LEY GENERAL DE SUBVENCIONES COFINANCIACIÓN CON FONDOS EUROPEOS EXTREMADURA-REGIÓN OBJETIVO 1.

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Transcripción de la presentación:

LEY GENERAL DE SUBVENCIONES COFINANCIACIÓN CON FONDOS EUROPEOS EXTREMADURA-REGIÓN OBJETIVO 1

LEY GENERAL DE SUBVENCIONES LEY GENERAL DE SUBVENCIONES BASES REGULADORAS (Decreto 109/2005, de 26 de abril) BASES REGULADORAS (Decreto 109/2005, de 26 de abril) RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA (Orden de 6 de abril de 2006) RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA (Orden de 6 de abril de 2006) RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN (Resolución de 28 de noviembre de 2006) RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN (Resolución de 28 de noviembre de 2006) NORMATIVA COMUNITARIA FONDOS ESTRUCTURALES. (elegibilidad, publicidad, gestión y control) NORMATIVA COMUNITARIA FONDOS ESTRUCTURALES. (elegibilidad, publicidad, gestión y control)

SE CONSIDERARÁ GASTO REALIZADO EL QUE HAYA SIDO EFECTIVAMENTE PAGADO CON ANTERIORIDAD A LA FINALIZACIÓN DEL PERÍODO DE JUSTIFICACIÓN. SE CONSIDERARÁ GASTO REALIZADO EL QUE HAYA SIDO EFECTIVAMENTE PAGADO CON ANTERIORIDAD A LA FINALIZACIÓN DEL PERÍODO DE JUSTIFICACIÓN. EL GASTO DEBE AJUSTARSE EXACTAMENTE A LOS CONCEPTOS DE GASTO APROBADOS EN LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

GASTOS ELEGIBLES TECNICO DE APOYO CONTRATADO CONTRATADO AJENO A LA PLANTILLA DE LA UEX DE LA UEX INCORPORACIÓN BAJO ADSCRIPCIÓN TEMPORAL GASTOS NO ELEGIBLES GASTOS DE PERSONAL ANTERIORES A LA FECHA DE APROBACIÓN DEL PROYECTO Y POSTERIORES A SU FINALIZACIÓN GASTOS A SU VEZ SUBVENCIONADOS POR OTROS PROGRAMAS DE RECURSOS HUMANOS RETRIBUCIONES DE PERSONAL FIJO O VINCULADO A LA UEX

TÉCNICO DE APOYO: Titulado de Formación Profesional, de Grado Medio o Superior, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico. Incorporación a un equipo de investigación para desempeñar tareas técnicas afines a su cualificación profesional, que incidan en el resultado final del proyecto.   Su contratación y regulación laboral la realizará el Organismo solicitante, como perceptor de la ayuda.

GASTOS ELEGIBLES EQUIPAMIENTO INDISPENSABLE Y DIRECTAMENTE RELACIONADO CON EL PROYECTO FONDOS BIBLIOGRAFICOS IMPRESCINDIBLE QUE LAS ADQUISICIONES ESTÉN JUSTIFICADAS E INCLUIDAS EN LA SOLICITUD GASTOS NO ELEGIBLES MATERIAL INFORMÁTICO NO RELACIONADO CON EL PROYECTO Y NO INCLUIDO EN LA SOLICITUD REPARACIONES Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS MOBILIARIO MATERIAL DE USO ADMINISTRATIVO

GASTOS ELEGIBLES CONSUMIBLES LABORATORIO CONSUMIBLES INFORMÁTICOS CORREO Y MENSAJERÍA FOTOCOPIAS Y REPROGRAFÍA DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON EL PROYECTO GASTOS NO ELEGIBLES MATERIAL DE OFICINA REPARACIONES Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS

GASTOS ELEGIBLES ALOJAMIENTO DESPLAZAMIENTO MANUTENCIÓN MIEMBROS DEL EQUIPO INVESTIGADOR GASTOS NO ELEGIBLES VIAJES Y DIETAS DE PERSONAS NO MIEMBROS DEL EQUIPO VIAJES NO RELACIONADOS CON EL PROYECTO

GASTOS ELEGIBLES COLABORACIONES EXTERNAS GASTOS DE FORMACIÓN PUBLICACIONES Y GASTOS DE EDICIÓN UTILIZACIÓN DE SERVICIOS GENERALES DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN GASTOS NO ELEGIBLES GASTOS DE REPRESENTACIÓN GASTOS FINANCIEROS Y BANCARIOS

 Fecha de expediciónDeberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución aprobado para el proyecto  Datos ProveedorIdentificación, NIF y domicilio  Datos DestinatarioSerá el Departamento o Centro de la UEX responsable del proyecto Llevará el NIF de la UEX Q B Nunca Facturas a nombre del investigador, salvo en dietas  DescripciónOperaciones y fecha de realización de las mismas  IVATipo impositivo aplicado y cuota tributaria resultante Se especificarán por separado las partes que se encuentren exentas SE UTILIZARÁN LOS CARGOS INTERNOS PARA SERVICIOS Y MATERIALES SUMINISTRADOS POR LA UNIVERSIDAD

PRINCIPAL OBLIGACIÓN DEL ORGANISMO BENEFICIARIO DE LA AYUDA

1. INFORME CIENTÍFICO-TÉCNICO 2. INFORME ECONÓMICO ENVIO INFORMES A TRAVÉS DE DOS VÍAS: VIA TELEMÁTICA:LABOR QUE REALIZARÁ EL SERVICIO DE GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN EN SOPORTE PAPEL:LABOR QUE REALIZARÁ EL INVESTIGADOR PRINCIPAL DEL PROYECTO

PLAZOS DE PRESENTACIÓN  Con carácter general:31 de enero de cada año. Información relativa al periodo del 1 de enero a 31 diciembre del año anterior.  Ultimo período:En el plazo máximo de un mes desde que finalizó la ejecución del proyecto

El IP del proyecto elaborará:  En los años de ejecución del proyecto. Avance del proyecto en relación con sus objetivos.  Informe de Seguimiento: En los años de ejecución del proyecto. Avance del proyecto en relación con sus objetivos. Antes del 31 de enero, referido al año anterior.  En el plazo máximo de un mes desde que finalizó la ejecución del proyecto.  Informe Final:En el plazo máximo de un mes desde que finalizó la ejecución del proyecto. Ambos informes tendrán el mismo formato y se encuentran en la página web de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico.

El Servicio de Gestión de la Investigación realizará: Carga de Datos: Gastos realizados y pagados en el periodo que se justifica. Resumen de Gastos: Generada a partir de la carga masiva de facturas Firma del IP y del Vicerrector de Investig. Informe C.Indirectos:Método estandarizado de justificación de costes indirectos Firma del responsable gestión económica

Realizar y acreditar la realización de la actividad, destinando la ayuda a la finalidad para la que fue concedidaRealizar y acreditar la realización de la actividad, destinando la ayuda a la finalidad para la que fue concedida Cumplir las condiciones establecidas en la ayuda y resolución de concesiónCumplir las condiciones establecidas en la ayuda y resolución de concesión Justificar documentalmente el destino de la subvención, en la forma y plazos previstos en la ayuda y resolución de concesiónJustificar documentalmente el destino de la subvención, en la forma y plazos previstos en la ayuda y resolución de concesión

Solicitar a la Consejería autorización para la contratación del técnico de apoyo, remitiendo certificado de incorporación en el plazo de un mes desde que se produzcaSolicitar a la Consejería autorización para la contratación del técnico de apoyo, remitiendo certificado de incorporación en el plazo de un mes desde que se produzca Solicitar la autorización para cualquier modificación en:Solicitar la autorización para cualquier modificación en:  Composición del equipo investigador.  Distribución por conceptos del presupuesto

Someterse a las actuaciones de seguimiento, comprobación, inspección y control a efectuar por la Consejería.Someterse a las actuaciones de seguimiento, comprobación, inspección y control a efectuar por la Consejería. Someterse a las actuaciones de control financiero establecidas en la Ley General de la Hacienda Pública.Someterse a las actuaciones de control financiero establecidas en la Ley General de la Hacienda Pública. Acreditar los gastos efectuados mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.Acreditar los gastos efectuados mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

Obligación de: Obligación de:  Identificación  Publicidad  Información pública Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financieras con ayudas de la Junta de Extremadura y Reglamento (CE) Nº 1159/2000, de 30 de mayo, con expresa indicación de la cofinanciación del Fondo Europeo correspondiente.

  Participar en las sesiones científicas que la D.G.I.D.T.T. organice, al finalizar el proyecto, para la presentación pública de los resultados   En las publicaciones, memorias, folletos, notas informativas, página web, y toda documentación resultante de la actividad objeto de ayuda deberán figurar, como entidades financiadoras: La Junta de Extremadura-Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico El FEDER Símbolos identificativos de ambas entidades que serán facilitados por la Dirección General Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación

RETENCIÓN DE LOS CRÉDITOS NO UTILIZADOS QUINCE DÍAS ANTES DE FINALIZAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO