PROTECCION DE DATOS

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Transcripción de la presentación:

PROTECCION DE DATOS APRENDICES: NASLY TATIANA CRUZ PRIETO KAREN STEFANY ALDANA GIL KAREN MILENA ROMERO VELASQUEZ

LEY DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES Reconoce y protege el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos que sean susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.

LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012 Objeto : La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas, al conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma. Ámbito de aplicación : Los principios y disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.

QUE SON DATOS PERSONALES  Cuando hablamos de datos personales nos referimos a toda aquella información asociada a una persona y que permite su identificación. Por ejemplo, su documento de identidad, el lugar de nacimiento, estado civil, edad, lugar de residencia, trayectoria académica, laboral, o profesional. Existe también información más sensible como su estado de salud, sus características físicas, ideología política, vida sexual, entre otros aspectos.

COMO SE RECOGEN LOS DATOS PERSONALES  Los datos personales conforman la información necesaria para que una persona pueda interactuar con otras o con una o más empresas y/o entidades para que sea plenamente individualizada del resto de la sociedad, por ejemplo cuando realizamos una compra y para realizar la factura de venta solicitan datos como el número de documento de identidad, correo electrónico, dirección y teléfono de contacto, entre otros.

QUE TIPOS DE DATOS HAY  Las disposiciones sobre protección de datos, establecen tipologías de datos según el mayor o menor grado de aceptabilidad de la divulgación:  Dato Público: Es el dato que la ley o la Constitución Política determina como tal, así como todos aquellos que no sean semiprivados o privados.  Dato Semiprivado: Es el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas.  Dato Privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular de la información.  Dato Sensible: Es el dato que afecta la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.

A QUE DATOS PERSONALES NO SE APLICA LA LEY  A las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico.  Las que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional la prevención, detección, monitoreo y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.  Las que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contrainteligencia.  Las que contengan información periodística y otros contenidos editoriales  Las bases de datos con información financiera, crediticia, comercial y de servicios, y de los censos de población y vivienda.

BIBLIOGRAFIA  datos-personalesGRAFIA