Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia

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Transcripción de la presentación:

Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia LA CONSULTA PREVIA A GRUPOS ÉTNICOS EN COLOMBIA –2008

Nota: los datos corresponden a la población censada. DATOS BÁSICOS AFRO COLOMBIANOS Población: 10.5% del total de la población (4´261.996 autorreconocimiento). Tierras: Títulos colectivos: 156 (5´198.967 has, 4.56% país) INDIGENAS Población: 3.3% del total de la población (1.378.884 hab.) 84 pueblos (Guajira es el departamento con mayor población indígena ) 64 lenguas oficiales Tierras: 34.000.000 has 29.8% has (equivale) ROM (Gitanos) Población: 0.01% del total de la población(4.800 hab.) Nota: los datos corresponden a la población censada. Información proporcionadas por el Ministerio de Educación Nacional a diciembre del 2006

La Consulta Previa y la Dirección de Etnias Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Dirección de Etnias La Consulta Previa y la Dirección de Etnias

Total: 46 Consultas Previas Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Dirección de Etnias Durante el año 2007 la Dirección de Etnias coordinó y/o acompañó: 31 consultas protocolizadas (minas, hidrocarburos, etc.) 15 consultas en trámite (minas, hidrocarburos, etc.) 12 consultas en materia de erradicación 47 verificaciones de presencia de grupos étnicos 1028 certificaciones de presencia de grupos étnicos Total: 46 Consultas Previas

Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Dirección de Etnias

Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Dirección de Etnias

La Consulta Previa El procedimiento Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Dirección de Etnias La Consulta Previa El procedimiento

¿QUÉ ES LA CONSULTA PREVIA ? Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia ¿QUÉ ES LA CONSULTA PREVIA ? La consulta previa es entendida por la jurisprudencia colombiana como el derecho fundamental de los pueblos indígenas y afrocolombianos a participar en las decisiones que los afecten.

Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia MARCO LEGAL Internacional: Convenio 169 de la OIT (artículos 6,7 y15) aprobado por la Ley 21 de 1991. Nacional: Constitución Política Colombiana (artículos 2, 7, 40, 330 y 332), Ley 99 de 1993, Decreto 1320 de1998, Decreto 200 de 2003

JURISPRUDENCIA CORTE CONSTITUCIONAL Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia JURISPRUDENCIA CORTE CONSTITUCIONAL Sentencia T- 428 de 1992. (“Caso Cristianía”) Sentencia SU-039 de 1997 (“Caso U’wa”) Sentencia T – 652 de 1998 (“Caso Urrá”) Sentencia C- 169 de 2001 (“Caso circunscripción electoral”) Sentencia C- 891 de 2002 (“Caso Código de Minas”) Sentencia T-405 de 2003 (“Caso radar”) Sentencia SU – 383 de 2003. (“Caso Cultivos Ilícitos”)

PRINCIPIOS Buena fe Legitimidad Debido Proceso Pluralismo jurídico Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia PRINCIPIOS Buena fe Legitimidad Debido Proceso Principios de oportunidad Información suficiente y adecuada Comunicación intercultural y bilingüismo Pluralismo jurídico

¿EN QUE CASOS SE REALIZA CONSULTA PREVIA? Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia ¿EN QUE CASOS SE REALIZA CONSULTA PREVIA? Convenio 169 OIT Cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas que puedan afectar directamente a los pueblos indígenas (artículo 6); Antes de emprender cualquier actividad de exploración o explotación de minerales y/u otros recursos naturales, que se encuentren en las tierras de dichos pueblos (artículo 15); Cuando sea necesario trasladar las comunidades indígenas de sus tierras tradicionales a otro lugar (artículos 16 y 17); Antes de diseñar y ejecutar programas de formación profesional dirigidas a dichos pueblos (artículos 27 y 28).

CASOS EN QUE SE REALIZA LA CONSULTA PREVIA Legislación colombiana Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia CASOS EN QUE SE REALIZA LA CONSULTA PREVIA Legislación colombiana En caso de adopción de menores indígenas (nuevo régimen del menor); En caso de investigaciones para acceder a recursos genéticos y conocimiento tradicional (Ley 165 de 1994. Convenio sobre Biodiversidad)

Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia CLASES DE CONSULTA CONSULTA CON LICENCIAMIENTO: Se rige por la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1320 de 1998. La lidera el MAVDT, con el acompañamiento del MIJ. Se realiza dentro del proceso de la licencia ambiental. CONSULTA SIN LICENCIAMIENTO: Se rige por la Ley 21 de 1991 y el Decreto 200 de 2003 La lidera el Ministerio del Interior y de Justicia. No tiene ningún proceso ambiental asociado.

PRESENCIA DE GRUPOS ETNICOS Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia ETAPA PREVIA PRESENCIA DE GRUPOS ETNICOS Certificación de presencia de grupos étnicos. A petición del interesado la DIRECCIÓN DE ETNIAS junto con el INCODER certifican la presencia de grupos étnicos en el área de influencia del proyecto La Dirección de Etnias tiene 15 días hábiles para emitir la certificación (contados a partir de su recepción). La Dirección de Etnias no posee sistema georeferenciado por ende certifica con base en sus bases de datos. Cuando persiste la duda se programa una vista de verificación a la zona. VisIta de Verificación La realiza un profesional de la Dirección de Etnias con el acompañamiento de las autoridades locales. Tiempo estimado para las visitas entre 4 y 6 días.

PROCEDIMIENTO DE CONSULTA PREVIA SIN LICENCIAMIENTO Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia PROCEDIMIENTO DE CONSULTA PREVIA SIN LICENCIAMIENTO Fase I. De Información Se adoptan participativamente “las reglas de juego”. Se informa a la comunidad sobre la consulta previa y el proyecto. Fase II. De concertación Identificación conjunta de impactos y medidas. Inicia elaboración de estudios. Fase III. De Protocolización y seguimiento Adopción concertada de medidas Sistematización del proceso. Seguimiento a los acuerdos. Durante la totalidad del proceso se garantizan los espacios de reflexión autónomos

Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia RECOMENDACIONES Crear un grupo social consolidado en el cual tenga participación por lo menos una persona que pertenezca a la zona donde se adelantará el proceso. Contribuir al fortalecimiento de las entidades territoriales locales. Elaborar manual de buenas prácticas que incluya un capítulo en el cual la empresa identifique los principales rasgos culturales de los grupos étnicos que habitan en el área del proyecto.

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DIRECCIÓN DE ETNIAS