Base Legal De acuerdo con lo establecido en el articulo 5 del Decreto Legislativo N.- 501, Ley General de la SUNAT, modificado por la Ley N.- 27334 y su.

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Transcripción de la presentación:

Base Legal De acuerdo con lo establecido en el articulo 5 del Decreto Legislativo N.- 501, Ley General de la SUNAT, modificado por la Ley N y su reglamento, Decreto Supremo N EF,La SUNAT resulta competente para la administración, recaudar o ejercer cualquier otra función que sea compatible con sus fines respecto a las aportaciones al Seguro Social de Salud- ESSALUD y a la Oficina de Normalización Previsional – ONP, a las que hace referencia la Norma II del titulo preliminar del texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N EF y normas modificatorias, En tal sentido es necesario efectuar acciones de fiscalización orientadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias originadas en la relación laboral, contando con un lineamiento que sirva de guía en el desarrollo de tales acciones que contengan procedimientos de aplicación uniforme relacionados a tributos laborales.

Base Legal Texto Único Ordenado del Código Tributario, Aprobado por Decreto Supremo N EF Reglamento del Fedatario Fiscalizador, aprobado por decreto Supremo N EF modificado mediante decreto Supremo N EF. Así como por el decreto Supremo N EF Circular N TI Informe N SUNAT/2B0000 Objetivo General Verificar que los contribuyentes cumplan con declarar a todos sus trabajadores. Objetivo Especifico Verificar si los trabajadores hallados se encuentran declarados o correctamente registrados en el PDT Planilla Electrónica Inducir al contribuyente a la declaración de los trabajadores encontrados, así como a efectuar el pago de los tributos correspondientes(ESSALUD, ONP y Retenciones de Impuesto a la Renta de Quinta Categoría. Relevar información que sirva como fuentes de programación de acciones de control posterior con incidencia de tributos laborales. Generar Sensación de Riesgo.

Alcance Dirigido a detectar trabajadores que laboran en relación de dependencia que no se encuentren declarados o no correctamente declarados en el PDT 0601-Planilla Electrónica. Asimismo esta dirigido a detectar otros prestadores (trabajadores independientes con rentas de cuarta categoría, beneficiarios de modalidades formativas laborales etc. Sin relación de dependencia que no se encuentran declarados. De la Inspección La inspección esta referida a la constatación de la existencia de personal realizando labores en relación de dependencia esta acción permitirá obtener elementos que contribuyan a determinar la existencia de una relación laboral directa entre el contribuyente y los trabajadores encontrados y relevar la siguiente información. A. Datos de identificación y firma de los trabajadores encontrados, por cada uno de los contribuyentes detectados. B. Datos del contribuyente y su actividad mediante el desarrollo de un cuestionario dirigido a la persona que lo represente al momento de la inspección. Cabe precisar que la administración Tributaria se encuentra facultada a efectuar inspecciones en los locales ocupados, bajo cualquier titulo, por los deudores tributarios, en virtud del numeral 8) del articulo 62 del TUO del código Tributario.