EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO CIVIL

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EDAD MEDIA PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE LOS SIGLOS V Y XV
Advertisements

EL IMPERIO CAROLINGIO.
ORIGEN DE LAS MONARQUÍAS MODERNAS
EDAD MEDIA CARACTERÍSTICAS GENERALES CARACTERÍSTICAS GENERALES HECHOS RELEVANTES HECHOS RELEVANTES.
SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO. Persona: Concepto, Categorías. Persona y sujeto de derechos. Persona individual. Concepto. Principio de su existencia. Persona.
 Este derecho “(...) está destinado no sólo a organizar el gobierno de la Iglesia como sociedad jurídica perfecta, sino también las relaciones de ésta.
¿Por qué es importante estudiar el Derecho Romano?
Periodificación de la Historia. Civilizaciones Sociedades complejamente organizadas Predominio del modo de vida Urbano, con más de 5000 habitantes.
1.ASPECTOS GENERALES: En nuestro código civil peruano, El Título III del Libro X del Código Civil denominado "Ley aplicable" tiene como objeto esencial.
Tema I Introducción. Los Derechos Reales El saber es la única propiedad que no puede perderse. Bias de Priene.
La crisis del S XIV da fin a la Edad Media y causa grandes cambios en la estructuras socioeconómicas. Se da una transición del modo de producción feudal.
PERSONAS JURIDICAS Personas jurídicas. Disposiciones generales. Personalidad. Clasificación. Atributos. Funcionamiento, disolución y liquidación. Asociaciones.
EL DERECHO ;LA MORAL Y LOS CONVENCIONALISMOS SOCIALES.
Tema: La Costumbre Internacional y la Codificación. Sumario: La Costumbre Internacional; La Codificación: Concepto, Codificación Global.
MEDIANTE EL ACUERDO MINISTERIAL N° DE ENERO DE 1993, SE CONCEDE PERSONERÍA JURÍDICA Y SE PRUEBA EL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN ECUATORIANA.
Artículos del Código Civil y Comercial. Son personas jurídicas todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir.
JOSE ALI PORTILLO MARTINEZ CI El Derecho Mercantil es la rama del Derecho Privado constituido por una serie de normas que regulan aquellos actos.
Sujetos del Derecho Comercial: EL COMERCIANTE
Historia de la biblioteca
ESTRUCTURA SOCIOECONÓMICA DE MÉXICO
Personas Jurídica.
Licenciatura en Derecho
Fideicomiso Mercantil
Capítulo I. Introducción.
Tema I El Derecho Civil “Si los ciudadanos practicasen entre sí la amistad, no tendrían necesidad de la justicia.” Aristóteles © Luis Javier Capote Pérez.
SOCIEDAD, ECONOMÍA, CULTURA (RESUMEN) EDAD MEDIA.
REGLAS Y NORMAS DE EN LA VIDA COTIDIANA
Las imágenes que explican la iglesia.
EXPEDIENTE CLÍNICO.
Derecho mercantil.
LIBERTAD DE REUNION (Art. 19 Nº 13)
Generalidades y elementos
Tema XXI La relación jurídica y el derecho subjetivo
LA SOCIEDAD.
El sistema jurídico: El Derecho Religioso
VI. LA PERSONALIDAD DEL ESTADO.
¿ QUE ES UNA SOCIEDAD MERCATIL?
LA EDAD MODERNA LÍMITES CRONOLÓGICOS. Es el periodo comprendido entre 1492 (descubrimiento de América) hasta 1789 (inicio de la Revolución Francesa).
Se desarrolló entre los siglos V y XV d
Las invasiones germánicas: el reino visigodo.
Presenta: DR. EN D. J. Héctor M. Aparicio González
Revolución Francesa Objetivo: Analizar la Revolución Francesa a partir de sus causas, desarrollo y consecuencias.
EDAD MEDIA vs EDAD MODERNA
La Edad MEDIA: etapas.
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA
Unidad VI: Técnica jurídica.
LA ÉPOCA FEUDAL.
Ley federal de los derechos de autor
Vasco Rómulo omega Cuestores Ascanio Romanización X Rey Rhea Sylvia
Gracias a su estudio habrá mejores ciudadanos.
Presenta: DR. EN D. J. Héctor M. Aparicio González
Lic. Neyvis Corzo Naranjo
Actividad intermediadora -Comercial -Industrial
“El mundo es una jaula de locos”
Presenta: DR. EN D. J. Héctor M. Aparicio González
SOCIEDADES MERCANTILES
Ineficacias del acto jurídico
Principales Sistemas Registrales
RILCO El uso de la costumbre en la sociedad holguinera contemporánea como factor de desarrollo local M.Sc. Liliana García López Phd. Norberto Pelegrín.
Análisis de la ley de Educación Superior
El Antiguo Régimen.
ANTEPROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL CONSEJO DE MINISTROS 23 ENERO de enero
HISTORIA, GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES Fecha: 23/11/2018
ANTEPROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL CONSEJO DE MINISTROS 23 ENERO de enero
La Pericia La Prueba Pericial se integra como componente de un Orden establecido en la Convivencia social La Prueba Pericial constituye un mecanismo construido.
Introducción al estudio del Derecho
OBJETIVO 1: DEFINIR CONCEPTOS HISTÓRICOS
1,453 AL 1,789 TOMA DE CONSTANTINOPLA HASTA LA REVOLUCIÓN FRANCESA.
El Antiguo Régimen.
Transcripción de la presentación:

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO CIVIL La denominación Derecho Civil proviene de la antigua Roma de las voces JUS Y CIVILE, JUS era la palabra con la que los romanos designaban al derecho creado por los hombres opuesto a FAS que se refería al derecho sagrado. Para los Romanos el JUS CIVILE comprendía el conjunto de reglas de Derecho propias de cada pueblo y le daba a cada legislador un carácter único.

EVOLUCION HISTORICA

EVOLUCION HISTORICA En el caso de Roma se entendía por JUS CIVILE el conjunto de las instituciones propias de los ciudadanos romanos, de las cuales no participaban los extranjeros. Se formaba por las fuentes formales; ley, plebiscitos, edictos de los magistrados, los senados consultos y las Constituciones imperiales.

EVOLUCION HISTORICA

EVOLUCION HISTORICA Con la Codificación de JUSTINIANO y la aceptación de la personalidad de la iglesia romana, todo el Derecho Privado fue derecho Civil, contrapuesto al JUS CANONICI, o sea, a las disposiciones emanadas de los concilios y jerarquías eclesiásticas, en especial en relación con el bautismo, el matrimonio, y las defunciones, así como la capacidad de los bautizados.

EVOLUCION HISTORICA

EVOLUCION HISTORICA Durante la Edad Media surgen nuevas manifestaciones jurídicas a consecuencia de la desaparición del Imperio de occidente, las Invasiones Bárbaras, la creación de los feudos, los fueros de villas y ciudades, así como la creación de los gremios, en especial el desarrollo del comercio y la banca. Así nacen otras formas de regulación jurídica distintas del Derecho común fundado en el CORPUS JURIS CIVILE.

EVOLUCION HISTORICA

IMPERIO DE OCCIDENTE

EVOLUCION HISTORICA Para las naciones cristianas se desarrolla un derecho gremial como el de los mercaderes, para el intercambio de bienes y servicios, que da nacimiento al Derecho Mercantil; un JUS CANONICI en todo lo relativo al Derecho Familiar y un sistema de propiedad de la tierra con base en los fueros feudales.

EVOLUCIÒN HISTORICA

EVOLUCION HISTORICA Es cuando el Derecho Civil adquiere su característica de Derecho Común, supletorio de los Derechos especiales y aplicable a todos los hombres, con independencia de sus fueros especiales (nobleza, eclesiásticos, militares, comerciantes o extranjeros) y, por tanto, opuesto o supletorio de todas las otras regulaciones jurídicas.

EVOLUCION HISTORICA La formación de los Estados nacionales con el poder de la monarquía, la seglarizaciòn que trajo consigo el Renacimiento, pero sobre todo la Revolución Francesa recuperaron para el derecho civil materias que le habían restado la Iglesia y los gremios, con sus fueros privilegiados. DOMAT, jurista clásico francés, precisa en el siglo XVIII la distinción entre el Derecho Público y el Derecho Privado, dando a este último la

EVOLUCION HISTORICA Connotación que llega a nosotros a través de la codificación napoleónica, del Derecho Civil con las características de un Derecho Privado, nacional y común. Es privado en cuanto que los sujetos de las relaciones por él reguladas son los seres humanas como tales, independientemente de su ocupación o función social, título profesional o nacionalidad, y comprende la regulación de su

EVOLUCION HISTORICA Estatus personal desde su nacimiento hasta su muerte, incluidas sus relaciones familiares y patrimoniales. Es nacional en cuanto que cada Estado y Nación han regulado estas relaciones a tendiendo a las características de su sociedad, a sus costumbres e idiosincrasia. Es el Derecho que iguala a todos los hombres en sus relaciones como seres humanos, sin

EVOLUCION HISTORICA Atención a raza, religión, riqueza o saber. Dentro del Derecho Moderno, corresponde al Código Napoleónico de 1804 constituirse en la codificación prototipo y antecedente de todos los códigos de las culturas latinas y, por ende, de la legislación civil mexicana- Se puede afirmar que los códigos civiles que han regido a México desde 1870 son resultado de la influencia de esa codificación francesa. En particular, lo es también

EVOLUCION HISTORICA El Código Civil vigente para el D.F., que data de 1928,y su antecedente el Código Civil del D.F., de 1884. En el Código actual es importante destacar la intención del legislador de hacer prevalecer en éste el principio de solidaridad, en contra posición al individualismo de los Códigos Civiles anteriores, así, se observa que pondera entre otros, el principio de territorialidad para su aplicación; la exención de la sanción ante la ignorancia de la ley por notorio atraso intelectual

EVOLUCION HISTORICA Lejanía de las vías de comunicación y extrema miseria; que faculta a los habitantes del D.F. para usar y disponer de sus bienes sin perjuicio de la colectividad; que reconoce y protege la propiedad privada y ordena su uso y disposición con las limitaciones y modalidades de ley; que establece la expropiación por causa de utilidad pública y que iguala la situación jurídica de todas las

EVOLUCION HISTORICA Personas; todo ello, tratando de armonizar siempre el interés público con el interés privado.