PRINCIPALES PRODUCTOS BANCARIOS

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Transcripción de la presentación:

PRINCIPALES PRODUCTOS BANCARIOS UNIDAD III PRINCIPALES PRODUCTOS BANCARIOS

Principales Productos Bancarios 1.- Cuentas Corrientes Bancarias 2.- Instrumentos de Ahorro 3.- Fondos Mutuos 4.- Ahorro Previsional Voluntario APV 5.- Crédito para la Vivienda 6.- Tarjeta Bancaria de Crédito 7.- Crédito de consumo

Cuentas Corrientes Bancarias Es un contrato entre un banco y una persona en virtud del cual el primero se obliga a cumplir las órdenes de pago de su cliente, hasta la concurrencia de las cantidades de dinero que éste hubiere depositado en ella o del crédito que se haya estipulado entre las partes.

Cuentas Corrientes Bancarias Dos o más personas pueden abrir una cuenta conjunta en un banco, estando habilitados para girar conjunta o indistintamente según se acuerde.

Cuentas Corrientes Bancarias Principales características de la cuenta corriente. La cuenta corriente es un contrato basado en la confianza, en virtud del cual, una persona elige un banco determinado y éste la acepta como cliente.

Cuentas Corrientes Bancarias Este contrato genera para el banco obligaciones que se derivan del mandato que le otorga el cuentacorrentista, tales como: Mandato de recibir depósitos del cuentacorrentista Mandato de comisión de cobranza para efectuar el cobro de documentos a otros bancos Mandato de cumplir las órdenes de pago efectuadas por el cuentacorrentista Otros mandatos propios del funcionamiento de la cuenta, tales como: Convenios de pago automático de cuentas PAC, tarjetas de cajero automático ATM, etcétera.

Cuentas Corrientes Bancarias La firma del contrato se realiza en un formulario pre-redactado por el banco y estandarizado que establece las condiciones generales de la cuenta corriente. Los bancos están autorizados para cobrar comisiones por la cuenta corriente. El monto de las comisiones es determinado por cada banco libremente, cumpliendo con la normativa aplicable en esta materia.

Cuentas Corrientes Bancarias Asimismo y por disposiciones de la Ley de Timbres y Estampillas, se encuentran afectos a impuesto, cada uno de los cheques girados en el país; cualquier otro movimiento, giro, cargo o traspaso de fondos que ordene, efectúe o autorice el titular de la cuenta corriente (pago automático de cuentas, giros efectuados mediante tarjeta Redbanc, etc.) y el protesto de cheques por falta de fondos. La cuenta corriente se puede cerrar en cualquier momento, por decisión unilateral del cliente o del banco.

Cuentas Corrientes Bancarias Cuentas corrientes con pago de intereses Las cuentas corrientes con pago de intereses son aquéllas en que el banco paga intereses sobre los saldos disponibles que el titular mantiene en ellas.

Cuentas Corrientes Bancarias Para que el cuentacorrentista tenga acceso al pago de intereses debe pactarlo, previamente y por escrito, con el banco, lo que queda reflejado en el contrato de apertura de cuenta corriente o en las posteriores modificaciones, según corresponda. Los bancos se encuentran autorizados a pagar intereses en las cuentas corrientes bancarias por disposiciones del Banco Central de Chile.

Cuentas Corrientes Bancarias Requisitos mínimos para la apertura de una cuenta corriente: Identificación Registro de firma Antecedentes Domicilio Formalización  

Cuentas Corrientes Bancarias Tratándose de cuentas corrientes en que el titular designe apoderados, es obligatorio el registro de firmas de éstos y la acreditación de que están legalmente facultados para girar sobre la cuenta corriente.

Cuentas Corrientes Bancarias Emisión de cheques “El cheque es una orden escrita y girada contra un banco para que éste pague, a su presentación, el todo o parte de los fondos que el librador puede disponer en una cuenta corriente, o hasta la concurrencia de los créditos que se hubieren pactado”.

Cuentas Corrientes Bancarias Juan Carlos Martínez Morán 3 -432198 - 01 Banco de la Plaza 77366 663 464 47474 5757535454699101036 $ de 20 Bdp - 3664012 Páguese a La orden de O al portador La suma de Pesos

Cuentas Corrientes Bancarias Menciones obligatorias del cheque Nombre del banco obligado al pago, también denominado ‘librado’. Lugar y fecha de giro, aún cuando la ley establece que si se omitiera el lugar de giro, el cheque es válido y se presumirá en dicho caso que éste fue girado en la misma plaza bancaria donde está la cuenta corriente. Cantidad en cifras y palabras, que obviamente deben corresponderse. Firma del cuentacorrentista, denominado legalmente “librador” o girador.

Cuentas Corrientes Bancarias Cualquier otra mención contenida en el cheque, que no sean las arriba indicadas, no anula o invalida el documento, ya que la ley, en dicho caso, establece que éstas se entenderán por no escritas.

Cuentas Corrientes Bancarias El cheque es siempre pagadero a la vista, es decir, es pagadero a su presentación, aun cuando en éste se indique una fecha futura que aún no ha llegado.

Cuentas Corrientes Bancarias Juan Carlos Martínez Morán 3 -432198 - 01 Banco de la Plaza $ de 20 Bdp - 3664012 Páguese a La orden de O al portador La suma de Pesos Miguel Angel Zamora 114.400.- Ciento catorce mil cuatrocientos Stgo, octubre 25 de 20 05 Cheque al portador. En este cheque no se borra la expresión ‘o al potador’. La característica fundamental de este documento es que puede ser cobrado por cualquier persona. La persona que lo recibe, también, puede optar por cobrarlo directamente en el banco o transferirlo a un tercero mediante el endoso.

Cuentas Corrientes Bancarias Juan Carlos Martínez Morán 3 -432198 - 01 Banco de la Plaza $ de 20 Bdp - 3664012 Páguese a La orden de O al portador La suma de Pesos Miguel Angel Zamora 114.400.- Ciento catorce mil cuatrocientos Stgo, octubre 25 de 20 05 Cheque a la orden. Se indica el nombre de la persona a la que debe efectuarse el pago y se borra la expresión “o al potador”. Este documento es endosable, es decir, el beneficiario tiene dos posibilidades de uso del documento: a) cobrarlo directamente en el banco, o b) transferirlo a un tercero mediante el endoso.

Cuentas Corrientes Bancarias Juan Carlos Martínez Morán 3 -432198 - 01 Banco de la Plaza $ de 20 Bdp - 3664012 Páguese a La orden de O al portador La suma de Pesos Miguel Angel Zamora 114.400.- Ciento catorce mil cuatrocientos noventa noventa Stgo, octubre 25 de 20 05 Cheque Nominativo. Es aquel cheque al que se le han borrado las expresiones “o al portador” y “la orden de” indicándose en éste, el nombre del beneficiario. La intención del girador es que el documento se pague solamente a la persona indicada en el documento. El cheque nominativo sólo puede ser endosado a un banco en comisión de cobranza.

Cuentas Corrientes Bancarias Juan Carlos Martínez Morán 3 -432198 - 01 Banco de la Plaza $ de 20 Bdp - 3664012 Páguese a La orden de O al portador La suma de Pesos Miguel Angel Zamora 114.400.- Ciento catorce mil cuatrocientos noventantaventacuauccuatrocientosccnnntanoventa Stgo, octubre 25 de 20 05 Cheque Cruzado en general[1]. La característica básica de este tipo de cheque, es que no puede ser presentado a cobro “por ventanilla” sino que exclusivamente debe ser cobrado por un Banco. [1] Un tipo de cheque de uso poco frecuente, se denomina cheque cruzado especial. Entre las líneas paralelas se indica el nombre de una entidad financiera a través de la cual se ordena su cobro.

Cuentas Corrientes Bancarias Juan Carlos Martínez Morán 3 -432198 - 01 Banco de la Plaza 77366 663 464 47474 5757535454699101036 $ de 20 Bdp - 3664012 Páguese a La orden de O al portador La suma de Pesos Miguel Angel Zamora, “Para mi” 114.400.- Ciento catorce mil cuatrocientos noventa Stgo, octubre 25 de 20 05 Cheque Mandato. Es aquel cheque al que a continuación del nombre del beneficiario se le ha agregado la expresión “PARA MI”, indicándole de este modo al banco que la intención del girador no es el pago de una suma al beneficiario sino que éste actúa como mandatario del propio girador.

Cuentas Corrientes Bancarias Pueden cruzarse todos los cheques, sean éstos nominativos, a la orden o al portador.

Cuentas Corrientes Bancarias Protesto de cheques Si el banco no paga un cheque, deberá dejar constancia de este hecho, en un acta adherida al mismo documento, con expresa indicación del motivo. Las causales de protesto están reguladas en la ley y se refieren principalmente a: causales de forma y de fondo.

Cuentas Corrientes Bancarias Protesto del cheque por motivos de forma El cheque puede ser protestado por el banco cuando: -estuviera mal extendido, -presentare enmendaduras o raspaduras, -estuviere caducado, -la firma del girador fuera visiblemente disconforme con los registros del banco, -existiera una orden de no pago, etcétera. En tales casos, el banco deberá proceder al protesto del documento y devolverlo a quien lo presente al cobro.

Cuentas Corrientes Bancarias Protesto del cheque por motivos de fondo Si al momento de presentación al cobro de un cheque, la cuenta corriente no tuviera fondos suficientes para cubrir el pago del monto del documento, el banco está obligado a protestarlo por falta de fondos, devolverlo a quien lo presente al cobro e informar de ello al registro de informaciones comerciales.

Cuentas Corrientes Bancarias Órdenes de no pago "La orden de no pagar el cheque puede ser dada por el librador solamente en los siguientes casos: 1°.Cuando la firma del librador hubiere sido falsificada; 2°.Cuando el cheque hubiere sido alterado con respecto a la suma o a la persona del beneficiario con posterioridad a la emisión; 3°. Cuando el cheque hubiere sido perdido, hurtado o robado"

Cuentas Corrientes Bancarias La anulación de la orden de pago, es decir, su revocación por parte del cuentacorrentista, en la práctica, tiene su origen principalmente en las siguientes tres causas que establece la ley: Orden de no pago por robo Orden de no pago por hurto Orden de no pago por extravío

Cuentas Corrientes Bancarias Responsabilidad del banco en el pago de un cheque Es responsabilidad del cuentacorrentista informar por escrito al banco cuando éste deberá abstenerse de pagar un cheque y, si el banco no cumpliera, será responsable del pago del documento. También recae la responsabilidad del pago en el banco cuando el cheque pagado no corresponda a la numeración y/o serie entregada al cuentacorrentista. Si la firma en el documento es visiblemente disconforme con los registros de firma del banco, éste será responsable de su pago ante el cliente.

Cuentas Corrientes Bancarias Caducidad de los cheques A contar de su fecha de emisión, los cheques caducan en ciertas fechas que establece la ley, dependiendo del lugar en que éstos fueron girados: Caducidad Lugar de emisión A los 60 días Girado en la plaza A los 90 días Girado fuera de la plaza A los 3 meses Girado en el extranjero

Cuentas Corrientes Bancarias Un cheque que hubiera caducado, podrá ser revalidado por el cuentacorrentista, firmándolo en el reverso, indicando después de su firma la mención: “revalidado con esta fecha….”

Instrumentos de Ahorro Depósitos a Plazo Las entidades financieras captan depósitos del público a través de distintos instrumentos de ahorro. Estas formas de captar recursos a plazo, se diferencian entre si, principalmente porque los bancos establecen como parte integrante de su estrategia comercial, el ofrecer a sus clientes diferentes modalidades de inversión de los ahorros, con alternativas de monedas, plazos, reajustabilidad, etcétera.

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Emisor Los depósitos a plazo en moneda nacional son emitidos por empresas bancarias y sociedades financieras. Documentación Se documentan con un certificado o comprobante del depósito realizado, el que puede ser: Nominativo Al portador A la orden Pagarés Letras de cambio

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo ¿Quién puede comprar? Todas las personas naturales y personas jurídicas. Unidad de valor - Pesos moneda corriente nacional - Pesos moneda corriente nacional. reajustables según algunos de los sistemas de reajustabilidad autorizados por el Banco Central (Unidad de Fomento, Índice de Valor Promedio, Valor del tipo de cambio del dólar de los EE.UU.). - Moneda extranjera (M/E).

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Inversión Inicial Es variable, cada institución financiera establece el monto de inversión inicial. Reajustabilidad Existen depósitos a plazo en moneda nacional no reajustables y reajustables según algunos de los sistemas de reajustabilidad autorizados por el Banco Central de Chile, y depósitos a plazo en moneda extranjera.

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Intereses El interés se determina entre el inversionista y la entidad depositaria. Sin embargo, deben respetarse las normas sobre plazos mínimos para el pago de intereses y reajustes establecidos por el Banco Central.

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Plazo Variable, depende de la forma en que se establece el derecho a pedir restitución del depósito con sus respectivos intereses y reajustes. Los depósitos a plazo pueden ser: Depósitos a plazo fijo Depósitos a plazo renovable Depósitos a plazo indefinido Alguna forma mixta de las anteriores

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo el plazo que se pacte no puede ser inferior a 30 días para los depósitos no reajustables y 90 días para los depósitos reajustables, exceptuando los documentos reajustables según la variación del valor del tipo de cambio del dólar de los Estados Unidos, que puede pactarse desde un plazo de 30 días.

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Amortización Total a la fecha de vencimiento pactada.

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Liquidez Con aviso previo si son renovables a plazo indefinido. Inmediata, si se liquida en el mercado secundario. Al vencimiento, si se conserva la inversión. Sin embargo, con consentimiento de la institución se pueden retirar antes del vencimiento del plazo, si el titular lo solicita con una anticipación de 5 días hábiles bancarios respecto de la fecha de retiro y siempre que renuncie por escrito a los intereses cuando la operación sea no reajustable, y a los reajustes, cuando se trate de operaciones reajustables, caso en el que se pagan los intereses hasta la fecha de retiro siempre que el depósito hubiere cumplido un período inicial de no menos de 30 días.

Instrumentos de Ahorro: Depósitos a Plazo Garantía Tienen la garantía del Estado sólo respecto de personas naturales y hasta el 90% de las obligaciones, entendiéndose por tales el conjunto de depósitos y captaciones que un acreedor tenga en una institución financiera; y hasta un tope de 120 UF respecto de las obligaciones que el acreedor posea en todo el sistema financiero.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Entidad Emisora Las cuentas de ahorro a plazo con giro incondicional, son emitidas por empresas bancarias y sociedades financieras.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Procedimiento de Apertura Se documentan a través de un contrato de apertura entre la institución financiera y el cliente, en el que constan las condiciones a que estará sujeta la cuenta. Pueden operarse con o sin libreta, modalidad que debe especificarse en el contrato de apertura.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Las cuentas de ahorro que se operan sin libreta tienen las mismas características que las cuentas que operan con libreta, salvo en la modalidad de los depósitos y giros y en lo relativo a la información que la institución debe proporcionar a los titulares de ellas, sin perjuicio de las diferencias que se puedan establecer en cuanto a las tasas de interés que se paguen o a las comisiones que se cobren según la modalidad.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional En las cuentas de ahorro con libreta deben registrarse en ésta todos los movimientos habidos en la cuenta; por regla general, para girar es requisito presentar la libreta. También es permitido operar por medio de dispositivos electrónicos siempre que el giro sea registrado posteriormente en la libreta.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional ¿Quién puede comprar? Todas las personas naturales y personas jurídicas. Unidad de valor Pesos moneda corriente nacional. Inversión Inicial El monto mínimo para abrir una cuenta de ahorro a plazo es variable y difiere dependiendo de cada institución financiera.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Reajustabilidad Los depósitos se reajustan conforme a la variación experimentada por la Unidad de Fomento ó la unidad pactada de las autorizadas por el Banco Central. Los giros se consideran como depósitos con signo negativo. El reajuste se abona trimestralmente o anualmente.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Intereses Cada institución financiera determina la tasa de interés anual a pagar sobre el capital reajustado. Esta tasa sólo puede cambiarse el primer día de cada trimestre calendario y rige al menos para dicho trimestre, sin embargo, ésta podrá ser cambiada antes de dicha fecha cuando la nueva tasa sea superior a la vigente; esta mayor tasa regirá por lo que resta del trimestre y todo el trimestre siguiente. Los intereses se abonan cada doce meses.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Indefinido Liquidez Inmediata. Los titulares pueden efectuar hasta 4 giros en cada período de 12 meses sin perder el derecho al pago de reajuste. Si excediesen el número máximo de giros pactado, pierden los reajustes del período respectivo y sólo les son pagados los intereses correspondientes.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro incondicional Garantía Tienen la garantía del Estado sólo respecto de personas naturales y hasta el 90% de las obligaciones, entendiéndose por tales el conjunto de depósitos y captaciones que un acreedor tenga en una institución financiera; y hasta un tope de 120 UF respecto de las obligaciones que el acreedor posea en todo el sistema financiero. En todo caso, se pagan preferentemente con cargo a la reserva técnica de la institución financiera.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido Emisor Las cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos son emitidas por empresas bancarias y sociedades financieras.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido Procedimiento de Apertura Se documentan a través de un contrato de apertura entre la institución financiera y el cliente, en el que constan las condiciones a que estará sujeta la cuenta. Pueden operarse con o sin libreta, modalidad que debe especificarse en el contrato de apertura. Las cuentas de ahorro que operan sin libreta tienen las mismas características que las cuentas que operan con libreta, salvo en la modalidad de los depósitos y giros y en lo relativo a la información que la institución debe proporcionar a los titulares de ellas, sin perjuicio de las diferencias que se puedan establecer en cuanto a las tasas de interés que se paguen o a las comisiones que se cobren según la modalidad. En las cuentas de ahorro con libreta deben registrarse en ésta todos los movimientos habidos en la cuenta; por regla general, para girar es requisito presentar la libreta. También es permitido operar por medio de dispositivos electrónicos, siempre que el giro sea registrado posteriormente en la libreta.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido ¿Quién puede comprar? Todas las personas naturales y personas jurídicas Unidad de valor Pesos moneda corriente nacional

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido Inversión InicialEl monto mínimo para abrir una cuenta de ahorro a plazo con giros diferidos es variable, dependiendo de cada institución financiera.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido ReajustabilidadLos depósitos se reajustan conforme a la variación experimentada por la UF ó la unidad pactada de las autorizadas por el Banco Central de Chile. Los giros se consideran como depósitos con signo negativo. El reajuste se abona trimestralmente.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido Intereses La institución financiera determina la tasa de interés anual a pagar sobre el capital reajustado. Esta tasa sólo puede cambiarse el primer día de cada trimestre calendario y rige al menos para dicho trimestre, sin embargo, ésta podrá ser cambiada antes de dicha fecha cuando la nueva tasa sea superior a la vigente; esta mayor tasa regirá por lo que resta del trimestre y todo el trimestre siguiente. Los intereses se abonan cada 12 meses.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido Liquidez Se pueden realizar giros de ella únicamente con un aviso previo de 30 días corridos. Además, la institución financiera puede aceptar que las personas naturales efectúen giros a la vista hasta por el equivalente de 30 UF en cada oportunidad. Los titulares pueden efectuar hasta 6 giros en cada período de 12 meses sin perder el derecho al pago de reajuste. Si excediesen el número máximo de giros pactado, pierden los reajustes del período respectivo y sólo les son pagados los intereses correspondientes.

Instrumentos de Ahorro: Cuenta de ahorro a plazo con giro diferido Indefinido Garantía Tienen la garantía del Estado sólo respecto de personas naturales y hasta el 90% de las obligaciones, entendiéndose por tales el conjunto de depósitos y captaciones que un acreedor tenga en una institución financiera; con un tope de 120 UF respecto de las obligaciones que el acreedor posea en todo el sistema financiero.

Instrumentos de Ahorro: Pagaré descontable del Banco Central con pacto de retrocompra PDBC Emisor Banco Central de Chile Procedimiento de Emisión y Colocación El Banco Central de Chile emite y coloca estos títulos a través de licitaciones periódicas, acorde con el sistema que se establezca en las bases o mediante ventas por ventanilla (Mercado Primario).

Instrumentos de Ahorro: Pagaré descontable del Banco Central con pacto de retrocompra PDBC LiquidezEn el mercado primario sólo a su vencimiento en el Banco Central de Chile.¿Quién puede comprar?Tienen derecho a participar las empresas bancarias y las sociedades financieras, las que pueden realizar por cuenta propia o de terceros, distintos del Banco Central, el mercado secundario de estos pagarés. Además, las administradoras de fondos de pensiones, siempre que sean invitadas a participar por el Banco Central de Chile.

Instrumentos de Ahorro: Pagaré descontable del Banco Central con pacto de retrocompra PDBC Garantía Del Banco Central de Chile Unidad de valor Pesos moneda corriente nacional Inversión Inicial Se emiten en tramos de $5.000.000, $50.000.000, $100.000.000 y $200.000.000.

Reajustabilidad No son reajustables Intereses No devengan intereses Instrumentos de Ahorro: Pagaré descontable del Banco Central con pacto de retrocompra PDBC Reajustabilidad No son reajustables Intereses No devengan intereses

Instrumentos de Ahorro: Pagaré descontable del Banco Central con pacto de retrocompra PDBC Plazo El plazo de vencimiento de estos títulos es variable entre 1 y 364 días. Las empresas bancarias y sociedades financieras pueden efectuar ventas con pacto de retrocompra desde cuatro días hábiles, a personas naturales o jurídicas que no sean instituciones financieras. Las operaciones de venta con pacto de retrocompra a otras instituciones financieras fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras pueden efectuarse desde un día hábil.

Fondos mutuos Un fondo mutuo es un patrimonio que se constituye con los aportes de personas naturales o jurídicas, llamadas partícipes. Los aportes se invierten en un amplio espectro de instrumentos financieros nacionales y extranjeros, seleccionados por las administradoras, de entre un conjunto definido en la ley y en el reglamento del fondo respectivo.

Sociedad Administradora Fondos mutuos Estructura de un Fondo Sociedad Administradora Patrimonio del Fondo F O N D M U T

Fondos mutuos La administración de fondos mutuos es una actividad regulada por ley y por la normativa de la Superintendencia de Valores y Seguros, institución que, además, tiene a su cargo la fiscalización de las administradoras y de los fondos.

Fondos mutuos Garantía En general, la inversión en cuotas de fondos mutuos no tiene garantía, excepto en el caso de los fondos mutuos estructurados, donde la sociedad administradora garantiza una determinada rentabilidad, fija o variable.

Comisiones y remuneración Para el inversionista en cuotas de fondos mutuos o partícipe, es importante contar con información sobre las comisiones de entrada y salida y la remuneración de la sociedad administradora, ya que existen diferencias de costos significativos, aún entre fondos de un mismo tipo. Asimismo, es importante conocer si existen gastos que sean de cargo del fondo.

En el contexto de los fondos mutuos se llama comisión a los cargos que se efectúan al realizar cada inversión; por lo general, el pago de la comisión está condicionado al período de permanencia de la inversión en el fondo y, cuando existe, se descuenta del monto rescatado del fondo.

Por su parte, la remuneración de la sociedad administradora se descuenta diariamente del patrimonio del fondo. Ambos cargos están afectos al impuesto al valor agregado (IVA) por lo que es importante asegurarse si los valores informados incluyen o no dicho impuesto.

Características de los instrumentos Tipos de Fondos Mutuos Los fondos mutuos están clasificados en ocho categorías las que se diferencian, principalmente, por el tipo de inversiones que realizan, lo cual, determina las combinaciones entre riesgo y retorno que cada fondo ofrece. Además, existen fondos dirigidos a inversionistas calificados, cuyas políticas de inversión son más flexibles y fondos estructurados que ofrecen una rentabilidad con algún tipo de garantía.

Fondos Tipo 1 La duración de la cartera de inversiones del fondo debe ser menor o igual a 90 días Fondos Fondos Tipo 2 La duración de la cartera de inversiones del fondo es menor o igual a 365 días Fondos Tipo 3 La duración mínima de la cartera es superior a 365 días

Fondos Tipo 4 Se conocen como fondos mutuos mixtos, los que al momento de definirse, deben expresar los porcentajes máximos y mínimos de sus activos que se invertirán en instrumentos de capitalización. En todo caso, la diferencia entre dichos porcentajes no puede ser superior al 50% de los activos del fondo.

Fondos Tipo 5 La inversión en instrumentos de capitalización, debe ser al menos un 90% del valor de los activos del fondo.

Fondos Tipo 6 No posee ninguna de las características de los otros tipos de fondos mutuos. Su política de inversión es libre, pero se encuentra establecida en el reglamento interno del fondo.

Fondos Tipo 7 Corresponde a los fondos mutuos estructurados, los cuales conforme a su política de inversión, buscan una rentabilidad previamente determinada, fija o variable.

Fondos Tipo 8 Se encuentran dirigidos a inversionistas calificados y pueden definir libremente su política de inversión, la que debe describirse en el reglamento interno.

El riesgo de fluctuación en el valor de las inversiones puede ser disminuido a través de una adecuada diversificación de éstas, sin embargo, rara vez puede ser completamente eliminado. En efecto, fondos mutuos de distinto tipo están sujetos a distintas clases de riesgo, aún cuando sus inversiones se encuentren bien diversificadas:

Riesgo de Mercado Los fondos mutuos que poseen mayor duración están más expuestos al riesgo de fluctuación en las tasas de interés. En otras palabras, cuanto mayor es la duración de la cartera del fondo mayores serán las ganancias si la tasa de interés baja y mayores las pérdidas si la tasa sube. Cualquiera de los tipos de fondos puede invertir en títulos extranjeros quedando, en consecuencia, expuestos al riesgo de fluctuación en el tipo de cambio entre el peso chileno y la moneda extranjera en la cual se han realizado las inversiones.

Riesgo Sistemático Los fondos de capitalización o renta variable están expuestos al riesgo de cambio en el precio de las acciones. Los cambios en los precios de las acciones están determinados fundamentalmente por los cambios en las utilidades que se espera a futuro obtendrán las sociedades anónimas.

Riesgo por volatilidad de precios Las cuotas de fondos mutuos son instrumentos de renta variable, es decir, no tienen un valor predeterminado en una fecha futura determinada. La rentabilidad se genera por los intereses, reajustes y dividendos recibidos por el fondo como consecuencia de las inversiones mantenidas y por los cambios que experimenten los precios de estas.

Clasificación de riesgos Las sociedades clasificadoras de riesgo han establecido metodologías de clasificación de riesgo para las cuotas de los fondos mutuos, sin embargo, es la sociedad administradora la que decide si las cuotas de sus fondos son clasificadas. Actualmente, son relativamente pocos los fondos que cuentan con clasificación de riesgo.

Ahorro Previsional Voluntario APV Es un mecanismo que permite a los trabajadores dependientes e independientes ahorrar por sobre lo que cotizan obligatoriamente en su AFP, con importantes beneficios tributarios. Esto con la finalidad de anticipar la edad de jubilación o aumentar el monto de la pensión a la edad legal.

Incentivo tributario. El mecanismo permite postergar el pago de impuestos de la parte destinada al ahorro voluntario, hasta el momento de pensionarse. Específicamente permite descontar de la base tributaria de cada persona, hasta 50 UF mensuales o 600 UF anuales, sin que queden afectos a impuestos los intereses y rentabilidades generados hasta el momento del retiro.

Depósitos. Los trabajadores afiliados a una AFP pueden efectuar el depósito personalmente en la institución seleccionada o solicitar a su empleador el descuento por planilla. A su vez, los imponentes del antiguo sistema pueden efectuar los depósitos en el INP, para que éste los transfiera a las instituciones seleccionadas por ellos o directamente en las instituciones autorizadas.

Solicitud del producto La selección de las alternativas de Ahorro Previsional Voluntario pueden efectuarse en las entidades que lo administren o ante un representante de éstas, mediante la suscripción del formulario denominado Selección de Alternativas de Ahorro Previsional Ley N° 19.768.

Retiros. Los trabajadores o pensionados pueden solicitar, en cualquier momento, el retiro de todo o parte de los recursos que llevan ahorrados en los planes de APV. Los retiros realizados por personas que no cumplan los requisitos para pensionarse, están afectos a un impuesto único, que se paga en la misma forma y oportunidad que el global complementario. El impuesto único grava el retiro con una tasa incrementada respecto a la tasa de impuesto a la renta a la que está afecta la persona que realiza el retiro. Al momento de liquidar cualquier retiro, la institución autorizada realiza una retención correspondiente al 15% del monto de retiro en concepto de pago provisional del impuesto único.

El impuesto a cobrar al momento de hacer un retiro, no dependerá del tiempo que se lleve realizando dicho ahorro. Tampoco existen exenciones por objetivos del retiro.

En el caso de los depósitos convenidos que se efectúan por cuenta del empleador, éstos no se pueden retirar durante la vida activa y se integran al saldo de la cuenta de capitalización individual al momento de pensionarse. En ese momento, el trabajador los puede retirar como pensión o como excedente de libre disposición, si cumple los requisitos (alcanzar una pensión de al menos 150% de la pensión mínima y de 70% de la remuneración imponible promedio de los últimos 10 años), en este último caso, sin derecho a exención tributaria.

Crédito para la Vivienda El crédito para la vivienda, es un préstamo a mediano o largo plazo que se otorga a un cliente financiero para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, compra de sitios, oficinas o locales comerciales, o para libre disponibilidad.

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Crédito de consumo Es un préstamo de dinero de corto o mediano plazo, que el banco otorga a su cliente, con el compromiso de que en el futuro, éste devolverá dicho préstamo en forma gradual o en cuotas y con un interés adicional que compensa al banco por todo el tiempo que no tuvo ese dinero

En este tipo de colocaciones los plazos, en general, son entre uno y tres años y su pago se efectúa en cuotas, normalmente iguales (la última puede ser algo superior) y sucesivas.

En ciertos casos, estos créditos pueden pactarse para contener ciertos períodos de gracia o meses del año en los cuales no es exigible el pago de la cuota.

Para obtener un crédito bancario, es necesario demostrar que el cliente tiene capacidad de pago, es decir, que cuenta con el ingreso suficiente para hacer frente al presupuesto de gastos habitual de cada mes, más el pago del crédito que solicita.

Para determinar la capacidad de pago de una persona, que es la cantidad máxima por la que ésta se puede endeudar, se parte por determinar su ingreso neto mensual o remuneración líquida y a eso se le resta la suma de gastos fijos que se tienen cada mes.

Entre otros requisitos exigidos por las entidades financieras, se cuentan: - Renta líquida mínima o acorde con el monto del préstamo solicitado - Edad - Antecedentes financieros y comerciales - Ser chileno o residente en Chile - Antigüedad laboral o cierto tiempo mínimo transcurrido desde la iniciación de actividades, etcétera.

Opción de Prepago Los créditos de consumo, al igual que cualquier otra deuda o crédito pueden prepagarse parcial o totalmente, esto es, el cliente puede cancelar cuotas del crédito antes de la fecha de vencimiento previamente pactada con el banco.

Seguros A este respecto, las normas de la Superintendencia de Bancos indican que: "Las instituciones financieras no podrán establecer la contratación de seguros como condición para otorgar los créditos de consumo. Ello no obsta, naturalmente, para que el deudor tome voluntariamente los seguros que desee, financiándolos con el crédito".