ASPECTOS GENERALES DE DERECHOS HUMANOS

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Transcripción de la presentación:

ASPECTOS GENERALES DE DERECHOS HUMANOS

Historia de los Derechos Humanos Los Derechos Humanos como los entendemos actualmente, son el resultado de un proceso histórico traducido en la lucha por el reconocimiento de la dignidad humana. No siempre los derechos fueron comprendidos como inherentes a todas las personas, lograr tal comprensión requirió varios siglos y casi siempre como resultado de revoluciones y otras formas de presión social.

La evolución de los Derechos Humanos puede explicarse a partir del análisis de los diversos instrumentos que reconocen los derechos y que han sido formulados y reconocidos a lo largo de la historia de la humanidad, los mismos que responden en consecuencia a diferentes momentos y al propio desarrollo del pensamiento, de las sociedades y de los Estados.

Declaración Inglesa 1215 Declaración de Virginia 1776 Revolución Francesa 1789 Constitución Francesa 1791 Revolución Inglesa 1689 Constitución Estados Unidos 1787 Declaración Derechos Del Hombre y el Ciudadano 1789 Declaración Derechos De la Mujer y la Ciudadana 1791

Independencia de Bolivia 1825 Revolución de México 1910 Introduce el Habeas Corpus en La Constitución 1931 Segunda Guerra Mundial 1942 - 1945 Constitución de Bolivia 1825 Constitución de México 1916 Régimen social, Económico y financiero 1938 Igualdad entre Cónyuges 1945

1945 1952 1994 2009 1948 1982 2004 Creación de las Naciones Unidas ONU Revolución Nacional 1952 Se crea la Defensoría del Pueblo 1994 Constitución Política Plurinacional 2009 Declaración Universal De los Derechos Humanos 1948 Vuelta a la Democracia 1982 Se incorpora: Asamblea Const., Referéndum e Iniciativa Popular 2004

La internacionalización y el reconocimiento de derechos universales Si bien la lucha por liberarse de la opresión y la miseria es seguramente tan antigua como la propia humanidad, fue la tremenda afrenta a la dignidad humana perpetrada durante la segunda guerra mundial y la necesidad que se sintió de prevenir horrores semejantes en el futuro lo que llevó a reconocer la necesidad primordial de proteger al ser humano y a codificar los derechos humanos y las libertades fundamentales en el plano internacional.

Centro de concentración de Auschwitz (holocauto judío) Es entonces, ante la magnitud del genocidio durante la Segunda Guerra Mundial que se inició el proceso de internacionalización de los derechos pues se puso en evidencia que el ejercicio ilimitado del poder público constituye una actividad peligrosa para la dignidad humana, de modo que su control no debe dejarse a cargo solo de instituciones nacionales. Centro de concentración de Auschwitz (holocauto judío)

Dimensiones de los Derechos Humanos Filosófica Reconocimiento de la dignidad humana Política Relaciones de poder Jurídica Establecimiento de la protección internacional Derechos Humanos

La dignidad del ser humano Los Derechos Humanos se fundan en el reconocimiento de la dignidad del ser humano, sin ningún tipo de distinción. La dignidad es un valor social fundamental que se va enriqueciendo históricamente. Las conquistas y logros para la dignidad en cada época se convierten en el mínimo imprescindible para épocas futuras.

Concepto Los Derechos Humanos son todas las garantías, facultades y prerrogativas que nos corresponden a todas las personas, por el solo hecho de serlas sin las que no podríamos satisfacer nuestras necesidades fundamentales.

En consecuencia son: Todos aquellos derechos que protegen a la persona contra los excesos del poder cometidos por los órganos del Estado y promueven el establecimiento de condiciones de vida digna, así como el desarrollo integral de la persona y los pueblos.

Principios de los Derechos Humanos Universalidad: corresponden a todos los seres humanos sin ningún tipo de distinción Indivisibilidad: no existen derechos más importantes que otros, todos son igualmente necesarios para una vida digna Interdependencia: el ejercicio de un derecho está en conexión directa de otro, por lo cual la violación de un derecho implica la afectación a los otros derechos Inalienabilidad: nadie puede ser despojado de sus derechos por otros. Son derechos irrenunciables incluso por sus mismos titulares. .

Inherencia: los derechos humanos son anteriores y superiores al Estado, nacen con la persona humana, son inherentes a ella. Irreversibilidad: una vez que el derecho ha sido formalmente reconocido como inherente a la persona humana, queda definitiva e irrevocablemente integrado, ninguna decisión gubernamental podrá cambiarlo. Progresividad: siempre es posible extender el ámbito de la protección a derechos que anteriormente no gozaban de la misma.

Clasificación DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES DERECHOS HUMANOS idem DERECHOS DE LOS PUEBLOS

Los Derechos Civiles y Políticos Son aquellos derechos que se atribuyen a los seres humanos, bien en cuanto personas en si mismas en su esfera personal y en cuanto ciudadanos y ciudadanas pertenecientes a determinado Estado. DERECHOS DE AUTONOMIA DERECHOS DE PARTICIPACION

Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Son derechos que buscan asegurar a los seres humanos la satisfacción de sus necesidades básicas y desarrollarse plenamente Se refieren a condiciones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua.

Los Derechos de los Pueblos Estos derechos se basan en la premisa de aceptar que los pueblos en general deben tener un desarrollo mínimo. El sujeto de estos derechos, más que el individuo es la colectividad, la humanidad. Incluye los derechos a la paz, al medio ambiente sano, al desarrollo y a la libre determinación.

Sistemas de Protección Se crea en el marco de las Naciones Unidas Universal Se crea en el marco de la Organización de Estados Americanos Regional Nacional Se crea dentro de cada Estado como responsable directo del cumplimiento del DIDH

Derecho Internacional de los Derechos Humanos El Derecho Internacional de los Derechos Humanos es el cuerpo de Declaraciones y Tratados (Convenios, Convenciones, Pactos y Protocolos) que conforman la legislación internacional en materia de Derechos Humanos.

Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) La ONU y la OEA, con el propósito de garantizar el respeto de los derechos humanos, han creado un ordenamiento jurídico general a escala mundial y regional. Este conjunto de normas o instrumentos internacionales se denomina Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) y se inició con la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) Bolivia ha ratificado los principales tratados de derechos humanos.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DDHH DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DDHH ESTADO CIUDADANOS/AS

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES: Fuente de Obligaciones El DIDH está formado por: Declaraciones, Tratados (Pactos, Convenios, Convenciones, Protocolos) y otros instrumentos que tienen carácter de obligatoriedad moral - política y legal respectivamente, para los Estados que los firman. Los Estados que son parte de estos instrumentos internacionales se obligan a su cumplimiento.

FORMAS DE VIOLACION Por Comisión Por Omisión Se produce cuando una ley, política o práctica infringe o desconoce deliberadamente obligaciones que corresponden al Estado, o éste no alcanza el nivel de conducta o de resultados que se requiere. También ocurren violaciones de derechos cuando un Estado retira o elimina protecciones existentes de los derechos humanos, por tanto la podemos clasificar: Por Comisión Por Omisión

¿DELITO O VIOLACIÓN? Un delito es cualquier acción cometida por cualquier persona en contra de las leyes vigentes en el país. Al constatarse la comisión de un delito, las personas en conflicto deben recurrir a la autoridad competente y quienes lo hubieran cometido son pasibles de procedimientos y sanciones establecidos por ley.

Las violaciones a los derechos humanos de las personas son hechos de acción u omisión de parte de cualquier funcionario, autoridad o instancia de los poderes públicos en detrimento de los derechos y garantías de las personas. Esto quiere decir que vulneran las disposiciones establecidas en la Constitución Política del Estado y los instrumentos Internacionales que garantizan la vigencia de los derechos humanos.

LA VULNERACIÓN DE DERECHOS ENTRE DOS O MÁS PERSONAS PARTICULARES PUEDE CONSTITUIR UNA FALTA, UNA CONTRAVENCIÓN O UN DELITO, PERO NO UNA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS

CUANDO UN SERVIDOR PÚBLICO ATENTA CONTRA LOS DERECHOS DE OTRO SERVIDOR PÚBLICO, SU ACCIÓN PUEDE CONSTITUIR UNA FALTA, UNA CONTRAVENCIÓN O UN DELITO, Y ASIMISMO PUEDE LLEGAR A SER UNA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS