Bienes gananciales anómalos Hinckelmann, Marcela B. v. Gutiérrez Guido Spano, Miguel R. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala B 28/10/2005 Voto.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL MATRIMONIO “La Sociedad del hombre y de la mujer, que se unen a efecto de perpetuar la especie; para ayudarse, mediante mutuos auxilios, a sobrellevar.
Advertisements

DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL
DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
TEMA:ADMINISTRACION CONYUGAL
HABER RELATIVO, APARENTE O TRANSITORIO
Caso particularisimo: Alcance del 1306 C.Civil 13/4/2005 Ac , "A., E. M. v. S., H. J. s/incidente de liquidación de sociedad conyugal" SCBA.
Tercería de mejor derecho Ac /11/2005 "L., M. M. v. D. M., R. O. y otro. Tercería de mejor derecho en Banco Coinag Cooperativo Limitado S.A. v.
El abandono de la esposa endeudada R. de H., S. c. H., J. C.. de H., S. c. H., J. C. s/ daños y perjuicios Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
Bienes gananciales anómalos
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA EMPRESA FAMILIAR CONVENIOS DE PARTICIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Fernando Pérez Lasala.
MODOS ANORMALES DE TERMINACION DEL PROCESO- II
Regimen matrimonial argentino
“Efectos económicos del matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación. ********************************** Convenciones matrimoniales. Régimen.
IMPUESTO AL DIVORCIO IAD GRUPO TRIBUTARIA. INTRODUCCION 1 16 Divorcios diarios 2 Desintegracion de la familia 3 Daño Emocional.
ACCIÓN DE REVISIÓN.
Rechazo de las medidas cautelares solicitadas por la cónyuge ante la declaración del concurso del marido 17/5/2005 "B., D. v. G. R., F. A. s/liquidación.
BÁRBARA BÁEZ FREIRE UNIVERSIDAD TECNOLOGICA ECOTEC
CLASES PRACTICAS ACTO JURIDICO
EL MATRIMONIO y EL DIVORCIO
ATENEO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES CIENTIFICAS
INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA
DISPOSICION DE FONDOS A FAVOR DE TERCEROS IMPUESTO A LAS GANANCIAS ART. 73 LEY ART. 103 D.R. FALLO “FIAT CONCORD S.A. C/D.G.I.” CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
“Recursos Administrativos y Declaración de Nulidad del Acto Administrativo” Dr. Juan Carlos Rivera Veliz.
REGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL JUAN FELIX ISTURIZ AZCONA.
INTEGRANTES MARIA CAMILA ROSERO CALVACHE ERNEY DARIO CORAL ROSERO.
IV. RESUMEN DE LA SENTENCIA RESOLUCION NÚMERO 12 1.La demandante señala como fundamento base de su pretensión que en su condición de esposa de don Claudio.
MATRIMONIO Código Civil y Comercial. MATRIMONIO  Principio de libertad e igualdad  Impedimentos  Edad legal  Falta de salud mental  Nulidades  Se.
El Matrimonio. Qué es el matrimonio Etimología  El matrimonio (del latín: matrimonīum) es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus.
Sistema de solución de los conflictos de leyes La Norma de Conflicto.
REGIMENES PATRIMONIALES. REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES El Código de Familia institucionaliza el régimen de separación de bienes en el Art. 48 el cual.
Errores comunes en la interpretación y aplicación de las NIIF.
SENTENCIA DEL PLENO CASATORIO (IV Pleno Casatorio) CASACIÓN N° UCAYALI DEMANDANTES: JORGE ENRIQUE PANDURO, CÉSAR ARTURO CORREA PANDURO Y LUIS.
G UILLERMO G ÁLVEZ C ASTRO DERECHO PROCESAL CIVIL.
EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION Y EL RÉGIMEN REGISTRAL DEL AUTOMOTOR Disertante: Dr. Javier Antonio Cornejo.
TRAMITACIÓN DE LA QUIEBRA
MARATÓN DEL CONOCIMIENT0 DERECHO II
Transformación ION Concepto y clases
Cierre de la instrucción.
Tema XV El régimen de separación de bienes
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
Tema XVI El régimen de participación
APUNTES DE LEGISLACIÓN COMERCIAL I
UNIDAD XVIII DEL DERECHO DE ACCIÓN.
ALEGATOS.
VIDA DOMÉSTICA.
El Matrimonio Unión de dos personas mediante determinados ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
BIENES GANANCIALES. LIC. NELSON DELGADO ARAYA. Bienvenidos….
RENTA BRUTA ARTÍCULO 20°. DEFINICIÓN Conjunto de ingresos que se computan o se consideran como gravados por el impuesto. Debemos diferenciarla de la RENTA.
“Efectos económicos del matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación. Convenciones matrimoniales (anteriores y posteriores al matrimonio) Convenio.
Regimen de comunidad de ganancias
COMUNIDAD HEREDITARIA
Inoponibilidad de la donación impugnada a la cónyuge acreedora
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro, sala I
Liquidación de la comunidad de gananciales
Antecedentes del caso Oct. 2005: se casan en valencia Octubre 2008: nacen los bebés mediante gestación por sustitución Noviembre 2008: les deniegan la.
Ataque a la donación como socia o comunera
Procesos de familia.
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
Régimen de participación en los gananciales (RPG) art a 27 En cuanto a inicio, RPG puede ser originario (capitulaciones anteriores o coetáneas.
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
Masa Hereditaria Confección Inventario y Avalúo
Principios de Derechos Humanos
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
Abog. MARÍA MAGDALENA GALLI FIANT
Capitulo 7. Capitulo 7 Muchas preguntas con respecto al Matrimonio.
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO EL ADULTERIO COMO CAUSAL DE DIVORCIO SAN JUAN BAUTISTA 2016 Presentado por: Susan.
EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
Transcripción de la presentación:

Bienes gananciales anómalos Hinckelmann, Marcela B. v. Gutiérrez Guido Spano, Miguel R. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala B 28/10/2005 Voto Dr. Mizrahi

Causal 214 inc.2 CCivil Fallo plenario 29/9/1999, "G. G. T. v. A. J. O. s/liquidación de sociedad conyugal", (LL 1999-F-3) Extensión de la la aplicación del art párr. 3º CCiv. causal del art. 214 inc. 2 desde luego cuando no se ha introducido por los cónyuges la cuestión de la inocencia o culpabilidad

Bienes gananciales anómalos Ninguno de los esposos tendrá derecho a participar de los bienes gananciales que con posterioridad a la separación de hecho que aumentaron el patrimonio del otro No se verifica una disolución de la sociedad conyugal Sino los bienes "gananciales", adquiridos con posterioridad a la ruptura serán en el mejor de los casos "gananciales anómalos“ = no sujetos a división entre los esposos conforme a la regla del art CCiv. En todo caso, serán bienes gananciales que se estimarán como propios o, si se quiere, bienes gananciales no repartibles.

La actora agraviada invoca el supuesto error del juzgador de primera instancia No declaró como gananciales sujetos a liquidación el 99% de las acciones de "La Matera S.A.", y el 25% de las acciones de "La Capilla S.A.“ Fundamentos del agravio: art CCiv. establece la presunción de ganancialidad La sentencia tenía que haber atribuido el carácter de gananciales a estas acciones, en atención a que el demandado no ha probado de qué forma o con qué medios o fondos adquirió las mentadas acciones.

la sociedad conyugal persiste tras la separación de hecho PERO ello no impide que la calificación de los bienes adquiridos con posterioridad a ella se realice de una manera diferenciada

Entre la celebración del matrimonio y la disolución de la sociedad conyugal acontecida con la notificación de la demanda de divorcio no todos los bienes gananciales adquiridos durante dicho período merecerán la misma categoría o calificación

los bienes adquiridos desde la celebración del matrimonio y hasta la separación de hecho, serán digamos bienes gananciales "puros" o bienes gananciales "propiamente dichos“ Los alcanza la regla del art CCiv., que obligará en su hora a la división "por iguales partes entre marido y mujer". En cambio, desde la ruptura de la unión fáctica y hasta la disolución de la sociedad conyugal, los bienes que aumentaron el patrimonio de cada cónyuge serán gananciales anómalos o no sujetos a división. Tal aserto ello hace que se desplace la aplicación del antes citado art CCiv., y que entre en juego la regla del art párr. 3º, y su interpretación por el tribunal en pleno. Por ende, esta última norma impedirá a cada cónyuge participar de los bienes adquiridos por el otro.

Presunción de ganancialidad del art Aplicando la presunción, lo único que se acredita es que el demandado incorporó a su patrimonio bienes gananciales "anómalos", esto es, no sujetos a partición. la adquisición por el demandado de las acciones de "La Matera S.A." y "La Capilla S.A.", no ha sido durante la época de la comunidad de vida, de manera que a tales acciones jamás se le puede atribuir el carácter de bienes gananciales "puros" o propiamente dichos, encuadrados en el art CCiv.

Para desvirtuar la precedente conclusión, e incorporar consecuentemente a la masa ganancial partible las antes referidas acciones Acreditar: subrogación real = paquetes accionarios fueron adquiridos con fondos o frutos provenientes de bienes gananciales pertenecientes a la época en que se verificaba la convivencia