DERECHOS DE LAS MUJERES Y EL SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS Diplomado sobre equidad de género en políticas públicas desde la perspectiva de los derechos humanos de las mujeres y la lucha contra la violencia Lic. Ximena Medellín Urquiaga
RECONOCIMIENTO Convención para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer Adoptada el 18 de diciembre de 1979 Entró en vigor el 3 de septiembre de 1981 Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Adoptado el 6 de octubre de 1999
RECONOCIMIENTO Protocolo Adicional a la Convención contra el Crimen Organizado Trasnacional para la Prevención, Eliminación y Castigo del Tráfico de Personas, especialmente mujeres y niños (2003) Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios (1962) Convención contra la discriminación en la Educación (1960) Convención sobre la nacionalidad de las mujeres casadas (1957)
RECONOCIMIENTO Convención sobre los derechos políticos de las mujeres (1952) Convención sobre la igualdad en la remuneración (1951) Convención sobre la Eliminación del Tráfico de Personas y la Explotación de la Prostitución (1949) Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (1994) Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado; Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer
RECONOCIMIENTO "[D]iscriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.”
MECANISMOS DE VIGILANCIA Mecanismos de protección Sistema de Naciones Unidas Basados en la Carta de la ONU Basado en tratados (Charter based) (Treaty based) Mecanismos extra convencionales Mecanismos convencionales
MECANISMOS DE VIGILANCIA ÓRGANOS DE LA ONU Consejo de Administración Fiduciaria ECOSOC Asamblea General Secretario General Consejo de Seguridad CIJ ACNUDH Consejo de Derechos Humanos Comisión de Derechos Humanos Subcomisión de promoción y protección de los derechos humanos
MECANISMOS DE VIGILANCIA CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS Resolución 60/251 AG de la ONU Criterio para candidatos que postulen a elecciones Contribución a la promoción y defensa de los derechos humanos; Compromisos voluntarios. Suspensión de miembros del Consejo DH En virtud del voto de las 2/3 partes de los miembros del Consejo se podrá suspender privilegios y derechos de algún miembro cuando se cometan violaciones sistemáticas y graves de derechos humanos. Ser supervisado por el mecanismo de examen periódico universal
MECANISMOS DE VIGILANCIA Consejo de Derechos Humanos Comisión de 47 Estados miembros 53 Estados miembros Elegidos por voto individual, directo y secreto de todos los Estados (AG) Mayoría de votos de los Estados presentes y votantes (ECOSOC) o por aclamación Electos por períodos de 3 años con una reelección inmediata Electos por periodos de 3 años con posibilidad de reelección 3 sesiones anuales (por lo menos 10 semanas) 1 sesión anual (6 semanas)
MECANISMOS DE VIGILANCIA Consejo de Derechos Humanos “Promover el respeto universal por la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, sin distinción de ningún tipo y de una manera justa y equitativa” “Ocuparse de las situaciones en que se violen los derechos humanos, incluidas las violaciones graves y sistemáticas, y hacer recomendaciones al respecto” “Promover la coordinación eficaz y la incorporación de los derechos humanos en la actividad general del sistema de las Naciones Unidas”
MECANISMOS DE VIGILANCIA Consejo de Derechos Humanos “Promoverá la educación y el aprendizaje sobre los derechos humanos, así como la prestación de asesoramiento y asistencia técnica y el fomento de la capacidad, en consulta con los Estados Miembros de que se trate y con su consentimiento” “Servirá de foro para el diálogo sobre cuestiones temáticas relativas a todos los derechos humanos” “Formulará recomendaciones a la Asamblea General para seguir desarrollando el derecho internacional en la esfera de los derechos humanos”
MECANISMOS DE VIGILANCIA Consejo de Derechos Humanos Mecanismos especiales Geográficos Temáticos Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias Relatora especial sobre el tráfico de personas, especialmente mujeres y niños
MECANISMOS DE VIGILANCIA CDH – Mecanismos especiales Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias Visitas in loco México, 2005 Acciones urgentes La Relatora puede transmitir comunicaciones urgentes, exclusivamente cuando éstas se relacionan con la violencia de género Informes anuales Relatora especial sobre el tráfico de personas, especialmente mujeres y niños
MECANISMOS DE VIGILANCIA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHO HUMANOS (OACNUDH) Departamento de la Secretaría General de la ONU; Establecido en 1993; La o el titular es nombrado por la o el Secretario General; Mandato de 4 años, renovables sin límite.
MECANISMOS DE VIGILANCIA OACNUDH Promoción del disfrute universal de todos los DH Promueve la cooperación internacional a favor de los DH Estimula y coordina las actividades a favor de los DH en todo el sistema de la ONU Promueve la ratificación y la aplicación universal de las normas internacionales Contribuye a la preparación de nuevas normas Presta apoyo a los órganos de DH y a los de supervisión de tratados Reacciona ante las violaciones graves de los DH Adopta medidas preventivas en materia de DH Promueve la creación de infraestructuras nacionales a favor de los DH
MECANISMOS DE VIGILANCIA COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER Creado por la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres; Conformado por 23 expertas y/o expertos, nombrados a título individual; Elegidas y elegidos por votación secreta de los Estados Partes (mayoría absoluta de los Estados presentes y votantes); Mandato de cuatro años.
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres FUNCIONES Estudios de informes periódicos CEDAW Sistema de peticiones individuales Protocolo Facultativo Informes sobre violaciones graves y sistemáticas Observaciones generales
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres INFORMES PERIÓDICOS Informe inicial (1 año desde ratificación) Revisión del informe Informe periódico (cada cuatro años) Comparecencia del Estado Parte Observaciones finales
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres PETICIONES INDIVIDUALES Características: Facultativo Obligatorio Reglado Confidencial Contradictorio Causi-jurisdiccional
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres PETICIONES INDIVIDUALES Competencia Comité Mujeres CIDH Ratione personae Víctima o su representante legal con su autorización Víctima, su representante o aún otra persona sin su conocimiento Estados Parte del Protocolo Facultativo a la CEDAW Todos los Estados miembros de la OEA
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres PETICIONES INDIVIDUALES Competencia Comité Mujeres CIDH Ratione materiae Derechos reconocidos en la CEDAW Derechos reconocidos en todos los instrumentos del SIPDH Ratione loci Territorio del Estado Parte del protocolo Territorio del Estado miembro de la OEA Ratione temporis Después de la ratificación del Protocolo Desde la adopción de la CADH
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres PETICIONES INDIVIDUALES ADMISIBILIDAD: 1. Agotamiento de recursos internos; 2. Litispendencia internacional; 3. Cosa juzgada; 4. Se refiera, exclusivamente, a derechos contenidos en la CEDAW; 5. No sea notoriamente improcedente.
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres MEDIDAS PROVISIONALES Artículo 5 del Protocolo Facultativo Puede dictar medidas provisionales; Para evitar posibles daños irreparables; Se requiere que se haya presentado una petición;
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres INFORMES SOBRE VIOLACIONES GRAVES Y SISTEMÁTICAS Artículo 8 del Protocolo Facultativo Comité puede recibir información sobre violaciones graves o sistemáticas a los derechos consagrados en la CEDAW; Puede nombrar a algunas y algunos de sus miembros para que investigue y presenten un informe urgente al Comité Mujeres
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres INFORMES SOBRE VIOLACIONES GRAVES Y SISTEMÁTICAS En el marco de esta investigación, pueden realizar visitas in loco con la autorización del Estado; El Comité podrá elaborar un informe que contenga sus observaciones y recomendaciones; El procedimiento para la elaboración de este informe y las comunicaciones con el Estado en virtud del mismo serán confidenciales.
MECANISMOS DE VIGILANCIA Comité Mujeres OBSERVACIONES GENERALES Artículo 21 de la CEDAW “El Comité, por […] podrá hacer sugerencias y recomendaciones de carácter general basadas en el examen de los informes y de los datos transmitidos por los Estados Partes” Circuncisión femenina Violencia contra la mujer Mujeres y salud Mujeres y la vida política Mujeres con discapacidades Mujeres sin salario en empresas familiares rurales y urbanas Mujeres y VIH/SIDA