GENERALIDADES SOBRE EL DERECHO

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Transcripción de la presentación:

GENERALIDADES SOBRE EL DERECHO

Rasgos o características del Derecho La Normatividad: El carácter normativo le viene impuesto al Derecho por la necesidad de la sociedad de clases, de abarcar "con una norma general, los actos de producción, distribución e intercambio de productos, actos que se repiten cada día, de velar porque cada cual se someta a las condiciones generales de la producción y del cambio "(Engels).

Necesidades reglas de conducta a cuyo cumplimiento puede obligar el aparato del Estado, normas que adquieren carácter jurídico al estar establecidas, sancionadas y protegidas por el Estado. (Es la expresión formal del Derecho a través de normas jurídicas).

La - La Obligatoriedad: El Derecho actúa como un sistema de normas obligatorias, pues en él se manifiesta la voluntad de clase como voluntad de Estado, la obligatoriedad del Derecho se deriva de íntima vinculación con el Estado, y de la naturaleza de éste, donde se ve obligado objetivamente a promulgar y defender las normas que correspondan a las necesidades e intereses económicos de la clase dominante.

La Imperatividad: Las normas jurídicas no entrañan un ruego, ni un consejo para sus destinatarios, sino que establecen de manera imperativa, derechos y deberes para los hombres. Los derechos y deberes se establecen en forma de mandato jurídico, estableciéndose en las normas sanciones para aquellos que la incumplan.

4 – La Coactividad: El Derecho se identifica con la violencia, es coacción El Estado como instrumento de la clase, obliga al acatamiento del orden jurídico, poniendo en juego sus órganos coactivos. El Derecho como parte de la superestructura: al igual que el Estado el Derecho constituye una parte importantísima de la superestructura que se erige sobre la base económica de la sociedad. Por lo tanto, el derecho es un fenómeno que no puede situarse fuera de la esfera social.

Considera el derecho como elemento superestructural de la sociedad implica la determinación del nexo que une las ideas jurídicas así como las instituciones que les corresponden con las relaciones económicas y con las demás ideas y con las instituciones sociales.

¿Qué es el Derecho? Es un sistema de normas sin embargo, no solo eso, el derecho además de normativo es una ideología, tiene valores (sentido valorativo) y tienen un ángulo social en la sociedad. Dimensiones del derecho a) la normativa, b) la valorativa, c) la dimensión social.

Concepto de Derecho: Es el conjunto de normas jurídicas obligatorias que rigen las actividades de una sociedad y que están sancionadas por la fuerza del Estado (aspecto Objetivo) subjetivamente, se trata de los derechos o facultades concedidas o reconocidas a las personas, de las cuales son estas sus titulares.

Realización del derecho: No es más que la puesta en práctica por todas las personas integrantes de las sociedades las normas jurídicas establecidas por esta, o sea la ley no se ve realizada si estos integrantes no cumplen con ella.

Los elementos del Derecho: En  la  formación del fenómeno jurídico concurren  dos  tipos  de elementos fundamentales: Un elemento histórico que constituye lo que es el contenido del Derecho y un elemento lógico formal que es su forma de expresión.

El  elemento lógico o formal se manifiesta a través de tres  formas: a) La lógica normativa: Que traduce el fenómeno jurídico en norma de conducta  o  forma  de  comportamiento,  a  través  de   actos normativos (leyes, decretos, reglamentos) o de otorgamiento  del carácter  de  norma jurídica a determinadas costumbres  y  a  las decisiones  de los órganos jurisdiccionales del Estado  respecto  a casos concretos.

b)Lógica  sistemática:   Que traduce  el  fenómeno  jurídico  en concepto  y es una categoría que sirve de contenido a  las  ciencias jurídicas.

c) La ideológica: Que expresa el fenómeno jurídico a  través  de teorías  y  doctrinas  mediante las cuales  desde  posiciones  de clases  definidas  se trata de justificar o combatir  un  sistema jurídico determinado (la escuela que representa esa doctrina).

Vinculación del Derecho con la base económica El Derecho esta vinculado con la base económica y depende del sistema económico El derecho no es solo un reflejo de la economía, sino con sus elementos propios puede mejorar la economía y el derecho de un sistema económico.

DEFINICIÓN DE DERECHO EMPRESARIAL El derecho empresarial es la rama del derecho que regula la actividad empresarial de las empresas, siendo una de sus principales ramas el derecho comercial. El derecho comercial es la rama del derecho que regula y estudia la actividad comercial de las empresas.

Motivo por el cual debemos dejar constancia que al momento de definir estas dos ramas del derecho se asemejan bastante, lo cual es necesario precisar que en la definición no se puede encontrar la diferencia sino al momento de estudiar las ramas que comprende el derecho empresarial y en todo caso primero aparece el derecho comercial y luego recién aparece el derecho empresarial.

DERECHO CORPORATIVO En el presente también será materia de estudio el derecho corporativo, por lo cual a continuación nos referiremos al mismo. El derecho corporativo es la rama del derecho que regula la actividad empresarial de las grandes empresas o corporaciones.

Esta rama del derecho ha desarrollado muy poco en el derecho peruano ya que su desarrollo ha sido por lo general dentro del derecho empresarial y en todo caso es claro que el derecho corporativo aparece después que el derecho empresarial.

Es decir, el derecho corporativo no es lo mismo que el derecho empresarial, en tal sentido tienen algunas diferencias, a las cuales nos referiremos a continuación, a fin de tener un enfoque global del tema materia de estudio y no ser inducidos a error por enfoques parciales.

DIFERENCIAS DEL DERECHO EMPRESARIAL CON EL DERECHO CORPORATIVO Cuando se realizan investigaciones conviene diferencias las ramas del derecho que son parecidas a fin de evitar confusiones y también para que las investigaciones sean mas confiables y nos puedan servir de mejor manera para nuestros propósitos.

El derecho corporativo se diferencia con el derecho empresarial en que el primero regula y estudia sólo las grandes empresas mientras que el segundo hace lo propio respecto de todas las empresas sea cual fuere su tamaño o envergadura.

En tal sentido podemos afirmar que el derecho empresarial estudia y regula todas las empresas, es decir, las micro empresas, pequeñas empresas, medianas empresas, grandes empresas o corporaciones.

Sin embargo, la diferencia no es sólo el tamaño, sino también las ramas del derecho involucradas, por ejemplo el derecho corporativo se caracteriza por abarcar al derecho bursátil, el cual si bien también es abarcado por el derecho empresarial, pero es mas propio del derecho corporativo.

DIFERENCIAS DEL DERECHO EMPRESARIAL CON EL DERECHO COMERCIAL El derecho empresarial se diferencia con el derecho comercial en que el primero abarca al segundo, en tal sentido el derecho comercial es una parte del derecho empresarial.

Sin embargo, pocos comprenden esta diferencia ya que estudian a ambas como si fueran lo mismo, pero con otro nombre, lo cual es necesario tener en cuenta a efecto de advertir el correspondiente error, ya que no son lo mismo e incluso aparecen en distintos periodos de tiempo. Es decir, no son lo mismo por referirse a temas distintos, en consecuencia es claro que el derecho comercial forma parte del derecho empresarial.

RAMAS DEL DERECHO EMPRESARIAL Cuando se estudia las diferentes disciplinas jurídicas es conveniente que se estudie también las ramas del derecho que las conforman o a las cuales abarca a fin de poder comprender la importancia de la rama del derecho materia de estudio o en mención.

Es en este orden de ideas que estudiaremos las ramas del derecho empresarial a fin de tener un enfoque global de esta rama del derecho, la que desde cierto enfoque no es una rama del derecho sino un área del derecho.

Las ramas y áreas que forman parte del derecho empresarial son: derecho civil patrimonial, comercial, societario, cambiario, bursátil, concursal antes conocido como derecho de quiebras, laboral, tributario, registral, notarial, penal de la empresa, constitucional económico, bancario, cooperativo, procesal civil, aduanero, industrial, seguros, la propiedad industrial (patentes, marcas, entre otras) y el derecho de la competencia, marcario, seguridad social, contractual, minero, el arbitraje comercial y la negociación, los contratos empresariales modernos, las garantías, los organismos supervisores (derecho regulador), regulación económica y organización industrial, infraestructura de transporte, comercio electrónico, derecho de transporte, responsabilidad de la empresa, telecomunicaciones, servicios de saneamiento, economía del sector eléctrico, hidrocarburos y electricidad, derecho internacional privado y regulación del sector eléctrico.

Estas ramas del derecho también forman del derecho corporativo, y algunas del derecho comercial. Es decir, nótese que estas ramas del derecho abarcan a casi todo el derecho, en tal sentido no se puede negar su importancia ya que involucran parte importante del mismo. El derecho empresarial no es lo mismo que el derecho corporativo, pero abarcan a las mismas ramas del derecho, en tal sentido al estudiar derecho empresarial estudiamos derecho corporativo.