Estructura del Estado Panameño

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Transcripción de la presentación:

Estructura del Estado Panameño La organización panameña está estructurada en Estado soberano e independiente, cuya denominación es República de Panamá, su gobierno es unitario, republicano, democrático, representativo. El poder público solo emana del pueblo, lo ejerce el Estado conforme lo establece la Constitución, por medio de los Órganos Legislativos, Ejecutivo, Judicial, los cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica colaboración.

Vocabulario Administrar: regir, gobernar, cuidar. Legislar: dar o establecer leyes. Magistrado: empleo de juez o ministro superior Ministros: jefe de cada un de los departamentos en que se divide la administración del Estado. Poder: tener la facultad expedita o potencia de hacer una cosa. Presidente: magistrado que las naciones, ejerce el supremo poder Ejecutivo.

Tres órganos del Estado El Poder Legislativo legisla, representa la fuente de las leyes El Poder Ejecutivo ejecuta, pone en funcionamiento y aplicación de las leyes y encabeza a la administración. El Poder Judicial juzga. Resuelve los conflictos cuando se violan las leyes. La base fundamental de una democracia se halla en la distribución de las funciones de poder entre los diferentes órganos del Estado, para evitar la concentración del poder, el descontrol y a crítica.

¿Cómo se eligen los miembros del Órgano Ejecutivo? El presidente de la República, cabeza del Ejecutivo, y un Vicepresidente, son elegidos por sufragio popular, cada cinco años, a partir de 1984. Requisitos para ser Presidente y Vicepresidente: ser panameño por nacimiento, haber cumplido treinta y cinco años de edad, no haber sido condenado por delitos contra la administración pública.

Algunas funciones del presidente de la República de Panamá Nombrar y separar libremente a los ministros de Estado. Velar por la conservación del orden público. Sancionar, obedecer y promulgar las leyes. Celebrar contratos para obras públicas. Nombrar a todos los jefes de todas las instituciones públicas.

Algunas funciones del Vicepresidente Remplazar temporalmente, en todas o algunas de sus funciones al Presidente. Tiene voz pero no voto en el Consejo de Gabinete Asesorar al Presidente de la República en las materias que este determine Asistir y representar al Presidente de la República en actos públicos y congresos nacionales o internacionales o en misiones especiales que el Presidente les encomiende.

¿Quiénes son los ministros? Son los jefes de sus respectivos ministerios Los requisitos para ser ministro son: ser panameño por nacimiento, tener 25 años de edad y no haber sido condenado por delito contra la administración. Algunos ministros de Estado: Ministro de Educación: Marcela Paredes de Velásquez Ministro de Salud: Dr. Miguel Antonio Mayo Ministro de Desarrollo Social: Alcibíades Vásquez Ministro de Vivienda: Mario Etchelec