PLAN PILOTO-CÓRDOBA -PROFUNDIZACIÓN DEL SISTEMA ACUSATORIOEN LA REFORMA PROCESAL PENAL -IMPLEMENTACIÓN DE LA ORALIDAD EN LAS ETAPAS PREVIAS AL JUICIO-

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Transcripción de la presentación:

PLAN PILOTO-CÓRDOBA -PROFUNDIZACIÓN DEL SISTEMA ACUSATORIOEN LA REFORMA PROCESAL PENAL -IMPLEMENTACIÓN DE LA ORALIDAD EN LAS ETAPAS PREVIAS AL JUICIO-

Investigación Penal Preparatoria casos flagrancia y cuasiflagrancia Tramo que abarca: desde la aprehensión en flagrancia hasta la audiencia de control de detención.

Pasos a seguir: 1) Aprehensión en flagrancia y cuasiflagrancia: a) Notificación verbal de los derechos a los aprehendidos, especialmente el relativo a que puede designar un abogado de su confianza. (comunicación telefónica garantizada).- b) Identificar los testigos presenciales y datos de la víctima

…. 2) Presentación del aprehendido inmediatamente con el procedimiento en la Unidad Judicial (art. 278 C.P.P.) El procedimiento deberá entregarse haciendo conocer, en su caso, el número identificatorio del hecho que generó el Centro de Comunicaciones de la Policía de la Provincia. (descripción del hecho e información relevante en formulario).

Continuación.... 3) Elaboración de actas, en el lugar de la aprehensión o en la Unidad Judicial, según el caso, con participación de testigos en lo posible ajenos a la repartición, de lo contrario indicar motivos por lo cual ello no es posible.

..... 4) Comenzar con la elaboración del legajo de antecedentes probatorios en formularios preconformados estandarizados (receptar declaración a los testigos identificados). La policía judicial deberá realizar la comunicación inmediata al Fiscal por duplicado para el defensor, dejando constancia en el legajo, circunstancia que debe ser adelantada por correo electrónico.

..... 5) El Fiscal debe confirmar la imputación, transformar la aprehensión en detención , tomar huellas, enviar al detenido para el médico forense y tomar las fotos correspondientes. Disponer otras medidas probatorias conforme a las circunstancias particulares del hecho ej: exhibición de objetos etc. Etc.

5to. Paso… b) Inmediatamente de tomadas las huellas, generar formulario 012. Para obtener planilla de antecedentes de la policía de la provincia de Córdoba. Y remitir huellas a la U.E.R. Generar el pedido de información a través de Unidad de Expedición Remota (U.E.R. a disposición de la Mesa de Atención Permanente). Chequear asimismo antecedentes en el SAC. c) Clasificar conforme a la información de los antecedentes si corresponde la intervención de la Unidad de Flagrancia. (Ejemplo: acumulación a otras causas; ). d) Clasificar asimismo en delitos leves, medianos y graves (teniendo en cuenta que hasta 3 de prisión se consideran leves; hasta 6 de prisión medianos y más años de prisión graves, tomados individualmente. Asimismo tener en cuenta los que tienen prioridad de juzgamiento independientemente de la clasificación en leve, mediano o grave y aquellos casos donde haya directiva de la Fiscalía general por política criminal). Informar y poner a disposición del Juzgado de menores en caso que haya niños imputados.

…. Esta información debe estar disponible a la mañana hábil siguiente a la aprehensión a los fines de receptarse la declaración del imputado y fijarse inmediatamente, conforme a la información disponible, la audiencia de control de detención.

Audiencia de Control de detención Los objetivos de esta audiencia son: 1) El control jurisdiccional de la legalidad y mérito de la detención 2) Resolver la continuidad de la medida de coerción o el recupero de la libertad.

Condiciones legales necesarias previas… a) Antecedentes (planilla) b) Declaración del Imputado recibida. c) Decreto de Detención Plazo Cinco días corridos como máximo contados desde la fecha en que se produjo la aprehensión.

Recursos Requeridos para la audiencia Humanos: Redistribución de los existentes una vez ponderada la carga de trabajo. Incorporar refuerzos de resultar necesario para el Juzgado de Control. Un Secretario y personal a su cargo, encargados de la Gestión Administrativa de las Audiencias y coordinación con el Servicio Penitenciario.

El empleado capacitado en la gestión tendría las siguientes tareas: -Recibir el pedido de audiencia (primera o segunda) por parte del Fiscal o defensor. - Agendar la audiencia (manejo de los tiempos de los jueces y de los tiempos de la audiencia en función del objetivo de la misma) -Asegurar mediante la coordinación con el Servicio Penitenciario (Coordinación y enlace) y la Fiscalía y la defensa del imputado y de la víctima, la comparecencia del imputado y de la víctima si así lo requiere, en día y hora fijada como así también de las partes. (medios formales y no formales consensuados: teléfono, correo electrónico etc.) Coordinar el tiempo de las audiencias para lograr la realización de todas las audiencias agendadas. Operar el sistema informático

Función del Secretario: -Supervisar el registro informático, con los medios disponibles, la información que se produzca en la audiencia, con específica constancia de las peticiones de las partes y de la resolución del juez. (el acta, elaborada a través de un formulario pre-impreso que se glosará al legajo, haciendo mención de dónde queda el registro informático en su caso para posibilitar el acceso de los interesados) -Presenciar la audiencia, dando fé.-

INFRAESTRUCTURA Sala de audiencia acondicionada con el mobiliario funcional para la recepción del tipo de audiencia, una pc conectada a la red con los servicios tecnológicos disponibles en el Poder Judicial, desarrollo informático de agenda de audiencia, registro y módulo estadístico. Sistema de audio, micrófono, MP3, etc.

SEGUNDA AUDIENCIA: OBJETIVOS Con el imputado detenido: Producir una resolución con la mayor celeridad de la situación procesal a través de la aplicación de las siguientes alternativas legales disponibles:

RESOLUCIÓN DE LA SITUACIÓN PROCESAL DEL IMPUTADO Suspensión de Juicio a Prueba -Juicio Abreviado Inicial -Elevación a Juicio con Prisión Preventiva -Sobreseimiento.

Condiciones Legales Necesarias Previas a la segunda audiencia Primera Audiencia realizada y cumplida. Acusación efectuada en los términos del art. 355 CPP formalizada por escrito y en el mismo acto Prisión Preventiva si corresponde. Plazo Hasta 20 días corridos como máximo contados desde la fecha de aprehensión.

Recursos Requeridos para la 2da. audiencia Además de los establecidos para la primera audiencia, a) La coordinación con el Ministerio de Justicia – Patronato del Liberado- como órgano auxiliar del Juez de Control, en el ejercicio del control de la ejecución y seguimiento de los casos. Y coordinación con el Centro Judicial de Mediación para las salidas alternativas. b) Las propuestas de salidas alternativas pueden provenir tanto de la Fiscalía como de la defensa, razón por la cual el seguimiento y cumplimiento de las posibles condiciones o restricciones que se impongan deberán estar a cargo de un organismo capacitado para el control de dichas circunstancias.

ACTIVIDADES NECESARIAS PARA LOGRAR LOS OBJETIVOS… CAPACITACIÓN PARA LOS PRIMEROS PASOS CAPACITACIÓN EN LITIGACIÓN CAPACITACIÓN EN GESTIÓN COORDINACIÓN INTERINTITUCIONAL CONTROL Y SEGUIMIENTO PRODUCCIÓN DE INDICADORES (S.A.C)

TRATAMIENTO JUDICIAL DE OTROS CASOS… Casos de aprehensión en flagrancia o cuasi-flagrancia en los que se dispuso inicialmente el recupero de libertad, o el cese de la coerción por decisiones judiciales ulteriores. Se propone como viable dentro del Plan Piloto para Casos de Flagrancia y Cuasiflagrancia:

…. Identificar tempranamente los procesos en los que el cese de la medida de coerción se vincule con la debilidad probatoria para posibilitar el cierre a través de las resoluciones judiciales pertinentes (archivo, sobreseimiento). Afinar la selectividad para los procesos en los que el cese de la medida de coerción no se vincula con la debilidad probatoria, a las causas que tengan querellante particular y actor civil, prioridades de juzgamiento conforme a Instrucciones del Fiscal General y Acordadas del TSJ, o en lo que la víctima manifieste interés en su prosecución. Este colectivo de causas podrá ser abordado a través de la suspensión del juicio a prueba y juicio abreviado inicial en la investigación penal preparatoria; o bien en el nivel juicio.

Identificación de resoluciones judiciales que demandan un seguimiento o alternativas para el trámite previo: a) Apelaciones: 1) En contra de la decisión del Juez de Control de mantener la coerción en la Audiencia de Control de Detención (ACD). Es esperable un nivel de impugnabilidad mínimo en la medida en que la conclusión de la investigación preparatoria se presente como próxima.

…. 2) En contra de la decisión del Juez de Control de validar la acusación (con o sin prisión preventiva) en la Segunda Audiencia (ACA). Es esperable un nivel de impugnabilidad mayor en los procesos en los que en esa segunda audiencia no se hayan obtenido consensos para las alternativas del juicio abreviado inicial o suspensión del juicio a prueba.

Trámites sugeridos para el recurso de apelación en los casos del plan piloto.. Tramitar efectivamente por vía incidental las apelaciones que se ciñan exclusivamente a la coerción para no lentificar el trámite del proceso principal. Indagación del Juez de Control a las partes para que expresen en la audiencia si impugnarán la decisión adversa que ha dictado y, en su caso, conceda o deniegue el recurso en la misma oportunidad, para abreviar términos y simplificar tanto las resoluciones cuanto las notificaciones.

a) Informe oral de los apelantes. … a) Informe oral de los apelantes. b) Tratamiento prioritario por la Cámara de Acusación de las apelaciones relativas a procesos incluidos en el programa piloto.

… b) Suspensión del juicio a prueba Se propicia que si Fiscal y Defensor coinciden en la posibilidad de la suspensión del juicio a prueba durante la investigación preparatoria, se derive el caso hacia el Centro Judicial de Mediación para favorecer a través de la actuación de operadores expertos (mediadores) las chances de lograr un acuerdo entre autor y víctima (intervención del abogado de la víctima)

Causas elevadas a juicio: Causas en flagrancia por delitos graves: En estos procesos cuyo juzgamiento se encuentra asegurado en el sistema actual se propicia disminuir hasta tres meses la realización del juicio para evitar que la alternativa del juicio abreviado inicial sea visualizada negativamente por la mayor distancia temporal.

--- b) Causas en flagrancia por delitos leves y medios: Estos procesos tienen en la actualidad escasas posibilidades de juzgamiento. Con los correctivos que se propician en la etapa preparatoria (afinamiento de la selectividad a causas con querellante particular y actor civil, prioridades de juzgamiento conforme a Instrucciones del Fiscal General y Acordadas del TSJ, o en lo que la víctima manifieste interés en su prosecución ), se aspira que si en ella han fracasado las alternativas (suspensión del juicio a prueba, juicio abreviado inicial), este menor volumen de casos pueda ser tratado en el nivel juicio con alternativas diferentes a las de la prescripción.

… Será altamente valioso que el Ministerio Público posibilite la actuación de los Fiscales de Instrucción en el juicio criminal o correccional; que ellos coadyuven con el Fiscal Correccional o de Cámara, o que determine a un Fiscal de Cámara (o en su caso Correccional) para integrarlo entre los actores incluidos en el Plan Piloto para Casos de Flagrancia y Cuasiflagrancia.

…. Contralor de la ejecución de la suspensión del juicio a prueba, de la condena de ejecución condicional y de la pena en el juicio abreviado inicial: Es probable que el seguimiento de la ejecución de estas decisiones pueda ser llevado a cabo por los Jueces de la competencia especial cuando se instrumente el Plan Piloto para Casos de Flagrancia y Cuasiflagrancia.