TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
TEORIA GENERAL DEL PROCESO Se define como el conjunto de conceptos, instituciones y principios comunes a las distintas ramas del enjuiciamiento.
Podetti denominó la trilogía estructural de la ciencia del proceso jurisdicción acción Podetti denominó la trilogía estructural de la ciencia del proceso proceso
Todas las ramas del derecho procesal parten de la existencia de estos conceptos: De la jurisdicción como la función que ejercen órganos del Estado independientes o autónomos, para conocer y resolver, a través del proceso, los litigios que planteen las partes y, en su caso, para ordenar que se ejecute lo resuelto o juzgado.
Del proceso como conjunto de actos y hechos jurídicos a través del cual dichos órganos dirigen y deciden los litigios. De la acción como el derecho que se confiere a las partes para promover un proceso ante los órganos jurisdiccionales, a fin de obtener una resolución sobre una pretensión litigiosa y lograr, la ejecución forzosa de lo juzgado.
Derecho procesal civil Es la disciplina que estudia el conjunto de normas que regulan el proceso a través del cual se solucionan los litigios que versan sobre la interpretación o aplicación de normas sustantivas civiles. Derecho procesal civil Es la rama que se ocupa del estudio del conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso destinado a solucionar los litigios de carácter mercantil. Derecho procesal mercantil
Derecho procesal del trabajo Estudia el conjunto de normas que regulan el proceso por medio por medio del cual se solucionan los conflictos derivados de los contratos, nombramientos o relaciones de trabajo. Derecho procesal del trabajo Se ocupa del estudio del conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso a través del cual se da solución a los conflictos sobre la propiedad, posesión y el uso de inmuebles rurales. Derecho procesal agrario
Derecho procesal penal Derecho procesal publicístico Derecho procesal administrativo Derecho procesal constitucional Derecho procesal de la seguridad social.