ORGANISMOS DE CONTROL EN EL SECTOR SOLIDARIO

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Transcripción de la presentación:

ORGANISMOS DE CONTROL EN EL SECTOR SOLIDARIO

“ La cooperación constituye un esfuerzo poderoso y metódico para la introducción de la mayor justicia posible dentro de las relaciones económicas” Franklin D. Roosevelt

ESQUEMA ORGANIZACIONAL DE UNA COOPERATIVA ASAMBLEA JUNTA DE VIGILANCIA REVISORIA FISCAL CONSEJO DE ADMINISTRACION COMITES ESPECIALES GERENCIA

NORMAS A CONSIDERAR RELACIONADAS CON EL CONTROL EXTERNAS La Constitución Leyes generales Leyes especiales para el sector Normas directas de la Supersolidaria INTERNAS Los estatutos Las proposiciones de la Asamblea Las decisiones del Consejo (reglamentos). Las normas y procedimientos administrativos.

NORMOGRAMA LEY 79 DE 1988 LEY 454 DE 1998 CIRCULAR BASICA JURIDICA CIRCULAR BASICA CONTABLE PUC OTRAS CIRCULARES Y RESOLUCIONES ESPECIALES PARA CTA PROYECTOS DE REFORMA EN CONGRESO FALLOS CORTE CONSTITUCIONAL

JUNTA DE VIGILANCIA Tres miembros con suplentes personales Periodo Control social interno y técnico Ámbito de acción

FUNCIONES JUNTA DE VIGILANCIA Reglamento. Libro de actas. Revisar los libros de actas y demás documentos. Convocar a asambleas. Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten totalmente a las prescripciones legales, estatutarias, reglamentarias y a los principios cooperativos. Verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles. Dirimir los conflictos de habilidad de asociados. Informar irregularidades detectadas en el funcionamiento de la cooperativa a otros organismos de control internos y externos y sugerir recomendaciones. Conocer los reclamos que presenten los asociados en relación con los servicios o la administración y darles el curso correspondiente. Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados cuando haya lugar a ello, y velar porque el órgano competente se ajuste al procedimiento establecido para el efecto. Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General. Las demás que le asignen la ley o el estatuto, siempre y cuando se refieran a control social.

REVISORIA FISCAL El Revisor Fiscal es el encargado del control fiscal, técnico y administrativo de COOPEMTOL, nombrado por la Asamblea General con su suplente. Para periodos de un (1) año.

FUNCIONES Cerciorarse de que las operaciones y movimientos de COOPEMTOL se ajusten a las prescripciones del estatuto, los reglamentos y las decisiones de los órganos de dirección y administración. Supervisar el correcto funcionamiento de la contabilidad y la conservación de la correspondencia y los comprobantes de cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para el efecto. Realizar mensualmente el examen financiero y económico de COOPEMTOL, hacer el análisis de las cuentas y presentarlas por escrito con sus recomendaciones al Gerente y al Consejo de Administración. Inspeccionar periódicamente los bienes de COOPEMTOL y procurar que se tomen las medidas de conservación y seguridad de los mismos y de los que se tengan en custodia. Impartir instrucciones, practicar inspecciones, solicitar y obtener los informes necesarios para establecer un control adecuado de los valores sociales. Efectuar arqueos periódicos y constatar físicamente la realidad de los mismos. Dar cuenta oportuna, por escrito, de las irregularidades que observe, a la gerencia, al Consejo de Administración, según el caso, y colaborar en su corrección. Autorizar con su firma cualquier balance que se produzca, acompañado del informe o dictamen correspondiente. Presentar por escrito a la gerencia las recomendaciones pertinentes para la elaboración del presupuesto anual. Convocar a asamblea, de acuerdo con lo fijado por este estatuto.

SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA Vigilancia y Control Depende del Ministerio de Hacienda. Recursos: 50% presupuesto nacional, 50% contribución de las entidades vigiladas.

SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA La Cooperativa se encuentra sometida a su inspección, vigilancia y control, El desarrollo del objeto social de la Cooperativa, se enmarca dentro de las prescripciones de la Circulares Básica Jurídica y Básica Contable y financiera expedidas por el citado ente de control, las cuales compendian la normatividad propia de las entidades cooperativas. COOPEMTOL, como Cooperativa Multiactiva, cuenta con autorización de la Superintendencia de la Economía Solidaria para el desarrollo de actividad financiera con sus asociados, a través de su Sección de Ahorro y Crédito, otorgada mediante Resolución No. 0591 del 22 de julio de 2003.

FONDO DE GARANTIAS DEL SECTOR COOPERATIVO FOGACOOP Seguro de Depósito de las Cooperativas que adelanten actividad financiera. Adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Vigilado por la Supersolidaria Recursos: Presupuesto Nacional y Aportes Cooperativas hasta un 5% Activos.

CONTROL INTERNO El artículo 23 de la Ley 222 de 1995 en concordancia con el numeral 3o del artículo 73 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero dispone que le corresponde a los administradores de las entidades vigiladas realizar su gestión con la diligencia propia de un buen hombre de negocios. En tal sentido, le corresponde al Consejo de Administración de Coopemtol en su calidad de administrador, definir las políticas y diseñar los procedimientos de control interno que deban implementarse, así como ordenar y vigilar porque los mismos se ajusten a las necesidades de la entidad, permitiéndole realizar adecuadamente su objeto social y alcanzar sus objetivos.

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO El Oficial de Cumplimiento está encargado de verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos diseñados con el fin de administrar el riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo. Para este cometido cuenta con la colaboración de todos los funcionarios de Coopemtol y con el Sistema de Administración de Riesgo de Prevención de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo SARLAFT

¡ NO OLVIDEMOS ! La Unión hace la Fuerza