Institucionalidad Política

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INSTITUCIONALIDAD POLÍTICA
Transcripción de la presentación:

Institucionalidad Política Departamento de Historia y Ciencias Sociales Prof: Carlos Villegas Cárdenas Institucionalidad Política Concepto de Estado Estado de Derecho Constitución Poderes del Estado

El Estado Conjunto de Instituciones públicas que, de manera conjunta, ejercen la autoridad política sobre un territorio y una población determinada, cuyo objetivo es lograr el Bien Común. Es una organización política que detenta el poder y que está sujeta a un orden Jurídico que reconoce deberes y derechos entre la autoridad y los gobernados, mediante el Estado de Derecho Para su conformación se requiere: Territorio Población Soberanía

Elementos constitutivos del Estado Territorio Es el espacio geográfico en el que el Estado ejerce su poder y donde su población adquiere los elementos indispensables para vivir y desarrollarse Poblacion Corresponde a todas las personas que habitan el territorio en el que existe jurisdicción estatal. La población constituye la Nación, donde reside la soberanía Soberanía Desde una perspectiva "externa", es decir, de las relaciones entre los estados, constituye la capacidad efectiva de mantener la autonomía territorial y mantener relaciones internacionales en condiciones de igualdad frente a otros estados Desde una perspectiva "interna", corresponde a la posibilidad de dotar al Estado de un ordenamiento Normativo-Jurisdiccional" y la capacidad de hacer cumplir dichas estipulaciones en el territorio correspondiente (poder coercitivo

Estado de Derecho El concepto estado de derecho, describe a aquellas sociedades donde existe un marco jurídico que determina y limita los poderes de los órganos del Estado, y regula la relación entre estos y los ciudadanos. Su objetivo es asegurar el funcionamiento institucional y resguardar los derechos de las personas

Requisitos para la existencia del estado de derecho 1) DIVISIÓN DE PODERES: En el Estado de Derecho el ejercicio del poder se divide entre los diversos organismos de poder público. Estableciéndose entre ellos una relación de coordinación y cooperación.  2) CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS PODERES PUBLICOS En el Estado de Derecho los ciudadanos están facultados para vigilar y supervisar la labor de las entidades públicas. Del mismo modo, las instituciones tienen el deber de controlarse mutuamente (Legislativo-Ejecutivo-Judicia)l 3) Imperio de la ley En el estado de Derecho ningún hombre se encuentra por encima de lo que dispone la ley. En otras palabras, en el Estado de Derecho no existen reyes o reinas cuya voluntad se impone sobre lo que la ley ordena. Ello es así porque la ley es expresión directa de la voluntad del pueblo soberano, producto de la participación de los ciudadanos y sus representantes.  4) Derechos y libertades fundamentales En el Estado de Derecho se reconocen positivamente, garantizan y protegen los derechos humanos velando por que estos puedan ser ejercidos a cabalidad por sus titulares. 

La Constitución La Constitución Política de un Estado, es la fuente formal por excelencia del Derecho, por cuanto que en la misma se determina la estructura del Estado, su forma de gobierno, la competencia de los órganos constitucionales y administrativos. • Las constituciones representan la fuente jurídica de mayor jerarquía y son las leyes supremas en la que se contienen los principios generales fundamentales de todo ordenamiento jurídico en general. Ninguna ley puede ir en contra de lo establecido en la constitución

1. Constitución Política de la República ¿Qué es la Constitución? Cuerpo legal más relevante del país. Establece: La organización del Estado, de sus poderes e instituciones Los derechos y deberes fundamentales de las personas y así como las garantías que existen para proteger los derechos.

1. Constitución Política de la República LA ACTUAL CONSTITUCIÓN SE ORIGINÓ EN 1980 EN 1989 Y 2005 HA SIDO SOMETIDA A DIVERSAS REFORMAS

1. Constitución Política de la República En el capítulo I, “Las bases de la institucionalidad”, se presentan los principios básicos de nuestra vida en sociedad. Podemos sintetizar estos principios en dos: CHILE, PAÍS SOBERANO Chile, país autónomo y República democrática CHILE, ESTADO UNITARIO La ley es una sola para todo el país NUEVO POSNATAL DE SEIS MESES

Poderes del Estado

El Presidente de la República Es el titular de la función ejecutiva del Estado. Le compete tanto el gobierno como la administración superior del Estado. Dura 4 años en su cargo y no puede ser reelegido inmediatamente. Requisitos para ser Presidente de la República: Poseer nacionalidad chilena Tener cumplidos 35 años de edad. Ser ciudadano con derecho a sufragio. En el caso que de algún impedimento físico, el presidente electo no pueda asumir en sus funciones, asumirá provisionalmente como vicepresidente de la República el ministro titular al que le corresponda por precedencia legal (Ministro del Interior)

Atribución legislativa Atribuciones del Presidente de la República Atribución legislativa Carácter de Colegislador: el presidente puede presentar proyectos de ley al Congreso, y luego que éstos sean aprobados, el Presidente debe sancionarlos (ratificarlo), promulgarlos (difundirlos) y publicarlos en el Diario Oficial. El Presidente tiene iniciativa legal exclusiva en ciertos casos. O sea, si no existe un proyecto que surja del Ejecutivo, el Congreso no puede discutir ni menos aprobar leyes (división administrativa del país, la administración presupuestaria del Estado) En ciertas circunstancias, el Presidente puede dictar Decretos con Fuerza de Ley, siempre que no se trate de materias como la nacionalidad y ciudadanía, las elecciones y plebiscitos, las garantías constitucionales, y las normas que afecten a la organización de los demás órganos del Estado.

Atribución político administrativa Convocar a plebiscito en los casos que la Constitución establece (solo en casos de reforma constitucional, y siempre que haya desacuerdo entre el Presidente y el Congreso respecto del contenido de un proyecto de reforma) Nombrar y remover a su voluntad a los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores, embajadores, y otros cargos de confianza. Con acuerdo del Senado, nombra al Contralor General de la República y a los ministros y fiscales de la Corte Suprema y al Fiscal Nacional. Conducir las relaciones internacionales, negociar y firmar los tratados internaciones, que deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso. Designar y remover a los Comandantes en Jefe de las FFAA y al General Director de Carabineros. Otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley, siempre y cuando haya una sentencia dictada. Declarar los Estados de excepción constitucional en los casos y formas que se señalan en la Constitución. Atribución político administrativa

La función legislativa Es aquella destinada a crear normas nuevas, y a modificar o a derogar (anular) normas anteriores. La función legislativa EL CONGRESO NACIONAL El Congreso Nacional es un órgano bicameral: existen dos Cámaras, la Cámara Baja o de Diputados, y la Cámara Alta o Senado. Congreso Órgano colegiado que se estima representativo de la voluntad nacional, por cuanto sus miembros son electos por la voluntad popular.

CÁMARA BAJA O DE DIPUTADOS Composición de la Cámara de Diputados La Cámara de Diputados está integrada por 120 miembros electos en votación directa por los distritos electorales a los que pertenecen. La Cámara se renueva totalmente cada 4 años. Los parlamentarios pueden ser reelegidos en sus cargos, sin limitación de veces que pueden hacerlo. Requisitos para ser Diputado. Para ser electo diputado se requiere: Ser ciudadano con derecho a sufragio. Tener cumplidos 21 años de edad. Haber cursado la Enseñanza Media o su equivalente. Tener residencia de al menos dos años continuos, en la región a la que pertenezca el distrito electoral por el que es electo.

Atribuciones de la Cámara de Diputados Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presente el presidente de la República antes de su ratificación. Pronunciarse, cuando corresponda, respecto de los Estados de excepción constitucional, en la forma y en los plazos que la Constitución establece. Fiscalizar los actos del Gobierno. La fiscalización puede realizarse por alguna de las siguientes medidas: Adoptar acuerdos o sugerir observaciones, con el voto de la mayoría de los diputados presentes, los que se transmitirán por escrito al Presidente, el que deberá dar respuesta en el plazo de 30 días. Citar a informar a un ministro de Estado, a petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio. Crear comisiones especiales investigadoras a petición de al menos los dos quintos de los diputados en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a ciertos actos del Gobierno.

Declarar si han o no lugar las acusaciones constituciones que formulen sus miembros en contra de autoridades del Estado (ministros, jueces, contralor, generales, intendentes, entre otros) Así por ejemplo, en contra del presidente de la República, la acusación solo puede realizarse por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes.

Por 71 votos en contra, 30 a favor y 10 abstenciones, esta tarde la Cámara de Diputados rechazó la acusación constitucional en contra del ministro de la Corte Suprema, Héctor Carreño, por el denominado caso Sename. La acusación apuntaba al "abandono de deberes" y la omisión en la información sobre casos de abusos contra niños de centros del Sename. Con esto, se buscaba la destitución del ministro de la Corte Suprema. Jorge Correa Sutil, abogado constitucionalista, señaló que "Una abrumadora mayoría de la Cámara, luego de escuchar y revisar las pruebas, ha llegado a la convicción de que el ministro Carreño no tiene ninguna responsabilidad en la situación dramática de los niños de Chile".

Composición de la Cámara de Senadores CÁMARA ALTA O SENADO Composición de la Cámara de Senadores El Senado se compone de 38 miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales. Cada región del país constituye al menos una circunscripción. Los senadores duran 8 años en sus cargos, y se renuevan alternadamente cada 4 años, en elecciones conjuntas con las de diputados. Los senadores pueden reelegirse en sus cargos, en forma indefinida. Requisitos para ser Senador. Para ser electo senador se requiere: Ser ciudadano con derecho a sufragio. Tener cumplidos 35 años de edad. Haber cursado la Enseñanza Media o su equivalente.

Atribuciones exclusivas del Senado Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable en contra de autoridades del Estado, resolverlas como jurado, aprobarlas o rechazarlas. El acusado declarado culpable queda destituido de su cargo, y no podrá cumplir ninguna función pública, sea o no de elección popular, por el plazo de cinco años Otorgar su acuerdo para que el presidente pueda salir del país por más de 30 días o en los últimos 90 días de su mandato. Aprobar la declaración de inconstitucionalidad que haga el Tribunal Constitucional del presidente de la República (cuando se compruebe su participación en movimientos u otras organizaciones cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional) Aprobar por los dos tercios de los senadores en ejercicio, la designación de los ministros y fiscales de la Corte Suprema y del Fiscal Nacional.

Jerarquía y organización judicial. EL PODER JUDICIAL Tribunales de Justicia Les corresponde la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado. Jerarquía y organización judicial. El poder judicial está integrado por tres instancias de administración de justicia: Corte Suprema Corte de Apelaciones Tribunales de Primera Instancia

La Corte Suprema Es el tribunal supremo de la República, integrado por 21 miembros denominados ministros, designados por el presidente de la República con el acuerdo del Senado, de una lista de cinco personas que propone la propia Corte. Estos 21 ministros eligen a un Presidente que dura dos años. Le corresponde la superintendencia directiva, disciplinaria y económica de todos los tribunales de justicia de la nación. Las Cortes de Apelaciones Son 17 tribunales, que se hallan distribuidos a lo largo del país, al menos uno por cada región. Son tribunales que ven los procesos judiciales en segunda instancia, cuando una de las partes ha apelado de la sentencia del tribunal de primera instancia. También ven los juicios de desafueros de autoridades parlamentarias y de las garantías (amparo y protección).

Tribunales de Primera Instancia Corte Suprema Corte de Apelaciones Tribunales de Primera Instancia Juzgados de Garantía Tribunales de Juicio Oral en lo Penal de Chile Juzgados de Familia Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional Juzgados de Letras del Trabajo Juzgados Civiles o de Letras de Competencia Civil Tribunales Tributarios Aduaneros

Juzgados de Garantía de Chile TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA Juzgados de Garantía de Chile Son 91 tribunales  en el país, creados a partir de la Reforma Procesal Penal. Su competencia es asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes en el proceso penal; controlan la investigación de los delitos que desarrolla el Ministerio Publico y conocen y juzgan las faltas penales de delitos de menor gravedad . Les corresponde fundamentalmente conocer y juzgar las causas no resueltas en los juzgados de garantía a través de un juicio oral. Tribunales de Juicio Oral en lo Penal de Chile Son tribunales que conocen materias relacionadas con matrimonio civil, adopción, violencia intrafamiliar, maltrato, tuición y relación con los hijos. Juzgados de Familia Son juzgados que tienen como finalidad velar por el cumplimiento efectivo de los derechos de los trabajadores en aspectos previsionales y laborales. Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional

Juzgados de Letras del Trabajo Estos tribunales son competentes para conocer cuestiones suscitadas entre trabajadores y empleadores por la aplicación de normas laborales en contratos individuales o colectivos de trabajo (organización sindical, negociación colectiva, previsión o seguridad social; leyes laborales, accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, entre otros) Juzgados Civiles o de Letras de Competencia Civil Conocen de todas las materias civiles que no son de competencia de los otros tribunales señalados . Por ejemplo, juicios por no pago de deudas, juicios de arriendo, indemnizaciones de perjuicios, sucesiones, entre otros. Además les corresponde atender las materias que tratan los tribunales especializados, en aquellos lugares donde no existan estos tribunales. Tribunales Tributarios Aduaneros Entre sus funciones se encuentran resolver reclamos de contribuyentes (quienes pagan impuestos) y conocer y juzgar las denuncias por infracciones a las disposiciones tributarias y aduaneras.

La Reforma Procesal Penal En octubre del año 2000 se publicó el nuevo Código Procesal Penal. Esta reforma reemplazó el viejo sistema escrito que operaba en Chile desde principios del siglo XX, por un sistema oral. Los Fiscales del Ministerio Público y los Defensores deben litigar (acusando y defendiendo al imputado respectivamente), en procedimientos orales, ante los Juzgados de Garantía o Tribunales de Juicio Oral en lo Penal, según sea el caso. Es un organismo autónomo, cuya función es dirigir la investigación de los delitos, llevar a los imputados a los tribunales, si corresponde, y dar protección a víctimas y testigos. Esta institución se organiza en una Fiscalía Nacional, existiendo una Fiscalía en cada región del país y cuatro en la Región Metropolitana por su extensión territorial y cantidad de habitantes.

La responsabilidad penal juvenil La ley 20.084 (año 2005) estipula que los jóvenes entre 14 y 18 años de edad tienen responsabilidad penal y por ende, deben asumir las consecuencias legales de sus actos (sean faltas o delitos). Para ello, la ley establece un conjunto de sanciones, que se clasifican en dos tipos: Sanciones privativas de libertad consisten en la internación en régimen cerrado o semicerrado, con programa de reinserción social. Sanciones no privativas de libertad, van desde las menos graves tales como amonestación verbal del juez, hasta las de mayor grado, como la de establecer servicios en beneficio de la comunidad.

La Contraloría General de la República Los órganos de control Tienen por objeto ejercer el control de las actuaciones de los demás poderes del Estado. Contraloría General de la República Tribunal Constitucional La Contraloría General de la República Es un organismo autónomo. El Contralor General de la República, es designado por el presidente de la República con acuerdo del Senado. Dura 8 años y no puede ser designado para el período siguiente.

Atribuciones de la Contraloría General de la República Controlar la legalidad de los actos de la administración del Estado, para esto debe revisar la legalidad de: los decretos y resoluciones que deben tramitarse por la Contraloría los Decretos con Fuerza de Ley, debiendo objetarlos cuando ellos contravengan a la Constitución Fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes. De encontrar irregularidades, remitirá copia de los antecedentes a la Cámara de Diputados. Llevar la contabilidad general de la Nación.

El Tribunal Constitucional Es un organismo autónomo orientado a preservar que las instituciones actúen según los dictámenes de la Constitución. Está integrado por 10 miembros nombrados por el Presidente de la República; el Congreso Nacional y la Corte Suprema. Duran 9 años en sus cargos y se renuevan cada tres integrantes. Deben ser abogados, con al menos 15 años de experiencia, habiendo destacado en la actividad profesional, académica, universitaria o pública. El Tribunal debe informar de las inconstitucionalidades detectadas al Presidente de la República o el Congreso Nacional