INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

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Transcripción de la presentación:

INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA ll INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS PATRIMONIALES PROGRAMA ANUAL DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE BIENES PATRIMONIALES 2013

1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías.- PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE BIENES PATRIMONIALES EJERCICIO FISCAL 2013 POLIZAS DE SEGURO CONTRATADAS: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías.- Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V. 2.- Responsabilidad Civil.- Seguros Inbursa, S.A. 3.- Embarcaciones Menores.- Seguros Inbursa, S.A. 4.- Vehículos automotores terrestres.- Qualitas Compañía de Seguros, S.A.B. de C.V. VIGENCIA: Las 12:00 horas Del 14 de Marzo al 31 de Diciembre de 2013

PÓLIZA No. 31371: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías Objeto del Seguro: Cubrir el interés del asegurado en toda propiedad real de cualquier tipo y descripción (Museos, Iglesias, Monumentos Históricos, Zonas Arqueológicas, Oficinas, Mobiliario, Equipos, Arte Religioso, Pinturas, Esculturas, Piezas Arqueológicas, etc.) por las cuales sea legalmente responsable.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías Cláusula Riesgos Cubiertos Todo riesgo a primer riesgo absoluto, súbito, fortuito accidental e imprevisto que cause un daño o pérdida al asegurado, a menos que esté excluido en la cláusula “Riesgos Excluidos”. Cubre todo tipo de eventos como son: Huracanes, Inundaciones, Deslaves, Sismos, Erupciones volcánicas, Actos vandálicos, Robo de contenidos, Terrorismo, Incendio, Rayo, Explosión, Hurto (Obras de arte, Objetos históricos, Equipo electrónico, Fotográfico, Equipos de laboratorio y/o Investigación y/o Académico, fijo, semifijo y/o móvil y/o portátil definidos en forma enunciativa mas no limitativa). Cláusula Riesgos Excluidos: Errores en diseño o manufactura. Desaparición misteriosa o faltante inexplicable, Hurto. Daños causados por reacción y/o radiación nuclear. Daños causados por guerra, acciones bélicas causadas por fuerza militar nacional o extranjera.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías Todo bien-mueble propiedad o bajo el resguardo legal del IINAH. (Sin haber entregado un listado de bienes, muebles, contenidos e inmuebles, que limite su acreditación ante la aseguradora). Salvedades y/o exclusiones: Vehículos destinados al empleo exclusivo dentro de los Inmuebles o Predios del INAH. Mejoras hechas al terreno; Ejemplo: construcción de terrazas, ajardinamiento, construcción de caminos, pavimentación. Cláusula Bienes Cubiertos: Todos aquellos bienes muebles, inmuebles o de cualquier tipo sobre los que el INAH tenga un interés asegurable, inclusive los inmuebles y sus contenidos construidos en los siglos XVI al XIX, con excepción de aquellos que se encuentren expresamente excluidos en la Cláusula “Bienes Excluidos”. Cláusula Bienes Excluidos: Cultivos en pie, salvo aquellos de valor histórico. (ejemplos: Árbol de la Noche Triste, Árbol del Tule). Embarcaciones, aeronaves y vehículos terrestres de motor con placas de circulación. Terrenos.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías DEDUCIBLES Tipo de Siniestro Montos y Porcentajes Incendio, Rayo y Explosión: Sin deducible Terremoto y Erupción Volcánica: 2% de la pérdida, con máximo de $50,000.00 pesos. Fenómenos Hidrometereológicos: 1% sobre el monto del daño y/o pérdida, con máximo de $50,000.00 pesos Otros Riesgos: Equipo Electrónico: $10,000.00 en todo y cada evento, excepto: 1% sobre la pérdida por evento, con mínimo de $1,000.00 pesos. Transporte de Mercancías: 10% sobre el monto del daño y/o pérdida, con mínimo de $1,500.00 pesos. Terrorismo: $100,000.00 pesos por evento. Robo de contenidos, obras de arte, dinero y valores: 5% sobre la pérdida con mínimo de $1,500.00 pesos y máximo de $50,000.00 pesos. Rotura de cristales: Sin deducible.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías OTRAS CLÁUSULA RELEVANTES Cláusula Obras de Arte: Estarán cubiertos hasta el límite establecido como “Límite máximo de responsabilidad” todos aquellos bienes (salvo los que estén considerados en la “Cláusula Bienes excluidos”) en los que exista una relación de propiedad del INAH, o se encuentren bajo su responsabilidad y/o custodia y/o comodato, y/o préstamo de gobiernos, particulares, coleccionistas nacionales o extranjeros, los que estén bajo su responsabilidad de cualquier modalidad jurídica, que se encuentren en estadía habitual, repositorio, en cualquiera de las instalaciones del INAH o donde el Instituto tenga un interés asegurable, en cualquier parte del mundo. Cláusula Cristales: La póliza cubrirá la rotura accidental de los cristales que formen parte de los bienes asegurados que tengan un espesor mínimo de 4 mm y que se definen en forma enunciativa más no limitativa como: aquellos que se ubiquen en exteriores o interiores, con acabado de película contra impacto, biselado o plateado, que formen parte de emplomados, lunas o domos de cualquier material y medida, vitrales, cobertizos, o que hagan las veces de cubiertas de muebles, carpetas sobre bases sólidas o de otros cristales, que incluyan en su confección rótulos, diseños especiales, montajes, desmontajes y remontajes, así como las estructuras necesarias para su colocación de la misma forma en que se encontraban antes del siniestro.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías Cláusula TRANSPORTE: Todos y cada uno de los embarques que realice el INAH, considerando bienes como: antigüedades, objetos de arte, piezas arqueológicas, bienes históricos, artísticos, etnográficos, retablos, arte sacro; definidos en forma enunciativa más no limitativa. Todas la pizas sujetas a transportación cuentan con avalúo realizado por especialistas en la materia autorizados por el INAH. SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS COBERTURA CLAVO A CLAVO Riesgos Cubiertos: Todo riesgo, a excepción de los mencionados en la Cláusula “Riesgos Excluidos”, que cause un daño o pérdida al asegurado desde el origen del transporte hasta su destino incluyendo todas las estadías y las maniobras de embalaje, desembalaje, carga y descarga.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías Cláusula PRESCRIPCIÓN: Todas las acciones que se deriven de éste contrato de seguros, prescribirán en dos años contados desde la fecha del siniestro de acuerdo a los términos del Artículo 81 de la Ley del Contrato del Seguro, salvo los casos de excepción consignados en el Artículo 82 de la misma Ley. La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento de peritos o por la iniciación del procedimiento, o por el simple escrito por parte del INAH a la compañía para continuar con el trámite de la reclamación, ello a más tardar a los 730 días de haber ocurrido el siniestro. Los únicos peritos que podrán ser nombrados, deberán ser propios o facultados por el INAH.

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías Cláusula VALUACIÓN: Queda entendido y convenido que la valoración de los bienes amparados en caso de siniestro, será determinada y efectuada por alguno de los peritos que se nombre por ambas partes de la lista de peritos que designe el INAH, la indemnización será calculada a valor de reposición y/o restauración… En caso de pérdida, por lo que se refiere a valuación, las indemnizaciones serán bajo conciliación de valores entre los peritos del INAH y los ajustadores designados…considerando el valor de reposición y/o restauración, hasta dejarlos en el estado en el que se encontraban antes del siniestro… En caso de pérdidas totales, la indemnización será a valor de reposición, señalando que al tratarse de obras de arte, el INAH recibirá la indemnización y buscará adquirir alguna otra obra, (que actualmente se encuentre en propiedad o posesión de coleccionistas privados, gobiernos e incluso de otras naciones).

PÓLIZA: 1.- Bienes Patrimoniales y Transporte de Mercancías UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y/O CENTROS INAH Reportan y Documentan Los Siniestros. Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V. Póliza No. 31371 Teléfono: 01 800 002 88 88 ÁREA RESPONSABLE DE SEGUROS DE LA C.N.R.M.S. -Registro y Control de Siniestros -Asesoría, seguimiento y gestión de siniestros. REPORTE Y SEGUIMIENTO DE SINIESTROS: