ACTUALIZACIÓN NORMATIVA CAMBIARIA

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Transcripción de la presentación:

ACTUALIZACIÓN NORMATIVA CAMBIARIA - SEPTIEMBRE 2019- Lic. Silvana Gómez

DNU 609/2019 1 Septiembre 2019 Establecer reglas extraordinarias y transitorias hasta el 31/12/2019, relacionadas con el ingreso y liquidación de divisas en exportaciones de bienes y servicios, y el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), tanto para la compra como para la venta de moneda extranjera. Faculta al BCRA para reglamentar los supuestos, plazos y negociación en el MULC.

COM “A” 6770 1 Septiembre 2019 Plazos y seguimiento para exportaciones; cobro y regularización de exportaciones. Seguimiento de importaciones. Documentos asociados. Acceso al Mercado de Cambios, bienes, servicios, y otros conceptos para personas humanas y jurídicas. Establece límites para poder cursar operaciones con o sin conformidad previa del BCRA. Distingue la vinculación, y define plazos para algunas NCM de acuerdo al Anexo de la Res 57/2016 en exportaciones.

COM “A” 6776 5 de Septiembre de 2019 Aclara y amplía conceptos de la Com. “A” 6770. Considerar desde la fecha del cumplido de embarque los plazos. Definición de Vinculación, contemplada sobre lo previsto en el punto 1.2.2 de las normas sobre “Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito”. ( Com. “A” 6599 y texto ordenado Com. “A” 6620)

Vinculación - Punto 1.2.2 Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito Se debe tomar la “definición de vinculación” que allí se menciona sin considerar que solo se trate CON la entidad financiera. Por relación de Control: directa o indirecta. Con supervisión, ejerza influencia, con directores comunes, o su cónyuge o conviviente, o pariente hasta segundo grado. Casa matriz y sucursales. Porcentajes de votos. Por relación personal: cargos en el directorio, autoridades, directa o indirecta. Por relaciones de control y personal: ambas anteriores. Por falta o desactualización de declaración jurada: si estaban obligados y no se cuenta con la ddjj.

Transferencias al Exterior Pago Anticipado Bienes (desde 2/9/2019) Presentación de factura proforma. Debe coincidir Beneficiario con el proveedor del Exterior. Cuenta con 180 días corridos, para regularizar con el ingreso aduanero. Pagos Diferidos/Vista Bienes (desde 2/9/2019) Requiere conformidad previa del BCRA en caso de precancelación, y cuando supere los 2 millones de dólares mensuales entre empresas vinculadas. Relevamiento Activos y Pasivos de corresponder según Com. “A” 6401.

Cobros del Exterior Ingreso y liquidación (desde el 2/9/2019) 15 días corridos para commodities (Anexo Res. 57/2016 Sec. Comercio)/empresas vinculadas. 180 días corridos desde la fecha del cumplido de embarque para el resto de los bienes. 5 días hábiles desde la fecha de cobro en Argentina o en el exterior, en bienes y servicios. Se admite la aplicación a la cancelación de anticipos y prefinanciaciones.

2019 Cronología IMPORTACIONES Tipo de despacho aduanero: Ejemplar 2 original, con sello del guarda al dorso. Ejemplar 1. Depositario fiel del original. Era digital. Designación seguimiento. SEPAIMPO. EXPORTACIONES Ingreso de divisas: 15 y 30 días. Vinculadas / Comodities 90 días según NCM 120 días con autorización. Hasta 3/8/2009 Hasta 1/7/2010 Hasta 13/11/2017 Hasta 8/8/2016 Regularización con diferencias Banco nominado para seguimiento 10 años 10 años 2019

Plazos para regularizar permisos de embarque Cronología 2019 Banco nominado para seguimiento Plazos para Negociación de Divisas 10 años 10 años Plazos para regularizar permisos de embarque y cobros del exterior Plazos regularizar transferencias al exterior

Otros conceptos Acceso al Mercado Único y Libre de Cambios Persona humana: Acceder por un monto equivalente en pesos y hasta 10.000 dólares en la suma de las entidades financieras. En montos superiores a 1.000 dólares con débito en cuenta. Se permite las transferencias al exterior sin límites entre cuentas propias sobre stock de saldo. Nuevos endeudamientos financieros, deberán liquidarse previamente en el MULC, para luego acceder a la cancelación de capital e intereses. No se permite el acceso para la cancelación entre residentes de deudas y otras obligaciones, salvo previo al 1/9/19 mediante registros con escritura pública.

Conformidad Previa del BCRA Acceso al Mercado Único y Libre de Cambios Servicios todo concepto y monto entre empresas vinculadas. Excepto operadoras de tarjetas de crédito y agentes locales recaudadores en el país de servicios prestados por no residentes. Mayores a 2 Millones de Dólares con empresas vinculadas del exterior por deudas vencidas o la vista. Precancelaciones en bienes y servicios. Constitución de Activos Externos. Utilidades y Dividendos. Precancelación con más de 3 días hábiles antes del vencimiento por capital e interés de deudas financieras.

Comunicaciones “A” 3602 y “A” 4237 del BCRA Presentación trimestral. Vigente hasta septiembre 2017. Obligaciones con el exterior, con cambio de trimestre. Operaciones de importación, exportación de bienes y/o servicios, préstamos, inversiones. COM 4237: Presentación semestral o anual. Vigente hasta junio 2017. Participación de capital extranjero o inversiones en el exterior, administradores de no residentes, inmuebles en el exterior.

Comunicación “A” 6401 Sujetos declarantes: Personas Jurídicas. Presentaciones: Anual / Trimestral Tipo de muestra: Mayor a 50 Millones USD anual. (trimestral- consolida info anual) Entre 10 y 50 Millones USD anual. (anual amplificada) Entre 1 Millones y 10 Millones USD anual. (anual simplificada) Menor a 1 Millón. (optativa anual simplificada) Vencimientos: Trimestral calendario, para mayores a 50 Millones de dólares. 30 de junio para la presentación anual. *Ley 17622 con fines estadísticos

Comunicación “A” 6401 Estructura del Relevamiento Acciones y Participaciones. Instrumento de Deuda no Negociables. Instrumentos de Deuda Negociables. Derivados Financieros. Terrenos, inmuebles y otras estructuras edilicias.

Comunicación “A” 6401 Personas Humanas Deber de informar hasta el momento pasivos con el exterior. Por ejemplo: Créditos y anticipos comerciales concedidos por no residentes. Pagos diferidos de importación y anticipos de exportaciones. Préstamos concedidos por no residentes.

RESUMEN Retorna la existencia de Boletos, y en carácter de ddjj. Presentación documental, seguimiento y deber de informar incumplimientos. No acreditación automática, ni en caja ahorro dólar. Ingreso y Liquidación de divisas – Plazos. Vinculación. Prevención Lavado Activos y Finan. Terrorismo. Política de conozca a su cliente. Guarda documental por 10 años, salvo requerimiento del BCRA, en ese caso se cancela la prescripción. Relevamiento de Activos y Pasivos Com. “A”. 6401 del BCRA

Preguntas Frecuentes Cuál es la diferencia entre cobro de exportación y liquidación de divisas? Si tengo 180 días en el seguimiento del permiso de embarque y me envían los fondos al día 178, se consideran los 5 días hábiles desde esa fecha? Si indicamos en el despacho de importación un banco para el seguimiento, puedo pagar por otro banco? Y si indiqué pago anticipado y no se pagó, tiene implicancias? Se puede pagar una deuda con una cuenta del exterior a un proveedor?

SICNEA Declaración de la entidad bancaria interviniente en las exportaciones

SIM - Preguntas de Arancel

Comunicación "A" 3587 1. Régimen de operaciones aduaneras realizadas mediante medios de transporte de guerra, seguridad o policía (Art. 472/484 de la Ley 22415). 2. Régimen de rancho (Art. 506/516 de la Ley 22415). 3. Régimen de pacotilla (Art. 517/528 de la Ley 22415). 4. Régimen de franquicia diplomática (Art. 529/549 de la Ley 22415). 5. Régimen de muestras (Art. 560/565 de la Ley 22415). 6. Régimen de material promocional (Resolución ANA 3749/94). 7. Régimen de equipaje (Art. 488/505 de la Ley 22415). 8. Régimen de exportación para compensar envíos con deficiencias (Art. 573/577 de la Ley 22415). 9. Régimen de envíos de asistencia y salvamento (Art. 581/584 de la Ley 22415). 10. Régimen de corredores de comercio (Resolución ANA 122/93). 11. Régimen de donación de órganos y sangre humana (Resolución ANA 384/97). 12. Régimen de exportación en consignación (mientras permanezca dentro del régimen) (Decreto 637/79). 13. Régimen de removido (Art. 386/396 de la Ley 22415). 14. Exportaciones del Area Aduanera Especial a las áreas francas nacionales y al resto del territorio de la Nación. 15. Exportaciones desde el Territorio Nacional Continental al área franca (Ley 19640 Art. 18). 16. Exportaciones desde el Territorio Nacional Continental al Area Aduanera Especial (Ley 19640, Art. 20 a)).- 17. Exportación a consumo con Destinación de Importación Temporaria, sin transformación (código EC02). 18. Exportación a consumo de bienes que se encuentran excluidos del Régimen de Equipaje (art. 59 inc. b) del Decreto 1001/82 19. Exportación a consumo de bienes que conforman el equipaje no acompañado del viajero pero que se exportan fuera de los plazos establecidos en el inciso c) apartado 3 del artículo 60 del Decreto 1001/82. 20. Exportaciones de mercaderías enviadas al exterior con fines promocionales amparadas por la Resolución de Aduana 772/92 , hasta un tope de U$S 5.000. 21. Destinaciones suspensivas de exportaciones temporarias (art. 349 a 373 del Código Aduanero). 22. Exportaciones a zonas francas. 23. Operaciones de trasbordo (Artículos 410 a 416 de la Ley 22.415). 24. Operaciones de reembarco consignadas mediante los regímenes RE01, RE04, RE05 ó RE06.

“038 – Der. Expo. Adic. 4” Para aquellas mercaderías que no se encuentren incluidas en el Anexo I del Decreto 793/2018. “039 – Der. Expo. Adic. 3” Para aquellas mercaderías que se encuentren en el Anexo I del Decreto 793/2018. “026 – Der. Expo. Adicional” Para aquellos casos en los que sea de aplicación la alícuota del Artículo 1 del Decreto 793/2018.

“020 – Derechos Exportación” Para aquellos casos en los que los derechos de exportación ad-valorem de las mercaderías que no fueron alcanzadas con la reducción al 0% la alícuota del derecho de exportación establecidos por los Decretos N° 133/2015 y 160/2015.

Muchas Gracias!!!