Norma de Información Financiera

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Transcripción de la presentación:

Norma de Información Financiera NIF D-3 “Beneficios a los Empleados”

Finalidad de la NIF D-3 Convergencia con Normas Internacionales de Inf. Financiera (NIIF). Integración Boletín D-4. (Tratamiento Contable I.S.R. y P.T.U.). Inclusión de Párrafos Boletín C-9. (Beneficios de Terminación por Reestructura).

Vigencia de la NIF D-3 Las disposiciones contenidas en la NIF D-3 entran en vigor para ejercicios que inicien a partir del 1 de enero de 2008. Se dejan sin efecto los Boletines D-3 Obligaciones Laborales, D-4 Tratamiento Contable del ISR, del impuesto al activo y de la PTU, así como la INIF-4 Presentación en el estado de resultados de la PTU.

Cambios Importantes Presenta 3 Tipos de Beneficios: Directos a Corto y Largo Plazo. Terminación. Al Retiro.

Cambios Importantes Partidas Pendientes de Amortizar: En Beneficios al Retiro: a) Opción a reconocer el total de ganancias o pérdidas actuariales directo en los Resultados cada año, en la vida laborar remanente ó con otro método más acelerado de amortización siempre que sea consistente. b) Obligación de reconocer de inmediato en resultados las obligaciones del personal jubilado o que ya alcanzó la condición de elegibilidad.

Cambios Importantes Partidas Pendientes de Amortizar: En Beneficios por Terminación, reconocimiento directo a resultados del total de ganancias y/o pérdidas actuariales y servicios anteriores (incluyendo el efecto de carrera salarial), que se generen a partir del 1º de Enero de 2008 conforme se devenguen.

Cambios Importantes Desaparece el concepto de Obligaciones por Beneficios Actuales (OBA). Eliminación de Cuentas de Revelación: Pasivo Adicional. Activo Intangible. Cuenta Deudora Capital Contable. Uso de Tasas Nominales en Beneficios de largo Plazo y de Terminación, así como de Tasas Reales en Beneficios al Retiro:

Cambios Importantes Inclusión del Supuesto de Carrera Salarial. En este aspecto es importante comentar, que si bien muchas empresas pueden tener aumentos generales en la nómina del tamaño de la inflación anual o poco más alto, será necesario hacer el análisis de incrementos por puestos y/o personas, ya que en la experiencia, se dan casos en que algunas personas crecen en posición y tienen aumentos del 25% al 100%, aunque el aumento general de la empresa sea del 6% o 7%. Así pues es necesario el considerar en el cálculo actuarial a largo plazo cómo podrán ir creciendo algunas personas en sus puestos, como ejemplo:

Cambios Importantes Cálculo de reducciones y liquidaciones totales de obligaciones con base en la variación total de la obligación por Servicios Pasados antes y después del evento. Se dan normas de presentación y revelación más específicas por cada tipo de Beneficios.

Cambios Importantes Se establecen párrafos TRANSITORIOS, para el tratamiento de: 1. Saldo de Pasivo o Activo de Transición en todos los Beneficios, se amortizará en el plazo menor entre la vida laboral remanente y 5 años. 2. Saldo por amortizar a la entrada en vigor de la norma por Servicios Pasados en Beneficios por Terminación se amortizará en máximo 5 años. 3. Pasivo que se genera al considerar Carrera Salarial en Beneficios al Retiro, se amortizará en máximo 5 años.

Cambios Importantes 4. Dentro de los párrafos TRANSITORIOS, se establece como párrafo GENERAL (149): La falta de reconocimiento de cualquiera de las provisiones señaladas en esta NIF, siempre y cuando la entidad haya tenido la obligación de hacerlo, debe considerarse como un error contable. La corrección de tal error debe hacerse de manera retrospectiva con base en la NIF B-1, “Cambios Contables y correcciones de errores”. A este respecto, será importante considerar el tema de las INDEMNIZACIONES que se pagan a trabajadores que alcanzan una edad avanzada. Continuación…

Cambios Importantes Si bien se puede dar el caso en que en este momento las empresas consideran que actualmente no tienen la obligación de reconocer ese pasivo ya que no tienen la política, al presentarse un caso en que sí lo paguen o lo hayan pagado de forma esporádica, deberán reconocer todo el pasivo de forma retrospectiva (párrafo 149). O bien al establecer y reconocer por primera vez estos tipos de pasivos, si cuentan con personal que alcance las condiciones para el pago, tendrá que reconocer todo el pasivo correspondiente a sus años de servicio devengado, directo en los resultados del periodo como una obligación adquirida, de conformidad con el párrafo 85 de esta NIF D3.

Objetivo de la NIF D-3 Establecer Normas para el Reconocimiento Contable de los Beneficios que la entidad otorga a sus Empleados y otras provisiones relativas.

Alcance de la NIF D-3 Aplicación por parte de Entidades que emiten Estados Financieros conforme a NIF A-3 y que devengan obligaciones en su calidad de patrones por beneficios a Empleados (excepto compensaciones basadas en acciones).

Criterios para el reconocimiento Se deberá reconocer un Pasivo por Beneficios a Empleados si: Existe obligación (legal o asumida) de efectuar pagos en el futuro por sucesos del pasado. La obligación es atribuible a servicios prestados. La obligación está devengada. Es probable el pago del Beneficio. El monto puede ser cuantificable. Si no se cumplen todas las condiciones se debe estimar la posible contingencia acumulada y revelarla.

Beneficios a Empleados: Pagos a Empleados (y/o Beneficiarios) a cambio de sus servicios. Se clasifican en: Directos a Corto y Largo Plazo. Por Terminación. Al Retiro.

Beneficios Directos a Corto y Largo Pagos durante la Relación Laboral: Corto Plazo: Efectuados en los 12 meses siguientes al cierre del periodo. Largo Plazo: Pagaderos a partir de los 12 meses siguientes del cierre).

Beneficios Directos a Corto y Largo Plazo Ejemplos: Sueldos y Salarios, Tiempo Extra, Destajos, Comisiones, Bonos o Incentivos, Gratificaciones Anuales. Ausencias Compensadas (Vacaciones, Prima Vacacional , Ausencias por Enfermedad, Años Sabáticos, Becas o estudios prolongados normalmente en el Extranjero. Atenciones Médicas, uso Casas y Automóviles y Despensas. P.T.U. e incentivos. Beneficios por invalidez temporal o permanente.

Valuación Beneficios Directos Corto Plazo: En proporción a los servicios prestados en el periodo contable con el reconocimiento de Pasivo conforme se devenga, enviando sus efectos a los Resultados del periodo. Largo Plazo: Uso de tasa de descuento en términos nominales para determinar el Valor Presente de la Obligación por Beneficios Definidos (OBD) considerando lo establecido en la NIFA-6.

Valuación Beneficios Directos b) Largo Plazo: Reconocimiento de un Pasivo equivalente a: OBD - Valor Razonable de los Activos (si hubiere). Reconocimiento Total e Inmediato a Resultados del Costo Neto del Periodo (CNP) integrado por los siguientes componentes:

Valuación Beneficios Directos Costo Laboral del Servicio Actual. Costo Financiero. Rendimiento Esperado de Activos. La Ganancia y Pérdida Actuarial del periodo. El Servicio Pasado. Efecto de Liquidaciones Totales y/o Reducciones de obligaciones.

Beneficios por Terminación Son los pagos que se efectúan al término de la Relación Laboral, antes de edad de jubilación o condición de elegibilidad. Por ejemplo: Indemnizaciones legales por despido, gratificaciones adicionales, prima de antigüedad (por muerte, invalidez, despido y separación voluntaria antes de la fecha de jubilación o fecha o de retiro sustitutivo de jubilación) servicio médico. Pagos por Ley, por convenio colectivo, prácticas habituales que den beneficicos en exceso a las legales en casos de Separación Voluntaria y/o despido. El pago de dichos beneficios es un hecho cierto pero la fecha de pago es incierta.

Beneficios por Terminación Se pueden presentar por las siguientes situaciones: Por causa de reestructura. Por causa distinta de reestructura.

Valuación de Beneficios por Terminación Por causa de Reestructura: Se identifican los desembolsos que se llevaran a cabo. Se cumple con las Normas de Reestructuración contenidas en la Norma Particular sobre Pasivo, Provisiones, Activos y Pasivos Contingentes y compromisos. Pago en el Corto Plazo, por tanto No se Usan Hipótesis Actuariales para Valuar la Obligación.

Valuación de Beneficios por Terminación Por causa distinta a Reestructura: Uso de Tasas Nominales para determinar el Valor Presente de la Obligación por Beneficios Definidos (OBD). Reconocimiento del Pasivo Total que resulte de: OBD – Valor Razonable de los Activos (si hubiere). Reconocimiento Total y de Inmediato a Resultados del Costo Neto del Periodo (CNP) integrado por los siguientes componentes: Este pasivo debe presentarse disminuido de los pagos efectuados.

Valuación Beneficios por Terminación Costo Laboral del Servicio Actual. Costo Financiero. Rendimiento Esperado de los Activos del plan y de cualquier derecho de reembolso reconocido como un activo. La Ganancia y Pérdida actuarial del periodo. El Costo Laboral del Servicio Pasado. Efecto de cualesquier Liquidación y/o Reducción de obligaciones.

Beneficios al Retiro Se otorgan al alcanzar la edad de jubilación o con posterioridad a ésta. Pueden ser formales o informales. Pueden pagarse en efectivo o en especie. Provienen de: Planes de Pensiones, Primas de Antigüedad e Indemnizaciones, ya sea por jubilación o por retiro sustitutivo de jubilación y Otros Beneficios al Retiro (por ejemplo Seguro de Vida, Protección de la Salud, despensas y otras prestaciones).

Clasificación de Planes de Beneficios al Retiro Planes de Contribución Definida: Entidad aporta montos en efectivo preestablecidos a un fondo de inversión y los beneficios de los Empleados son las sumas de dichas aportaciones, más o menos las ganancias o pérdidas en la administración del fondo. Planes de Beneficios Definidos: La responsabilidad de la Entidad termina hasta liquidar los beneficios cuyos montos se determinan con base en una fórmula o un esquema establecido en el mismo plan.

Valuación de Beneficios al Retiro Contribución Definida: Obligaciones con el fondo de inversión son a Corto Plazo, por tanto, se valúan sin recurrir al Valor Presente, salvo las porciones de las mismas que vayan a vencer mas allá del plazo de doce meses después de la fecha de Balance. Se Reconoce la contribución al fondo como un Costo ó Gasto del Periodo y como un Pasivo (obligación acumulada), neto de las aportaciones ya cubiertas. Si el monto pagado es superior a las aportaciones que deben realizarse según los servicios prestados a la fecha de balance, se debe reconocer la diferencia como un activo (pago anticipado)

Valuación de Beneficios al Retiro Planes de Beneficios Definidos: Deben valuarse con el Método de Crédito Unitario Proyectado, con base en sueldos proyectados o en el costo proyectado de los beneficios. Valuación a fecha de Estados Financieros o 3 meses anteriores. Pasivos y Activos Reconocidos, deben considerarse Partidas no Monetarias, por lo que las cifras deben reexpresarse (conforme a NIF correspondiente).

Valuación de Beneficios al Retiro Uso de Tasas en términos Reales (nominales descontados por el factor de inflación) para determinar el Valor Presente de la Obligación por Beneficios Definidos (OBD). Se requiere usar Supuestos Actuariales como tasas de descuento, de rotación de morbilidad, de mortalidad, tasas de incremento salarial (suponiendo posibles promociones del empleado), incrementos de costos esperados en servicios médicos y actualizaciones del costo por edad, para determinar el Valor Presente de las Obligaciones por Beneficios Definidos (OBD).

Valuación de Beneficios al Retiro Se debe Reconocer un Pasivo o un Activo Neto Proyectado derivado de: Valor Presente de la Obligación por Valor Razonable +/- Partidas Pendientes de Beneficios Definidos (OBD) Activos del Plan Amortizar (PPA) (AP) Reconocimiento en Resultados del Costo Neto del Periodo (CNP) integrado por los siguientes componentes:

Valuación Beneficios al Retiro Costo Laboral del Servicio Actual (CLSA). Costo Financiero (CF). Rendimiento Esperado de Activos del Plan (REAP). Ganancia o Pérdida Actuarial Neta (GPAN). Costo Laboral del Servicio Pasado (CLSP). Efecto de Liquidaciones Totales y/o Reducciones de obligaciones que no califiquen como una reestructuración o discontinuación de una operación.

Reducción y Liquidación Anticipada de Obligaciones La reducción y/o liquidación anticipada de obligaciones, cuando son importantes, pueden afectar sustancialmente a los elementos de un plan de beneficios al retiro, de tal suerte que deben efectuarse nuevos cálculos actuariales.

Reducción y Liquidación Anticipada de Obligaciones Cuando tengan lugar reducciones y/o liquidaciones en un plan de beneficios definidos, la entidad debe reconocer las ganancias o pérdidas resultantes. Éstas ganancias o pérdidas deben incluir lo siguiente: a) Cualquier cambio que pudiera resultar en el valor presente de la OBD contraída. b) Cualquier variación en el valor razonable de los Activos del Plan (AP) y c) Cualesquiera Partidas pendientes de amortizar (PPA) que no hubieran sido previamente reconocidas

Reducción y Liquidación Anticipada de Obligaciones Cuando la reducción y/o liquidación anticipada de obligaciones cubra solamente una parte de la OBD, debe determinarse el efecto a reconocer en resultados, de acuerdo con lo siguiente: El informe actuarial debe incluir la OBD antes y después del evento; determinar la proporción del monto de reducción de la OBD; y aplicar la proporción anterior al monto de las PPA aún no amortizadas; …

Reducción y Liquidación Anticipada de Obligaciones En su caso podrá utilizarse otra base más apropiada o racional acorde a las circunstancias; por ejemplo, si el monto obtenido de la situación del plan antes y después del evento es una ganancia, podría ser más apropiado aplicarlo primero en su totalidad, de ser factible, a cualquier Servicio Pasado (SP) no amortizado del mismo plan de beneficios. El resultado obtenido corresponde a la ganancia o pérdida por reducción y/o liquidación anticipada de obligaciones.

Normas de Presentación Beneficios Directos a Corto y Largo Plazo: Los Pasivos deben presentarse en el pasivo a corto y largo plazo dentro del balance general, respectivamente. Los Costos reconocidos en el estado de resultados deben presentarse dentro del Resultado de Operaciones Ordinarias, en el costo de ventas y/o en gastos de operación, según corresponda.

Normas de Presentación Beneficios Directos a Corto y Largo Plazo: Asimismo, estos beneficios Reconocidos en el Estado de Actividades deben presentarse dentro del patrimonio restringido, temporalmente restringido o no restringido, según proceda de acuerdo con la NIF particular relativa. La PTU legal causada debe presentarse como parte de las operaciones ordinarias, recomendándose el rubro de “Otros ingresos y gastos”.

Normas de Presentación Beneficios por Terminación: El pasivo derivado de beneficios por terminación debe presentarse en el pasivo a corto o largo plazo en el balance general, según proceda. Los beneficios por terminación por causa de reestructuración reconocidos en el estado de resultados deben presentarse como otros ingresos y gastos.

Normas de Presentación Beneficios por Terminación: Los beneficios por terminación por causas distintas de reestructuración reconocidos en el estado de resultados deben presentarse dentro del resultado de operaciones ordinarias, en el costo de ventas y/o en gastos generales, según corresponda. Ambos beneficios por terminación reconocidos en el Estado de Actividades deben presentarse en el Patrimonio No Restringido, de acuerdo con la NIF particular relativa.

Normas de Presentación Beneficios al Retiro: El Pasivo debe presentarse en un rubro específico dentro del Pasivo a Largo Plazo en el balance general. Cuando se trate de un Pago Anticipado debe presentarse en el Activo No Circulante. El CNP de los beneficios al retiro reconocido en el estado de resultados debe presentarse dentro del Resultado de Operaciones Ordinarias.

Normas de Presentación Beneficios al retiro: Los efectos de reducción y liquidación anticipada de este tipo de obligaciones reconocidos en el estado de resultados que no califican como una reestructuración o discontinuación de una operación deben presentarse como parte del CNP dentro del resultado de operaciones ordinarias. En caso de formar parte de una reestructuración deben presentarse como Otros ingresos y gastos en el estado de resultados. Si se tratase de una operación discontinuada, deben formar parte de la propia operación discontinuada en el estado de resultados. El CNP y los efectos de reducción y liquidación anticipada de los beneficios al retiro reconocidos en el estado de actividades deben presentarse dentro del patrimonio restringido de acuerdo con la NIF particular relativa.

Normas de Revelación Beneficios Directos a Corto y Largo Plazo: Deben revelarse si una obligación por beneficios directos por ausencias compensadas es o no acumulativa y si tuvo que determinarse una provisión de la misma. De la PTU DIFERIDA debe revelarse lo siguiente: a) Monto de la PTU diferida reconocida en los resultados del periodo. b) Integración del gasto o ingreso por PTU derivada de las operaciones discontinuadas en el periodo, señalando la PTU causada y diferida asociada al gasto o ingreso. c) Los conceptos e importes más significativos de diferencias temporales, acumulables y deducibles, que originaron los pasivos y activos por PTU diferida

Normas de Revelación Beneficios por Terminación: Se está en presencia de un pasivo contingente cuando exista la incertidumbre del número de empleados que acepten una oferta de beneficios por terminación. Según lo exigido por la norma particular de pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes y compromisos, la entidad debe revelar información sobre el pasivo contingente. En función de lo requerido por la NIF A-7, la entidad debe revelar la naturaleza y monto de cualquier gasto que sea de importancia relativa. Los beneficios por terminación pueden producir gastos cuyo monto sea necesario revelar para cumplir con la obligación descrita.

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: La entidad debe revelar el monto reconocido como un gasto por planes de contribución definida. Las entidades deben revelar en las notas a los estados financieros, las características principales del plan o planes de beneficios al retiro (mostrando por separado el plan para pensiones y prima de antigüedad por jubilación o por retiro sustitutivo de jubilación, del plan para otros beneficios al retiro) y cualquier situación que afecte la consistencia o comparación de la información, así como: La política contable seguida por la entidad para el reconocimiento de las pérdidas y ganancias actuariales, señalando si las amortiza o tomó la opción de reconocerlas directamente en resultados.

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: Una descripción general del tipo de plan de que se trate. Una conciliación entre los saldos iniciales y finales del valor presente de la obligación por beneficios definidos (OBD) mostrando por separado, de ser aplicable, los efectos en la OBD que durante el periodo ha sido atribuible a cada uno de los siguientes conceptos: Costo laboral del servicio actual, Costo financiero, Aportaciones efectuadas por los empleados participantes, Pérdidas y ganancias actuariales generadas en el periodo, Modificaciones por variaciones en el tipo de cambio, beneficios pagados, costo laboral del servicio pasado, adquisición de negocios, reducciones y liquidaciones anticipadas.

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: Monto de la obligación por beneficios adquiridos; Una conciliación entre los saldos iniciales y finales del valor razonable de los activos del plan (AP). Conciliación de los saldos iniciales y finales de cualesquiera derechos de reembolso reconocidos como activos. Una conciliación entre el valor presente de la OBD y del valor razonable de los AP, con el pasivo o activo neto proyectado reconocido en el balance general; mostrando como mínimo las pérdidas y ganancias actuariales no reconocidas en el balance, el servicio pasado no reconocido en el balance, valor razonable de cualquier derecho de reembolso y otros montos no reconocidos en el balance.

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: Periodo de amortización de las partidas pendientes de amortizar, para el plan de pensiones y prima de antigüedad por jubilación o retiro sustitutivo de jubilación y para el plan de otros beneficios al retiro; El CNP total reconocido en resultados, detallando cada uno de sus componentes.

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: Para cada una de las principales categorías de los activos, el porcentaje o monto que cada categoría representa en el valor razonable de los activos del plan totales, incluyendo entre otros, los instrumentos de capital, los de deuda, los inmuebles y otros activos; identificando por separado los instrumentos emitidos y/o los activos utilizados por la entidad. Una descripción de los criterios utilizados para determinar la tasa de rendimiento esperado de los AP, incluyendo el efecto de las principales categorías de los AP;

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: El rendimiento real de los AP, así como el de cualquier derecho de reembolso reconocido como activo. Las principales hipótesis actuariales utilizadas, en términos absolutos, referidas a la fecha del balance. Los montos correspondientes al periodo actual y a los cuatro periodos anuales precedentes en la OBD, los Activos del plan, los ajustes por experiencia que surgen de los pasivos del plan y de los activos del plan expresados como monto o como porcentaje.

Normas de Revelación Beneficios al Retiro: La mejor estimación, en tanto pueda ser confiable, de las aportaciones al plan durante el periodo anual que comience después de la fecha de balance. El efecto que tendría un incremento de un punto porcentual, y el que resultaría de una disminución de un punto porcentual, en la tendencia de variación asumida respecto de los costos de atención médica sobre: La suma de los componentes del costo de los servicios del periodo actual y del costo financiero del costo médico periódico al retiro neto; y las obligaciones acumuladas por prestaciones al retiro derivadas de costos de atención médica;

Normas de Revelación Partes relacionadas: Aunque esta NIF no exige las revelaciones específicas sobre beneficios a los empleados, otras NIF pueden exigir este tipo de información a revelar. Por ejemplo, acorde con la NIF C-13, Partes relacionadas, algunas entidades deben revelar información sobre los beneficios a los empleados del personal gerencial clave o directivos relevantes de la entidad.

Planes Multi-patronales Son planes de contribución definida o de beneficios definidos (distintos de los planes gubernamentales), en los cuales: Los activos aportados por distintas entidades que no están bajo control común se juntan en un fondo genérico; y Se utilizan estos activos para proporcionar beneficios a los empleados de más de una entidad. El pasivo es la parte proporcional de la OBD, de los AP y de las PPA, de la misma manera que haría en el caso de cualquier otro plan de beneficios definidos.

Planes Multi-patronales Cuando no esté disponible la información suficiente para aplicar el tratamiento contable de los planes de beneficios definidos a los planes multi-patronales que cumplan las condiciones para serlo, la entidad debe: a) Reconocer el plan como si fuera un plan de contribución definida b) Revelar las razones por las que no está disponible la información suficiente para permitir a la entidad reconocerlo como un plan de beneficios definidos.

Reembolsos Cuando sea probable que un tercero vaya a reembolsar alguno o todos los desembolsos exigidos para cancelar una obligación por beneficios definidos, la entidad debe reconocer su derecho al reembolso como un activo separado. La entidad debe valuar dicho activo a su valor razonable y debe tratarlo de la misma manera que al resto de los activos del plan. En el estado de resultados, el gasto relacionado con el plan de beneficios definidos puede ser presentado neto del monto reconocido como reembolsable.

Adquisiciones de Negocios En una adquisición de negocios, una entidad debe reconocer el activo o pasivo por beneficios al retiro que surja de la diferencia algebraica entre la OBD y los AP a la fecha de la adquisición (véase la norma particular sobre adquisiciones de negocios), incluso si la entidad adquirida no los hubiese reconocido a la fecha de adquisición

Planes Gubernamentales Los planes gubernamentales son los establecidos por la legislación para protección de salud, vivienda y retiro, administrados directa o indirectamente, por entidades gubernamentales que afectan a las entidades. Estos planes se administran por la autoridad nacional o local. Se financian con las aportaciones que las entidades participantes efectúan por cada uno de sus empleados, de forma tal que si la entidad deja de emplear a beneficiarios del plan gubernamental no tendrá obligación de seguir haciendo aportaciones por ellos.

Planes Gubernamentales Los planes gubernamentales se clasifican normalmente como planes de contribuciones definidas. Sin embargo, pudiera darse el caso de que el plan gubernamental fuera de beneficios definidos. Por lo cual, la entidad debe reconocer un plan gubernamental según lo establecido para planes de contribución definida o de beneficio definido, según sea el caso.

Ejemplos

POSTRETIRO

CARRERA SALARIAL

PRIMA DE ANTIGÜEDAD

PRIMA DE ANTIGÜEDAD AL RETIRO

PRIMA DE ANTIGÜEDAD POR TERMINACIÓN

REMUNERACIONES POR TERMINACIÓN