanitarios Adoptar medidas que obliguen a promotoras a respetar estándares ecológicos y sanitarios Impedir discriminación de inquilinos Impedir discriminación de inquilinos Medidas para evitar fraudes cometidos por agencias intermediarias Medidas para evitar fraudes cometidos por agencias intermediarias Medidas que protejan la vivienda familiar frente a embargos Medidas que protejan la vivienda familiar frente a embargos

Vivienda Obligaciones III De satisfacción De satisfacción I) De tipo normativo, no costosas: I) De tipo normativo, no costosas: Desarrollo de derechos habitacionales. Desarrollo de derechos habitacionales. Evaluación de recursos disponibles (inventario de suelo disponible). Evaluación de recursos disponibles (inventario de suelo disponible). Provisión de títulos que garanticen seguridad de la tenencia. Provisión de títulos que garanticen seguridad de la tenencia. Imponer límites ambientales o sociales a la liberación el suelo. Imponer límites ambientales o sociales a la liberación el suelo. Evitar el encarecimiento del alquiler. Evitar el encarecimiento del alquiler. II) De tipo prestacional: II) De tipo prestacional: Recursos públicos para rehabilitación. Recursos públicos para rehabilitación. Construcción de vivienda para grupos vulnerables. Construcción de vivienda para grupos vulnerables. Mejora del transporte público. Mejora del transporte público. Construcción y oferta de vivienda pública de alquiler. Construcción y oferta de vivienda pública de alquiler. Beneficios fiscales para la compra de vivienda. Beneficios fiscales para la compra de vivienda. Creación de albergues y centros de alojamiento. Creación de albergues y centros de alojamiento.

Derecho al Agua Contenido esencial m í nmo del Derecho al agua. Contenido esencial m í nmo del Derecho al agua. Desarrollo en la Observaci ó n General 15 Desarrollo en la Observaci ó n General 15 De acuerdo con el Comit é DESC, dicho derecho se desprende de los art í culos 11.1 y 12 del Pacto De acuerdo con el Comit é DESC, dicho derecho se desprende de los art í culos 11.1 y 12 del Pacto “ El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y dom é stico

Elementos del Derecho al agua. Ahora bien, debido a que lo que resultaadcuado para el ejercicio del derecho puede variar en funci ó n de las regiones. 5 elementos para cualquier circunstancia. Ahora bien, debido a que lo que resultaadcuado para el ejercicio del derecho puede variar en funci ó n de las regiones. 5 elementos para cualquier circunstancia. Disponibilidad Disponibilidad Calidad Calidad Accesibilidad f í sica Accesibilidad f í sica Accesibilidad Econ ó mica Accesibilidad Econ ó mica No discriminaci ó n No discriminaci ó n

Obligaciones derecho al agua I Respeto: Respeto: Bajo ninguna puede privarse a persona alguna del acceso m í nimo indispensable al agua para uso personasl y dom é stico. Bajo ninguna puede privarse a persona alguna del acceso m í nimo indispensable al agua para uso personasl y dom é stico. Prohibici ó n de las fuentes de contaminaci ó n por parte de instituciones estatales. Prohibici ó n de las fuentes de contaminaci ó n por parte de instituciones estatales.

Obligaciones derecho al agua II Protecci ó n: Protecci ó n: El Estado est á obligado a impedir que terceros menoscaben el disfrute del derecho al agua. El Estado est á obligado a impedir que terceros menoscaben el disfrute del derecho al agua. Caso Xoxocotla. Caso Xoxocotla.

Obligaciones derecho al agua III Cumplir (facilitar, promover garantizar): Cumplir (facilitar, promover garantizar): Facilitar: adoptar medidas positivas que permitana todas las personas acceder al derecho. Facilitar: adoptar medidas positivas que permitana todas las personas acceder al derecho. Promover: adoptar estrategias de difusi ó n y comunicaci´n sobre el uso adecuado del agua. Promover: adoptar estrategias de difusi ó n y comunicaci´n sobre el uso adecuado del agua. Garantizar: el Estado queda obligado a hacer efectivo el deecho en caso sen los que personas, por circunstancias ajenas a su voluntad no est á n en condiciones de ejercer el derecho. Garantizar: el Estado queda obligado a hacer efectivo el deecho en caso sen los que personas, por circunstancias ajenas a su voluntad no est á n en condiciones de ejercer el derecho.

Dos estrategias de reclamo para los movimientos. Defensa política. Los derechos sociales fundamentales como respaldo argumentativo para la defensa y la legitimidad política de los movimientos. Defensa política. Los derechos sociales fundamentales como respaldo argumentativo para la defensa y la legitimidad política de los movimientos. Defensa jurídica indirecta. Defensa jurídica indirecta.

Caso Zwaan de Vries vs. Países Bajos Legislación holandesa sobre prestaciones por desempleo Legislación holandesa sobre prestaciones por desempleo

Brown vs. Board of education (1954 Kansas) Segregación racial a niños en acceso a la educación. Segregación racial a niños en acceso a la educación.

Organización árabe Adalah Discriminación derecho a la salud Discriminación derecho a la salud

Eldridge vs British Columbia