SUBSECRETARIA DE INGRESOS

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Transcripción de la presentación:

SUBSECRETARIA DE INGRESOS Lic. María Elena Carrillo Pretalia. Directora General Adjunta de Legislación Aduanera y Comercio Exterior.

Colinda al Norte con EUA 3,152 km de frontera México Posición geográfica estratégica Océano Atlántico América del Norte Europa Asia Océano Atlántico Océano Pacífico América del Sur Colinda al Norte con EUA 3,152 km de frontera Colinda al Sur con Belice y Guatemala (Centroamérica) 1,149 km de frontera Rutas marítimas hacia los Océanos Pacífico y Atlántico 11,122 km de costas

TLC´s Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica Tratados de Libre Comercio Suscritos por México TLCAELC TLCAELC TLCUE TLCAN TLCUE AAE Japón TLC Israel ALADI TLC Colombia TLC Bolivia TLC Uruguay TLC Chile TLC´s Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica

Se requiere renovar el marco jurídico de la operación aduanera, para posicionar a MÉXICO a nivel mundial como un país competitivo. Aprovechando la posición geográfica y las ventajas que se han conseguido por la firma de los Tratados de Libre Comercio y Acuerdos Comerciales, y así coadyuvar con el Programa PRO-MÉXICO FOMENTO A LAS EXPORTACIONES.- MEDIANTE LA FACILITACIÓN DE TRÁMITES, ESPECIALMENTE EN EL CASO DE LOS MEDIANOS Y PEQUEÑOS USUARIOS DE LAS ADUANAS. ATRACCIÓN DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA.- MEJORAR EL CONTROL ADUANERO INCORPORANDO A PLENITUD LOS AVANCES DE LA ELECTRÓNICA AL TRÁMITE DE LAS OPERACIONES, LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES Y LA TRANSPARENCIA DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR, ASÍ COMO HOMOLOGAR EL MARCO JURÍDICO ADUANERO CON EL DE LOS PRINCIPALES SOCIOS COMERCIALES, PROPICIARÁ LA INVERSIÓN EXTRANJERA Y QUE LAS EMPRESAS MEXICANAS COMPITAN CON EFICACIA Y OPORTUNIDAD.

QUE SE TRANSFORMARON EN BARRERAS: OBSTÁCULOS TÉCNICOS QUE SE TRANSFORMARON EN BARRERAS: SE HAN IDO FORMANDO CASI INVOLUNTARIAMENTE, “OBSTÁCULOS TÉCNICOS” QUE SE SUMAN A LAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS QUE YA EXISTÍAN, NO OBSTANTE LA DESGRAVACIÓN DEBIDA AL GATT Y LOS COMPROMISOS PACTADOS EN LOS DIVERSOS TLC’S, Y ACUERDOS COMERCIALES. REVISIONES A LA SALIDA DE LA FRANJA FRONTERIZA. PADRÓN DE IMPORTADORES PADRÓN DE SECTORES ESPECÍFICOS REVISIONES EN TRANSPORTE BAJA DE LOS PADRONES Y DIFÍCIL REINSCRIPCIÓN DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE MUCHAS MERCANCÍAS EN LOS PEDIMENTOS ROJOS OPERATIVOS PRECIOS ESTIMADOS (GARANTÍA) ADUANAS EXCLUSIVAS SOBREREGULACION DE MUCHOS TRÁMITES AGENTE ADUANAL OBLIGATORIO MONOPOLIOS A LA IMPORTACIÓN. ELIMINAN LA POSIBILIDAD A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, DE IMPORTAR EN FORMA COMPETITIVA, ENTRE OTRAS POR EL ESQUEMA DE CERTIFICADAS. REVISIÓN EXHAUSTIVA DE CARGAMENTOS POR EL AGENTE O APODERADO, POR TEMOR A LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. SEGUNDOS RECONOCIMIENTOS

REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS: SECRETARÍA DE ECONOMÍA - PERMISOS PREVIOS - AVISOS AUTOMÁTICOS - CONSTANCIA DE PRODUCTO NUEVO - CUPOS - SALVAGUARDAS - NORMAS OFICIALES - CUOTAS COMPENSATORIAS

Regulaciones y Restricciones No Arancelarias Política de comercio exterior (económica-fiscal y aduanera) Tratados de Libre Comercio y Acuerdos Comerciales Suscritos por México Obstáculos Técnicos Regulaciones y Restricciones No Arancelarias Regulaciones y Restricciones No Arancelarias BAJA ARANCELARIA Un Nuevo Marco Jurídico Nueva Ley Aduanera Que responda a una Política de comercio exterior que refleje la realidad que se anhela en México : Posicionar a México como un país competitivo que atraiga inversión extranjera y permita que sus empresas compitan en calidad, con eficacia y oportunidad a nivel mundial.

CONVENCIÓN DE KYOTO Para los trabajos de diseño de la nueva ley se trajo a la vista el “Convenio internacional para la simplificación y armonización de los regímenes aduaneros” o convención de Kyoto (revisada), creado por la OMA. El convenio contiene una colección de procedimientos aduaneros ideales, que aspiran a uniformar documentos y trámites en todo el mundo, se proponen normas y se recomiendan prácticas, sin perjuicio de ir más allá de las propuestas. Así se incorporaron al proyecto nuevas normas, se ratificó la mayoría que ya existía en México y cuando fue posible se llegó más allá. Se adoptó también su terminología. Se deja así una legislación muy cercana a los términos del gran Convenio para que a futuro se pueda adherir sin mayor problema.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS Para aumentar la competitividad: La “declaración de mercancías” (pedimento) la puede presentar cualesquier persona que tenga derecho a disponer de las mercancías: propietario, poseedor, consignatario, transportista, apoderado, agente aduanal, simple mandatario. La “declaración de mercancías” (pedimento) se puede presentar a distancia, en cualquier aduana, desde cualquier punto del país. Se crean las “Agencias Aduanales”, personas morales que podrán operar en todas las aduanas. Se suprime el segundo reconocimiento y sus variantes. Las zonas francas sustituyen al “recinto fiscal estratégico”.

Para aumentar la competitividad: Se crea el nuevo régimen de “draw-back”, (reembolso de impuestos). Se crea el nuevo régimen de “transformación para consumo”. Se crea como régimen la “reimportación”. Se permite que las mercancías se cambien de régimen aduanero, respondiendo así a sus necesidades económicas y no por disposición de ley.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS Para reducir costos de operación No es obligatorio utilizar los servicios de un Agente Aduanal. El prevalidador no es obligatorio, sin embargo para evitar multas puede optarse libremente por utilizar los prevalidadores. Se permite que los usuarios pacten con los almacenes fiscalizados los plazos de almacenaje, para reducir los casos de abandonos tácitos de mercancías. Se crea una nueva modalidad de almacenamiento que permite el acondicionamiento, etiquetado, transvase, exhibición, ventas y otros actos, se llama “zona franca” (sustituye al recinto fiscal estratégico, que no pudo prosperar).

LOS PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS Para aumentar la certeza jurídica: La declaración debe ser electrónica, así como toda la documentación que acredite el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias (ventanilla única) La declaración puede corregirse durante el reconocimiento de las mercancías. La declaración de mercancías puede ser rectificada en un momento posterior al desaduanamiento, siempre que se justifique tal circunstancia. Se suprimen la cancelación de patentes y los sustitutos de agentes aduanales. El reconocimiento se transforma en un acto de policía. Se crea un catálogo de derechos de los usuarios de las aduanas. En las actuaciones de los usuarios se supone la buena fe. En el capítulo de infracciones y sanciones, se clarifica su imposición.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS Para facilitar las operaciones: Se eliminan las limitantes para ser Agente Aduanal y se crean las Agencias Aduanales. En ciertos casos se puede hacer una declaración provisoria, que luego se complementa. Se suprimen los “rojos operativos” pero la autoridad conserva la facultad de reconocer físicamente la mercancía. Se permite el desaduanamiento a la importación y a la exportación en el domicilio del importador. Se eliminan obstáculos técnicos como: - el Padrón de Importadores. - los Padrones Específicos. - los Precios Estimados.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS MEDIDAS TENDIENTES A REFORZAR LA SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR La OMA y la OCDE se han avocado a facilitar las operaciones aduaneras y el intercambio comercial, ambas coinciden en puntos necesarios para lograr la competitividad. Así mismo, la SEGURIDAD es un tema importante, que no se debe descuidar pero que tampoco debe de ser un obstáculo para el comercio, por lo cual se deben de certificar a los usuarios. Contar con información enviada en forma electrónica y anticipada al arribo o salida de mercancías para determinar el riesgo de las operaciones, utilizando parámetros objetivos que permitan controlar menos operaciones pero en forma inteligente y por ello con mayor eficacia. Utilizar medios informáticos y tecnológicos en el desaduanamiento de la mercancía. En el reconocimiento se deben utilizar rayos x, gama y los detectores de radiaciones, tecnología que no cause daño a las mercancías. Se debe de busacar la colaboración con otros paises, para tener el inter- cambio de información de mercancías riesgosa, e incluso, en su caso, solicitar que dicha mercancía no sea exportada hacia nuestro país.

ANTEPROYECTO DE LEY ADUANERA SUBSECRETARIA DE INGRESOS 2007

TITULO-I Disposiciones Generales CAPÍTULO I Objeto, sujeto y definiciones CAPÍTULO II Derechos de los usuarios de las aduanas CAPÍTULO III Obligaciones Generales TITULO II Entrada y Salida de Mercancías CAPÍTULO I Lugares autorizados para la entrada y salida de mercancías CAPÍTULO II Medios de transporte y obligaciones de los transportistas CAPÍTULO III Depósito Temporal de Mercancías CAPÍTULO IV Zonas Francas

TITULO-III Desaduanamiento de las Mercancías CAPÍTULO I Desaduanamiento General CAPÍTULO II Desaduanamiento especial de las mercancías CAPÍTULO III Desaduanamiento Simplificado de mercancías TITULO IV Regímenes Aduaneros CAPÍTULO I Disposiciones Generales CAPÍTULO II Importación Sección I Importación a consumo Sección II Reimportación CAPÍTULO III Exportación Definitiva

TITULO IV Regímenes Aduaneros CAPÍTULO IV Depósito Aduanero Sección I Disposiciones Generales Sección II Depósito Aduanero en almacenes generales de depósito Sección III Depósito Aduanero para exhibición y enajenación libres de pago de impuestos Sección IV Depósito Aduanero Automotriz

TITULO IV Regímenes Aduaneros CAPÍTULO V Tránsito Aduanero de Mercancías CAPÍTULO VI Regímenes para la transformación de mercancías Sección I Perfeccionamiento activo Sección II Perfeccionamiento pasivo Sección III Importación para transformación y elaboración con reembolso del impuesto general de Importación y de las cuotas compensatorias Sección IV Transformación de mercancías para destinas a consumo

TITULO IV Regímenes Aduaneros CAPÍTULO VII Admisión temporal de mercancías Sección I Admisión temporal en general Sección II Admisión temporal con suspensión total del pago de impuestos Sección III Admisión temporal con suspensión parcial del pago de impuestos CAPÍTULO VIII Regímenes Especiales Sección I Pasajeros internacionales Sección II Envíos Postales Sección III Empresas de mensajería y paquetería Sección IV Medios de transporte con fines comerciales Sección VI Envíos de socorro

TITULO-V Impuestos, Cuotas Compensatorias y Regulaciones al Comercio Exterior CAPÍTULO I Causación y Determinación Sección I Impuestos al comercio exterior y a las cuotas compensatorias Sección II Regulaciones y restricciones no arancelarias incluyendo normas oficiales mexicanas Sección III Base Gravable del Impuesto General de Importación Sección IV Base Gravable del Impuesto General de exportación CAPÍTULO II Pago, Compensación y Devolución CAPÍTULO III Cuotas Aduaneras de Garantía

TITULO VI Atribuciones del Ejecutivo Federal y de la Administración Aduanera, así como de los Procedimientos Administrativos CAPÍTULO I Atribuciones del Ejecutivo Federal y de la Administración Aduanera CAPÍTULO II Consultas a las Autoridades Aduaneras Sección I Consultas de Clasificación Arancelaria Sección II Consultas de Valor de la Mercancía CAPÍTULO III Ejercicio de las facultades de comprobación de las toridades aduaneras CAPÍTULO IV Procedimientos administrativos

TITULO VII Auxiliares en el Desaduanamiento y en el Control Aduanero de las Mercancías CAPÍTULO I Auxiliares en el desaduanamiento Sección I Agentes y Agencias Aduanales Sección II Encargados autorizados CAPÍTULO II Auxiliares en el control aduanero Concesiones y autorizaciones Sección I Disposiciones Generales Sección II Servicios sujetos a concesión o autorización Sección III Revocación, Suspensión y Rescate CAPÍTULO III Registros Especiales

TITULO VIII Infracciones y Sanciones CAPÍTULO I Infracciones y sanciones en general CAPÍTULO II Infracciones y sanciones en particular TITULO IX Medios de Defensa CAPÍTULO ÚNICO Recursos Administrativos

Gracias, quedamos en espera de sus valiosos comentarios.