Tema XXXVIII Las disposiciones a causa de muerte

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Testamentos y sucesiones
Advertisements

FORMA Y DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO
El testamento Marcos Martinez.
PRÁCTICA Nº 8 Junio SUPUESTO DE HECHO Anastasio, viudo desde 1990, fallece habiendo otorgado testamento notarial abierto en 1995 En el testamento.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION Facultad de Derecho y Ciencias Sociales ROMANO II UNIDAD II.
SUCESIÓN TESTAMENTARIA
La prueba instrumental
Clasificación de Tutelas y curadurías Patricio Cunalata.
TESTAMENTO.
Tema XVII La donación Si tienes mucho, da mucho; si tienes poco, da poco: pero da siempre. Anónimo.
Efectos de la Inscripción* Aclaración Previa: Los efectos de la inscripción deben analizarse teniendo en cuenta los diversos tipos inscripciones. No hay.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
VOCACION SUCESORIA, ¿ Qué significa ? Art. 962 CC Significa Estar en posibilidad de suceder a determinada persona, y este derecho a heredar solo puede.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Tema XXVII Derecho Inmobiliario Registral (II) El Registro de la Propiedad La razón por la que los hombres entran en la sociedad es para preservar su propiedad.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
Tema XII La sociedad legal de gananciales Es imposible ganar sin que otro pierda Publio Siro Si no cumplo lo ofrecido, nos podemos divorciar. Para eso.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
UNIVERSIDAD NOTARIAL ARGENTINA COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES NECOCHEA, 24 DE FEBRERO DE 2016 Código Civil y Comercial de la Nación.
Tema XXXVIII Las disposiciones a causa de muerte Has de hablar como en testamento, que a menos palabras, menos pleitos Baltasar Gracián.
Derecho Civil III Presentado por: Ana María Cabrera FORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES Julio 10, 2016.
1. Testamento solemne abierto otorgado en Chile (segunda parte); 2. Testamento solemne cerrado. Tercera Clase. 12 de abril de *** Material preparado.
Tema XX La persona jurídica (II) Toda la humanidad podría compartir una locura común mientras vive en un caos común. Isaac Asimov, Los límites de la Fundación.
Tema VIII Límites de la eficacia de las normas ¿Quién contempló el principio del mundo? ¿Quién contemplará su fin? Walter Simonson, La Canción de Mjolnir.
Tema XXXII Aceptación y repudiación de la herencia Debemos tener siempre tiempo para los demás, porque no sabemos cuánto duraremos. Siempre lamentaré no.
Tema XXX Presupuestos de la vocación hereditaria El inmenso mundo y cuantos lo hereden, todo se disipará y no quedará ni polvo. Somos de la misma sustancia.
Tema XL Testamentos comunes Las grandes almas tienen voluntades; las débiles sólo deseos Proverbio chino © Luis Javier Capote Pérez.
DERECHO DE FAMILIA: DR. MARCO CARMONA BRENIS. DERECHO CIVL VI (FAMILIA Y SUCESIONES) DR. MARCO CARMONA BRENIS.
1. Testamentos privilegiados (testamento militar verbal y testamento marítimo); 2. Revocación de testamento; 3. Reforma del testamento (1ª Parte). Quinta.
Tema XXXIX El testamento Magra olla y gordo testamento Proverbio castellano © Luis Javier Capote Pérez.
Tema XXVIII Sucesión “ mortis causa ” y Derecho de Sucesiones A Rincewind le habían dicho que morir era como entrar en otra habitación. La diferencia es.
1. Capacidad de testar. 2. Formalidades del testamento. 3. Testamento solemne otorgado en Chile (primera parte). Segunda Clase. 5 de abril de ***
Tema VIII Modificación y extinción de las obligaciones Es preciso perdonar mucho, pero no olvidar nunca François Guizot © Luis Javier Capote Pérez.
EXPOSICIÓN DE : DERECHO CIVIL IV TEMA : MASA HEREDITARIA. DOCENTE: ABOG. EDGAR GALDOS AVALOS PARTICIPANTES : * Yovana Ticona Mendoza * Juan Sosa Gomez.
NÚMEROS REALES POSITIVOS (+) NÚMEROS REALES NEGATIVOS ( – ) 1/2  e –5/4-1/2.
Tema XIII Situaciones de cotitularidad (I) La comunidad de bienes
TÉRMINO DE VIGENCIA DE LA LEY
Tema VI La aplicación de las normas jurídicas
SUCESIÓN TESTAMENTARIA
ESCRITURA PÚBLICA Definición:
Prof. Andrés Carita Quispe 2016-II
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
Tema IV El cumplimiento de las obligaciones
Tema XV El régimen de separación de bienes
Tema XXXIV La comunidad hereditaria
Tema XXXVII Enajenación y defensa del derecho del heredero
Tema XIV Resoluciones judiciales que modifican la capacidad de obrar
Tema XV Ineficacia e invalidez de los contratos
ELEMENTOS Y REQUISITOS
Tema IX La donación Si tienes mucho, da mucho; si tienes poco, da poco: pero da siempre. Anónimo © Luis Javier Capote Pérez.
Tema XXI La relación jurídica y el derecho subjetivo
UNIDAD XVII DERECHO HEREDITARIO.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
Tema IX La persona. El Derecho de la persona
INDIGNIDAD Art. 667 C.C. CONDICIONES PARA SUCEDER EXISTENCIA CAPACIDAD
DERECHOS DE LAS PERSONAS CON TEA EN LA VIDA ADULTA
Curso de Renta y Complementaria
“Iguales ante la ley: fomento de la seguridad jurídica de las
UNIDAD XVII DERECHO HEREDITARIO.
Sucesión MORTIS CAUSA. Aspectos civiles
SUCESION TESTADA DERECHO PRIVADO VII.
LEY ¿LEY DE LA MAYORIA DE EDAD?
TEMA IV.
usufructo Definición Clases Testamentario Convencional Legal
PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
El hecho jurídico DRA. ANA MARIA AVENDAÑO DELGADO.
Transcripción de la presentación:

Tema XXXVIII Las disposiciones a causa de muerte Has de hablar como en testamento, que a menos palabras, menos pleitos Baltasar Gracián

El negocio “mortis causa” NEGOCIOS JURÍDICOS INTERVIVOS MORTIS CAUSA

El negocio “mortis causa” DONACIONES MORTIS CAUSA INTERVIVOS (Efectos mortis causa) C. de Sucesiones Catalán FN Navarra (Validez mortis causa) Art. 620 CC Reglas sucesión testada

La capacidad para disponer “mortis causa”. La edad para testar CAPACIDAD DISPOSITIVA Art. 662 CC Capacidad para testar INCAPACIDAD Art. 663 CC MENORES 14 AÑOS Testamentos abierto y cerrado MENORES 18 AÑOS Testamento ológrafo PERSONAS SIN SU CABAL JUICIO Art. 665 CC

La capacidad para disponer “mortis causa”. La edad para testar CAPACIDAD DISPOSITIVA Art. 662 CC Capacidad para testar TIEMPO Art. 666 CC Otorgamiento del testamento Principio de unidad de acto

La capacidad para disponer “mortis causa” La capacidad para disponer “mortis causa”. Incapacidad por enajenación mental CAPACIDAD DISPOSITIVA Art. 663.2º CC Existencia de un cabal juicio ACREDITACIÓN Arts. 685, 700 y 701 CC Presunción iuris tantum NOTARIO Art. 685 CC Testamentos abierto y cerrado TESTIGOS Arts. 700 y 701 CC Testamentos especiales

Cautelas en el testamento otorgado en intervalo lúcido INCAPACITADO Art. 665 CC Sin limitación capacidad testamentaria RECONOCIMIENTO FACULTATIVO REQUISITO FORMAL Art. 698.2º CC Ad solemnitatem TESTAMENTOS Formas notariales