PUBLICIDAD ENGAÑOSA.

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Transcripción de la presentación:

PUBLICIDAD ENGAÑOSA

DEFINICIÓN DE PUBLICIDAD La LPG define la actividad publicitaria (Art. 2) como “toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles inmuebles, servicios, derechos y obligaciones”

PUBLICIDAD ENGAÑOSA Induce o puede inducir a error Puede afectar a comportamiento económico. Puede perjudicar a un competidor Silencia datos fundamentales Todo ello en cualquier forma, incluida su presentación (Art. 4 L.P.G.)

EL CONTROL INSTITUCIONAL DE LA VERACIDAD PUBLICITARIA Derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.(Art. 20 Const.) El control institucional ejercido por los Jueces y tribunales de Justicia y la Administración. Acciones de cesación promovidas por entidades legitimadas (incluida Administración) ejercidas por los Tribunales de Justicia. El contenido de la publicidad será exigible por los consumidores.

Texto refundido LGDCU: PUBLICIDAD ENGAÑOSA TIPIFICACIONES DE LAS INFRACCIONES A LA VERACIDAD PUBLICITARIA Texto refundido LGDCU: “ La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades o servicios será perseguida y sancionada como fraude”. (Art. 17.4) Código Penal. Articulo 282. Pensión o multa. Alegaciones falsas o características inciertas. Perjuicio grave y manifiesto.

¿CUÁNDO UN ANUNCIO PUEDE SER CALIFICADO COMO ENGAÑOSO? PUBLICIDAD ENGAÑOSA ¿CUÁNDO UN ANUNCIO PUEDE SER CALIFICADO COMO ENGAÑOSO? Capacidad para inducir a error. Afecta al comportamiento. Aunque la información que transmita sea cierta.

EL PRINCIPIO DE VERACIDAD PUBLICIDAD ENGAÑOSA EL PRINCIPIO DE VERACIDAD La veracidad de la publicidad no radica necesariamente en la exactitud y certeza de la información contenida en el anuncio. Siempre que pueda inducir a error. Medio Horario Entorno Target..

2. LA INTERPRETACIÓN DE LOS ANUNCIOS PUBLICITARIOS PUBLICIDAD ENGAÑOSA 2. LA INTERPRETACIÓN DE LOS ANUNCIOS PUBLICITARIOS Los anuncios y las expresiones publicitarias deben ser analizadas en su conjunto. Análisis especifico aquellas partes que, capten principalmente la atención del consumidor. Entorno Horario Medio Canales comercialización. Otros acciones publicitarias relacionadas.

3. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA DENOMINADA “LETRA PEQUEÑA”. PUBLICIDAD ENGAÑOSA 3. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA DENOMINADA “LETRA PEQUEÑA”. Los mensajes incluidos en los anuncios y spots serán claramente perceptibles y legibles para un consumidor medio. No pueden contradecir el mensaje principal. No pueden limitar de manera esencial el mensaje principal.

4. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LAS PROMOCIONES PUBLICITARIAS PUBLICIDAD ENGAÑOSA 4. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LAS PROMOCIONES PUBLICITARIAS Condiciones Fechas Costes. (si los hubiera).

5. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA EXAGERACIÓN PUBLICITARIA PUBLICIDAD ENGAÑOSA 5. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA EXAGERACIÓN PUBLICITARIA Reconocible sin duda como no realizable. Las exageraciones publicitarias no estarían sometidas al principio de veracidad.

6. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD PUBLICIDAD ENGAÑOSA 6. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LAS ALEGACIONES PUBLICITARIAS DE TONO EXCLUYENTE. Necesariamente veraz. Carga de la prueba del anunciante.

7. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD PUBLICIDAD ENGAÑOSA 7. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA OMISIÓN INFORMATIVA EN LA COMUNICACIÓN COMERCIAL El anunciante no tiene un deber general de información. El anunciante no puede suscitar falsas expectativas en los destinatarios de su publicidad.

8. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD: LA AMBIGÜEDAD DE LOS MENSAJES PUBLICIDAD ENGAÑOSA 8. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD: LA AMBIGÜEDAD DE LOS MENSAJES Y LA “PROMESA EXCESIVA” La ambigüedad de un mensaje publicitario puede ser suficiente para calificarlo como engañoso si es apto, en alguno de sus posible significados, para inducir a error.

9. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA PUBLICIDAD ENCUBIERTA. PUBLICIDAD ENGAÑOSA 9. EL PRINCIPIO DE VERACIDAD Y LA PUBLICIDAD ENCUBIERTA. La cuestión determinantes es, mas allá del formato o medio elegido, si el consumidor identifica el mensaje publicitario sin que la forma de su presentación pueda inducirle a error acerca de su naturaleza comercial.

PUBLICIDAD ENGAÑOSA En la protección del consumidor hay tres cuestiones a definir: Se establece un principio de veracidad: el anunciante debe ajustar su mensaje a la realidad, a las características del producto o servicio (los consumidores podrán exigir las garantías y condiciones propuestas, aunque no sean descritas expresamente en el contrato, o comprobante recibido). Si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, estas prevalecen sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad (hay promesas en la publicidad y también puede haberlas en el contrato). Las promociones más publicidad falsas o engañosas serán perseguidas como FRAUDES. Las asociaciones de consumidores están legitimadas para iniciar e intervenir en los procedimientos administrativos tendentes a hacerla cesar. (La promesa publicitaria hay que cumplirla, es como una especie de contrato. Si en el contrato no se especifican las cláusulas, prevalecen las de la publicidad).

Autocontrol de la Publicidad Jurado de la Publicidad PUBLICIDAD ENGAÑOSA Autocontrol de la Publicidad Jurado de la Publicidad Es la pieza clave de nuestro sistema de autorregulación, ya que es el órgano independiente que se encarga de resolver las reclamaciones. Sus miembros son designados por la Junta Directiva de Autocontrol y por el Instituto Nacional de Consumo (INC) y está compuesto por un Presidente, cinco Vicepresidentes y 15 vocales, que pueden actuar en Pleno o en sesiones.

PUBLICIDAD ENGAÑOSA MEMORIA ACTIVIDAD AUTOCONTROL