Seguridad e Higiene..

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Programas de Seguridad e Higiene Industrial
Advertisements

Universidad del Valle de México Campus Cumbres Derecho Laboral
Ley Sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
“PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL SALARIO BASE DE COTIZACIÓN O SALARIO DIARIO INTEGRADO” CONTINUAR.
LEY BENEFICIOS Y PROCEDIMIENTOS
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Aspectos legales de la Prevención de Riesgos.
ELABORACIÓN DE NOMINAS MEDIANTE UN SOFTWARE CONTABLE
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL. I.G.S.S.
Calculo de la prestación económica BOST
Tema 4: Incapacidad Temporal EJERCICIO 11
INCAPACIDADES.
Ley del Seguro Social INVALIDEZ Y VIDA
PRESTACIONES ECONOMICAS Y SOCIALES
LEGISLACIÓN LOCAL REFERENTE A SSO
Los Riesgos de Trabajo y su Impacto Social y Financiero Toluca
RIESGOS DE TRABAJO APLICACIÓN PRÁCTICA.
Normas Oficiales Mexicanas relativas a la organización y trámites administrativos de la seguridad e higiene en los centros de trabajo 1.
PENSIONES POR RIESGOS DE TRABAJO
COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE
PENSIONES CUENTA INDIVIDUAL. Compañero (a) Trabajador (a) de la Educación: si elegiste Bono de Pensión, esta información es para que conozcas cómo gestionar.
P E N S I O N E S Riesgos del trabajo.
Instituto Mexicano Del Seguro Social
2.2 Disposiciones Generales de las Personas Físicas
SEGUROS Y A.R.T.. Y Notificar al empleador.
OBLIGACIONES LABORALES EN COLOMBIA
Decreto de Beneficios para el Régimen de Incorporación Fiscal
DESPIDO.
Artículo Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio,
10.2 ELEMENTOS DEL COSTO DE ACCIDENTES
3 - Enfermedades profesionales con y sin baja
C.Dra. Ma. Teresa Hernandez Alv. ANALISIS A LA PREVISION SOCIAL.
LA EXCELENCIA EN EL TRABAJO
Gestión de Recursos Humanos
NUEVAS OBLIGACIONES PATRONALES PLANTEADAS POR LA REFORMA LABORAL 2012.
DECRETO LEY 1295 DE 1994 GUSTAVO SANABRIA GRUPO
DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES Otorgada mediante el DECRETO NUMERO 1295 DE conferidas por el numeral.
SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Ley Federal del Trabajo
LA SEGURIDAD SOCIAL I Formas de cubrir los riesgos
Por un trabajo sano y seguro ASPECTOS LEGALES Elementos y conceptos fundamentales establecidos en la Ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades.
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Contaduría y Administración Facultad de Contaduría y Administración Sistema de Universidad Abierta.
SEGURIDAD SOCIAL Johan Álvarez Higuera Erika Daniela Duarte Acevedo
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Contaduría y Administración Sistema de Universidad Abierta Recursos Humanos I L.A. Norma A. González.
TRÁMITES PARA RIESGOS DE TRABAJO
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
TRATADOS INTERNACIONALES FIRMADOS POR MEXICO
Subdelegación del IMSS en Zamora
GENERALIDADES DE LA SEGURIDAD EN LA ORGANIZACIÓN..
Condiciones jurídicas de las relaciones laborales Relación laboralSalario Derechos y obligaciones del patrón y el trabajador AguinaldoVacaciones Derecho.
PRESTACIONES ECONÓMICAS
Que es un Comité de Seguridad y Salud Ocupacional
DECRETO LEY 1295 DE 1994.
Organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Derecho del Trabajo II.
Accidentes de trabajo: Es toda lesión medicoquirúrgica o perturbación psíquica o funcional, permanente o transitoria, inmediata o posterior, o la muerte,
Resultados Ficha 15. Resumen Ficha 15 Tema: Unidad 14. Riesgos de Trabajo. Tesis: ¿El trabajador esta exento de accidentes y enfermedades de trabajo?
DECRETO 1295 de 1994.
PROFESOR : L. JAVIER BERDUGO PALMA SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES DECRETO 1295 – 22 DE JUNIO DE 1994 DEFINICIÓN : Conjunto de entidades públicas.
Conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores, de los efectos de las.
comisiones de seguridad e higiene.
DATOS DEDUCCIONES Son los datos para deducir al trabajador por indicaciones normativas, préstamos, deducciones aceptadas, deducciones por reglamento interno.
Taller teórico practico ajuste anual ISR sueldos y salarios 2015 C.P. FRANCISCO CARDENAS GUERRERO C.P. NICOLÁS PÉREZ MÉNDEZ.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO CAPITULO V DERECHO DE PREFERENCIA, ANTIGÜEDAD Y ASCENSO Artículo Los patrones estarán obligados a preferir en igualdad de.
SEGURIDAD SOCIAL Y SUS IMPLICACIONES.  El empleador en forma práctica adquiera conocimientos básicos que le permitan conocer la organización y funcionamiento.
Delegación Estatal Nuevo León Subdirección de pensiones Difusión sobre Temas Pensionarios Subdirección de Pensiones México D.F., Febrero de 2015.
Transcripción de la presentación:

Seguridad e Higiene.

RIESGOS DE TRABAJO d  Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o por motivo de su trabajo. d  Enfermedades de trabajo: es todo estado patológico derivado de una acción continua que tenga su origen en el trabajo. d  Incapacidades que producen: ·       temporal ·       permanente parcial ·       permanente total ·       muerte  ·       Salario máximo: doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación. ·     

   Prestaciones: -         asistencia medica -         rehabilitación -         hospitalización -         medicamentos -         aparatos de prótesis y ortopedia -         indemnización de 1095 días y a beneficiarios de 730 dias

CUOTA REISGO DE TRABAJO   Articulo 73.- Al inscribirse por primera vez en el IMSS o al cambiar de actividad las empresas cubrirán la prima media de la clase que conforme al reglamento les corresponda, de acuerdo a la siguiente tabla:  PRIMA MEDIA EN POR CIENTOS CLASE I 0.54355 CLASE II 1.13065 CLASE III 2.59840 CLASE IV 4.65325 CLASE V 7.58875           PASO 4: CLASE   Clase =II riesgo bajo. Comercio con almacenamiento PASO 5: GRADO DE RIESGO. Grado 9, por ser el grado medio de la clase II ( inicia operaciones ) PASO 6: PRIMA O CUOTA Prima o cuota 1.13065% Salario integrado Prima determinada Monto de cuotas (bimestral) seguro de riesgo de trabajo. $22,216.00 x 1.13065% = $251.18   COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE   OBJETIVO Establecer los lineamientos para la integración y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene que deben organizarse en todas las empresas de acuerdo con la LFT y las obligaciones al respecto de patrones y trabajadores. CAMPO DE APLICACIÓN La presente norma rige en el territorio nacional y se aplica en todas las empresas o establecimientos a que se refiere la LFT vigente.   OBLIGACIONES DEL PATRÓN ·       Participar en la integración y vigilar el funcionamiento de la comisión. ·       Proporcionar a los integrantes de la comisión la capacitación y adiestramiento de seguridad e higiene necesarios. ·       Atender las recomendaciones de seguridad e higiene de la comisión. ·       Dar las facilidades y permisos necesarios a los integrantes de la comisión. ·       Proporcionar a la comisión la información que le solicite sobre el proceso de trabajo. ·       Si no hubiera sindicato, requería a los trabajadores para que nombre un representante de comisión. ·       Realizar las actividades de capacitación y orientación sobre seguridad e higiene. ·       Fijar y mantener en lugar visible del centro de trabajo la relación actualizada de los integrantes de la comisión. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES ·       designar a los representantes que integraran la comisión, a través del sindicato, seleccionándolos mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. ·       Participar como miembro de las comisiones, cuando sean designados, y apoyar el funcionamiento de la comisión. ·       Atender las recomendaciones de seguridad e higiene que le señale la comisión, de acuerdo la normatividad y a las disposiciones técnicas en la materia.   INTEGRACION ·       las comisiones deberán integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de la fecha de iniciación de actividades de los mismos. ·       la representación de los trabajadores deberá estar conformada por aquellos que desempeñen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, tengan conocimiento o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo. ·       La comision estará integrada por igual numero de representantes del patrón y de los trabajadores.   FUNCIONAMIENTO ·       establecer una programación anual de verificaciones, asignando prioridades de acuerdo a las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 45 días hábiles después del inicio de actividades. ·       Realizar las verificaciones programadas, mensuales, bimestrales o trimestrales, según lo acordado en el programa anual para detectar condiciones peligrosas.   ·       Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de: accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes. ·       Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comision, las causas de los accidentes y enfermedades de trabaja y proponer medidas para prevenirlos. ORGANIZACIÓN ·       la comision se organizara con un coordinador y un secretario. Tomando en consideración el total de trabajadores y las actividades de los centros de trabajo.   Para cumplir con las funciones que señala esta norma , el coordinador, el secretario y los vocales recibieran capacitación, conforme el reglamento. VIGILANCIA ·       la vigilancia del cumplimiento de esta norma oficial mexicana corresponde a la secretaria del trabajo y previsión social .   APENDICE A DATOS QUE DEBERA CONTENER EL ACTA DE INTEGRACION DE LA COMISION ·       datos de la empresa datos de la comisión

CLASIFICACION DE LA EMPRESA Y DETERMINACION DEL GRADO DE RIESGO Y PRIMA  Nombre: centro de refacciones automotriz, S.A.  PASO 1: DIVISION ECONOMICA.  División = Comercio (6)  PASO 2: GRUPO  Grupo =68 compraventa de equipo de transporte, sus refacciones y accesorios. División Grupo PASO 3: FRACCION Fraccion=681 expendios de ventas al menudeo de refacciones y accesorios para equipos de transporte. División Comprende a las empresas que se dedican a l Grupo la compra y expendio al menudeo de refacciones Fracción accesorios ya sea nuevos o usados para automóviles, camiones y motocicletas, bicicletas. Excepto almacenes y establecimientos con autotransportes y empresas que se dedican al desmantelamiento y desarmado de equipos de transporte para poner sus partes o mecanismos a la venta clasificados por separado.

Prima [(S/365)+V*(I+D)] * (F/N) + M Donde : DETERMINACION DE LA PRIMA DEL RIESGO DE TRABAJO  Articulo 72.- para los efectos de la fijación de las primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la siniestralidad de la empresa, por un factor de prima y el producto se le sumara el 0.0025. el resultado será la prima a aplicar sobre los salarios de cotización, conforme a la formula siguiente: Prima [(S/365)+V*(I+D)] * (F/N) + M  Donde :   V= 28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sufrido un accidente mortal. F= 2.9, que es el factor de prima N= al # de trabajadores promedio expuestos al riesgo S= total de los días subsidiados por incapacidad temporal I= suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales divididos entre 100 D= # de defunciones M= 0.0025, que es la prima mínima de riesgo   ·       Aumentando una proporción no mayor al 1%.  

I.- asistencia medica, quirúrgica y farmacéutica. Articulo 56.- el asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en especie: I.- asistencia medica, quirúrgica y farmacéutica. II.- servicio de hospitalización III.- aparatos de prótesis y ortopédicos IV.- rehabilitación  Articulo 58.- el asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en dinero: I.- si lo incapacitan para trabajar recibirá mientras su inhabilitación, el 100% del salario en que estuviese cotizando en el momento de ocurrir el riesgo. II.- al declararse la incapacidad permanente total del asegurado, este recibirá una pensión mensual definitiva equivalente al 70% del salario en que estuviera cotizando. En caso de enfermedad de trabajo el promedio del salario se cotizara de las 52 ultimas semanas. Articulo 67.- cuando se reúnen 2 o mas incapacidades parciales el asegurado no tendrá derecho a recibir una pensión mayor de la que corresponde a su incapacidad.

Articulo 64.- si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte del asegurado, el instituto calculara el monto al que se le restar los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido. Las pensiones y prestaciones a que se refiere la presente ley serán: I.- el pago de una cantidad igual a 60 días del salario mínimo II.- a la viuda del asegurado se le otorgara una pensión equivalente al 40 % de la que el hubiese correspondido al fallecido de incapacidad permanente total. III.- a cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre que se encuentren incapacitados se les otorgara una pensión equivalente al 20% de la que hubiese correspondido al asegurado   IV.- a cada uno de los huérfanos menores de 16 años y hasta 25 años si se encuentran estudiando o presentando una enfermedad crónica se les otorgara una pensión del 30 %

III.- si la incapacidad declarada es permanente parcial superior al 50% el asegurado recibe una pensión que será otorgada por la inspección. IV.- el instituto otorgara a los pensionados por incapacidad permanente total y parcial por un mínimo del 50% de incapacidad, un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión que perciba.   Articulo 60.- el pago de los subsidios será por periodos vencidos no mayores a 7 días.

· asistencia medica, quirúrgica y farmacéutica Especie: ·       asistencia medica, quirúrgica y farmacéutica ·       servicios de hospitalización ·       aparatos de prótesis y ortopedia ·       rehabilitación  En Dinero: ·       ayuda para gastos de funeral ·       subsidio del 100% del salario base ·       pensión por incapacidad permanente total del 70% ·       pensión por incapacidad permanente parcial mayor del 25% ·       indemnización global equivalente a 5 anualidades, menor al 25% ·       pensión de viudez del 40% ·       pensión de orfandad del 20% ·       pensión de ascendientes del 20%