Un cheque es una orden entregada por un cliente bancario a su banco, para que éste pague los fondos que se indican en el documento. De acuerdo a la forma.

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Transcripción de la presentación:

Un cheque es una orden entregada por un cliente bancario a su banco, para que éste pague los fondos que se indican en el documento. De acuerdo a la forma en que se llenan los cheques, es posible distinguir los siguientes tipos de documentos: al portador, a la orden, nominativo y cruzado. TIPOS DE CHEQUES Cheque al Portador: si no se tachan las palabras impresas "al portador", puede ser cobrado por cualquier persona que lo presente a cobro. Cheque a la Orden: cuando se tachan las palabras "al portador", el documento sólo puede ser cobrado por la persona cuyo nombre aparece escrito a continuación de las palabras "páguese a la orden de". No obstante, éste tipo de documento puede entregarlo en pago a otra persona, para lo cual debe endosarlo (escribir su firma en el dorso del cheque). En este caso, cualquiera persona puede cobrarlo como si fuera al portador. Cheque Nominativo: si al momento en que se llena, se tachan las palabras impresas "a la orden de" y "a portador", el cheque será nominativo y solo podrá pagarse al beneficiario indicado en el documento. Este tipo de cheque no puede ser endosado a otra persona. Cheque Cruzado: si se desea que el documento no sea cobrado en efectivo en la caja del Banco, sino que el monto sea depositado en otra cuenta corriente, se trazan en el documento dos líneas paralelas en forma transversal. Este tipo puede ser al portador, a la órden o nominativo.

De acuerdo a la forma en que se llenan los cheques, se pueden distinguir los cheques al portador, a la orden y nominativo.   Cuando un cliente bancario llena un cheque y lo entrega para hacer un pago, en realidad está entregando una orden al Banco, para que éste pague los fondos que se indican en el documento. El banco, por lo tanto, debe pagar lo que se indica en el momento en que el cheque le sea presentado, sin importar si la fecha es futura (para la ley no existen los "cheques a fecha"). En cambio, si la fecha es pasada, rigen ciertos plazos determinados por la propia ley y las normas de la Superintendencia, que hacen que un cheque quede inválido cuando han transcurrido determinados plazos. Es muy importante que la persona que haga el cheque, esté seguro de que al momento en que se cobre el cheque, en la cuenta haya fondos suficientes para cubrir dicho monto. De acuerdo a la forma en que se llenan los cheques, se pueden distinguir los cheques al portador, a la orden y nominativo, de acuerdo a lo que se explica y muestra a continuación:

Cheque Nominativo: si se tachan las palabras impresas "a la orden de" y "a portador", se dice que el cheque es nominativo y solo podrá pagarse al beneficiario indicado en el cheque. No puede ser endosado  a otra persona.

Cheque al Portador: si no se tachan las palabras impresas "al portador", el cheque puede ser cobrado por cualquier persona que lo presente a cobro.  

Cheque a la Orden: cuando se tachan las palabras "al portador", el cheque sólo puede ser cobrado por el beneficiario cuyo nombre aparece escrito a continuación de las palabras "páguese a la orden de". Sin embargo, el beneficiario puede entregarlo en pago a otra persona para lo cual debe endosarlo, es decir, escribir su firma en el dorso del cheque. En este caso, cualquiera persona puede cobrarlo como si fuera al portador.

Cheque Cruzado: si se desea que el cheque no sea cobrado en dinero en efectivo en la caja del Banco, sino que la cantidad sea depositada en otra cuenta corriente, al cheque se le trazan dos líneas paralelas en forma transversal. Esto se llama cheque cruzado o para depósito. Los cheques al Portador, a la Orden y Nominativo pueden ser Cruzados.

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